Internacional

300 personas en una jornada contra la minería de tierras raras en Ciudad Real

Castilla-La Mancha
Más de 300 personas han asistido a una jornada informativa organizada por la Plataforma Sí a la Tierra Viva en la que califican como «Zona Cero» de los proyectos de minería de tierras raras en la provincia de  Ciudad Real. Una jornada pública en el auditorio de la localidad de Torrenueva, que se prolongó durante más de tres horas, para informar a los asistentes y también para “demostrar públicamente que el sentimiento de rechazo a los proyectos de Quantum Minería está más activo que nunca”, asegura la plataforma.

En jornada pública intervinieron tanto la abogada de ‘Sí a la Tierra Viva’, Mª Carmen Morallón, el ingeniero Emilio Mino,así como otros miembros de la Plataforma para abordar tanto la parte legal como a los efectos de la minería de tierras raras, el desarrollo del proyecto de Quantum e incluso, explican, “el uso electoralista y el intento de desestabilización de este conflicto socio-ambiental por parte de alguna formación política con escasa o nula representatividad en la Comarca del Campo de Montiel”.

En lo que se refiere al aspecto legal, Morallón explicó pormenorizadamente las acciones llevadas a cabo por ‘Sí a la Tierra Viva’ citando tanto el expediente abierto por la Oficina del Defensor del Pueblo a instancias de la Plataforma, como la denuncia efectuada por “actividad clandestina” en Torrenueva que terminó con una sanción de 2.700 euros a Quantum Minería. Del mismo modo, se informó también a los asistentes de las distintas acciones jurídicas iniciadas y todo lo relativo a la tramitación ambiental de los proyectos de la mercantil.

Por su lado, el ingeniero Emilio dio una explicación detallada sobre el plan minero de Quantum en la provincia de Ciudad Real, el procedimiento de extracción de las tierras raras y sus numerosos riesgos ambientales y para la salud humana, citando investigaciones científicas que confirman que estos elementos pueden producir diversos tipos de fibrosis pulmonar progresiva, favorecer casos de leucemia e incluso alternaciones en el coeficiente intelectual en la infancia residente cerca de áreas mineras.
Críticas a los ‘supuestos Frentes Antimina’

En la sesión se abordó también la puesta en marcha de los “ supuestos Frentes Antimina” -así los denominan- ya  que, según la Plataforma ‘Sí a la Tierra Viva’ son una “verdadera cortina de humo creada por el grupo municipal de Izquierda Unida en Valdepeñas (minoritario en el ayuntamiento), de los que no se conoce representación legal alguna ni existencia de socios”. En su opinión, su único objetivo es el de “politizar el movimiento social en lucha contra la minería de tierras raras y obtener réditos electorales en unas comarcas en las que en la mayoría de casos tienen escasa o nula representatividad”.

La Plataforma pide a los ciudadanos una colaboración “activa” tanto en la fase de presentación de alegaciones como a la hora de llevar a cabo futuras movilizaciones o actos informativos de la asociación tras un acto público que se celebraba coincidiendo con el plazo que la Junta de Castilla-La Mancha ha dado a Quantum para que presente el estudio de impacto ambiental del proyecto. La empresa ya ha confirmado que tiene intención de presentarlo este mismo lunes.
http://www.eldiario.es/clm/personas-jornada-tierras-Ciudad-Real_0_614188789.html

Argentina

Crisis minera: MCC sin definición

De Huella Minera 21-02-2017
El titular del área respectiva en el gobierno provincial, Juan Pablo Espínola, explicó que están reuniendo antecedentes en un proceso que podría durar hasta un año.

La Secretaría de Minería de Río Negro no tiene una fecha precisa para definir la situación de la concesión de la empresa china MCC en la mina de hierro de Sierra Grande, aunque el plazo para emitir un dictamen “será menos de un año”, según el titular del organismo, Juan Pablo Espínola.

El funcionario dijo estar recopilando información de carácter ambiental y técnica para lograr “una visión integral”. Sin embargo, insistió en que “será un proceso largo, porque resulta complejo, y además solicitamos un plan de trabajo” frente una suspensión “por tiempo indeterminado”.

