Argentina

Se espera el fallo de la corte por la Ley de Glaciares

A raíz de una presentación de la minera Barrick Gold, el máximo tribunal de la nación debe decidir sobre la constitucionalidad de la ley que protege el agua del pueblo.

La ley de protección de los glaciares y del ambiente periglacial tiene como misión preservar las reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura, la protección de la biodiversidad y como atractivo turístico.

Fue muy resistida por las empresas mineras, por los gobernadores de algunas provincias y hasta fue vetada en 2008. Pero la presión social logró su sanción en 2010 y su reglamentación en 2011. Fue entonces cuando Barrick Gold cuestionó su constitucionalidad y ahora la Corte Suprema de Justicia debe expedirse.

Enrique Viale, abogado ambientalista, afirma que si se declara inconstitucional la ley de glaciares porque podría derrumbarse el ordenamiento jurídico en términos ambientales y quedar sin efecto la ley de bosques, la ley general del ambiente y todas las leyes que se puedan aprobar en algún futuro, como la ley de humedales.

«Hay dos intereses en juego: el agua de todos los argentinos y el oro de una empresa minera que quiere destruir glaciares en territorio argentino. Los glaciares son la fábrica de agua del país y nutren todos los ríos. Ellos quieren hacer minería bajo esas zonas: para hacerlo no hay otra forma que destruir el glaciar», enfatizó Viale.

A su vez Gonzalo Strano, vocero de Greenpeace, señaló: «El fallo es importantísimo. Si asegura la constitucionalidad de la ley de Glaciares pondría un freno definitivo a la actividad minera. Caso contrario, pondría en jaque al sistema jurídico ambiental en su conjunto porque deberían reverse todas las leyes ambientales que se aprobaron en nuestro país, lo que sería una locura».

El periodista ambiental Sergio Federovisky, presidente de la Fundación Ambiente y Medio, sostiene que  «El fallo de la Corte permitiría confirmar si la Argentina tiene vocación de tener una normativa conjunta de todo su territorio en materia ambiental, una política ambiental de la totalidad de su geografía, y seguir pensando la idea de que las provincias sean las dueñas de los recursos convierte a la Nación y a sus habitantes en rehenes de las cajas o las condiciones feudales de algunos regionalismos».

El agua dulce es el bien común imprescindible para la vida en el planeta y las asambleas ciudadanas venimos dando una pelea sin tregua en su defensa desde hace años.  Esperamos con atención el pronunciamiento de la CSJ en acuerdo con el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional y a la vez recordamos que los ríos trascienden las fronteras provinciales y que Barrick Gold es responsable por el mayor derrame tóxico en cinco ríos argentinos.

La vida no se negocia.

 

Fuente:https://noalamina.org/argentina/item/42749-se-espera-el-fallo-de-la-corte-por-la-ley-de-glaciares

Colombia

100.000 COLOMBIANOS MARCHARON CONTRA MINERÍA EN SANTANDER

Desde Colombia llegan los ecos de la imponente movilización de la población en defensa de su agua y su ambiente. Una vez más queda claro el valor de la participación y la organización de las comunidades que deben enfrentar a transnacionales poderosas y sus socios de la política.

 

Más de cien mil colombianos marcharon el viernes 10 de mayo en rechazo a la realización de actividades mineras en el Páramo de Santurbán, ubicado al norte del departamento de Santander. Los manifestantes alzaron sus voces en defensa de la vida y el agua del macizo montañoso.

Según la página oficial de la minera, vinculada a capitales de los Emiratos Arabes, «Minesa se estableció en noviembre de 2015 para desarrollar la mina subterránea de oro más grande en Colombia«, agregándose a continuación las habituales mentiras sobre propósitos altruistas de desarrollo, responsabilidad empresaria y métodos de última tecnología.

La manifestación del día 10 salió desde la Puerta del Sol, ciudad de Bucaramanga, capital del departamento de Santander. Las autoridades declararon “tarde cívica” y activaron un plan especial de seguridad. En rechazo al plan de minería, en Cúcuta y Bogotá, también se llevaron a cabo movilizaciones y un plantón frente a la sede de la ANLA, Agencia Nacional de Licencias Ambientales.

El Comité para la Defensa del Agua y Páramo de Santurbán rechazó por su parte cualquier política del Gobierno del presidente, Iván Duque, que afecte al ecosistema y obstaculice el servicio de agua que surte a la población. “De Santurbán se surte el agua que consumimos a diario y por eso invitamos a rechazar masivamente los proyectos extractivos contra el ecosistema”, dijo una de las integrantes de la comisión, Mayerly López.

El agua no tiene precio y no se vende por unos cuantos pesos de las regalías para tapar los huecos que ha dejado la corrupción en el presupuesto nacional”, aseguró el jefe de despacho de la Alcaldía de Bucaramanga.

A través del recorrido, el clamor de la población retumbó en las principales calles de Bucaramanga pidiendo “agua sí oro no”.

La presencia de jóvenes, estudiantes, ambientalistas,  docentes y hasta adultos mayores fue fundamental porque se unieron todas las voces para decir que la minería puede ser generadora de riqueza, pero no garantiza el agua.

Marta Quintero de Ríos, integrante de  una ONG indicó que esta es la única forma de exigirle al Gobierno Nacional que proteja los ecosistemas como el páramo de Santurbán. También señaló que se está haciendo una veeduría muy particular sobre la delimitación que viene adelantando el Ministerio de Ambiente.

Mientras tanto, Erwing Rodríguez, integrante del Comité Prodefensa del Páramo, sostuvo que este es el clamor de la ciudadanía que ve aún amenazada su agua, y la de sus hijos, ante la posibilidad de que el Gobierno Nacional otorgue la licencia ambiental para la explotación aurífera.

De esta forma está amenazada la región de Soto Norte donde Minesa pretende adelantar su proyecto.

Rodríguez dijo que también existen riesgos con cualquier proyecto de mega-minería que se ubique por encima de las bocatomas del acueducto metropolitano de Bucaramanga, en Santurbán o en sus ecosistemas circunvecinos complementarios.

Sostuvo el integrante del comité que hay aspectos que generan muchas inquietudes como la comunicación que se conoció hoy (por el viernes 10 de mayo) en donde el director de la ANLA, Rodrigo Suárez, le informa a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia sobre los posibles hechos de corrupción que se están presentando alrededor de la solicitud de la licencia ambiental tramitada por Minesa.

“Más allá de dar a conocer de esta situación a la Oficina de Transparencia de la República, la ANLA -Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-, dada la gravedad de la denuncia, debe ponerla en conocimiento de los Órganos de Control del Estado colombiano”, puntualizó.

La multinacional minera Minesa ha presentado al Gobierno colombiano un proyecto para explotar oro en las cercanías a la zona del Páramo de Santurbán. En lo que va del año se han sostenido más de dos reuniones, mientras la empresa espera por la aprobación de una licencia ambiental para iniciar los trabajos, donde se prevé la extracción anual de más de 400.000 onzas de oro y otros minerales en la zona de Soto Norte de este ecosistema intertropical.

