Chile

Relave de minera Las Cenizas dejó a Peñablanca sin agua potable tras lluvias de julio

En Cartas a Resumen, Opinión
24 ago 2026
Relave de minera Las Cenizas dejó a Peñablanca sin agua potable tras lluvias de julio

En la comuna de Cabildo, ubicada en la Región de Valparaíso, provincia de Petorca, los 700 habitantes de la localidad de Peñablanca están desde fines de julio sin disponer del agua de sus pozos de uso masivo, ya que ahora deben recibir el agua potable que aporta el sistema de APR (Agua Potable Rural) de otras comunidades. Durante los temporales hubo un escape de desechos tóxicos del Tranque 4, ubicado en la ladera norte de la quebrada Chinchorro. Se trata de un relave, un sumidero de pasta proveniente del proceso que genera cobre concentrado por flotación. La minera Las Cenizas, dueña del relave, afirmó que el escape nocturno era un “despiche”, una maniobra de vertimiento coordinada con SERNAGEOMIN para evitar el derrumbe de sus muros.

El vertido tóxico que los vecinos vieron deslizarse por sus calles en forma de pasta, agua turbia y otros materiales llegó a la quebrada Chinchorro y de ahí al río La Ligua, que es la fuente de agua de la APR de Peñablanca. Se repetía así este año lo ocurrido el 13 de junio de 2024. En esa oportunidad la Superintendencia del Medio Ambiente confirmó que los relaves sobrepasaron las piscinas de emergencia y alcanzaron la citada quebrada Rincón del Chinchorro. Por ello en 2025 la Dirección General de Aguas aplicó a Minera Las Cenizas multas por más de 51 millones de pesos.

Cinco Infracciones y un Plan de Cumplimiento hasta fin de 2026

La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) anunció que ha abierto esta temporada una nueva investigación. El año pasado, la entidad estableció en el expediente D 176 – 2025, cinco infracciones graves de la minera Las Cenizas y le exigió cumplir con lo legal. Entre las infracciones destacamos una: “la piscina de aguas recuperadas de la planta de espesado (el tranque 4) presenta menores dimensiones, volumen total y efectivo respecto de lo contemplado en la evaluación ambiental, operando con una menor revancha que la establecida ambientalmente”. Asimismo el manejo de las aguas de lluvia no correspondía a lo declarado en el proyecto ambiental. El análisis de las aguas del río La Ligua mostró, según la SMA que al contrario de lo que afirmaba la minera, se habían excedido temporalmente los límites máximos permitidos para aluminio, cobre, manganeso y plomo, tal como denunciaron los vecinos organizados en No Más Relaves. La minera debió agrandar el muro y prometió contar con protocolos de emergencia y otras medidas de cumplimiento a lo largo de 2026. Sin embargo ahora se vio que igualmente la piscina se desbordó. Sigue en curso una demanda por daño ambiental interpuesta en 2024 por dos familias del sector contra la minera Las Cenizas.

Cuatro sistemas de APR en riesgo

Mientras desde la Seremi de Valparaíso presidida por la doctora Mariol Luan Rivas no se dé a conocer un análisis que descarte la temida contaminación de las aguas subterráneas y por tanto de los pozos de la localidad, como las aguas del río La Ligua, los usuarios de la APR de Peñablanca deben usar el agua que llega por cañerías instaladas años atrás por el proyecto Aducción del sector Alicahue, que alimenta otras APR, de cuya calidad de agua no tienen pruebas. Igualmente afectadas están las APR de las localidades La Higuera, El Carmen y Valle Hermoso, todas de la provincia de Petorca. Recibir el agua generada por el proyecto Aducción significa un gasto importante para los vecinos de Peñablanca y podría ocasionar más problemas si la situación se prolonga. El alcalde de Cabildo, Patricio Aliaga, no ha tomado medidas al respecto.

Este relave abandonado hace tres años, habría empezado a funcionar alrededor de 2007 y contiene una pasta proveniente de los desechos de la explotación de cobre sulfurado para convertirlo en concentrado de cobre, constituyendo un peligro inminente por los contenidos tóxicos no retirados.

Dueños del relave 4 Las Cenizas

Pocos habitantes de Peñablanca conocen a la empresa dueña del Tranque 4. El directorio de la Minera Las Cenizas está presidido por Juan Ignacio Langlois, fundador de la financiera Tyndle, y tiene como vicepresidente a Rodrigo del Fierro. Tiene faenas mineras en Cabildo y Taltal. La minera ha repartido donaciones logrando que tanto la junta de vecinos de Peñablanca como algunas personas se encarguen de lavar la imagen de la empresa, restándole importancia al peligro en que viven.

Los hechos relatados configuran una situación de sumo estrés para la mayoría de la población. Ante ello el movimiento local “No más relaves” está realizando gestiones para denunciar y exigir el retiro del material. En el ámbito municipal sólo el concejal y docente Sebastián Carvajal los apoya y es sensible al tema. También lo hacen la Fundación Humedales y la diputada por el distrito Sofía González. La parlamentaria plantea que debe generarse un amplio radio de protección de estas familias. Además del daño ya producido hay una posible afectación a la agricultura y daño a los animales, así como las consecuencias para sus vidas, si reventara el relave, especialmente dada la presencia de personas mayores con inmovilidad o enfermas, que sería muy difícil de evacuar en una catástrofe de ese tipo.