A su entender, “hay incumplimiento” y la titularidad de un derecho minero “se mantiene en tanto se cumplan las obligaciones de explotación (de un yacimiento), pagar el canon y las regalías”. En cuanto a la actuación de la Provincia en este caso, y supuestas repercusiones negativas en el ámbito empresarial, Espínola negó que “alguien se haya opuesto al aporte” en relación a los 44 millones de pesos transferidos en concepto de contribuciones sociales y el pago del consumo de energía. Algunas versiones sostenían que sectores empresariales habían propuesto volcar esos fondos en otras alternativas. El funcionario aclaró que la relación es “impecable” con la Cámara Minera de Río Negro (Camir). Luego evaluó que el resto de las actividades también tienen una caída aunque “existe una diferencia” con los productores de bentonita, yeso o diatomea; en virtud de que “tienen más alternativas en destinos de negocios” dentro del mercado local. Entre nuevas posibilidades que se barajan, indicó que Río Negro -más allá del futuro acuerdo federal minero que debe firmarse entre la Nación y las provincias-, está desarrollando con el ente rector nacional un programa para desarrollar la faz comercial en la producción de volúmenes relacionados con usos industriales. Espínola consideró que “falta mucho trabajo todavía porque el proceso (en el sector) requiere de tiempos largos para poner en marcha las explotaciones”.

Explotación

1.200.000  toneladas de rocas de aplicación (ornamentales) se produjeron el 2015 en la provincia de Río Negro.

717.559  toneladas fue en el mismo año la producción de metalíferos, como el hierro, con una reducción registrada del 20%.

Diario Rio Negro

Crisis minera: MCC sin definición

Mexico

Ejecutivo impugna impuesto ecológico en Zacatecas

La controversia impugna el impuesto ‘de remediación ambiental por extracción de materiales’, que grava con diversas tarifas cada metro cúbico de piedras extraídas
El Ejecutivo Federal pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidar los cuatro impuestos ecológicos creados por el nuevo Gobierno en Zacatecas, que han provocado una rebelión de grupos industriales en esa entidad.

El Consejero Jurídico del Ejecutivo, Humberto Castillejos presentó el 14 de febrero una controversia constitucional ante la Corte para pedir la invalidez de los Artículos 6 al 36 de la Ley de Hacienda de Zacatecas, así como otras normas relacionadas con los nuevos impuestos.

Hasta el jueves pasado, la SCJN no había notificado la admisión a trámite de la controversia, cuyo desahogo tomará varios meses.

Para invalidar cualquiera de los impuestos, será necesario el voto de al menos 8 de los 11 ministros de la Corte.

La controversia impugna el impuesto ‘de remediación ambiental por extracción de materiales’, que grava con diversas tarifas cada metro cúbico de piedras extraídas durante los procesos mineros, así como otro tributo que aplica 250 pesos por cada tonelada de bióxido de carbono emitido a la atmósfera.

También se cuestiona el cobro de 25 pesos por cada 100 metros cuadrados ‘afectados por sustancias contaminantes’, y el de 100 pesos por tonelada de residuos almacenados en vertederos públicos o privados.

Con este impuesto Zacatecas podría recaudar mil 230 millones de pesos por estos impuestos durante 2017.

Al elegir la controversia como vía de impugnación, el Ejecutivo está alegando que Zacatecas invadió atribuciones exclusivas de la Federación, por crear impuestos que gravan bienes nacionales, y que parecen estar claramente dirigidos a la industria minera.

Zacatecas sostiene que no está gravando la extracción de minerales, que ya está sujeta a múltiples impuestos federales, sino que creó estos tributos con base en facultades que le otorgan las leyes generales de Equilibrio Ecológico y la de Cambio Climático.

Varias empresas mineras, el sindicato de ese sector, y otras firmas como Grupo Modelo, ya promovieron amparos para impugnar estos impuestos, que afirman, son contrarios a veinte artículos de la Constitución federal.

