La Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó hoy la ley de preservación de los glaciares, al rechazar el pedido de inconstitucionalidad de la misma realizado por Barrick Gold y Minera Argentina Gold. La decisión fue por unanimidad y así, entre otros puntos, los magistrados consideraron que los demandantes no habían demostrado que el sistema de preservación de los glaciares establecido por el Congreso Nacional les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera. La decisión era esperada desde hace semanas, ya que estaba dentro del cronograma de fallos del máximo tribunal y tiene un fuerte impacto en la explotación de las empresas y de las provincias.
En el voto por mayoría, que llevó las firmas de los ministros Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, los magistrados sostuvieron que el régimen de protección de glaciares debe ser analizado tomando las reglas del federalismo, con aquellas que ordenan la protección del ambiente.
La convalidación de la constitucionalidad de la ley de preservación de los glaciares quedó firme con el rechazo de la demanda planteada por las empresas mineras Barrick Exploraciones Argentinas SA. y Exploraciones Mineras Argentinas S.A., concesionarias del emprendimiento binacional Pascua Lama. En tanto que la misma solución se aplicó respecto a la demanda iniciada por la empresa Minera Argentina Gold S.A., que tiene la concesión del emprendimiento “Veladero”.
En su decisión, los magistrados agregaron que la provincia de San Juan, que se había sumado al planteo de las empresas, en pos de conseguir la inconstitucionalidad de la ley, tampoco había podido explicar en qué medida la existencia de la ley de glaciares le generaba agravio. Y en ese sentido agregaron que la Constitución Nacional establece que la protección del ambiente es una tarea conjunta del gobierno nacional y de las provincias.
Archivo: Ley de glaciares: la Corte revocó un amparo de Barrick Por ese motivo, los magistrados coincidieron en la interpretación del artículo 41 de la Constitución Nacional –que dispone el derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano- y del 124 –que establece que las provincias tienen el dominio de sus recursos naturales- debe conjugar los intereses nacionales y provinciales para potenciar el cumplimiento de la protección ambiental en todo el país.
El fallo se dio en base a una demanda presentada por la minera Barrick, que tiene bajo su órbita en proyecto Veladero, en San Juan. En tanto que la ley de presupuestos mínimos, tuvo desde su aprobación, hace casi una década, una fuerte resistencia del sector minero, con apelaciones en la justicia por parte de las empresas y de los gobernadores de las provincias que tienen esas actividades.
Los magistrados coincidieron en que la protección de los glaciares en un estado federal como el argentino implica una compleja tarea política que deben cumplir de forma conjunta el Estado Nacional y las provincias para coordinar eficazmente sus diversos intereses. Ninguna interpretación -concluyeron- es constitucionalmente admisible si vacía de contenido el modelo federal del Estado o el proyecto ambiental de la Constitución.
Al tiempo que agregaron que cuando existen derechos de impacto colectivo respecto de la protección del ambiente, que como en este caso, abren laposibilidad de estar afectando el acceso de grandes grupos de población al recurso estratégico del agua- se debe considerar de manera sistémica la protección de los ecosistemas y la biodiversidad. (Fuente www.perfil.com). El periodismo profesional es costoso y por eso debemos defender nuestra propiedad intelectual. Robar nuestro contenido es un delito, para compartir nuestras notas por favor utilizar los botones de «share» o directamente comparta la URL. Por cualquier duda por favor escribir a perfilcom@perfil.com
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Este paro es en rechazo al proyecto minero Río Blanco.
Los ambientalistas en Quindío expresaron su preocupación tras conocer el fallo que invalida acuerdo que buscaba frenar la minería en el municipio de Salento.

La determinación implica una derrota de Barrick Gold, Minera Argentina Gold y la provincia de San Juan.
Tras cumplir 17 años de consulta vecinal donde dijeron NO al proyecto minero Manhattan.
La industria minera más grande del mundo, y quizás la más destructiva, rara vez la vemos en los medios de comunicación o hablamos sobre ella. Aproximadamente el 85 % de todo el material extraído de la tierra es un recurso simple y ampliamente disponible: la arena.
La primera sala penal de apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, absolvió el pasado 26 de mayo, al dirigente social Milton Sánchez Cubas de los cargos imputados por la empresa Yanacocha por el supuesto delito de disturbios.
El Frente de defensa de la provincia de Grau, en la región Apurímac, anunció que la población acata un paro provincial indefinido desde este miércoles 29 de mayo.
Activistas, campesinos e integrantes de La Asamblea Veracruzana de Iniciativa y Defensa Ambiental (LAVIDA) exigieron al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y al gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García Jiménez, que cumplan con su promesa de evitar la instalación de empresas mineras e hidroeléctricas que causarían daños al frágil ecosistema veracruzano.