El MAT, Movimiento por el Agua en los Territorios, expresa su apoyo y solidaridad quienes enfrentan la situación y exige a las autoridades de la región competentes en el tema, adoptar en forma urgente las medidas necesarias para proteger a la población. Al igual que lo que ocurre en otros territorios con relaves, la organización local no cuenta con recursos que le permitan fortalecer la defensa de Peñablanca que tuvo una buena calidad de vida hasta la instalación de los relaves de la Minera Las Cenizas.

Movimiento por el Agua en los Territorios (MAT)
https://resumen.cl/articulos/relave-de-minera-las-cenizas-dejo-a-penablanca-sin-agua-potable-tras-lluvias-de-julio

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DGA confirma grave contaminación de aguas por derrame de Minera Tres Valles

El mostrador.cl

Un informe de la Dirección General de Aguas (DGA), elaborado junto con la Superintendencia del Medio Ambiente, vinculó las filtraciones del proceso de lixiviación de Minera Tres Valles con el deterioro de las aguas superficiales de la quebrada Quilmenco, en la cuenca del río Choapa. Las muestras registraron una caída del pH de 7,88 a 4,68 y concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, cobre, arsénico y sulfatos superiores a las normas para riego o consumo humano. La autoridad concluyó que el agua analizada presenta una limitación absoluta de uso y no es apta para consumo, agricultura ni actividades pecuarias.

Los resultados fueron obtenidos tras las gestiones de fiscalización impulsadas por la Municipalidad de Illapel ante diversos organismos públicos. Frente a los antecedentes, el municipio anunció que mantendrá activo su plan de resguardo hídrico y solicitará ampliar el monitoreo a las aguas subterráneas, realizar reuniones informativas con las comunidades y comités de agua potable rural, determinar las responsabilidades ambientales y adoptar medidas que impidan nuevos escurrimientos desde las instalaciones de la minera.

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Tribunal Ambiental exige informe por Pascua Lama tras rescate de trabajadores aislados en Atacama

La resolución busca reunir antecedentes técnicos sobre el proceso de cierre del proyecto luego del rescate de 39 trabajadores aislados por el temporal.
Cristian Neira 30/07/2026

Pese a que se ordenó el cierre de Pascua Lama en el año 2018, aún sigue operando

El Primer Tribunal Ambiental solicitó nuevos antecedentes técnicos en torno al proceso de cierre del proyecto Pascua Lama, luego del rescate de 39 trabajadores que permanecieron aislados por varios días debido al intenso sistema frontal que afectó la cordillera de la Región de Atacama.

La decisión judicial ocurre mientras persisten cuestionamientos sobre las labores que se desarrollan en la faena minera, cuyo cierre definitivo fue ordenado tras un prolongado proceso sancionatorio por incumplimientos ambientales. Según Biobío, hay dudas respecto del alcance de esos trabajos y del seguimiento realizado por los organismos fiscalizadores en la empresa de Barrick Gold.
Tribunal busca establecer si existen riesgos asociados al cierre de Pascua Lama

El Primer Tribunal Ambiental resolvió solicitar antecedentes técnicos para evaluar las condiciones actuales del proyecto y los eventuales riesgos asociados a las actividades que continúan ejecutándose en el marco de su plan de cierre.

La resolución pretende reunir información suficiente para determinar si corresponde adoptar nuevas medidas dentro del seguimiento judicial del cierre de la faena, un proceso que continúa bajo supervisión de las autoridades competentes.
Atención sobre las labores que continúan en la faena

Existen inquietudes respecto de las actividades que siguen desarrollándose en el proyecto, pese a que este se encuentra en etapa de cierre definitivo.

Precisamente por esa razón, el tribunal decidió requerir antecedentes que permitan conocer el estado actualizado de la faena y verificar si las labores autorizadas se ajustan a las obligaciones establecidas durante el proceso de clausura.
Rescate de 39 trabajadores volvió a poner el proyecto bajo escrutinio

La resolución judicial se conoce pocos días después del operativo que permitió evacuar con éxito a 39 trabajadores que permanecían aislados en Pascua Lama debido a las intensas nevadas registradas en la cordillera atacameña.

La emergencia volvió a instalar el debate sobre las condiciones operacionales del proyecto y la capacidad de respuesta frente a eventos climáticos extremos, mientras continúan las acciones de seguimiento del proceso de cierre.

