Mexico

Gobierno de Peña borró pueblos indígenas para favorecer a una mina canadiense. INPI ya los halló

Ciudad de México, .- El 28 de septiembre de 2018 la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) indicó en un oficio “la no presencia de población indígena” en la zona de construcción del proyecto minero Ixtaca; sin embargo, el 11 de octubre el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) localizó 71 localidades en el municipio de Ixtacamaxtitlán en el estado de Puebla.

Las comunidades exigieron la cancelación de las concesiones a la minera Almaden y recordaron que el 22 de octubre más de 40 comunidades de la Unión de Ejidos y Comunidades en Defensa de la Tierra, el Agua y la Vida Atcolhua y de la cuenca del río Apulco entregaron al Secretario Víctor Toledo Manzur tres mil 500 firmas con las que rechazaban el proyecto de mina a cielo abierto.

El INPI realizó la investigación debido a que un grupo de representantes legales de la Comunidad Nahua de Tecoltemi solicitaron un amparo contra las concesiones mineras a la empresa canadiense Almaden.

Además solicitaron se aclarara el oficio CGPE/2018/OF/0802 que en septiembre de 2018 Sergio Alberto Ortiz Rosales, Coordinador General de Planeación y Evaluación de la CDI, emitió.

En el documento citado, el titular de la dependencia desconoció la existencia de los grupos indígenas de la zona con lo que se permitía a Almaden Minerals explotar un yacimiento de oro y plata a cielo abierto.

“La información del INPI desmiente las aseveraciones que la Minera ha realizado de manera sistemática, que niegan la existencia de población indígena en el lugar”, citaron las organizaciones.

El oficio de 2018 afirmó que al revisar los documentos de habilitación de la minera se determinó “la no presencia de población indígena en la zona de dicho proyecto en su área de influencia, de acuerdo con la Evaluación de Impacto Social y el estudio de Impacto Ambiental”

Sin embargo, la indagatoria la realizó la propia minera.

“Esta preocupante afirmación había sido difundida públicamente por parte de Minera Gorrión, filial de Almaden, a pesar de que el Catálogo de la CDI establece que sí hay comunidades indígenas en el municipio y en el área de influencia directa del proyecto”, destacó el documento.

Ante la petición de los grupos indígenas, el INPI “identificó población indígena o personas indígenas náhuatl tanto en el municipio como en el área de interés del proyecto (…) en el municipio de Ixtacamaxtitlán del estado de Puebla, la población indígena estimada sumó seis mil 210 y cuatro mil 841 personas, en 2010 y 2015, respectivamente”

Los datos recabados por el INPI significaron un 24 y 19.7 por ciento de la población y en 2015, la población indígena por autoadscripción sumó siete mil 608 personas, es decir el 31 por ciento del total de la población del municipio.

Además, los datos del Censo de Población y Vivienda 2010 en la localidad de Ixtacamaxtitlán ubicó 71 localidades con presencia de población indígena. De estas, Santa María Zotoltepez, Zacatepec, Loma Larga, Almonamique, La Vega, Tuligtic (San Miguel), Ahuateno, Cruz de Ocote e Ixtacamaxtitlán (San Francisco) se localizan dentro del área del proyecto.

La investigación también arrojó que el impacto ambiental no sólo sería a las nueve poblaciones directamente afectadas, si no que a todas las cercanas al Río Apulco.

“Las organizaciones reconocemos la labor del INPI en esta nueva revisión para aclarar la información y reconocer a las poblaciones indígenas de la zona”, agradecieron en el documento.

También expusieron el “incumplimiento” del Estado mexicano de sus obligaciones en materia de protección de Derechos Humanos y de los pueblos indígenas que ha beneficiado a empresas, como la minera canadiense.

“Desde la emisión de las concesiones mineras que otorgaban derecho a explorar y explotar, debió contarse con el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas”, recalcaron.

Las organizaciones y comunidades pidieron la cancelación inmediata de las concesiones mineras y la negativa a la Manifestación de Impacto Ambiental presentada en febrero por la empresa ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

 

Fuente:https://www.sinembargo.mx/05-11-2019/3673613?fbclid=IwAR2yZrF5AP3a49Tpo6juSff68fuVmHN0xFNv4BQsMdduwD7KSM4cEGqKdNY

Costa Rica

Caso de la mina Crucitas ante el CIADI (Infinito Gold vs. Costa Rica): breves noticias

El pasado 20 de setiembre, según se desprende de la ficha técnica relativa a la controversia sometida en febrero del 2014 contra Costa Rica por parte de la empresa minera canadiense, Infinito Gold, se indica que:

«September 20, 2019 Each party files a statement of costs» (véase ficha técnica oficial de este arbitraje, en la sección «Procedural Details«).