Pero los amparos, en caso de ser concedidos, sólo beneficiarían a quienes los promovieron, mientras que el fallo de la Corte en la controversia tendría efectos generales.
http://lasillarota.com/ejecutivo-impugna-impuesto-ecologico-en-zacatecas#.WKxb7Ffau6m

Argentina

Polémica por una exploración minera en un área protegida

Santa Cruz autorizó cateos cerca de la Cueva de las Manos y otros sitios arqueológicos; la fundación dueña de las tierras pidió a la Justicia que frene el permiso
Loreley Gaffoglio, LA NACION, 20-02-017

El cañadón del río Pinturas, un paisaje natural que se busca preservar. Foto: Florian von Der Fecht
Un conflicto minero por el permiso de cateo para una eventual explotación de oro dentro de la estancia Los Toldos, que contiene la Cueva de las Manos y otros 80 sitios arqueológicos en Santa Cruz, escaló hasta la justicia federal.

Luego de oponerse por vía administrativa, ambientalistas enfrentan a los intereses mineros en los tribunales, que deberán avalar o rechazar las prospecciones en terrenos privados que aspiran a anexarse al Parque Nacional Patagonia y que se ubican en un área protegida del cañadón del río Pinturas. La finalidad ambiental es conservar a perpetuidad la riqueza paisajística y la herencia arqueológica que dejaron 9000 años atrás los pueblos primigenios de América del Sur.

La disputa enfrenta a la Fundación Flora y Fauna Argentina (FFFA), propietaria de las 24.000 hectáreas de Los Toldos, con la minera Patagonia Gold (PG), asociada en un 10% de sus acciones a Formicruz, la minera del estado santacruceño.
Más notas para entender este tema
El río Pinturas, una zona rica en rastros de antiguos cazadores

La empresa, que emplea a 211 personas, es propiedad de Carlos Miguens Bemberg, ex dueño de cervecería Quilmes. Desembarcó en Santa Cruz en 2007 tras adquirir de Barrick Gold los derechos exploratorios de minerales en varias propiedades patagónicas. A ellas les sumó otra área, denominada Bandurria, en Los Toldos, cuya localización y cuyos permisos exploratorios son motivo de la doble disputa judicial y administrativa.

Los Toldos -que contiene la Cueva de las Manos, declarada Patrimonio de la Humanidad y Monumento Histórico Nacional por el valor de sus pinturas rupestres- fue adquirida por la FFFA en 2015 gracias a un donante suizo que aportó US$ 3,5 millones para su compra, con el mandato de donarla a Parques Nacionales, para resguardarla de la industria extractiva.

Pero los recursos del subsuelo son propiedad de la provincia de Santa Cruz, cuya Secretaría de Minería autorizó en octubre pasado el cateo en seis perforaciones, próximas a cuatro sitios arqueológicos recién descubiertos y a la vera de la ruta 40, lo que originó la disputa. Ese cateo -distante 17,5 km de la Cueva de las Manos- está hoy frenado por un juzgado federal de Caleta Olivia, que hizo lugar a una medida cautelar interpuesta por la fundación. Ahora deberá resolver si la prospección minera vulnera leyes de protección ambiental, históricas y culturales, como arguyen los ambientalistas.

Criterios
Existe una disparidad de criterios respecto de la legalidad del área de cateo donde PG busca relevar la existencia de oro en concentraciones rentables para una eventual explotación a cielo abierto.

Para los ambientalistas, el sitio cuenta con la protección de la ley provincial 3394, que ampara como paisaje natural y cultural el cañadón del río Pinturas, donde se halla el cateo y cuyos derechos exploratorios le fueron adjudicados sin objeciones.

Patagonia Gold, juntamente con la Secretaría de Minería y la Secretaría de Cultura de Santa Cruz, encargada de proteger los sitios arqueológicos, intervino por vía administrativa en el conflicto y entendió que el sitio se encuentra en un área delimitada como zona de amortiguación o buffer, que permitiría la actividad extractiva. Los ambientalistas la ubican en el área núcleo, de máxima protección.

«El desacuerdo obedece a la elaboración errónea de los mapas de zonificación adjuntados a la ley, justamente en el área Bandurria», precisó Matías Argarate, abogado de PG. «Por eso, adjuntamos el correcto, ajustado al texto de la ley, donde claramente el cateo está en el área buffer, por fuera de la zona intangible.»

