Mexico

Denunciarán a la gran Minería Tóxica

El Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo es un instrumento jurí­dico internacional vinculante, es decir obligatorio para los Gobiernos de los Estados. Está Vigente en México desde el 5 de Septiembre de 1990.

Todas las concesiones mineras otorgadas sobre territorios de pueblos originarios (Indí­genas) carecen de validez legal. En ningún caso la Secretaría de Economía del Gobierno Federal ha consultado a los pueblos y comunidades indí­genas para extender las concesiones mineras.

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Chile

Rodrigo Benítez: «El nuevo reglamento del SEIA se hace cargo del espíritu del Convenio 169»

El Subsecretario de Medio Ambiente anuncia que la nueva normativa de evaluación ambiental estará vigente a partir del próximo 24 de diciembre. Sobre los pueblos originarios, dijo: «Al momento de redactar el reglamento se tomaron en cuenta los fallos de la Corte Suprema».

Es uno de los abogados con mayor experiencia en legislación medio ambiental en el país. Rodrigo Benítez asumió recientemente la subsecretaría de Medio Ambiente en el último tramo del gobierno de Sebastián Piñera.

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Chile

Consulta a comunidades por proyectos de inversión en zonas indígenas será obligatoria

Con la nueva norma del SEA -que entrará en vigencia en diciembre-, Chile se pone en línea con el Convenio 169 de la OIT. Gremios valoran definición y anticipan que ésta reducirá incertidumbre.

Un proceso obligatorio, reglado, con etapas y plazos definidos para realizar la consulta a las comunidades indígenas frente a proyectos de inversión establece el nuevo reglamento del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

La señalada normativa -que entrará en vigencia el 24 de diciembre próximo- aborda puntualmente este tema, haciéndose cargo de uno de los requerimientos del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y, de paso, aclarando uno de los aspectos que los gremios empresariales habían planteado como fundamental para evitar incertidumbre respecto de la forma de abordar esta materia.

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Bolivia

Ley eliminará consulta previa en proyectos de exploración minera

La Constitución garantiza este derecho sólo para actividades de explotación

El proyecto de Ley de Minería establece que los planes que comprendan prospección y exploración no requerirán de consulta previa a los pueblos indígenas que habiten en el área de la operación minera. La Constitución garantiza este derecho sólo en fase de explotación de recursos naturales.

La propuesta final de la normativa, entregada el 12 de julio al ministro de Minería y Metalurgia, Mario Virreira, determina en su artículo 186 que “las operaciones mineras que comprendan sólo prospección y exploración no requieren de consulta previa” (actualmente necesaria en todas las fases de cualquier proyecto minero).

“Esta medida es muy positiva” y si es aprobada en la Asamblea Legislativa “sería un gran paso” para el desarrollo del sector minero, afirmó el exministro de Minería Dionisio Garzón.

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