La observación de la práctica del Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionistas Extranjeros y Estado (más conocido por sus siglas en español CIADI o ICSID en inglés – véase sitio oficial) señala lo siguiente: la fijación, por parte de cada una de las Partes, de sus respectivos costos constituye la última etapa procesal de previo al laudo arbitral. Se trata de un indicador de cierta relevancia, ya que esta controversia planteada por Infinito Gold contra Costa Rica se ha extendido por mucho más tiempo de lo usual, tal y como lo veremos a continuación.

Como bien se sabe, el CIADI es un mecanismo auspiciado por el Banco Mundial, que buscar resolver las disputas entre inversionistas extranjeros y un Estado receptor de la inversión, mediante el establecimiento de una terna arbitral destinada, luego de escuchar a ambas partes, a resolver la disputa. En los últimos decenios, el arbitraje de inversiones ha sido fuertemente cuestionado por varios Estados y sectores sociales así como académicos, debido a la falta de transparencia de este mecanismo y el sesgo de muchas de sus decisiones (Nota 1). Al momento de redactar esta breve nota (30 de octubre del 2019), es de notar que, según el registro oficial llevado por el CIADI, Venezuela acumula 17 demandas presentadas en su contra por inversionistas pendientes de resolución, seguida por Perú (10), Colombia (9), Argentina (8), Panamá (4), Costa Rica (2), Guatemala (2), Uruguay (2) al tiempo que Bolivia, Chile, Ecuador, Honduras y República Dominicana registran una sola.

Recuento de la controversia entre Infinito Gold y Costa Rica ante el CIADI

Como bien se recordará, esta demanda fue interpuesta ante CIADI contra Costa Rica por parte de la empresa minera canadiense Infinito Gold, a raíz de su fracasado proyecto minero ubicado en la localidad de Las Crucitas: este último, declarado de «conveniencia nacional» en octubre del 2008 por las autoridades costarricenses de manera inconsulta y sorpresiva, generó una gran polémica en Costa Rica. El proyecto minero fue finalmente declarado ilegal por la justicia costarricense en el 2010 (véase texto completo de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo – TCA). En el 2011, la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión del tribunal administrativo del 2010 en todos sus extremos (véase texto completo de la sentencia 01469-2011 del 30.11.2011).

No se cuenta aún con algún estudio pormenorizado (monografía o tesis) sobre los diferentes aspectos de este polémico proyecto, que llevaron a los tres jueces del TCA a referirse en su fallo del 2010, por vez primera en la historia judicial costarricense, a una verdadera «orquestación de voluntades» (Nota 2). Sobre este término, nos permitímos acuñar en una nota publicada en octubre del 2014 en el Semanario Universidad (véase texto completo) que:

«Cuando se habla de “orquestación de voluntades” por parte de un tribunal de la República, como el Tribunal Contencioso Administrativo, hay varios elementos a tomar en cuenta: la noción de orquestación incluye una partitura musical escrita, un tempo acordado para su ejecución, unos cuantos personeros visibles actuando de primeros violines, otros no tan visibles para el público pero ejecutando otras partes de la partitura y por supuesto, un director”.

Cabe también recordar que justo antes del fallo de la Sala Primera en el 2011, una situación totalmente anómala fue dada a conocer por quién fungía hasta ese momento como … vocero de la misma empresa minera: la «filtración» a los abogados de la empresa canadiense de un borrador de sentencia de esta misma Sala, un hecho insólito, sin precedentes en la historia de Costa Rica, y que a la fecha persiste … sin que nadie haya sido sancionado por ello.

Más allá de estos y otros llamativos detalles (que algunos expertos legales han denominado «cortocircuitos«) y de las dificultades del aparato penal costarricense para enjuiciar y sancionar debidamente a los responsables de «orquestar voluntades«, lo esencial es que la justicia costarricense declaró totalmente ilegal el proyecto en el 2011.

Un Estado obligado a acatar lo que dictaminan sus tribunales de justicia sobre el carácter ilegal de un proyecto minero ¿llevado tres años después ante una instancia internacional por la misma empresa minera promotora del proyecto? Es efectivamente lo que ocurrió, y que arroja serias dudas sobre la conveniencia de permitir demandas de este tipo, mediante la suscripción de algunos tratados internacionales por parte de Costa Rica que contienen cláusulas extremadamente favorables para el inversionista extranjero.

La presentación del caso que figura en el sitio oficial del CIADI ofrece algunos (pocos) detalles del proceso seguido desde febrero del 2014 contra Costa Rica.