 

Fuente:https://noalamina.org/latinoamerica/colombia/item/42725-100-000-colombianos-marcharon-contra-mineria-en-santander?fbclid=IwAR3gfpKNNRURdC_TSvh8eresCP4VvElQ79bXJ55UiJhHUBDvRrj59rLYTlU

Chile

Empresa minera en Penco miente descaradamente al decir que está lejos de comunidades

Desde 2015 está operativa la planta piloto «El Cabrito» del proyecto minero Biolantánidos de extracción de Tierras Raras en los cerros aledaños a la ciudad de Penco. La planta es presentada como la primera fase de un proyecto minero que podría cambiar drásticamente los ecosistemas, así como la vida de los y las habitantes de la comuna. Posteriormente el proyecto pretende la instalación de una faena minera a rajo abierto que utilizaría, según la empresa, 35.000 litros de agua por hora del Estero Penco y el Estero El Cabrito. También tendría la capacidad para procesar hasta 240 toneladas por hora de mineral. Los minerales que se pretenden extraer de forma masiva son las denominadas Tierras Raras, elementos indispensables para las innovaciones tecnológicas y que se caracterizan por el peligro de contaminación química y radioactiva asociada a su explotación. En su sitio web la empresa asegura que las tierras que explotarán «se encuentran alejadas de las comunidades”. Sin embargo, Resumen constató en terreno la alarmante situación de que la planta piloto y el proyecto de rajo abierto que busca aprobarse se encuentran a menos de 3 kilómetros de los y las habitantes de la ciudad de Penco.

A tan solo 15 minutos en vehículo de la plaza de Penco en pleno centro de la ciudad, se encuentra funcionando una planta minera piloto en el fundo “El Cabrito” en dirección a la autopista del Itata por la ruta 0-390. Mediante fotos satelitales e imágenes aéreas se puede apreciar la cercanía con los y las habitantes de Penco. Según las herramientas de medición de distancias de Google Earth, la planta estaría a 2,8 kilómetros del centro de la ciudad.

Por otro lado, imágenes aéreas demuestran gráficamente lo cercano de la planta con la ciudad. Todo lo anterior se contradice con la información que la empresa entrega públicamente en su pagina web en donde asegura estar alejada de las comunidades.

Lo que los empresarios mineros están buscando en Penco y la cordillera de la costa de la región del Biobío son Tierras Raras. Un grupo de minerales que se han vuelto sumamente codiciadas por las empresas y los Estados más industrializados del mundo. Estos elementos se consideran indispensables para el desarrollo de nuevas tecnologías marcadas por aplicaciones cibernéticas, desarrollo creciente de la inteligencia artificial, nuevos materiales para dispositivos bélicos por parte del complejo militar-industrial y de programas espaciales de las potencias imperialistas, tales como aleaciones para fuselaje de aeronaves y vehículos espaciales, o sistemas de guías de misiles y aviones no tripulados (drones). Algunas aplicaciones civiles incluyen el desarrollo de microprocesadores, dispositivos de almacenamiento eléctrico e información digital, el desarrollo de energías eólica, solar, vehículos, medicina alópata, smartphones, cámaras digitales, televisores LED, baterías recargables, entre otras. De esta forma las Tierras Raras se constituyen como unos elementos altamente estratégicos en el campo de la geopolítica mundial.

Este es el engañoso mensaje que la empresa minera tiene publicado en su sitio web en donde afirma estar ubicada lejos de las comunidades. Fuente: www.biolantanidos.com

Sin embargo, las tierras raras también se han hecho conocidas por los altos impactos socioambientales asociados a su extracción. Por ejemplo China, el país que produce cerca del 95% de estos minerales en el mundo ha presentado graves contaminaciones químicas y radioactivas en zonas de Mongolia Interior. Un caso emblemático es lo que ocurre en la ciudad de Baotou la llamada capital de las Tierras Raras descrito como uno de los lugares mas contaminados del mundo. Para refinar estos materiales hay que triturar la tierra agregando ácido sulfúrico, nítrico y clorhídrico, generando aguas residuales sumamente toxicas y desechos radioactivos. La población de Baotou está altamente afectada por esta contaminación. Antes de que China fuera el primer productor mundial, lo era Estados Unidos. En los yacimientos de Mountain Pass en el país norteamericano surgieron diferentes episodios de contaminación, incluyendo uno ocurrido en 1998 en donde 1000 millones de litros de aguas residuales radiactivas y químicamente contaminadas fluyeron de un contenedor con fugas contaminando una reserva natural.

La ciudad de Baotou en China ha sido severamente afectada por la contaminación derivada de la explotación de tierras raras. Se ha creado un lago artificial gigante que almacena residuos tóxicos y radioactivos muy cerca de la población.

 

Las comunidades de Penco y Tomé se han visto alarmadas por esta situación por lo que se han generado conversatorios y foros informativos en ambas comunas. En uno de ellos realizado recientemente en Tomé expositores de la Coordinadora Penco-Lirquén plantearon que la empresa “usaría 35.000 litros de agua por hora del Estero Penco, sin embargo solicitó derechos de agua por 176.000 litros por hora”. Hay que considerar que el Estero Penco pasa por la zona urbana, incluso a un costado de su plaza principal, lo cual amenaza con modificar sustancialmente este curso de agua que según la Dirección General de Agua tiene una “calidad excepcional” y es apta para el consumo humano.

Estero Penco pasando por la Plaza de la Ciudad de Penco, antes de desembocar en la Bahía de Concepción. Este curso de agua podría ver afectado gravemente su caudal, así como recibir y dispersar contaminantes generados por la actividad minera.

 

En la misma actividad se hizo énfasis en la situación de especies nativas en la zona en peligro de ser intervenida, como es el caso de Queule (Gomortega keule). Este es un árbol en peligro de extinción presente en tan solo 3 regiones del país (Maule, Ñuble y Biobío), fue declarado por este motivo como Monumento Natural en el año 1995. De ejecutarse las faenas mineras con rajo abierto en la zona estos árboles desaparecerían y el delicado estado de conservación de esta especie podría verse aún más presionado. Esto no solamente en Penco sino también Tomé, en donde el proyecto minero pueda probablemente expandirse.

Arboles de Queule, especie en peligro de extinción amenazada por la instalación de la faena minera Biolantanidos

 

Por su parte el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Medioambientales (OLCA) planteó que cerca del 41% del territorio nacional según SERNAGEOMIN se encuentra bajo el concepto de Concesión Minera con datos de 2013. El expositor planteó una serie de puntos entre los que se cuenta la estrecha relación entre la expansión de la minería, el crecimiento de la demanda energética y la crisis hídrica en los territorios. Por otro lado, existe una sobrevaloración en torno al aporte económico de la minería para la población del país, mientras que existen grandes perjuicios para las comunidades y ecosistemas en torno a estas empresas.

El proyecto minero que busca intervenir la zona ingresó un Estudio de Impacto Ambiental a fines de 2018, causando preocupación en parte de la población, quienes alegaban sobre la poca información entregada por autoridades y también la escasa capacidad de incidencia de las comunidades en procesos que podrían dañar irreversiblemente su salud y su ambiente.