«Tampoco en el área de amortiguación está permitida la actividad minera», planteó en sede judicial Sofía Heinonen, presidenta de la FFFA, cuyo propósito es la creación del Circuito Binacional Parque Patagonia -un recorrido que circunvala las áreas protegidas de la Argentina y Chile uniendo escenarios de gran belleza arqueológica y paisajística- y la conservación integral del ecosistema. «Nos oponemos al cateo ahora, ya que la explotación minera destruirá el paisaje, cambiará su morfología, generará material estéril y presentará riesgo de contaminación por cianuro», dijo.
Impactos

Teresa Iturralde, abogada de FFFA, señaló que la descripción del área buffer en la ley dice «que tendrá la función de intensificar los impactos positivos y reducir los negativos» y que se «prohíbe la alteración de visuales y de rasgos geomorfológicos del suelo, indicadores de asentamientos de grupos humanos en el pasado».

Esa posición es rechazada por la Secretaría de Minería de Santa Cruz. Guillermo Bilardo, responsable de la dependencia, participó el martes de una frustrada audiencia de conciliación entre las partes que se desarrolló en sus oficinas en Río Gallegos. «Elevaremos el conflicto a la justicia civil para que lo dirima», afirmó Bilardo a LA NACION, al tanto de las otras ramificaciones judiciales que suma el conflicto.

La disputa se enreda además en otras interpretaciones dispares sobre la ley de rutas escénicas, como la ruta 40, ya que el cateo se sitúa a 1500 metros de esa arteria turística y fragmentaría el paisaje.

«Nuestra actividad es legítima. Queremos hacer valer nuestros derechos exploratorios para evaluar si es rentable la explotación», dijo el CEO de Patagonia Gold, Christopher van Tienhoven. «Están discutiendo de forma anticipada perforaciones de 15 cm de diámetro en un sitio que hoy no es parque nacional y que difícilmente lo sea, dado que la provincia, por lo que sé, no cederá su jurisdicción. Al margen de eso, los cateos se realizan desde hace años en Los Toldos sin afectar sitios arqueológicos. Y la minería responsable no está reñida con las áreas protegidas. Ambas pueden coexistir y el mejor ejemplo es la mina de cobre Palabora, en Sudáfrica, que está pegada al parque Kruger», argumentó.

En tanto, la justicia federal le requirió a la Nación, por medio de una consulta a la Comisión Nacional de Monumentos Históricos, que se pronuncie sobre el grado de protección que debería contemplarse para la cuenca del río Pinturas. El organismo, que próximamente declarará monumento histórico la vecina cueva Charcamata, se plegó a los contemplados en la ley provincial y valoró el área «como todo un sistema culturalizado de características únicas a nivel mundial». Ese pronunciamiento, que es vinculante, podría instalar la disputa también a nivel nacional.
http://www.lanacion.com.ar/1986135-polemica-por-una-exploracion-minera-en-un-area-protegida

Chile, Sin categoría

Prenden barricadas en La Higuera en rechazo al proyecto minero Dominga

Un grupo protesta en contra del proyecto minero Dominga. Foto: Cedida
Por Johana Fernández, 06-02-2017
El movimiento ciudadano Chao Pescao se instaló en medio del camino que une a Los Choros con la ruta 5 norte y Punta de Choros.
Habitantes del sector Los Choros, perteneciente a la comuna de La Higuera, cortaron la vía de acceso al pueblo con barricadas para expresar su rechazo a la instalación del proyecto minero Dominga.
Una manifestación liderada por el movimiento ciudadano Chao Pescao, que se instaló en medio del camino que une a Los Choros con la ruta 5 norte y Punta de Choros

En su página de Facebook, el movimiento publicó «Se cierra el camino de Los Choros. Nos aburrimos de la corrupción de las autoridades y del choclo Delano con su minera #Dominga. Si no hay respeto por las comunidades, no habra respeto con ustedes. #SalvemosLaHiguera Los Choros en resistencia. #NoaDominga»

Según reseña el portal BíoBíoChile.cl, desde el año 2013 el proyecto minero portuario Dominga, de Andes Iron, tramita los permisos ambientales para operar. Durante enero de este año sufrió un nuevo traspié luego que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) solicitara una nueva adenda, donde aclare su área de impacto e influencia.