 

Una primera etapa sobre jurisdicción en la que parte de los argumentos de Costa Rica es rechazada

Como es usual para el Estado demandado, en un primer momento Costa Rica presentó varias excepciones preliminares objetando la competencia del CIADI. En una decisión preliminar, dada a conocer en diciembre del 2017, el tribunal rechazó parte de los argumentos de Costa Rica al declarar en la parte dispositiva final que:

«Une a la fase de fondo las objeciones jurisdiccionales de la Demandada en virtud del Artículo XII(3)(c); en virtud de Anexo I, Sección III(1); y en virtud del Artículo IV del TBI; así como la determinación de si la inversión de la Demandante cumple con el Artículo I(g) del TBI. Rechaza las demás objeciones preliminares de la Demandada«. (véase texto completo de la decisión del tribunal arbitral, párrafo 364).

Nótese que a raíz de un razonamiento bastante peculiar (párrafos 287-298 de la precitada decisión, cuya lectura se recomienda) y que debiera interesar a varios juristas costarricenses, los tres árbitros llegaron a una posición contraria a la sostenida por Costa Rica. En el párrafo 287 se lee que:

287. La cuestión que debe dirimir el Tribunal es si las reclamaciones de Infinito están prohibidas en virtud del Artículo XII(3)(d) del TBI. En aras de la claridad, el Tribunal recuerda que la parte pertinente de la disposición reza lo siguiente: Un inversionista podrá someter una diferencia, según se indica en el párrafo (1), a arbitraje conforme a lo dispuesto en el párrafo (4) solamente si: […] (d) en los casos en que Costa Rica es parte de la diferencia, ningún tribunal costarricense haya emitido un fallo relativo a la medida que se alega contraviene este Acuerdo«.

En el párrafo 298 se lee textualmente que:

«298. Por lo tanto, el Tribunal concluye que las reclamaciones de la Demandante no están prohibidas por el Artículo XII(3)(d)«.

Tuvimos la oportunidad de analizar críticamente la forma bastante cuestionable con la que las autoridades de Costa Rica «anunciaron» el contenido de esta decisión al ser notificadas, refiriendo a una supuesta «posposición» y «complejidad» (términos inexistentes al tenor del texto del mismo laudo arbitral dado a conocer pocos días después del dicho «anuncio«) en diciembre del 2017: véase nuestra breve nota al respecto titulada «Crucitas: Costa Rica anuncia que tribunal del CIADI «pospondrá» su decisión sobre jurisdicción«.

En su demanda inicial presentada en febrero del 2014, la empresa minera reclamaba a Costa Rica el pago de 94 millones de US$ (véase texto completo de la demanda con fecha del 6/02/2014 publicado en un sitio privado, ya que el CIADI, a la fecha, no publica este tipo de documentos). En años posteriores, se supo que el monto original fue revisado a la alza por la empresa minera, exigiendo a Costa Rica el pago de 321 millones de US$ (véase nota de CRHoy del 7.04.2017).

Cabe recordar que en marzo de 2014, varios especialistas en derecho recomendaron que Costa Rica no aceptara someterse a un arbitraje internacional ante el CIADI en el caso del proyecto minero Crucitas, dado el inminente riesgo de verse perjudicada por la demanda planteada por esta empresa minera canadiense: véase nota de prensa de la Universidad de Costa Rica / UCR) y reportaje de Era Verde (Canal 15 UCR).

En aquella ocasión, varios de los oradores hicieron hincapié en que si bien demostrar la falta de buena fe del inversionista canadiense era muy sencillo (al haberla documentada y confirmada la misma justicia costarricense), emitieron muy serias reservas en que fuera COMEX el que asumiera la defensa legal de Costa Rica ante los árbitros del CIADI.

 

Un litigio objeto de interés por parte de terceros, uno de ellos «invitado»

La misma lectura de la precitada ficha técnica del CIADI, en la sección «Procedural Details» señala que, en setiembre del 2015, se recibió una solicitud de una «non-disputing party» (sin mencionarse su nombre), la cual fue favorablemente acogida por los integrantes del tribunal arbitral en junio del 2016: se trata en realidad de la ONG costarricense APREFLOFAS, cuya solicitud tuvimos la ocasión de analizar brevemente en en este mismo sitio a partir de documentos publicados en la prensa (véase nota titulada «Arbitraje ante el CIADI Infinito Gold vs Costa Rica: ONG obtiene calidad de «parte no contendiente» «).

Se lee en la precitada decisión sobre jurisdicción de diciembre del 2017 (disponible en este enlace) que Costa Rica difiere de algunos de los argumentos de APREFLOFAS:

«Costa Rica no considera que la prueba disponible hasta la fecha baste para sustentar una excepción tal, es decir, que toda la inversión de Infinito se logró mediante fraude, corrupción y otros ilícitos con lo cual no constituye una inversión de buena fe con arreglo al TBI y el Convenio del CIADI. Como lo demuestra el resumen aportado por APREFLOFAS, las diversas investigaciones de funcionarios públicos por corrupción y otros delitos en relación con el otorgamiento de la Concesión de 2008 o se encuentran en trámite o bien culminaron con un sobreseimiento» (párrafo 130).