Por ahora, el objetivo del tribunal es contar con antecedentes técnicos actualizados antes de resolver si corresponde adoptar nuevas medidas dentro de la causa relacionada con Pascua Lama.
https://eldesconcierto.cl/actualidad/tribunal-ambiental-exige-informe-pascua-lama-rescate-trabajadores-aislados-atacama-n5460892

Chile

Decreto de Kast simplifica control del Estado sobre seguridad minera y deja responsabilidad en propias empresas

Un decreto reemplaza 21 autorizaciones previas de Sernageomin por declaraciones juradas y cambia el rol del servicio hacia una fiscalización posterior.
Álvaro Marchant Cuevas y María del Mar Parra
29/07/2026
El Ministerio de Minería modificó el Reglamento de Seguridad Minera para reemplazar decenas de autorizaciones previas del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) por declaraciones juradas suscritas por los propios titulares de las faenas.

El cambio quedó establecido en el Decreto Supremo N° 30, al que tuvo acceso El Desconcierto, firmado el 13 de julio por el Presidente José Antonio Kast y el ministro de Minería, Daniel Mas Valdés. El decreto modifica el DS N° 132 de 2002, vigente desde hace 24 años, e implementa en el sector minero la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales (Ley 21.770), publicada en septiembre de 2025.

La norma introduce lo que la propia ley define como «técnicas habilitantes alternativas» (THA) : instrumentos que permiten desarrollar un proyecto o ejecutar una actividad sin que exista de por medio un acto administrativo favorable previo. En la práctica, la empresa certifica bajo su responsabilidad que cumple la normativa vigente, y esa declaración —no una resolución de Sernageomin — habilita la actividad desde al día siguiente a su suscripción.

El abogado de Fundación Terram, Diego Rojas, explica que el decreto incorpora una modificación del esquema cambiando el rol de Sernageomin desde un «control ex ante de las actividades o proyectos, que exige el análisis y autorización respectiva por parte de la Administración, hacia a un control ex post, en el cual el rol del Estado se supedita a verificar el cumplimiento de la normativa por parte del particular».

«En términos simples, se traslada el análisis de los riesgos desde la Administración a los particulares, bajo el supuesto de una fiscalización posterior. Lo anterior, considerado abstractamente, es cuestionable, por eso en el caso de las modificaciones al Reglamento de Seguridad Minera se debe identificar los ámbitos modificados», explica el abogado.

Qué materias quedan sin autorización previa

El decreto sustituye por declaración jurada las autorizaciones contempladas en 21 artículos del reglamento: 89, 119, 128, 154, 164, 228, 239, 250, 254, 313, 329, 330, 365, 480, 485, 504, 518, 527, 539, 589 y 643.

Entre las materias afectadas: construcción de chimeneas con equipos Raise Borer o Blind Hole, perforación en seco en minas subterráneas, instalación de transformadores eléctricos en cámaras herméticas, sistemas de fortificación y sostenimiento de labores, reglamentos de emergencia, tronaduras y uso de explosivos, transporte de explosivos y detonadores, altura de conductores de trole, y el Programa de Mejoramiento del Ambiente de Trabajo para exposición a arsénico en fundiciones.

Para Rojas, entre los puntos más importantes a considerar debido a que son reemplazados por declaraciones juradas, tiene relación con el uso de explosivos. Sin embargo, agrega que «esta flexibilización esta complementada con una exigencia reforzada de documentación técnica, la exigencia de co-firma obligatoria de un ingeniero civil de minas o profesional afín, la posibilidad de configurarse responsabilidad penal en caso de presentación de antecedentes falsos u omisión de antecedentes esenciales».

El decreto deroga además, de forma directa, 16 artículos completos del reglamento: 24, 59, 96, 110, 136, 168, 172, 203, 209, 222, 229, 243, 259, 271, 285 y 290. Su contenido se consolida en un nuevo artículo 22, que crea la figura del «Proyecto Minero (PM)», con un plazo de 50 días hábiles para que Sernageomin se pronuncie sobre faenas de más de 10.000 toneladas mensuales, siendo este un punto cuestionable dado que, actualmente, el promedio de los plazos se extiende considerablemente más.

Una fuente al interior de Sernageomin comenta que este punto es relevante debido a que, por la cantidad de documentos que deben solicitarse y ser analizados, los tiempos de aprobación en promedio superan los 50 días hábiles que establece el decreto, lo cual podría desencadenar imprecisiones en las tramitaciones.

La nueva situación de las RCA en la minería

Otra de las aristas importantes del decreto es lo establecido respecto a las Resoluciones de Calificaciones Ambientales (RCA) en la industria minera. En concreto, junto con enviar la presentación de un proyecto de explotación, la empresa debe enviar a Sernageomin la copia de la RCA que ratifique la aprobación del proyecto en materia ambiental cuando sea exigible.

Sin embargo, y una de las modificaciones más considerables, es que si la titular del proyecto no cuenta con dicho permiso aun así puede presentar el proyecto a Sernageomin y no impide que la misma entidad resuelva respecto al mismo.

Ante esto el abogado Diego Rojas comenta que esto merece especial atención «pues antes la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) era un requisito fundamental para la aceptación del proyecto, no pudiendo Sernageomin emitir una resolución aprobatoria mientras la empresa minera no la presentara».