Andes Iron, en reiteradas ocasiones, afirmó que el área de influencia marina de Dominga se limitaba solamente a la bahía Totoralillo Norte. Sin embargo, luego de la insistencia de las autoridades, la compañía reconoció que su área de influencia sería mayor y, recién en esta última instancia, consideró los impactos de los barcos que transporten el mineral en el medio marino.
http://www.diarioeldia.cl/region/prenden-barricadas-en-higuera-en-rechazo-proyecto-minero-dominga

Colombia

Consejo de Estado no tumbó consulta popular minera de Ibagué

16-02-2017
Fuente: Comité Ambiental de Ibagué
EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL TOLIMA DEBE EMITIR EN LOS PRÓXIMOS 30 DÍAS UN NUEVO FALLO
El Comité Ambiental en Defensa de la Vida informa a la ciudadana ibaguereña que la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, determinó que la pregunta de la Consulta Popular Minera de Ibagué debe ser ajustada y en consecuencia bajo esta decisión ordenó al Tribunal Administrativo del Tolima que dentro de los 30 días siguientes debe emitir una providencia de reemplazo a la del 28 de julio de 2016, con el objeto de atender los parámetros fijados en el fallo de segunda instancia.

Rechazamos que algunos medios de comunicación difundan de manera apresurada información según la cual “Se cayó la Consulta Popular Minera en Ibagué”. Parece que los periodistas de esos medios olvidan los aspectos positivos del fallo y los logros del movimiento social y ambiental colombiano en relación a los mecanismos de participación ciudadana.

Es importante resaltar que el Consejo de Estado, con este fallo ratifica nuevamente que “los municipios tienen competencia para adelantar consultas populares sobre el desarrollo de proyectos y actividades mineras en su territorio, toda vez que tal competencia hace parte de la autonomía que el artículo 1º de la Carta Política les reconoció a las autoridades territoriales”.

En el fallo se cita la sentencia de la Corte Constitucional T-445 de 2016, donde de manera expresa se esclarece que las consultas populares sobre temas mineros están “plenamente dentro del ámbito de competencias del municipio, y no está encaminada a contrariar a un principio de rango constitucional”, toda vez que:

(i) La Carta “prevé expresamente en sus artículos 1, 311 y 313.17 que las entidades territoriales gozan de autonomía y que dentro de la órbita de competencias constitucionales de los municipios se encuentra la facultad de reglamentar el ordenamiento del suelo de su territorio, que incluye determinar si en una determinada zona debería haber actividad agrícola o industrial.
(ii) “El artículo 288 de la Constitución Política señala asimismo que las competencias atribuidas a distintos niveles territoriales deben  ser ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad”.
(iii) “La actividad minera debe realizarse con la participación de los distintos niveles de la administración que tengan competencia en materia, como lo son los municipios”.

Gracias al actuar perseverante de las comunidades tolimenses (y algunos abogados del nivel nacional) el país ha ganado claridad en relación a la autonomía y competencia de los entes territoriales para ordenar el territorio y para reglamentar los usos del suelo. Hoy tenemos la certeza jurídica de que los alcaldes pueden promover consultas populares sobre actividades y proyectos mineros.

El fallo también hace claridad sobre algunos aspectos puntuales que se deben tener en cuenta en la formulación de preguntas para una Consulta Popular. Lo anterior se puede ampliar con la lectura de las Sentencias C/551 de 2013 y T/445 de 2016.

Algunas de las subreglas que se deben tener en cuenta son:

Garantizar la neutralidad de las preguntas formuladas a la hora de emplear los mecanismos de participación ciudadana, ya que de lo contrario podría vulnerarse el principio de libertad del votante.

Las notas introductorias de las preguntas deben estar redactadas en un lenguaje sencillo y comprensible, que sea valorativamente neutro y breve (en la medida de lo posible). Se debe evitar que las notas introductorias induzca la respuesta del elector. El texto de la pregunta no debe contener notas introductorias que, lejos de orientar al elector, le induzcan se respuesta.

Esta circunstancia se presenta cuando el texto de la pregunta contiene notas inductivas de la respuesta final, que direccionan la voluntad del elector sólo hacia una de las dos opciones de respuesta (generalmente sí o no), mediante expresiones que carecen de objetividad y neutralidad.

Mantener la concordancia entre el contenido del título, la pregunta y el contenido del texto normativo.

El fallo de segunda instancia del Consejo de Estado amparó el derecho a la libertad de elección de los actores y dejó sin valor y efecto jurídico la providencia del 28 de julio de 2016 emitida por el Tribunal Administrativo del Tolima.