En el mes agosto del 2018, se indicó en esta misma ficha técnica del caso, que otra entidad también solicitó intervenir como «non-disputing party«, sin tampoco mencionarse su nombre por parte del CIADI. Se trata ya no de una organización de la sociedad civil, sino de Canadá, según se confirmó a la prensa por parte de las autoridades costarricenses (véase nota de CRHoy). Al investigarse sobre el punto de saber a qué podría responder el repentino interés de las autoridades canadienses en este caso contra Costa Rica, planteado desde el 2014, un medio de prensa costarricense acudió a las autoridades costarricenses sin lograr una respuesta muy clara: véase nota de CRHoy titulada «Interés de Canadá en millonario arbitraje por Crucitas desata inquietudes» y esta otra titulada «Dudas en torno a participación en proceso de arbitraje con Infinito Gold«.

Finalmente, se le contestó formalmente a un congresista canadiense que la solicitud hecha a Canadá para intervenir provino oficialmente de … Costa Rica. Ello se desprende de la respuesta oficial con fecha del 24.1.2019 dada por las autoridades canadienses de comercio exterior a las preguntas formuladas por el diputado Peter Julian el 18.03.2018: véase texto en inglés y en francés de las preguntas formuladas y respuesta oficial brindada disponible en inglés en este enlace y en francés en este otro enlace.

Según la respuesta oficial de las autoridades canadienses, las gestiones de Costa Rica ante Canadá para que interviniera datan de abril del 2018. Es poco usual que un Estado demandado por una empresa con base en un Tratado Bilateral de Inversiones (más conocidos como TBI) pida el concurso del otro Estado Parte al TBI en un procedimiento ante el CIADI.

Usualmente, un caso ante el CIADI dura unos 4 años, y así lo confirman recientes controversias resueltas por tribunales arbitrales del CIADI que involucran a Costa Rica (Nota 3). ¿Porqué en febrero del 2019 se cumplieron 5 años y aún a estas alturas del año no se conoce la decisión del CIADI?

Es posible que estas dos solicitudes de terceros hayan retrasado significativamente la lectura del laudo arbitral en el caso planteado por Infinito Gold contra Costa Rica, en particular la segunda de ellas relativa a Canadá. Tuvimos la oportunidad de analizar el único incidente procesal que se dió en julio del 2015, al solicitar formalmente Costa Rica poner fin al procedimiento a los tres integrantes del tribunal arbitral, dado el atraso de la empresa minera en remitir sus alegatos según el cronograma acordado (Nota 4).

 

Los costos de un arbitraje ante el CIADI

Según un especialista costarricense en materia de arbitraje, independientemente del resultado final, los costos que deben asumir los Estados en su defensa legal durante un procedimiento ante el CIADI son de unos 8 millones de US$ (véase nota de CRHoy).

Se trata de un monto que puede variar significativamente en virtud de incidentes procesales que pueden dilatar el proceso: en el caso que enfrentó otro Estado centroamericano (El Salvador) contra otra empresa minera canadiense (Pacific Rim), El Salvador indicó a los árbitros haber tenido que sufragar un total de casi 12 millones de US$ para asegurar su defensa (véase párrafo 1.14 del laudo arbitral de octubre del 2016 disponible en este enlace). En un laudo arbitral del CIADI condenando a Venezuela al pago de 1.386 millones de US$ a una empresa minera canadiense dado a conocer en el 2016, Venezuela indicó haber incurrido en el pago de más de 14 millones de US$ (véase texto del laudo, párrafo 950). En un reciente caso en el que el CIADI condenó a Pakistán a pagar una suma por más de 4.000 millones de US$, Pakistán alegó haber gastado más de 25 millones de US$ en gastos de defensa (véase párrafo 1831 del laudo arbitral emitido en julio del 2019).

En cambio, en el caso del consorcio minero Glencore contra Colombia tramitado de forma expedita en poco más de 3 años, Colombia adujo haber gastado 3.424.871 US$ (véase párrafo 1639 del laudo arbitral del 27 de agosto del año en curso, disponible en este enlace).

A modo de conclusión

No se sabrá a cuánto asciende el monto exacto proporcionado por Costa Rica al estimar los costos de su defensa en este caso contra Infinito Gold sino hasta el momento de la lectura final del laudo arbitral, el cual contiene siempre, en su parte final, la estimación de las dos Partes en cuanto a sus respectivos costos (Nota 5).

Si este y varios otros datos no ventilados por el CIADI pueden generar algún tipo de frustración en algunos de nuestros estimables lectores, ello les permite entender un poco mejor las críticas recurrentes que se le han hecho al CIADI en cuanto a la opacidad y a la falta de transparencia de su funcionamiento. Y comprender las razones por las cuales Bolivia (2007), Ecuador (2009) y Venezuela (2012) denunciaron la convención que crea el CIADI suscrita en 1965, al tiempo que Indonesia y Sudáfrica han renegociado todos su TBIs, en aras de limitar sustancialmente los riesgos de ser objeto de demandas abusivas por parte de inversionistas extranjeros (Nota 6).