«Ahora la empresa minera debe enviar la RCA cuando corresponda y su ausencia no impedirá la presentación, tramitación ni resolución del proyecto ante SERNAGEOMIN. Entonces, en la redacción actual no es necesaria la aprobación ambiental para obtener una autorización minera, desacoplando un mecanismo que exigía acreditar la aprobación ambiental antes del pronunciamiento favorable del Servicio», afirma el abogado.
El rol de Sernageomin cambia de aprobador a fiscalizador posterior

El nuevo artículo 686 del reglamento aclara que el Servicio conserva «facultades de fiscalización posterior» sobre las materias habilitadas por declaración jurada, y puede ordenar medidas correctivas o sanciones. El artículo 687 fija que las infracciones se sancionan conforme al decreto ley 3.525 de 1980 —que crea Sernageomin— y al artículo 590 del propio reglamento, con multas de hasta 100 Unidades Tributarias Anuales por infracción.

El mismo artículo establece que, si Sernageomin constata que un titular presentó información falsa o alterada en su declaración jurada, debe remitir los antecedentes al Ministerio Público.

El considerando 14 del decreto sostiene que la sustitución de autorizaciones por declaraciones juradas «no genera impactos significativos que requieran de una evaluación exhaustiva» y que mantener las autorizaciones «no resulta una medida costo-efectiva y proporcional al riesgo involucrado».
Umbral de pequeña minería sube a 10.000 toneladas

El decreto también modifica el artículo 594, elevando de 5.000 a 10.000 toneladas mensuales el umbral que define la pequeña minería para efectos del método de explotación regulado en el artículo 22. El considerando 9 argumenta que el límite anterior «resulta insuficiente para reconocer lo que hoy en día se considera pequeña minería» y que generaba «desincentivos para el crecimiento» de las empresas del sector.

Con el nuevo umbral, más faenas acceden al régimen simplificado de Declaración Minera (DM), que reemplaza al Proyecto Minero (PM) para operaciones de menor escala.

«El aumento en el umbral de la categoría de pequeña minería desde las 5.000 toneladas/mes a las 10.000 toneladas/mes, cuestión que amplia considerablemente el universo de faenas que podrían acceder a los tramites simplificados», sostiene Rojas.

El decreto entra en vigencia el primer día hábil del sexto mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial. Las solicitudes de autorización que estén en trámite a esa fecha seguirán rigiéndose por la normativa anterior, salvo que el interesado desista y opte por acogerse al nuevo régimen de declaración jurada.
https://eldesconcierto.cl/reportajes/decreto-kast-simplifica-control-del-estado-seguridad-minera-y-deja-responsabilidad-propias-empresas-n5460758

Chile

SMA abre investigación por posible derrame de relave en Minera Las Cenizas en Cabildo

28/07/2026 Foto autor
Gloria Bahamondez
Tras el sistema frontal que afectó a la región de Valparaíso, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) abrió una investigación por el posible derrame de relave registrado en la Minera Las Cenizas, en Cabildo, y que obligó a suspender la captación de agua en cuatro sistemas de agua potable rural de la provincia de Petorca.

La investigación busca establecer si existió algún impacto ambiental tras la descarga de aguas contactadas desde una piscina de la faena minera hacia la quebrada Rincón del Chinchorro. Las autoridades mantienen monitoreos y medidas preventivas en la zona.

La Superintendencia del Medio Ambiente inició una investigación luego de que Minera Las Cenizas reportara que, debido a las intensas lluvias del 17 y 20 de julio, se produjo la descarga de aguas contactadas desde la piscina número cuatro hacia la quebrada Rincón del Chinchorro, en Cabildo, al alcanzar su máxima capacidad las piscinas de decantación y el sistema de circulación. La indagatoria considera un requerimiento de información al titular y un trabajo coordinado con Sernageomin, la Dirección General de Aguas y Directemar.

La contingencia ocurrió mientras la autoridad sanitaria prohibía preventivamente el funcionamiento de los APR de Peñablanca, La Higuera, El Carmen y Valle Hermoso, en la provincia de Petorca, ante una eventual afectación de las fuentes de captación ubicadas en la caja del río La Ligua.

Manuel Millones, delegado presidencial regional, informó que el Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección de Obras Hidráulicas, restablecerá los pozos afectados mediante reubicaciones, profundizaciones o extensión de tuberías. Añadió que la SMA investiga la contingencia y que la Seremi de Salud mantiene muestreos para descartar contaminación.
Minera Las Cenizas envió muestras a laboratorio

Minera Las Cenizas afirmó que mantiene plena disposición para colaborar con la investigación y señaló que, durante un monitoreo realizado el 24 de julio en la desembocadura del río La Ligua, en Longotoma, no se observaron sedimentos asociados a relaves. Agregó que las muestras de agua fueron enviadas a laboratorio para analizar metales y que los resultados serán informados por la autoridad.

Ruth Morales, vecina e integrante del movimiento No Más Relaves de Peñablanca, valoró que la SMA iniciara la investigación, pero afirmó que la comunidad espera que se determinen las responsabilidades y el eventual nivel de contaminación que, asegura, afecta al sector desde hace años.