Por otra parte, el alcalde de Penco Víctor Hugo Figueroa (DC) señaló a Diario y Radio Uchile que “se está inventando una modalidad distinta, por lo tanto, cualquier persona que se va a oponer yo lo invito a que conozca el modelo chilensis de extracción de este mineral. Cualquier crítica sin conocer el modelo es una crítica que no tiene fundamento. Yo la aceptaría de alguien que haya conocido la planta, que haya conocido el mecanismo y que emita un informe respecto del daño ambiental”.

Instalaciones de planta piloto «El Cabrito» ubicada a menos de 3 kilómetros de la ciudad de Penco

Según lo señalado por la empresa ubicada en los cerros de Penco BioLantánidos “es un Proyecto sostenible”. La empresa plantea para esto un proceso “patentado de extracción, denominado Proceso de Desorción Continuo y Cerrado (CCLP), un método respetuoso con el medio ambiente que optimiza la obtención de Lantánidos a través de la recirculación de agua y aditivos, obteniendo metales de alta pureza con un bajo uso de recursos”.

Sin embargo la empresa no ha mostrado verdaderamente en qué consiste este nuevo proceso (CCLP) a la comunidad, ya que no quieren dar a conocer un conocimiento que aducen es su propiedad intelectual, sin embargo podría trastornar gravemente la zona. A vecinas y vecinos de la comuna les cuesta creer que este método sea “sostenible” cuando a nivel mundial la extracción de tierras raras ha causado gran daño ambiental. El proyecto minero además queda a menos de 10 kilómetros de zonas pobladas de Concepción, lo cual también abre la incertidumbre sobre posibles contaminación al resto de la conurbación.

A menos de 10 kilómetros de zonas desamente pobladas de Concepción se encuentra el proyecto minero.

El proyecto es propiedad del grupo financiero Larraín Vial, involucrado en el escandaloso «Caso Cascadas» en donde también estuvo involucrado Julio Ponce Lerou, yerno del dictador Pinochet. El grupo controla el proyecto a través de la empresa Minería Activa. Su representante legal Arturo Albornoz Wegertseder en representación de la empresa Rare Earth Extraction UNO o (REE UNO por sus siglas en inglés).

Frente a este supuesto «proyecto sostenible» que plantea la minera cabe preguntarse ¿Cómo creerle a una empresa que miente descaradamente diciendo que se encuentra lejos de las comunidades, cuando está a menos de 3 kilómetros de la ciudad de Penco? Una pregunta lógica para las comunidades afectadas y para la institucionalidad de evaluación ambiental del Estado que en estos momentos se encontrarían evaluando la aprobación o rechazo de este polémico proyecto.

Imagen principal: Planta piloto «El Cabrito» en los cerros junto a Penco y la Bahía de Concepción 

Fuente:https://resumen.cl/articulos/empresa-minera-en-penco-miente-descaradamente-al-decir-que-esta-lejos-de-comunidades?fbclid=IwAR3oL4aDKHFlQRMvQGV0dnlzq4fWdpFsdadwOtcucJbKk4Jufolw_yqYAQw

Bolivia

Defendiendo los derechos de la Madre Tierra en Bolivia

En Bolivia la madre tierra es considerada por las comunidades indígenas como un ser vivo quien también posee derechos, esta visión ancestral es la que ha permitido que generación a generación las familias indígenas hereden a sus descendientes tierras fértiles, un hogar y un futuro. Pero esta forma de vivir ha sido cambiada a la fuerza por la industria extractivista, y las concesiones mineras que el gobierno actual de Bolivia está otorgando a empresas extranjeras están destruyendo tierras que una vez habían sido sagradas para estas comunidades.

Margarita Aquino es la Coordinadora de la Red Nacional de Mujeres en Defensa de la Madre Tierra (RENAMAT) en Bolivia, esta red es una articulación de mujeres indígenas y campesinas de comunidades afectadas por actividades mineras y cuyos territorios han sido destruidos a causa de la contaminación.

“Nosotras nos comparamos con ella, porque la madre tierra nos da frutos y nosotras damos vida, en ella vivimos. Las leyes que emite nuestro gobierno están violando los derechos de la madre tierra y ella no tiene voz, por eso las mujeres nos hemos puesto al frente de defender a la madre tierra, especialmente al agua”, dice Margarita.

La RENAMAT fue creada en el año 2013 por algunas mujeres que estaban participando en una escuela piloto de conflictos ambientales con justicia de género organizada por el Colectivo Casa. “Al finalizar el 2013 las mujeres empoderadas decidieron articularse en Red y formaron la RENAMAT, porque se sentían apoyadas entre ellas y unidas en una misma lucha” relata Angela Cuenca, quien a su vez es Coordinadora del Colectivo Casa.

Violencia medioambiental contra las mujeres

“Hemos identificado a esta clase de violencia que existe contra las mujeres indígenas como violencia medioambiental porque hemos visto que está siendo violado el primer derecho que está en nuestra constitución política: el derecho a la vida” menciona Margarita.

La Violencia Medioambiental Contra las Mujeres es un término que ha sido creado por las mujeres de la RENAMAT y cuyo significado es: “Toda acción u omisión, que al dañar el medio ambiente impida o restrinja el ejercicio de los derechos de las mujeres, perjudicando su calidad de vida, su integridad, su salud, su economía, su trabajo, su patrimonio, su identidad cultural y es ocasionada por las personas”.

A través de la creación de una Cartilla de Difusión la RENAMAT trabaja con las mujeres indígenas de diferentes comunidades capacitándolas sobre el tema de la violencia medioambiental y sobre sus derechos.

En la Cartilla explican de qué se trata este tipo de violencia y cómo se puede identificar. Asimismo, enumera cuáles son los derechos que tienen las mujeres en general según la Constitución Política de Bolivia, y cuáles son los derechos específicos de las mujeres indígenas.

Según la Cartilla “negar los derechos de las mujeres también es violencia, porque cada uno de las derechos están interconectados para garantizar el principal derecho que es el derecho a la vida”. Al negarles por ejemplo el derecho al agua, también se vulneran los derechos a la salud, al trabajo, el derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria.

Los textos de la Cartilla vienen acompañados de dibujos que ilustran las diferentes situaciones que viven las mujeres indígenas cuando los proyectos mineros llegan a sus territorios. “Hemos creado las cartillas a consecuencia de que muchas hermanas no saben leer ni escribir, los dibujos les atraen, los dibujos les quedan en la memoria a nuestras hermanas, es por esa razón que nosotras llevamos estas cartillas a todas las comunidades para poder visibilizar cómo estamos trabajando, cómo se están violando nuestros derechos” cuenta Margarita.

“Cuando hacemos los seminarios nosotras les decimos que dibujen cómo era su terreno, dónde tenían sus fuentes de agua, y las hermanas que ni tan siquiera sabían leer ni escribir hacen un esfuerzo grande y lo plasman, cómo era su terreno anteriormente y cómo es ahora nuestro terreno” dice Margarita.