Nota 1: Desde la perspectiva de los derechos humanos, un informe del 2015 del Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Promoción de un Orden International Democrático y Equitativo (véase texto en español del documento A/70/285 del 5 de agosto del 2015) indica que: “La solución de controversias entre inversores y Estados es un mecanismo bastante reciente y arbitrario; es una forma privatizada de solucionar controversias que acompaña a muchos acuerdos internacionales de inversión. En lugar de litigar ante los tribunales locales o invocar la protección diplomática, los inversores recurren a tres árbitros que, en procedimientos confidenciales, deciden si sus derechos y la inversión han sido violados por un Estado. Los tribunales de solución de controversias entre inversores y Estados pueden entender en demandas de los inversores contra los Estados, pero no pueden hacerlo respecto de las demandas de los Estados contra los inversores, por ejemplo, cuando estos últimos violan leyes y reglamentos nacionales, contaminan el medio ambiente y el suministro de agua, introducen la utilización de organismos modificados genéticamente potencialmente peligrosos, etc”. En este informe de Naciones Unidas del año 2015 pocamente publicitado y divulgado en América Latina por parte de los aparatos estatales, pero también por parte de las escuelas de derecho, se lee también que: “Un defecto de nacimiento de una solución de controversia entre inversores y Estados es su calidad de “caballo de Troya”: se introdujo en los acuerdos internacionales de inversión sin revelar plenamente su aplicación potencialmente invasivas” (punto 21, p. 11).

Nota 2: En la sentencia del TCA del 2010 (véase texto) se lee que: «En relación con este punto, es necesario indicar que en el presente caso ocurre algo excepcional y es que las distintas ilegalidades detectadas y las nulidades declaradas, son todas coincidentes en el sentido de que tendían a la aprobación del proyecto minero Crucitas y varias de ellas se dictaron estando vigente un decreto ejecutivo de moratoria de la minería metálica de oro a cielo abierto, todo lo cual hace viable pensar como posible una eventual concurrencia u orquestación de voluntades para llevar adelante, de cualquier manera, este proyecto minero» (párrafo XL). Llama la atención el poco interés de investigadores, académicos, docentes de escuelas de derecho, para analizar en detalle en alguna monografía o tesis lo que algunos analistas denominaron en su momento en sus columnas el «affaire Crucitas«. En este reciente artículo publicado en el medio digital Delfino.cr (y cuya lectura completa se recomienda), se lee que: «Lo anterior es un resumen de solo una parte de las numerosas e importantes ilegalidades e inconsistencias del proyecto minero Crucitas, por lo que está muy lejos de ser exhaustivo» (véase FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ E., «Ilegalidades del proyecto Crucitas: más allá del decreto de conveniencia nacional«, Sección Teclado Abierto, Delfino.cr, edición del 21.01.2019).

Nota 3: Por ejemplo, en el caso Aven et alii contra Costa Rica resuelto a favor de Costa Rica en setiembre del 2018 (véase breve nota nuestra al respecto), la demanda fue planteada el 24 de enero del 2014 (véase texto completo del laudo). En el caso Cervin Investissements contra Costa Rica, la decisión dada a conocer por el CIADI en marzo del 2017 responde a una demanda planteada por este grupo de accionistas suizos de la empresa mexicana Gaz Z en marzo del 2013 (véase texto del laudo arbitral).

Nota 4: Remitimos a nuestros estimables lectores al artículo que elaboramos sobre este incidente pocamente analizado y anunciado en medios de prensa costarricense de manera bastante insólita en su momento: BOEGLIN N., «La solicitud de Costa Rica de poner término a la demanda de Infinito Gold ante el CIADI: breves reflexiones«, OPALC, Sciences Po Paris, julio del 2015, disponible en este enlace. En la decisión precitada sobre jurisdicción (véase enlace), el tribunal del CIADI detalla la situación acaecida en julio del 2015 debido a la renuncia de los directivos de Infinito Gold y la incertidumbre generada (pp. 11-13).