La Superintendencia del Medio Ambiente informó que la investigación continuará mientras se analizan los antecedentes técnicos y los resultados de los muestreos; además, evaluará la adopción de nuevas medidas conforme avance el proceso.
https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-valparaiso/2026/07/28/sma-abre-investigacion-por-posible-derrame-de-relave-en-minera-las-cenizas-en-cabildo.shtml

Chile

Grupo de agricultores presenta recurso para impugnar aprobación ambiental de proyecto minero

24/07/2026
Reclamación se funda en que la iniciativa corresponde a una modificación sustantiva de una faena previamente aprobada mediante EIA, por lo que debió someterse nuevamente a evaluación a través del mismo instrumento.

El Primer Tribunal Ambiental admitió a trámite la reclamación presentada por la Cooperativa Agrícola de Colonización Illapel Ltda. y un grupo de agricultores, en contra de la resolución del director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que rechazó sus recursos administrativos y mantuvo la calificación favorable del proyecto “Continuidad Operacional Minera Tres Valles”, cuyo titular del proyecto es Compañía Minera Tres Valles SpA.

La reclamación se funda en que la iniciativa corresponde a una modificación sustantiva de una faena minera previamente aprobada mediante Estudio de Impacto Ambiental, por lo que debió someterse nuevamente a evaluación a través del mismo instrumento y no a través de una Declaración de Impacto Ambiental.

Asimismo, en la acción se reclama que las observaciones ciudadanas que plantearon durante la evaluación ambiental no fueron debidamente consideradas. Entre los principales cuestionamientos, los reclamantes sostienen que el proyecto podría afectar los recursos hídricos y los sistemas de agua potable rural de la Quebrada de Cárcamo. Asimismo, objetan la extensión de la operación minera hasta 2037, el cambio del método de explotación, la falta de una evaluación conjunta de los impactos acumulados y la exclusión del área de influencia de comunidades, actividades agrícolas y otros usuarios del territorio.

También afirman que existían antecedentes técnicos de la Dirección General de Aguas que no permitían descartar la generación de efectos ambientales significativos. Además, cuestionan la forma en que el Servicio de Evaluación Ambiental tramitó y resolvió las reclamaciones administrativas presentadas contra la aprobación del proyecto.

Solicitud

En la reclamación se solicita, principalmente, que el Tribunal deje sin efecto tanto la resolución del SEA que rechazó los recursos administrativos como la RCA que aprobó el proyecto, y que declare que su Declaración de Impacto Ambiental debió ser rechazada. En subsidio, los reclamantes piden que el proyecto sea sometido a una nueva evaluación mediante un Estudio de Impacto Ambiental, con una línea de base completa y actualizada y considerando los impactos acumulados. Como tercera alternativa, solicitan que el SEA vuelva a resolver los recursos administrativos, pronunciándose sobre todas las materias planteadas e incorporando los antecedentes del procedimiento sancionatorio seguido por la SMA.

Junto con la reclamación, solicitaron medidas cautelares destinadas a suspender los efectos de los actos impugnados.

Con la admisión a trámite, el tribunal solicitó al SEA la presentación de un informe con los motivos de su decisión, junto con los antecedentes del procedimiento administrativo. En cuanto a las medidas cautelares, estas se encuentran en análisis del tribunal y serán resueltas próximamente.

El proyecto

El proyecto se emplaza en las comunas de Salamanca e Illapel, provincia de Choapa, Región de Coquimbo. El área de explotación minera se ubica en las quebradas de Manquehua y Cárcamo, aproximadamente a 10 kilómetros al norte de la ciudad de Salamanca, mientras que las instalaciones destinadas al procesamiento del mineral se localizan en la quebrada de Quilmenco, a cerca de 7 kilómetros al noroeste de la misma comuna.

La iniciativa tiene por objeto dar continuidad operacional a la producción de cátodos de cobre mediante la extracción de mineral desde la mina subterránea Papomono y el procesamiento de mineral proveniente de terceros.

Para ello contempla el uso de las instalaciones actualmente existentes, las que fueron evaluadas ambientalmente mediante las Resoluciones de Calificación Ambiental N° 264/2009 y 148/2019. El proyecto considera una vida útil de 11 años y una inversión de US$30 millones.
https://www.mch.cl/agricultores-buscan-impugnar-aprobacion-ambiental-de-proyecto-minero/?shem=dsdf,sharefoc,agadiscoversdl,,sh/x/discover/m1/4

Chile

Isla Santa María mantiene movilizaciones: dirigentes anuncian protestas en el continente

18/09/2026

Los habitantes de la Isla Santa María siguen en movilizaciones, las que se mantendrán hasta nuevo aviso, según los dirigentes. Además, anunciaron que se manifestarán en el continente la próxima semana. Mientras que, desde MADESAL, descartaron que tengan proyectos mineros relacionados a tierras raras en el territorio insular.
https://www.canal9.cl/episodios/noticias/2026/07/18/isla-santa-maria-mantiene-movilizaciones-dirigentes-anuncian-protestas-en-el-continente

Chile

Trabajadores rescatados de Barrick denuncian críticas condiciones tras aislamiento por sistema frontal

Miguel Rifo 24/07/2026
Trabajadores denunciaron falta de calefacción, dificultades con el suministro eléctrico y un fuerte impacto emocional tras permanecer aislados por el sistema frontal, mientras Barrick continúa la evacuación aérea desde los campamentos Barriales y Potrerillos.