El trabajo de la RENAMAT consiste en visitar diferentes comunidades indígenas que aún no han sido afectadas por las mineras. A través de talleres, charlas, presentaciones de videos y otras actividades, comparten las vivencias de las mujeres que ya perdieron su territorio y fuentes de agua a causa de la contaminación, el objetivo es empoderar a las mujeres para que se conviertan en defensoras de la madre tierra.

Una lucha que nos pertenece a todas

El camino no ha sido fácil, su trabajo ha sido cuestionado por diferentes autoridades, las han difamado y han dicho que ellas “son pagadas”. A esto se suma una nueva ley minera que está siendo promovida por el gobierno actual, en la cual se elimina el proceso de consultar e informar a las comunidades sobre los proyectos mineros.

Margarita dice sentirse decepcionada pues habían confiado en que un presidente indígena se iba a preocupar por sus hermanos y hermanas, “nuestros líderes políticos son muy capitalistas y extractivistas, piensan en el presente, no piensan en el futuro como nosotras. Nosotras pensamos qué vamos a dejar a nuestros hijos, a nuestros nietos, tierras devastadas, tierras áridas”.

A pesar de los obstáculos, la RENAMAT continúa con su trabajo en defensa de la madre tierra e invitan a las mujeres de todo el mundo a que se unan a esta lucha que es de todas, “ahora nosotras estamos tejiendo redes de solidaridad y acción para defender a la madre tierra, tienen que ser muy fuertes las mujeres de latinoamérica a las que también les están siendo violados sus derechos por el extractivismo, que no se sientan solas que aquí la RENAMAT está para apoyarlas para seguir adelante defendiendo los derechos de la madre tierra y del agua”, dice Margarita.

 

 

Fuente:https://gaggaalliance.org/es/news/giving-mother-earth-a-voice-in-bolivia/?fbclid=IwAR3Az3n5jVb9_0xUtPWE-KZf4HQCllKIRXSZ84v4kViAljYQH_WGeFHVNiU

Mexico

Alcaldes de Chiconquiaco y Yecuatla demandan a AMLO derogue concesiones de EPN a minera Aurora que devastará 4 mil 845 hectáreas verdes y contaminará

Chiconquiaco, – Enrique Peña Nieto,  a punto de concluir su mandato concesionó más de 4 mil hectáreas a minera Aurora. Pobladores y autoridades locales piden se derogue por faltas a consulta y devastación ambiental severa.

El Servicio Geológico Mexicano (SGM) reporta que las asignaciones a mineras nacionales son Aurora (Yecuatla y Chiconquiaco).

Así como Aurora I (Chiconquiaco y Yecuatla) y Aurora I, fracción B (Yecuatla, Chiconquiaco y Juchique de Ferrer).

La mina Aurora, en el municipio de Yecuatla, devastaría 4 mil 845 hectáreas.

En medios locales se desatacó que de acuerdo con el subprocurador de Medio Ambiente, Ernesto Cuevas Hernández, las concesiones de Enrique Peña Nieto violan el derecho a la consulta pública.

Añadió que además generarían un impacto ambiental severo.

El entonces mandatario federal otorgó las concesiones el pasado 27 de noviembre.

Por ello los alcaldes de Chiconquiaco, Nazario Perea, y de Yecuatla, Fidencio Romero solicitaron la intervención de la procuraduría del Medio Ambiente, para que les apoye en la solicitud de revocar la concesión.

A dicha solicitud también se sumaron , agentes municipales y subagentes municipales de las localidades afectadas por las concesiones mineras.

La Secretaría del Medio Ambiente hizo un recorrido en la zona.

Los funcionarios constataron la presencia de personal de las empresas mineras.

Los empleados mineros se encuentran haciendo mediciones de la superficie.

La concesión minera contempla tres predios:

Por un lado está Aurora, de 4 mil 110 hectáreas ubicadas en el municipio de Yecuatla.

Además, Aurora I Fracción A, de 200 hectáreas.

Y, finalmente la Aurora I Fracción B, 635 Hectáreas que son para extraer oro y plata.

Los predios abarcarán extensiones de la cabecera municipal del municipio de Yecuatla.

Así mismo las afectaciones incluyen la población Mundo Nuevo y la población Plan de la Estrella, lugares donde se ubican las 4 mil 845 hectáreas.

Actualmente ya operan en el estado de Veracruz lmaden Minerals LTD, con el proyecto El Cobre, en el municipio Las Minas; Goldgroup Mining Inc., con el proyecto Caballo Blanco, en Alto Lucero; Unión de Ejidos “Lic. Rafael Hernández Ochoa”, S de RL de CV, con el proyecto de caolín en el municipio de Huayacocotla, y Source Exploration Corp/Chesapeake Gold Corp., con el proyecto La Miqueta, en los municipios Las Minas y Tatatila.

El valor de la producción mineral estatal (durante el periodo enero-diciembre de 2015) ascendió a 13,441,826 millones de pesos.

Según datos oficiales proporcionados por la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía (SE) —en materia de títulos y superficies concesionadas—, en 2012 había 90 concesiones tituladas en el estado de Veracruz, las cuales incrementaron a 104 en 2013; en 2014 se mantiene en 104 títulos, y a pesar de que en 2015 disminuyó el número de títulos (103), se registró un incremento de la superficie trabajada en minería, que se mantiene hasta enero de 2016.

La superficie concesionada a mineras pasó de 226,242 hectáreas en 2012, a 243,924 hectáreas en 2016.

En Veracruz se localizan 14 regiones mineras: el Istmo, región caolinífera de Huayacocotla, región minera Orizaba, región Perote, distrito minero Las Minas, zona mineralizada Tatatila-Las Minas, zona Jáltipan, zona Sayula, zona Tatatila-Las Minas, área mineralizada El Bastonal, área mineralizada La Miqueta, área mineralizada Las Minas, área mineralizada Tatatila y el área prospectiva Caballo Blanco.

Hasta ahora, pese a la demanda de activistas y ambientalistas, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador se ha mantenido indiferente a la solicitud para que estos proyectos de devastación al agua, a la vegetación, al bosque, de contaminación a los mantos acuíferos y más, sean detenidos.

AMLO ha dicho que su gobierno ya no es neoliberal, pero las acciones de funcionarios de su gobierno, continúan siendo neoliberales medrar con el medio ambiente a cambio de jugosas sumas que les pagan por -fuera- los representantes de las minas,  aunque afecten a la población, parece ser lo único que les importa.

 

Fuente:https://plumaslibres.com.mx/2019/05/23/alcaldes-de-chiconquiaco-y-yecuatla-demandan-a-amlo-derogue-concesiones-de-epn-a-minera-aurora-que-devastara-4-mil-845-hectareas-verdes/?fbclid=IwAR2hXUbsZcuk9mPHfrWgB_8WcJ7EgXIFnrgQBAbQ_BOO2SPABrElOv27usQ

Mexico

De 79 concesiones en Veracruz , sólo 3 mineras tienen permiso la Semarnat

De 79 concesiones mineras vigentes en Veracruz, sólo tres proyectos cuentan con estudio de impacto ambiental autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), por lo que concesionarios mineros incumplirían con la procuración al cuidado del medio ambiente y protección ecológica, de conformidad con la legislación vigente.