Como tolimenses nos corresponde seguir construyendo caminos para la defensa de nuestros municipios. Los fallos que actualmente siguen su curso en torno a la consulta popular, muestran que estamos fortalecidos para seguir mostrando que como ciudadanos conscientes estamos en la capacidad de defender nuestro territorio. Por ello invitamos a toda la ciudadanía ibaguereña a estar pendiente del nuevo fallo que debe emitir el Tribunal Administrativo del Tolima en los próximos 30 días.
http://www.ambienteysociedad.org.co/es/consejo-de-estado-no-tumbo-consulta-popular-minera-de-ibague/

Perú

Minería en Perú acumula multas por más de US$63 millones desde 2010

20-02-2017, Latinominería
El OEFA señaló que desde 2010 hasta noviembre de 2016 se impusieron multas por un total de 1.906 infracciones por parte de empresas mineras.
Multas por unas 53.879 Unidades Impositivas Tributarias, equivalentes a más de US$63 millones, son las que acumula el sector minero en Perú por infracciones a la legislación medioambiental, señaló el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) a LATINOMINERÍA.

Considerando el periodo entre los años 2010 y noviembre de 2016, se contabilizaron un total de 1.906 infracciones por parte de empresas mineras , destacando el incumplimiento de los límites máximos  de efluentes minero metalúrgico, de las obligaciones del instrumento de gestión ambiental y de las normas de residuos sólidos.

Pese a lo anterior, el documento elaborado por la OEFA ,”El impacto de la fiscalización ambiental en el desempeño de las empresas mineras”, indica que entre los años 2013 y 2014 se registró una reducción mayor al 50% de la cantidad de hallazgos detectados en el sector.

“Ello nos da a entender que ha mejorado el desempeño ambiental en el ámbito minero, por lo que debe proseguirse con mayor énfasis la labor de fiscalización”, señalaron desde el organismo.

Además, el documento destaca que en los años revisados no se detectaron incumplimientos catalogados como “críticos”, mientras que los “significativos” bajaron de 20 en  2013 a ocho en  2014 y  los “moderados” disminuyeron de  590 a 284.

[El impacto de la fiscalización ambiental en el desempeño de las empresas mineras]

El OEFA inició sus actividades de supervisión en 2010, tras una serie de mecanismos de perfeccionamiento que significó el traspaso de la fiscalización ambiental del sector minero desde el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).

“La fiscalización ambiental en el Perú se ha ido especializando con el paso del tiempo. Incluso en el periodo del OEFA, la fiscalización ha avanzado de un enfoque punitivo a un enfoque preventivo, en la que se promueve el cumplimiento de las obligaciones ambientales no solo a través de la imposición de multas, sino también del otorgamiento de incentivos“, indicaron.
http://www.latinomineria.com/2017/02/mineria-peru-acumula-multas-mas-us63-millones-desde-2010/

Chile

Anglo American suspende temporalmente operaciones en mina El Soldado

20-02-2017
Minería Chilena
Acción de la minera responde a la no aprobación de su solicitud para actualizar el plan maestro de esta operación por parte del Sernageomin.
La compañía minera Anglo American decidió suspender temporalmente las operaciones de su mina El Soldado debido a que no recibió la aprobación, por parte del Sernageomin, de su solicitud para actualizar el Plan de Mina de esta operación.
Mediante una declaración pública, la empresa detalló que “ha decidido suspender temporalmente y en forma inmediata las operaciones de la mina, mientras analiza en detalle el informe emitido por el organismo y decide las próximas acciones respecto del futuro de dicha operación, incluyendo la apelación a la resolución y/o la presentación de un nuevo plan minero a la consideración del Sernageomin”.

La empresa minera manifestó su “absoluta confianza en la calidad técnica del proyecto presentado, especialmente en los aspectos de seguridad, y manifiesta su disposición a continuar trabajando con Sernageomin, para alcanzar una solución que responda a la expectativa de la autoridad y sea viable para El Soldado”.

Anglo American suspende temporalmente operaciones en mina El Soldado

Perú

Piden al TC ser imparcial en litigio con Yanacocha por lagunas en Cajamarca

17-02-2017
La abogada de la Municipalidad provincial de San Pablo (Cajamarca), Nelly Ledesma Raraz, exhortó a los integrantes del Tribunal Constitucional (TC) a ser imparciales y justos al pronunciarse sobre el litigio que enfrenta el municipio con la empresa minera Yanacocha por las lagunas de Alto Perú.
El caso se encuentra en manos del máximo ente constitucional luego de dos sentencias a favor de la Municipalidad Provincial de San Pablo.