Los trabajadores que permanecieron aislados en los campamentos Barriales y Potrerillos, del proyecto Pascua Lama de Barrick Chile, relataron las difíciles condiciones que enfrentaron tras el intenso sistema frontal que afectó la cordillera de la Región de Atacama.

En declaraciones a 24 Horas, el presidente del sindicato de una empresa colaboradora, Sergio Durán, afirmó que las bajas temperaturas, la acumulación de nieve y las dificultades para mantener servicios básicos generaron una situación de alta tensión entre los trabajadores.
«Pensabas que ibas a morir de hipotermia»

Durán sostuvo que, aunque el campamento contaba con alimentos, gas y atención médica, las condiciones durante las noches fueron especialmente complejas.

«No es en el día. Es en la noche, cuando tú te vas a dormir a tus piezas, que no tienes calefacción, piensas que vas a morir de hipotermia», afirmó el dirigente en entrevista con 24 Horas.

El representante sindical agregó que varios trabajadores sufrieron un fuerte impacto emocional durante los días de aislamiento.

«Hubo gente que se quebró, gente que lloró, gente que tuvimos que contener allá arriba», señaló.

Según Durán, en la zona se registraron temperaturas de entre -15 °C y -17 °C, junto con una acumulación de nieve que, aseguró, alcanzó hasta 7,5 metros.
Sindicato cuestiona preparación de la faena

El dirigente criticó la respuesta de la empresa frente a la emergencia y afirmó que Barrick conocía con anticipación las condiciones meteorológicas que afectarían la zona.

Asimismo, aseguró que la infraestructura del campamento no estaba preparada para enfrentar un evento climático de esa magnitud.

Entre las situaciones denunciadas mencionó dificultades para operar la red contra incendios debido a la acumulación de nieve y problemas para mantener el suministro eléctrico.

Durán también indicó que el sindicato presentó una denuncia ante la Inspección del Trabajo.
Alertan por combustible y suministro eléctrico

El presidente del sindicato afirmó además que el combustible destinado al generador auxiliar estaba próximo a agotarse.

«El petróleo del generador se va a acabar hoy día en la tarde. El generador auxiliar no tiene más», señaló, agregando que los propios trabajadores debieron realizar una cadena humana para abastecer el equipo.

También sostuvo que persistían problemas para disponer de agua potable debido a las dificultades para operar la planta correspondiente.
Barrick informa avance del operativo de evacuación

En una declaración pública emitida este 24 de julio, Barrick Chile informó que el operativo de evacuación aérea continúa desarrollándose y que hasta el mediodía se habían completado dos de los ocho vuelos programados, permitiendo el traslado de ocho trabajadores.

La empresa indicó que comprende la preocupación de los trabajadores y afirmó que su prioridad es completar la evacuación «de manera segura y lo antes posible». Asimismo, señaló que los vuelos continuarán durante la jornada mientras existan condiciones de seguridad y visibilidad adecuadas, manteniendo desplegados todos los recursos logísticos disponibles.

Barrick agregó que continuará informando sobre el avance del operativo hasta concretar la salida de todas las personas que permanecen en los campamentos.
https://www.reporteminero.cl/noticia/noticias/2026/07/trabajadores-barrick-denuncian-condiciones-rescate-sistema-frontal

Chile

La Ligua: La ofensiva para frenar proyecto minero que amenaza un territorio volcado a la conservación y el turismo

Segundo Tribunal Ambiental revisó reclamaciones para anular la aprobación de un proyecto minero en La Ligua por posibles impactos ambientales.

Horacio Gutiérrez Areyte 27/06/2026

Tribunal Ambiental revisa reclamaciones contra proyecto minero en La Ligua / MMA

El Segundo Tribunal Ambiental revisa una disputa que trasciende la continuidad de un proyecto minero en La Ligua. Las reclamaciones buscan dejar sin efecto su aprobación ambiental y reabren el debate sobre el futuro de una comuna que apuesta por proteger su patrimonio natural y fortalecer el turismo sustentable.
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Aunque el proceso judicial gira en torno a aspectos técnicos de la evaluación ambiental, uno de los principales argumentos presentados por la Municipalidad de La Ligua apunta a una discusión más amplia: la compatibilidad entre la actividad minera y el modelo de desarrollo que la comuna ha impulsado durante los últimos años, enfocado en la conservación de ecosistemas de alto valor ambiental y en el fortalecimiento del turismo de naturaleza.

Ese fue uno de los ejes de la audiencia realizada por el Segundo Tribunal Ambiental, que conoció tres reclamaciones presentadas por la Municipalidad de La Ligua, un grupo de vecinos de La Ligua y Papudo y un particular, quienes buscan anular la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable del proyecto «Continuidad Operacional Planta Pullalli», desarrollado por Minera Cemin-Pullalli SpA.