Nota 5: En el precitado caso Aven et alii contra Costa Rica (véase texto completo del laudo), Costa Rica señaló al tribunal haber incurrido en un gasto para asumir su defensa por concepto de 2.461.747 US$ (véase párrafo 750 de la precitada decisión). En el precitado caso de Cervin Investissements contra Costa Rica, Costa Rica indicó haber incurrido en gastos de defensa por 2.060.021 US$ (véase texto del laudo arbitral, párrafo 709)

Nota 6: Remitimos al lector a nuestra breve nota publicada en inglés en diciembre del 2013: BOEGLIN N., “ICSID and Latin America Criticism, withdrawal and the search for alternatives”, Bretton Woods Project. Texto disponible aquí. Sobre la revisión operada por Indonesia de más de 50 TBIs suscritos, véase HAMZAH LAMPUNG University , «Bilateral Investment Treaties (BITS) in Indonesia: a paradigm, shift, issued and challenges«, Journal of Legal, Ethical and Regulatory Issues Volume 21, Issue 1, 2018. Texto disponible aquí.

Documentos sobre la controversia entre Infinito Gold y Costa Rica disponibles en el sitio del CIADI:

– Ordenanza Núm. 2 del tribunal arbitral, de junio del 2016, acogiendo la solicitud de intervención de la ONG costarricense APREFLOFAS, disponible en inglés aquí

– Decisión sobre jurisdicción del tribunal arbitral, diciembre del 2017, disponible en español aquí

Fuente: Derecho Internacional CR. Este artículo fue redactado por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica.

 

Fuente:https://movimientom4.org/2019/11/caso-de-la-mina-crucitas-ante-el-ciadi-infinito-gold-vs-costa-rica-breves-noticias/?fbclid=IwAR0Mdk5U_rS90FzyFD6TJsJZwNtd52vIveDTG-MjZskDt7mGsLlI3GNZdSM

Mexico

Boletín “Dignidad y Resistencia” No. 4: Comunidades exigen cancelación de concesiones mineras

Los proyectos y concesiones mineras siguen en dos posiciones distintas, que se tensan según pasa el tiempo: por un lado, la posición de los pueblos ha sido contundente, preservar la vida comunitaria es el horizonte, frente a la mirada del Gobierno Federal de la “Cuarta Transformación”, que por un lado ha señalado que ya no emitirán más concesiones, pero que no se ha pronunciado por cancelar las que se encuentran vigentes en territorios de comunidades indígenas y campesinas.

Por si fuera poco, se sigue promoviendo en eventos nacionales e internacionales la minería, como el México Mining Forum 2019 o la Convención anual Prospectors & Developers Association of Canada (PDAC), donde el Servicio Geológico Mexicano (SGM) presentó la herramienta digital GeoInfoMex, una herramienta “para que los inversionistas conozcan el potencial minero”.

En Oaxaca, en México y a lo largo de nuestra Mesoamérica los pueblos afectados por proyectos extractivos están generando sus luchas, tejiendo sus resistencias y declarando sus territorios libres de extractivismo. Esta cuarta edición del boletín informativo “Dignidad y Resistencia” ofrece información actualizada sobre la situación de las comunidades oaxaqueñas que exigen el cese de las concesiones en sus territorios, analiza las contradicciones de las políticas mineras del actual gobierno y explora las luchas de las comunidades en Honduras, Guatemala, El Salvador y Panamá para defender sus tierras y vidas ante la imposición de proyectos mineros.

Leer el boletín Dignidad Y Resistencia 4 (pdf, 20 pág.)

Fuente:https://www.educaoaxaca.org/boletin-dignidad-y-resistencia-4-comunidades-exigen-cancelacion-de-concesiones-mineras/?fbclid=IwAR39_XtYxPRAKJj5qaWKf1nkJbikakhVIgHcpRqmkGcstU6c30DnuZ1EBto

Mexico

Minería contamina al maíz de Hidalgo con metales, alerta estudio

Un estudio reveló que agricultores hidalguenses cosechan maíz contaminado con metales tóxicos como cadmio y plomo, por encima de los límites permitidos por las normas nacionales e internacionales.El estudio publicado en Environmental Gepchemistry and Health menciona que Hidalgo, junto con otros estados de México, fue un lugar minero durante varios siglos por lo que los desechos y productos químicos se encuentran aún en su suelo, agua y tierra. Algunos análisis han sugerido que el maíz, el alimento básico de los mexicanos, puede asimilar metales tóxicos presentes en el suelo donde se cultivan e incorporarlos a distintas partes de la planta. Pero esa cantidad varía según el suelo, clima del lugar y el tipo de contaminante, dice María Aurora Armienta, geoquímica ambiental de la Universidad Nacional Autónoma de México en Ciudad de México. Para saber si esa contaminación afectaba al maíz mexicano, Armienta y sus colegas decidieron enfocarse en Zimapán, una de las zonas mineras más antiguas de Hidalgo que ha sostenido una explotación durante casi 400 años. El equipo obtuvo y analizó muestras del suelo de parcelas de maíz ubicadas a 20 y 30 metros de un depósito de desechos mineros, llamado relave. También recolectaron suelo de otro campo más lejano y menos contaminado. Todas las muestras contenían rastros de arsénico, plomo, cadmio, hierro y zinc, con concentraciones más altas en los sitios más cercanos al relave. Cabe recordar que en 2012 en otro estudio, la misma investigadora junto con Esther Aurora Ruíz Huerta, también de la UNAM, comprobaron la acumulación de arsénico y metales pesados en el maíz en el municipio minero de Taxco, Guerrero.

