
El juez
Iván Cabrera, del Décimo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima, resolvió declarar fundada la demanda de amparo por vulneración del derecho a la consulta que interpuso el apu de la Organización de Comunidades Fronterizas del Cenepa,
Zebelio Kayap, contra
Ingemmet y el Ministerio de Energía y Minas.
Asimismo, ordenó la nulidad de las resoluciones administrativas de otorgamiento de 111 concesiones mineras en la
cordillera del Cóndor, así como de dos resoluciones directorales de los años 2009 y 2011 que aprueban un
Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y una
Declaración de Impacto Ambiental (DIA), resoluciones que se emitieron sin cumplir con la consulta previa.
El magistrado remarcó que si bien todas las concesiones cuestionadas fueron otorgadas antes de la Ley N° 29785, Ley de Derecho a la Consulta Previa, aprobada en el año 2011, dichas concesiones se expidieron después de 1995, año en que entró en vigor el Convenio 169 de la OIT que reconoce la consulta.
"El Estado peruano se encontraba obligado a convocar a consulta previa a los pueblos
awajún y
wampis, y demás pueblos indígenas que se ubican en la cordillera del Cóndor del distrito del Cenepa, en el área de expansión de tierras en las que se otorgaron títulos de ...