En el reciente informe presentado por el Instituto para la Gestión, Administración y Vinculación Municipal (IGAVIM) se informó que, en el periodo 2008 a 2017, sólo tres proyectos del sector minero fueron aprobados en materia de impacto ambiental en Veracruz, dos de ellos bajo autorización condicionada.

Con datos proporcionados a través de solicitudes de información, la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía (SE) reveló que en Veracruz la empresa “Unión Minera del Sur S. A. de C. V”, con los proyectos “Unimisur Planta de Extracción de Azufre, utilizando el proceso frash” y “Ampliación Unimisur-Azufre”, ubicados en el municipio de Jáltipan, cuentan con autorizaciones condicionadas.

Mientras que la empresa “Roca Verde Exploración México S. A. de C. V”, con el proyecto “Prospección minera, cartografía geológica, toma de muestra de esquirla de roca y barrenación en el municipio Las Minas”, obtuvo la autorización por afirmativo ficta.

LA NORMATIVIDAD

El artículo 27 de la Ley Minera establece: “Los titulares de concesiones mineras, independientemente de la fecha de su otorgamiento, están obligados a sujetarse a las disposiciones generales y a las normas oficiales mexicanas aplicables a la industria minero-metalúrgica en materia de seguridad en las minas y de equilibrio ecológico y protección al ambiente”.

Mientras el artículo 39 subraya: “En las actividades de exploración, explotación y beneficio de minerales o sustancias, los concesionarios mineros deberán procurar el cuidado del medio ambiente y la protección ecológica, de conformidad con la legislación y la normatividad de la materia”.

Al respecto el IGAVIM informó que al solicitarle a la Semarnat las resoluciones en materia de impacto ambiental de todos los proyectos del sector minero en México aprobados desde 2008 a 2017, el listado sólo incluyó 125 autorizaciones, en su mayoría condicionadas.

Con ello se evidencia que los concesionarios mineros “al día de hoy aún carecen de prácticas que promuevan realmente el cuidado del medio ambiente”, por lo que existen ejemplos de impactos ambientales acumulativos negativos que han afectado al ecosistema y las comunidades rurales”.

Para el IGAVIM si bien es cierto que la mayoría de las concesiones fueron entregadas en años anteriores, “es necesario que la Semarnat, la Profepa y la Secretaría de Economía aclaren cómo dan seguimiento a los impactos ambientales negativos que se presentan en este sector y de qué manera incluyen a las comunidades afectadas para su mejora, remediación y conservación”.

MUNICIPIOS BAJO CONCESIÓN MINERA

Desde el 17 de mayo de 1954 hasta el pasado 18 de octubre de 2018 se han otorgado 89 concesiones mineras en territorio veracruzano para operar en los municipios de Chinameca, Las Minas, Jáltipan, Ixhuatlán del Sureste, Catemaco, Ixtaczoquitlán, Sayula de Alemán, Perote, Actopan, Huayacocotla, Zacualpan, Soteapan, Alto Lucero, Apazapan, Papantla, Jalacingo, Espinal, Pánuco, Ignacio de la Llave y Uxpanapa.

Los últimos títulos de concesión minera se otorgaron a los proyectos presentados por la empresa Minera Cardel S. A. de C. V (en Alto Lucero), a Germán Solís Santamarina (en Huayacocotla) y a dos proyectos a nombre de Julio César Fernández Durán, para operar en el municipio de Uxpanapa.

En respuesta a la solicitud de información con folio 0001000071719, realizada por este medio, la Dirección General de Minas a través de la Dirección de Cartografía y Concesiones Mineras de la SE manifestó que en el periodo comprendido entre 2016 al 15 de marzo de 2019 sólo se otorgó una concesión en favor de Minera Cardel S. A de C. V., subsidiaria de la empresa canadiense Goldgroup Mining, ubicada en el municipio de Alto Lucero.

Bajo el título de concesión 246134, otorgado el 28 de febrero de 2018, la empresa Minera Cardel S. A. de C. V. tiene permiso para realizar trabajos de exploración y explotación de oro, plata y plomo, en una superficie de 5,400.000 hectáreas, hasta el 2068.

Según datos oficiales de la SE, en la región de Actopan hay 13 concesiones mineras, con permisos que vencerán entre 2052 y 2060, en favor de las empresas Minera Gavilán S. A. de C. V., filial de Almaden Minerals; Minera Cardel S. A. de C.V., y Candymin S. A. de C. V.

En el municipio de Las Minas existen 12 concesiones mineras, con vigencias hasta 2062, principalmente para las empresas Minerales El Prado S. A de C. V., y RocaVerde Exploración de México S. A. de C. V.

Mientras que en el municipio de Alto Lucero se registran nueve concesiones mineras con vigencias que oscilan entre 2052 hasta 2062, en favor, principalmente, de Minera Cardel S. A. de C. V., Minera Gavilán S. A de C. V. y Ríos Mining S.A de C. V.

La superficie concesionada a mineras en la entidad veracruzana es de 201,382.82 hectáreas, con lo que se coloca en el lugar 19 nacional; en el puesto número 21, con cuatro concesiones mineras con vigencia a 2068; y en el lugar número 15 de las entidades con autorizaciones en materia de impacto ambiental. Actualmente, en Veracruz hay 79 concesiones mineras vigentes.

 

Fuente:https://www.diariodexalapa.com.mx/local/de-79-concesiones-en-veracruz-solo-3-mineras-tienen-permiso-de-la-semarnat-3660636.html?fbclid=IwAR0Vs0cmdbf0Yh5r0TYGaxlLzlGQmZC9Da-iYKTMRqH2kErTmTWPexektOQ

Perú

La consulta previa en debate: Sentencia del Parque Ichigkat Muja

El 26 de abril último, el Décimo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima (Expediente 14037-2013), declaró fundada la acción de amparo presentada por la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Cenepa (ODECOFROC) en el año 2013, resolviendo la nulidad de 111 concesiones mineras y otras resoluciones de Estudios de Impacto Ambiental aprobadas por el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) y el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), respectivamente. El motivo fue que estas entidades omitieron realizar el procedimiento de consulta previa a los pueblos indígenas Awajún y Wampis que habitan esos territorios.

Durante muchos años, las organizaciones que representan a los pueblos Awajún y Wampis venían demandando que sus territorios tradicionales fueran declarados como Zona Reservada, un primer paso para la creación del “Parque Nacional Ichigkat Muja-Cordillera del Cóndor”. Ello como una forma de proteger su hábitat natural y evitar la intromisión de actores externos, particularmente empresas extractivas. Luego de un largo proceso de negociación de estas organizaciones con el entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), se acordó en el año 2004 que el referido Parque tendría un área de 152,873.76 has. Sin embargo, en el año 2007, ya iniciado el segundo gobierno de Alan García, el INRENA incumplió el acuerdo alcanzado con las comunidades y redujo el área del Parque a 88,477 has. A las organizaciones indígenas no se les dio ninguna explicación de esta decisión. En ese momento las políticas del Poder Ejecutivo se inscribían en la lógica del “perro del hortelano”, que el fallecido presidente García utilizaba para simbolizar el vínculo que los pueblos indígenas tenían con sus territorios tradicionales, y cómo estas formas culturales impedían el desarrollo del país que era entendida como de promoción irrestricta de las actividades extractivas.

