La Constitución garantiza este derecho sólo para actividades de explotación
El proyecto de Ley de Minería establece que los planes que comprendan prospección y exploración no requerirán de consulta previa a los pueblos indígenas que habiten en el área de la operación minera. La Constitución garantiza este derecho sólo en fase de explotación de recursos naturales.
La propuesta final de la normativa, entregada el 12 de julio al ministro de Minería y Metalurgia, Mario Virreira, determina en su artículo 186 que “las operaciones mineras que comprendan sólo prospección y exploración no requieren de consulta previa” (actualmente necesaria en todas las fases de cualquier proyecto minero).
“Esta medida es muy positiva” y si es aprobada en la Asamblea Legislativa “sería un gran paso” para el desarrollo del sector minero, afirmó el exministro de Minería Dionisio Garzón.



El Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq) afirmó ayer que la consulta previa debe ser aplicada en todas las fases de la actividad minera y no sólo en la de prospección o exploración. Esto es debido a que ante la ausencia del procedimiento se puede afectar a la fauna y flora que están ubicados alrededor de un centro minero.
El CONAMAQ instancia de representación legitima de los Ayllus, Markas y Suyus, a través de la historia venimos reclamando al Estado Boliviano el cumplimiento de nuestros derechos y la garantiría del ejercicio de nuestra libre determinación y autogobierno, sin embargo pese estar en un Estado Plurinacional nuestros derecho son cada vez mas vulnerados y nuestros territorios entregados a las empresas trans nacionales sin consulta y consentimiento previo libre e informada, eso hace de que los pueblos y naciones indígenas originarias de Bolivia se pronuncien y exijan al Estado