Más información: Recomiendan no sembrar maíz en zonas mineras porque se contamina. Aquí el estudio: Heavy metal assimilation in maize (Zea mays L.) plants growing near mine tailings. Estudio anterior (2012): Acumulación de arsénico y metales pesados en maíz en suelos cercanos a jales o residuos minero

Fuente:https://www.educaoaxaca.org/mineria-contamina-al-maiz-de-hidalgo-con-metales-alerta-estudio/

Perú

Tía María: así fue el acalorado debate para abrir el diálogo en el Valle de Tambo

Autoridades locales y dirigentes se reunieron desde las 10 a.m. en la Municipalidad de Cocachacra. Vocero del paro indicó que no hay tregua y que bloqueos continuarán durante las tardes

Esta mañana, desde las 10 horas se desarrolló una reunión con autoridades locales, dirigentes y pobladores en el auditorio de la Municipalidad Distrital de Cocachacra. La reunión estuvo a cargo del prefecto regional, Carlos Mantegazza, quien llegó al Valle de Tambo para aperturar espacios de diálogo y buscar una salida al conflicto social que lleva 113 días en oposición al proyecto minero Tía María. Además se trató la posible llegada del presidente de la República, Martín Vizcarra, a la zona.

El alcalde de Cocachacra, Julio Cornejo, pidió al gobierno nacional una solución inmediata al conflicto que se desarrolla en el valle. Rechazó que el Consejo de Minería ratificara la licencia de construcción de Tía María. El alcalde de Deán Valdivia, Richard Ale Cruz, cuestionó al presidente por no cumplir su compromiso de llegar al valle. Lo tildó de traidor porque sobrepone los intereses de la minera sobre la voluntad de su población.

El alcalde de la Punta de Bombón, Raúl Rodríguez, manifestó que los únicos perjudicados con el paro es la misma población. Dijo que la gente pide una solución inmediata porque necesita trabajar con normalidad y lamentó la represión de la policía contra los pobladores que protestan contra el proyecto minero.

Por su parte el vocero del Valle de Tambo, Miguel Meza, exigió el retiro de las fuerzas policiales y la cancelación del proyecto minero. Recordó que a lo largo de los 10 años de rechazo a la inversión privada han fallecido ocho personas en los conflictos sociales.

La presidenta de la Junta de Usuarios de La Ensenada–Mejía–Mollendo, Marilú Marroquin, indicó que para que se abra un espacio de diálogo primero el gobierno debe retirar a los efectivos policiales del valle, que cese la persecución a los dirigentes y que se archive todas las denuncias contra los pobladores que fueron denunciados por disturbios.

Por otro lado, el prefecto regional, Carlos Mantegazza, propuso que en el Valle de Tambo se conforme una comisión, integrada por autoridades, dirigentes y pobladores para que fiscalicen la concesión del proyecto minero Tía María y no permita ningún tipo de actividad, ni obras mientras no se solucione el conflicto social.

– No es una tregua –

Este lunes el Valle de Tambo amaneció con los piquetes liberados. Las minivans que hacen servicio de la ciudad de Arequipa a los diferentes distritos de la provincia de Islay, están transitando con normalidad. Si bien la vía principal de valle no ha sido liberado pog completo, hay ingreso de transporte a Cocachacra, Deán Valdivia y Punta de Bombón.

Los agricultores fueron a las chacras a realizar sus actividades con normalidad y la labores escolares se han normalizado después de una semana. El vocero del paro, Roger Chirapo, indicó que no están dando una tregua, sino que están reorganizando el para que se trabaje duarante las mañanas y en las tardes para protestar. Dijo que después del medio día bloquearán por completo.

Al finalizar la reunión no se llegó a ningún acuerdo.

 

Fuente:https://elcomercio.pe/peru/arequipa/tia-maria-alcaldes-buscan-dialogo-pero-bloqueos-continuaran-por-las-tardes-en-arequipa-noticia/?fbclid=IwAR2HbTJatfq2aaBa0iOrz7rHNugBo3d4aEcHpX2bOSw7iO7QaCrK75IAwsE

Perú

Moquegua: reinició el paro indefinido contra Quellaveco

Ante el estancamiento del diálogo sobre el proyecto minero Quellaveco, organizaciones sociales, dirigentes locales y agricultores reiniciaron hoy martes 05 de noviembre un paro indefinido contra la empresa minera en Moquegua.