Así, sobre la extensa área del territorio Awajún y Wampis que quedó desprotegida, se comenzaron a otorgar concesiones mineras y permisos para actividades de exploración y explotación. Varias empresas y agentes externos comenzaron a ingresar a este territorio del Parque con dichos fines, produciéndose numerosos conflictos con las comunidades de la zona. El caso de la empresa minera Afrodita y sus reiterados desencuentros y conflictos con la población, refleja de forma clara, las consecuencias del incumplimiento del Estado. En esa medida, esta sentencia corrige un despropósito y una clara afectación a los derechos colectivos de los pueblos Awajún y Wampis, referidos a su capacidad de tener injerencia y poder de decisión sobre las cuestiones que afectan sus territorios tradicionales.

Asimismo, al declarar la nulidad de las concesiones y autorizaciones otorgadas, esta sentencia se suma a otras resoluciones judiciales emitidas que también declaran la nulidad de concesiones mineras por no haber realizado la consulta previa. Estos son los casos de Tres Islas en Madre de Dios o Atuncolla en Puno. Además, existen muchas otras demandas de amparo en trámite que también vienen solicitando la nulidad de concesiones mineras otorgadas. De igual manera, en el caso de las actividades de hidrocarburos, también se han venido acogiendo favorablemente muchas demandas de amparo de pueblos indígenas amazónicos para declarar la nulidad de lotes petroleros por la omisión de la aplicación de la consulta previa.

Dicho esto, lo que se ha resuelto en esta sentencia, y en general, lo que se viene resolviendo a nivel judicial en torno a los alcances del derecho a la consulta previa, obliga a reflexionar sobre cuál es el momento más apropiado para su aplicación. Cabe decir que, en mayo de 2011, dos meses antes que finalice el segundo gobierno de García, el MINEM emitió el Decreto Supremo 023-2011-EM, que regulaba la aplicación de la consulta previa para las actividades inscritas en su sector. Lo curioso es que esa norma estableció que la consulta se tenía que realizar antes del otorgamiento de una concesión minera. Probablemente esa flexibilidad del Gobierno para ampliar de esa manera los alcances de la consulta, haya tenido que ver con que estaba casi de salida. Sin embargo, ya en el gobierno de Humala, una vez que entraron en vigencia la Ley de Consulta (setiembre de 2011) y su Reglamento (abril de 2012), las normas procedimentales que se emitieron para implementar este derecho restringieron sus alcances.

En el caso de las actividades mineras, se decidió que la consulta se debía realizar en el momento previo a la emisión de la resolución de la Dirección General de Minería del MINEM para autorizar el inicio de actividades. Pero esta medida administrativa es de tipo fast checking, que solo verifica el cumplimiento de requisitos que previamente se deben cumplir para iniciar actividades de exploración, explotación o beneficio minero. Justamente uno de esos requisitos es contar con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aprobado. Es decir, bajo este esquema, la consulta se realiza una vez que se tiene el EIA definido, lo cual sin duda resta eficacia a este derecho y lo vacía de contenido. La etapa de elaboración de estos estudios debería ser la oportunidad para determinar y proponer alternativas a las observaciones o reservas de los grupos de interés, entre los que se cuenta a las poblaciones indígenas. El hecho de que no se consideren estas preocupaciones es lo que viene llevando a que los pueblos indígenas opten por la vía del amparo entrando en una dinámica cada vez más fuerte de judicialización de la consulta.

La oportunidad o el momento más apropiado para la aplicación de la consulta sigue siendo un debate abierto. En la Sentencia del Parque Ichigkat Muja-Cordillera del Cóndor, se ha señalado de forma explícita que la consulta se debe realizar antes del otorgamiento de la concesión, y además que todas las concesiones aprobadas tras la entrada en vigencia del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT (1995) tendrían vicios de nulidad; es decir, deberían ser declaradas nulas en tanto no pasaron por un procedimiento de consulta. Pero, cabría analizar qué consecuencias conllevaría establecer la obligatoriedad de consultar todas las concesiones otorgadas desde la admisión del Convenio 169. Considerando que existen miles de concesiones aprobadas desde esa fecha, muchas de las cuales constituyen grandes operaciones mineras en pleno funcionamiento actualmente, ¿podría el Estado viabilizar en la práctica la implementación de procedimientos de consulta respecto a todas esas concesiones? Más allá de la justicia detrás de estas reclamaciones, lo concreto es que el Estado no se encontraría en condiciones de atender tantas reclamaciones simultáneas. Ello considerando también la presión mediática que se generaría en su contra, proveniente de grupos de poder vinculados con la minera, que reclamarían por tantas operaciones que se suspenderían de adoptarse tales medidas.

De igual manera, es importante tomar en cuenta que los procesos de consulta suelen generar altas expectativas entre la población respecto a los beneficios que pueden obtener de la actividad extractiva. Pero antes del otorgamiento de una concesión resulta difícil poder establecer de forma clara qué beneficios se podrían obtener. El otorgamiento de una concesión solo requiere presentar una serie de requisitos formales, pero no se solicita información que pueda determinar los impactos a nivel social o ambiental que se generarían a futuro (eso recién se tiene más claro en un siguiente momento, cuando se elabora el EIA). Incluso muchos solicitan concesiones solamente con fines especulativos, esperando obtener un beneficio económico futuro por la venta de la concesión ante una empresa con mayor capital (y posibilidades de explotar). El marco normativo permite que uno pueda tener una concesión vigente hasta por 30 años sin explotar el recurso, solamente pagando un derecho de vigencia anual y luego penalidades. Sin embargo, estos montos no constituyen incentivos suficientes para abandonar una concesión. En ese sentido, realizar una consulta bajo estas condiciones, con la incertidumbre sobre si el recurso va a ser extraído o no, puede determinar que se generen expectativas infundadas entre la población que sería consultada, pudiendo ser un factor adicional y muy importante que puede conducir a la proliferación de conflictos sociales y la afectación de la gobernabilidad en espacios de desarrollo de actividades mineras.

Por lo expuesto, este artículo plantea que las discusiones sobre el momento o la oportunidad de la aplicación de la consulta, no pueden desligarse de otra discusión mucho más profunda y de mayores dimensiones: la necesidad de efectuar reformas sustanciales en el actual sistema de concesiones minero en el país, que en lo sustancial sigue siendo el mismo que instauró Fujimori al inicio de su primer gobierno. Los problemas evidenciados reflejan la necesidad de establecer una serie de restricciones al otorgamiento indiscriminado de concesiones por parte del INGEMMET, entidad adscrita al MINEM y que está encargada de otorgar las concesiones. Estas se aprueban sin evaluar o cruzar información sobre los usos del territorio, o sin tomar en cuenta los instrumentos de planificación local o regional. En la práctica, son las mismas concesiones las que definen los usos del territorio, en una lógica orientada a la explotación intensiva de los recursos naturales, y sin tomar en cuenta o subvalorando otras actividades económicas o prácticas tradicionales de las poblaciones que se asientan en esas zonas y que para ellas pueden ser más valiosas que las actividades mineras o extractivas.