La audiencia fue encabezada por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s) del tribunal, junto al ministro Cristian López Montecinos y al ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Matías De La Noi Merino. En representación de los reclamantes alegó el abogado Rodrigo Avendaño Vergara; por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Miguel Echeverría Salazar; y por Minera Cemin Pullalli SpA, Javier Vergara Fisher.
Un conflicto que enfrenta dos visiones de desarrollo en el Segundo Tribunal Ambiental

La iniciativa minera busca extender por cinco años la operación de la Planta Pullalli, dedicada al procesamiento de minerales auríferos.

Para ello contempla reemplazar el actual sistema de lixiviación agitada por uno de lixiviación en pilas, además de incorporar nuevas instalaciones para el tratamiento del mineral.

Sin embargo, para la Municipalidad de La Ligua la discusión va mucho más allá de la continuidad de una faena minera.

En su reclamación sostiene que el proyecto debió ser evaluado mediante un Estudio de Impacto Ambiental y no mediante una Declaración de Impacto Ambiental, debido a que podría generar riesgos para la salud de las personas, afectar la cantidad y calidad de las aguas subterráneas, alterar los sistemas de vida de grupos humanos y emplazarse próximo a zonas ambientalmente sensibles.

Entre ellas figura el Santuario de la Naturaleza Humedal Las Salinas de Pullally-Dunas de Longotoma, además del bosque relicto costero ubicado en Quebrada Las Tablas.

La municipalidad también sostiene que la iniciativa resulta incompatible con el Plan de Desarrollo Comunal, el cual incorpora como uno de sus ejes el resguardo y uso sostenible del patrimonio natural.

Ese enfoque busca potenciar los atributos ambientales de la comuna como una oportunidad para impulsar actividades económicas compatibles con la conservación, especialmente el turismo de naturaleza y la puesta en valor de sus ecosistemas.

No se trata de un territorio cualquiera. El Santuario de la Naturaleza Salinas de Pullally-Dunas de Longotoma protege cerca de 677 hectáreas de humedales, dunas y desembocaduras de ríos que albergan una importante biodiversidad y especies de flora y fauna características de la zona central de Chile.

Por su riqueza ecológica, constituye uno de los principales espacios naturales protegidos de la provincia de Petorca.

Junto a ello, la comuna cuenta con otros espacios que han sido incorporados a estrategias de conservación y turismo sustentable, como el Parque Urbano Natural La Ligua y diversos sectores de alto valor ecológico distribuidos entre la costa y los valles interiores.

Estos atributos han sido considerados por la planificación comunal como parte de un modelo de desarrollo que busca diversificar la economía local más allá de las actividades extractivas.
Los argumentos del SEA y de la empresa

Frente a las reclamaciones, el Servicio de Evaluación Ambiental pidió al Tribunal Ambiental rechazarlas en su totalidad.

El organismo sostuvo que durante la evaluación ambiental fueron analizados los posibles efectos sobre el recurso hídrico mediante modelaciones que consideraron el escenario más conservador posible, estableciendo una extracción máxima de 2,52 litros por segundo durante la vida útil del proyecto.

Según el SEA, esos antecedentes permitieron descartar impactos significativos sobre la disponibilidad y calidad del agua.

El servicio también defendió la evaluación realizada respecto de las emisiones atmosféricas, señalando que la modelación utilizó información meteorológica proveniente de la estación Placilla y se ajustó a los criterios establecidos por la guía oficial utilizada en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Respecto del patrimonio natural, el organismo afirmó que la iniciativa no tendrá intervención directa sobre el bosque relicto costero de Quebrada Las Tablas ni sobre el Santuario de la Naturaleza Salinas de Pullally-Dunas de Longotoma.

«El Proyecto no tiene relación directa con la estrategia de desarrollo ‘Resguardo y uso sostenible del patrimonio natural'», sostuvo el SEA durante su defensa, agregando que no corresponde incorporar esos sectores dentro del área de influencia ambiental del proyecto.

Asimismo, el organismo señaló que todos los antecedentes disponibles durante la evaluación permitieron concluir que la iniciativa no provocará impactos significativos sobre los recursos naturales asociados a esas áreas protegidas.

En cuanto a la reclamación presentada por cuatro vecinos de La Ligua y Papudo, el SEA argumentó además que carecerían de legitimación activa para presentar la acción judicial, debido a que —según sostiene— ésta fue ingresada fuera del plazo legal.

Finalmente, el servicio indicó que el proyecto mantiene compatibilidad territorial debido a la primacía de la legislación minera respecto del Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso.
Un fallo que puede marcar el futuro del territorio

Las tres reclamaciones corresponden a distintas etapas del proceso administrativo iniciado tras la aprobación ambiental del proyecto.

La Declaración de Impacto Ambiental fue ingresada por Minera Cemin Pullalli al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en abril de 2021 y obtuvo una Resolución de Calificación Ambiental favorable el 25 de abril de 2023.

Posteriormente, la Dirección Ejecutiva del SEA rechazó los recursos administrativos interpuestos contra esa aprobación y, en mayo de 2025, la Comisión de Evaluación Ambiental de Valparaíso también desestimó las solicitudes de invalidación de la RCA.

