El pasado 5 de diciembre de 2019, el quinto Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza (TIDN) celebrado en Santiago de Chile, resolvió aceptar el caso de la minería del litio en el desierto de Atacama, Chile. Asimismo, en su veredicto el TIDN emitió además otras catorce resoluciones, y propuso la moratoria de la minería del litio en la región atacameña.
Después de considerar los testimonios y denuncias expuestas por comunidades indígenas afectados y expertos en el caso, el quinto TIDN determinó que hubo una directa violación de los Derechos de la Naturaleza.[1] Resaltando que se incumplió los deberes de: a) Respetar y vivir en armonía con la Madre Tierra; b) Asegurar que la búsqueda del bienestar humano contribuya al bienestar de la Madre Tierra; c) Respetar, proteger, conservar, y donde sea necesario, restaurar la integridad de los ciclos, procesos y equilibrios vitales de la Madre Tierra; d) Establecer medidas de precaución y restricción para prevenir que las actividades humanas conduzcan a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o alteración de los ciclos ecológicos; entre otros. Por tanto, el TIDN halló que “(…) la actividad minera producida en el desierto de Atacama, no respeta y son incompatibles con los derechos de la Madre Tierra y que a su vez se incumple con las obligaciones de los seres humanos para con ella, por lo que se declara la vulneración de sus derechos y los de las comunidades afectadas por estas actividades (…)”
En este marco, el TIDN dictaminó que, en el caso de la minería del litio en el desierto de Atacama, existen claros afectados – ecosistemas, seres humanos y no humanos – y claros responsables – tanto las empresas con capitales nacionales e internacionales, como el Estado chileno. Ante ello, el Tribunal resolvió solicitar la suspensión de las actuales Resoluciones de Calificación Ambiental de las empresas extractivas, declarar zona de prohibición para la industria del litio y extractivismo del agua en el Salar de Atacama y la Alta Cordillera, y exigir que se permita verificar el estado de salud de la Laguna Chaxa. La resolución del TIDN apunta, demás, a que la extracción y explotación de litio atenta contra la vida de las poblaciones atacameñas y su cosmovisión; y subraya la ausencia de una consulta previa, libre y de carácter vinculante en estas poblaciones y el atropello de otros derechos expresados en la ley indígena.
Respecto a las denuncias respecto a la sobre explotación de la cuenca para esta actividad minera, se denunció que “la minería del litio pone en peligro un bien fundamental y escaso, el agua, cuyo control se aseguran unas pocas empresas (…)”; enfatizando así, que la privatización y control del agua por parte de empresas no hace más que reflejar la “estructura de desigualdad” en Chile. Ante ello, el TIDN insta a apelar a un Principio Precautorio ante un posible daño “grave o irreversible” por la sobre explotación de agua en este ecosistema desértico.
El informe presentado, asimismo, hace referencia a la amplia complejidad que acarea la explotación de litio; ya que esta abarca no solo una problemática local y regional, sino una problemática global enmarcada en la discusión de la transición energética. Al respecto, la sentencia del TIDN sostuvo que la transición energética que se propone hoy en día a través de la explotación de los salares de Atacama es un modelo “insostenible, asociada a las corporaciones transnacionales, [y que] consolida un modelo energético que reproduce la dominación sobre la Naturaleza y las poblaciones.”; además, que dicha transición energética corre el riesgo de ser banalizada y puesta al servicio del actual sistema de reproducción social. Consecuentemente, el TIDN considera necesario “abordar la discusión desde una perspectiva no corporativa, multidimensional y critica, que contemple tanto la justicia ambiental como las necesidades de los pueblos”, y recomienda llevar a cabo encuentros y foros multidisciplinarios y multiactoriales para entablar la discusión desde una perspectiva popular y contrahegemónica.
Finalmente, en el marco de las evidencias presentadas respecto a la violación de los Derechos de la Naturaleza, la creciente crisis hídrica que perturba el ecosistema y la afectación directa a los derechos de la población local, el quinto TIDN propuso aplicar una moratoria a la minería de litio en la región de atacameña.

Fuente:https://latinvestment.org/2020/01/14/tribunal-internacional-de-los-derechos-de-la-naturaleza-dictamina-moratoria-para-la-mineria-del-litio-en-atacama/?fbclid=IwAR1bMRhly89f_Czx05AfeGsbofohXPzC4cv5J9KA4OqFZjswwT4u39fzM_4



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