Por tanto, lo que cabría plantear es que se revierta esa figura, mediante el fortalecimiento de los mecanismos de ordenamiento territorial (OT). La idea es que estos sean implementados antes de autorizar cualquier tipo de actividad extractiva, y se elaborarían con la participación directa de la población involucrada, incorporando sus intereses y aspiraciones en la organización del espacio físico y del uso del suelo de acuerdo a sus potencialidades. En el caso de los pueblos indígenas, procesos participativos de este tipo plasmarían en la práctica el espíritu y los principios que guían las normas, sentencias y declaraciones internacionales que delimitan el marco de protección de sus derechos colectivos como pueblos. Sería una forma de implementar un procedimiento de consulta previa y que no se tendría que supeditar necesariamente al otorgamiento futuro de una concesión o a una autorización para realizar actividades mineras.

Habiendo realizando este proceso de evaluación previa de carácter participativo, los pueblos indígenas podrían contar con mayor información para determinar los impactos sociales y ambientales que se podrían generar en la eventualidad de que se quiera promover algún tipo de actividad minera o extractiva en sus territorios, así como los beneficios o perjuicios que se podrían generar.

Por lo tanto, una salida sostenible y con mirada de largo plazo a los problemas que se van a ir generando por el cuestionamiento a las concesiones y autorizaciones de actividades mineras inconsultas, pasaría por fortalecer el OT y que este tenga carácter vinculante y no se subordine a los intereses de las industrias extractivas, tal como ha venido ocurriendo hasta la actualidad.

 

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/la-consulta-previa-en-debate-sentencia-del-parque-ichigkat-muja/?fbclid=IwAR3pU52VMpWCP1vAZ2H1Qe2YHnfEUp4o3HAt4LPfY6iV4dgVjw-AXVdjuEc

Perú

Cajamarca: tras 5 años absuelven a ronderos de Celendín

El día 22 de mayo en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca se leyó la sentencia absolutoria para dos ronderos de la zona de Oxamarca- Celendín. Absalón Martos Vásquez y Segundo Nazario Chávez Tirado, miembros de la ronda Campesina de la Comunidad de Quillamachay, eran procesados desde el 2014 por delito de Secuestro agravado y para los que se pedía la pena de cadena perpetua.

El motivo fue que en junio del 2014 intervinieron a cuatro personas ajenas al lugar, las cuales estaban comprando tierras en grandes cantidades de manera irregular y sospechosa, probablemente para venderle a la Odebrecht quien tenía previsto construir en esta zona la represa Chadín II, o a las compañías mineras que están también en el lugar.

La intervención sólo consistió en pedirles que se presenten ante la asamblea ronderil, los presuntos secuestrados habrían incluso tenido la oportunidad de dar parte a la Policía Nacional, que llegó al lugar y al no observar nada irregular de parte de la ronda, participó de la reunión.  Días después, estas personas denunciaron a los ronderos por secuestro agravado y lo increíble sería que la Fiscalía de Celendín, sin mayores pruebas y obviando su condición de ronda, procedió a denunciar por este grave ilícito pidiendo la pena máxima.

Este proceso se convirtió en una larga y tortuosa lucha judicial; la comunidad se preguntaba si el haber actuado contra personas vinculadas a las grandes empresas tenía que ver con esta absurda persecución. Los 2 ronderos incluso fueron sentenciados en una primera instancia, sin mayores pruebas y por un delito diferente al que les imputaban.

Este proceso ha tenido muchas irregularidades y en virtud de ello una Sala Penal determinó su nulidad, sometiéndose el caso a nuevo juicio donde se llegó a la absolución de los mismos. Esperamos que este caso contribuya al cese de la criminalización de la labor ronderil, reconocida por la Constitución y que no debe ser motivo de ninguna denuncia o proceso, cuando se realiza dentro de los márgenes de la ley y el respeto a los derechos fundamentales.

 

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/05/23/cajamarca-tras-5-anos-absuelven-a-ronderos-de-celendin/?fbclid=IwAR21duH6AK73M99cl6jsM62Sj9hPHlXnQNs14tqxgfxQGQDQKbP5OBOMFfY

Perú

Juez ordena anular 127 concesiones mineras en comunidad «Tres Islas»

La semana pasada, la Sala Civil de la Corte Superior de Madre de Dios, dictó la orden de ejecutar la sentencia que declara nula las concesiones mineras y otras acciones inconsultas en la comunidad nativa «Tres Islas», en el distrito de Tambopata. Para ello, solicitó que dicha sentencia regrese al juzgado de origen para que pueda hacerse efectiva en diez días, además queda prohibido que el Gobierno Regional de Madre de Dios otorgue más concesiones.

En marzo de este año, la comunidad logró una victoria judicial, cuando la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sentenciara por primera vez la anulación de concesiones mineras, adjudicaciones de predios agrícolas y derechos de agua que se otorgaron a colonos sin realizar las consultas previas a la comunidad.

A pesar de haberse dado dicha sentencia, los procuradores del Gobierno Regional de Madre de Dios y el Ministerio de Agricultura presentaron una apelación al fallo; sin embargo, estos fueron desestimados por la Corte.

Sin precedentes

Esta sentencia es la primera en el Perú, y anularía 127 de las concesiones mineras otorgadas, así como 4 licencias de agua y 11 adjudicaciones de predios agrícolas de las comunidades. Fallo que ha generado el saludo de la relatora de Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, Victoria Tauli Corpuz, a través de su cuenta en Twitter.

Las comunidades compuestas por las familias Shipibos y Ese´eja fueron principalmente afectadas por la actividad minera y la contaminación de mercurio. En el fallo también se incorpora las disposiciones que detalla la Medida Cautelar 113-16, donde determina se atienda la salud, la seguridad, el agua y la alimentación de las poblaciones indígenas.

Asimismo, el fallo exige realizar estudios para descontaminar las aguas y suelos, reforestar los territorios dañados, y brindar atención integral de la salud y provisión de agua potable.

Por su parte los representantes de las comunidades han expresado su acuerdo y saludo a la ejecución, ya que contribuirá a «la recuperación de nuestro bosque», manifestó César Estanico, presidente de la Comunidad Nativa  «Tres Islas».

 

Fuente:https://wayka.pe/juez-ordena-anular-127-concesiones-mineras-en-comunidad-tres-islas/?fbclid=IwAR00y2JqBpUzKcQXsJQ5LXdqVwF_zJNG-8UScq3m9vjwy0EYMZmEP8WAo3o

Ecuador

La Política Minera inconsulta: Alerta por la consolidación del Modelo extractivista en Ecuador

La consolidación del modelo extractivista contribuirá a aumentar la violencia hacia las comunidades afectadas, evidenciando la continuidad de mecanismos encaminados a perseguir, criminalizar y judicializar a personas, dirigentes y a las organizaciones sociales que resisten hace varios años.