Esas decisiones dieron origen a las tres reclamaciones que actualmente conoce el Segundo Tribunal Ambiental.

Ahora será ese tribunal el que deberá resolver si la evaluación ambiental fue suficiente para descartar los riesgos denunciados por los reclamantes o si, por el contrario, la aprobación del proyecto deberá dejarse sin efecto y someterse a una nueva revisión.

Más allá del resultado judicial, el caso ha vuelto a instalar una discusión que se repite en distintos territorios del país: si el desarrollo de proyectos extractivos puede coexistir con estrategias locales que buscan proteger ecosistemas de alto valor ambiental y consolidar alternativas económicas vinculadas a la conservación y al turismo sustentable.
https://eldesconcierto.cl/actualidad/la-ligua-la-ofensiva-frenar-proyecto-minero-que-amenaza-un-territorio-volcado-la-conservacion-y-el-turismo-n5459950

Chile

Chile: comunidades indígenas llevan a tribunal proyecto minero Champagne de US$ 18 millones

Oscar Céspedes 18/06/2026

Comunidades minero Champagne
Comunidades indígenas y observantes ciudadanos presentaron una reclamación ante el Primer Tribunal Ambiental de Chile. Foto: Archivo.
La reclamación presentada ante el Primer Tribunal Ambiental cuestiona la aprobación ambiental de la exploración minera de Andex Minerals en Arica y Parinacota, destinada a evaluar recursos de cobre, oro y plata.

Comunidades indígenas y observantes ciudadanos presentaron una reclamación ante el Primer Tribunal Ambiental de Chile para impugnar la aprobación ambiental del proyecto “Exploración Geológica Minera – Champagne”, desarrollado por Andex Minerals Chile SpA en la Región de Arica y Parinacota.

La acción judicial busca revisar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable otorgada al proyecto, que fue evaluado mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Los reclamantes sostienen que la iniciativa debió ser sometida a un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) debido a sus posibles efectos sobre comunidades indígenas y componentes ambientales sensibles.

La reclamación fue presentada por la Comunidad Indígena Aymara de Umirpa, la Asociación Indígena Quechua Kawsaq Llaqta y ciudadanos que participaron en el proceso de evaluación ambiental. Según argumentan, la evaluación realizada no habría abordado con suficiente profundidad los posibles impactos sobre recursos hídricos, biodiversidad, áreas protegidas y el entorno humano de la zona.

El Primer Tribunal Ambiental acogió a trámite la demanda y solicitó antecedentes al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), iniciando así una nueva etapa de revisión judicial sobre la legalidad del procedimiento y las respuestas entregadas a las observaciones ciudadanas.

Además, los demandantes solicitaron una medida cautelar para suspender los efectos de la RCA mientras se analiza el fondo del caso, con el objetivo de evitar la ejecución de actividades exploratorias antes de que exista un fallo definitivo.
Operario revisando cátodos de cobre.

Proyecto Champagne busca recursos de cobre, oro y plata
El proyecto Champagne se ubica en el sector de Anocarire, entre las comunas de Putre y Camarones, y contempla una inversión estimada de US$ 18 millones.

Las actividades autorizadas consideran la ejecución de 12 sondajes distribuidos en nueve plataformas, además de la instalación de un campamento modular y obras de apoyo. El objetivo es evaluar el potencial geológico de la zona para minerales como cobre, oro, plata y otros recursos metálicos.

De acuerdo con la información presentada por la empresa, los trabajos incluyen perforaciones mediante aire reverso y diamantina, técnicas comúnmente utilizadas en campañas de exploración minera.
Debate sobre evaluación ambiental en territorios sensibles

La controversia en torno al proyecto Champagne se suma al creciente debate sobre los estándares ambientales aplicados a iniciativas de exploración minera en territorios con presencia de comunidades indígenas y ecosistemas de alta sensibilidad.

Mientras que una Declaración de Impacto Ambiental permite acreditar el cumplimiento normativo sin exigir estudios más complejos, un Estudio de Impacto Ambiental requiere una línea base más detallada y un análisis exhaustivo de los posibles efectos sobre comunidades, patrimonio cultural y recursos naturales.

Para el sector minero, la exploración constituye una etapa fundamental para descubrir y desarrollar futuros proyectos, especialmente en un contexto donde Chile busca mantener su liderazgo en la producción de cobre y atraer nuevas inversiones en minerales estratégicos.

Sin embargo, la creciente exigencia social y regulatoria está elevando el nivel de escrutinio sobre proyectos ubicados en zonas altoandinas, donde convergen intereses económicos, disponibilidad hídrica, biodiversidad y valor cultural para las comunidades locales.

La resolución que adopte el Primer Tribunal Ambiental será seguida de cerca por la industria minera chilena, ya que podría sentar precedentes sobre los criterios de evaluación ambiental aplicables a futuros proyectos de exploración en territorios considerados sensibles.
https://www.rumbominero.com/chile/comunidades-llevan-a-tribunal-proyecto-minero-champagne/