“Estamos haciendo un llamado público a los magistrados del Tribunal Constitucional para que impartan justicia de forma imparcial. Acá hay un bien jurídico sumamente importante y delicado que es el agua, y no se está tomando el peso jurídico que deberían darle”, declaró la abogada ante en el programa «No Hay Derecho», de Ideeleradio.

Ledesma manifestó su desconfianza ante lo que pueda resolver el magistrado del TC José Luis Sardón en el proceso, por sus vínculos con la empresa Yanacocha.

“Hace poco ha salido a la luz que uno de los magistrados que tenía el expediente, como vocal ponente, ha tenido una vinculación directa con una de las partes (Yanacocha). Estamos hablando del magistrado José Luis Sardón. Y nos ha llamado poderosamente la atención porque el magistrado debió de haberse inhibido por decoro, pero no lo hizo, y tenemos la legítima sospecha o preocupación de que el fallo pudiera salir adverso”, refirió la abogada.
El caso llega al Tribunal Constitucional luego de diez años de haberse iniciado. En dos oportunidades el municipio consiguió sentencias favorables del Poder Judicial.

El proceso se inició a raíz de una ordenanza del Concejo Provincial de San Pablo que declaraba la intangibilidad de las lagunas. Uno de los argumentos que llevaron a Yanacocha a apelar ante el TC es que la municipalidad no tiene competencia para declarar zonas de protección ambiental y que están limitando sus derecho al trabajo.
Una parte de la superficie de las lagunas de Alto Perú es propiedad de la minera Yanacocha, pero el municipio asegura que son de dominio público.❧
El Dato
En la provincia de San Pablo existen 284 lagunas que vienen siendo perjudicadas por la actividad mineras, lo que ha acentuado la escasez del agua en la región Cajamarca.
http://larepublica.pe/impresa/politica/849191-piden-al-tc-ser-imparcial-en-litigio-con-yanacocha-por-lagunas-en-cajamarca

Colombia

30 días para modificar pregunta de Consulta popular minera en Ibagué

Foto: Las2Orillas     16-02-2017
La Consejo de Estado señaló, a través de un fallo, que la pregunta que se formuló para llevar a cabo la consulta popular  minera en Ibagué debe replantearse, motivo por el cual ordenó al Tribunal Administrativo de Ibagué junto a la alcaldía, realizar los ajustes en un plazo de 30 días para continuar con el proceso de la consulta, desmintiendo que se haya frenado.
La pregunta era ¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el Municipio de Ibagué se ejecuten proyectos y actividades mineras que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas o afectación de la vocación agropecuaria y turística del municipio?, que para la Corte de Estado debe ser ajustada.

Sin embargo, pese a que esta decisión del Consejo significa una demora más en los trámites, para el Comité Ambiental en Defensa de la Vida, este fallo “ratifica nuevamente que los municipios tienen competencia para adelantar consultas populares sobre el desarrollo de proyectos y actividades mineras en su territorio, toda vez que tal competencia hace parte de la autonomía que el artículo 1º de la Carta Política les reconoció a las autoridades territoriales”.

La Corte Constitucional dejó en firme el fallo que permite a los alcaldes del país vetar y oponerse a la realización de proyectos mineros en sus municipios si consideran que pueden afectar el ambiente y desarrollo de las comunidades.

Es por ello que el Comité Ambiental en Defensa de la Vida expresó que continuará apoyando la consulta minera en Ibagué hasta que sea una realidad: “como tolimenses nos corresponde seguir construyendo caminos para la defensa de nuestros municipios. Los fallos que actualmente siguen su curso en torno a la consulta popular, muestran que estamos fortalecidos para seguir mostrando que como ciudadanos conscientes estamos en la capacidad de defender nuestro territorio”. Le puede interesar: «Consulta popular minera busca frenar 35 títulos mineros en Ibagué»

http://www.contagioradio.com/30-dias-para-modificar-pregunta-de-consulta-popular-minera-en-ibague-articulo-36382/