Mediante un proceso de subasta y remate se otorgaron 275 concesiones con más de 1.500 millones de dólares comprometidos en el período 2018 – 2021, para actividades de exploración minera, manifestó este 27 de abril Fernando Benalcázar, viceministro de Minas. De tal manera que las transnacionales que tienen proyectos en el país anunciaron la creación de la Alianza para la Minería Responsable en Ecuador (AMRE). Alianza que está liderada por Adventus, Lowell Copper, Cornerstone, Lumina Gold, INV Metals, Lundin Gold, Newcrest, Toachi Mining, SolGold y la Cámara de Minería del Ecuador. Así, la política extractiva se profundiza en Ecuador, violentado los derechos individuales y colectivos de la población, en especial su derecho a la consulta previa porque las comunidades no fueron consultadas por el estado ecuatoriano para el otorgamiento de la concesión minera a favor de las compañías mineras.

El presidente Lenín Moreno, el 24 de abril de 2019, mediante Decreto Ejecutivo 722, dispuso la emisión de la nueva Política Minera del Estado, la cual tiene seis ejes: planificación sectorial, inversiones, consulta previa y popular, gestión eficiente y sostenible, combate a la minería ilegal y beneficios tributarios. Estos ejes buscan fundamentalmente una mayor articulación entre Ministerios, inversionistas extranjeros y sectores de la sociedad civil, incrementar la inversión con beneficios tributarios como exenciones de impuestos y eliminación de otros, flexibilizar las normas para el otorgamiento de permisos y licencias ambientales, y regular la consulta previa, libre e informada. Asimismo, el Gobierno ha incluido a los proyectos mineros Fruta del Norte y Mirador, ubicados en Zamora Chinchipe y Loma Larga, en Azuay, en el plan de ingresos de la minería para el Acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Según la investigación de Martín Zorrilla y otros (2018), nuestro país cuenta con la mayor biodiversidad del mundo, la amenaza de extinción para parte de esta biodiversidad ha aumentado dramáticamente desde abril de 2016, tiempo durante el cual el Gobierno ha abierto alrededor del 13% del país a la exploración minera, con muchas de las concesiones en bosques previamente protegidos. Si se produce exploración o explotación, estas nuevas concesiones disminuirán significativamente las áreas protegidas forestales, dado que más del 30% del área total protegida por Bosques Protectores (BP) se incluye en las nuevas concesiones mineras exploratorias. La mayoría de las concesiones se ubican en la hiperdiversa zona de bosques y fuentes de agua.

En el marco de la resistencia frente a la imposición de proyectos extractivos las organizaciones sociales desde el 2017, exigieron a la Contraloría General del Estado investigar y emitir informes sobre las irregularidades denunciadas por las comunidades, respecto de varios proyectos de minería a gran escala. Hasta la fecha el contralor subrogante Pablo Celi ha visitado los proyectos mineros: Loma Larga en Quimsacocha – Azuay y Llurimagua en Imbabura.

El proyecto Llurimagua, ubicado en la zona de Íntag en el cantón Cotacachi, está a cargo de la Empresa Nacional Minera (Enami) y la Corporación Nacional de Cobre de Chile (Codelco) de Chile, empresa que, hasta la presente, ha financiado la mayoría de las actividades exploratorias que se llevan a cabo desde el 2015. La falta de evaluación y control permitió que no se apliquen medidas de prevención y mitigación, por lo tanto, no aplicaron sanciones administrativas para suspender o revocar la licencia ambiental, es decir que el Ministerio del Ambiente (MAE) aprobó el estudio de impacto y plan de manejo ambiental sin parámetros locales que describan la caracterización del área del proyecto. Las violaciones a la ley han sido tan graves que la Contraloría concluyó en su informe que la concesión minera debió haber sido revocada.

Mientras que el informe de la Defensoría del Pueblo sobre este proyecto, evidencia que varias personas de la zona de Intag, opuestas al proyecto minero, están bajo amenaza constante. Además, señala que, junto a la ausencia de supervisión de las operaciones mineras, el Estado, a través de sus instituciones, incluida la Policía Nacional, violó sistemáticamente los derechos de la comunidad y la naturaleza.

El 8 de mayo de 2019, Carlos Pérez, Ministro de Energía y Recursos No Renovables, anunció una reforma al Código Orgánico Ambiental para normar la consulta previa y popular, en el tema minero, petrolero y eléctrico; también anunció que el presidente Lenín Moreno en días posteriores firmará un Decreto Ejecutivo en este sentido. Esta reforma alarma a las comunidades afectadas, en el caso de Quimsacocha atenta contra la consulta popular del 24 de marzo de 2019, que ha sido un precedente importante de democracia, con una repercusión directa, vinculante con el territorio, luego de un proceso largo de resistencia que no ha estado exento de persecución, criminalización y judicialización a los dirigentes sociales.

Con estos antecedentes, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos – CEDHU denuncia que este nuevo anuncio de regular las consultas vía decreto es ilegal, porque pretender regular un derecho constitucional violentando el principio de reserva de ley, pues es una clara contradicción a las decisiones judiciales y decisiones de las personas en los territorios, que se han pronunciado y demandado para frenar las actividades extractivas.

Exigimos que se cumplan las sentencias y las decisiones expresadas vía consultas populares, que las autoridades estatales cumplan lo dispuesto por la Contraloría General del Estado en el Examen Especial sobre el proyecto Llurimagua. Además, que se cumpla lo dispuesto por la Defensoría del Pueblo en la Resolución Defensorial sobre la violación a los derechos humanos y de la naturaleza de este proyecto, donde exhorta al Ministerio de Energía y Recursos No Renovables a declarar la caducidad de la concesión minera Llurimagua, y a la Secretaría Nacional del Agua (SENAGUA) la reversión de autorizaciones de uso de agua.

Alertamos que la imposición y consolidación del modelo extractivista en el Ecuador atenta contra los derechos humanos y de la naturaleza, garantizados en la Constitución y en los Tratados y Convenios Internacionales; por lo tanto, contribuirá a aumentar la violencia hacia las comunidades afectadas, evidenciando la continuidad de mecanismos encaminados a perseguir, criminalizar y judicializar a personas, dirigentes y a las organizaciones sociales que resisten hace varios años, incluso existen asesinatos de dirigentes sociales que han quedado en la impunidad y son muestra de un contexto de conflicto por la apropiación de los recursos naturales por parte del Estado y las empresas transnacionales. Hemos constatado que hasta el momento el papel del Estado ha sido garantizar que las actividades de las empresas mineras no se interrumpan; un ejemplo claro es la imposición de una política pública minera violentando el derecho a la consulta previa libre a informada, y su incapacidad para controlar el cumplimiento de las normas que regulan las actividades mineras.

 

Fuente:https://cedhu.org/noticias/counicados/152-alerta-por-la-consolidacion-del-modelo-extractivista-en-ecuador?fbclid=IwAR2lBZHwIlL3mL4YXty9Ud9GChBkMzpNOV__DNl0sNhfi60FgRvxM7QrMsE