El paro indefinido que inició la comunidad de Tumilaca, en el distrito de Torata, provincia moqueguana de Mariscal Nieto, es ahora respaldada por organizaciones y gremios provinciales y en toda la región. Los manifestantes exigen la paralización de las obras de la minera antes de retomar el proceso de diálogo y la revisión del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de Quellaveco.

En torno al caso, las autoridades provinciales, locales así como las organizaciones sociales han denunciado en distintas ocasiones evidencias de afectación al agua del río Asana provocadas por la intervención de la minera. En la localidad, los vecinos denuncian que la presencia de contaminantes ha acabado con las distintas especies de peces que poblaban el río. Pese a ello, representantes de la empresa Anglo American Quellaveco niegan la influencia del proyecto minero en el futuro puesto que se encontraría a 22 kilómetros de la cabecera de cuenca del Asana.

Así mismo, dos semanas atrás las autoridades locales y provinciales anunciaron su retiro del proceso de diálogo sobre el proyecto minero dada la parcialización e inefectividad en la mesa de diálogo. Por su parte, el gobernador regional de Moquegua, Zenón Cueva, señaló la necesidad de un EIA que prevenga los daños al medioambiente y denunció los impactos medioambientales irreversibles en Toquepala y Cuajone donde la minería opera sin planes de remediación, mitigación ni de compensación.

 

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/11/05/moquegua-reinicio-el-paro-indefinido-contra-quellaveco/

Chile

Codelco adjudica proyecto de desalinización para usar agua de mar en sus operaciones en Calama

Tras un exhaustivo proceso de licitación, Codelco adjudicó el proyecto de desarrollo, construcción y operación de una planta desalinizadora y su infraestructura complementaria para suministrar agua a las divisiones Chuquicamata, Radomiro Tomic y Ministro Hales, lo que permitirá a la empresa incrementar, de manera paulatina, el uso de agua de mar respecto del uso de agua cordillerana en todas sus operaciones ubicadas en Calama.

El proyecto considera una planta de desalinización de agua de mar con una capacidad de diseño inicial de 840 l/s, con potencial de expansión a 1.956 l/s, que incluye las obras marítimas, un sistema de impulsión de agua que recorrerá más de 160 kilómetros, con tuberías y la infraestructura eléctrica necesaria para bombear el agua a más de 3.000 metros de altura. El trazado de las tuberías se iniciará al sur de la ciudad de Tocopilla y llegará al reservorio de agua industrial para el suministro de agua desalinizada en la División Radomiro Tomic.

La licitación se la adjudicó el consorcio liderado por Marubeni Corporation (50%) y conformado, además, por Transelec (30%) y Techint Chile (20%). La ingeniería, adquisiciones y construcción (EPC, por sus siglas en inglés) estará a cargo de Techint Chile, mientras las operaciones y mantención (OyM) estarán a cargo del consorcio Aguas Nuevas-IDE-Transelec.

Se espera que la construcción ―la que requerirá de aproximadamente 2.700 trabajadores durante su peak― se inicie el primer trimestre de 2020 y que la planta esté operativa en 2022.

Marubeni Corporation es un holding japonés con actividades en diversas partes del mundo en sectores tan diversos como agricultura, química, energía, transportes, electricidad e infraestructura. En 2018, los ingresos del grupo fueron superiores a de US$ 68 mil millones y sus activos totalizaban cerca de US$ 69 mil millones. Marubeni, con presencia en Chile desde 1957 y gran operador local de agua desde 2006, tiene una vasta experiencia en el desarrollo de este tipo de proyectos. Recientemente, se adjudicó uno de los proyectos de desalinización más grandes del mundo en Arabia Saudita.

Transelec Holdings Rentas Limitada es parte del Grupo Transelec, controladora de la principal transmisora de energía eléctrica de Chile, del mismo nombre. Tiene como accionistas a Canada Pension Plan Investment Board (CPP), British Columbia Investment Management Corp (bcIMC), Public Sector Pension Investment Board (PSP) y la compañía China Southern Power Grid (CSPG).

En tanto, Techint Chile es una sociedad chilena que forma parte de Techint I&C, especializada en ingeniería y construcción en varios sectores alrededor del mundo. Uno de sus principales mercados en nuestro país es la minería, en la que tiene experiencia en diseñar y construir plantas de procesamiento de minerales, sistemas de impulsión de agua de mar salada y desalinizada (acueductos y estaciones de bombeo), además de mineroductos.

El proyecto se desarrollará a través de un modelo de negocios BOOT (Build-Own-Operate-Transfer), por lo cual el consorcio tendrá la obligación de suministrar agua desalinizada a Codelco mediante la construcción de la planta y sus sistemas anexos, para luego transferirlas a la empresa estatal al vencimiento del contrato, esto es, 20 años después del inicio de la operación.

Los asesores de Codelco en el proceso fueron ASSET Chile como asesor financiero, Carey y Cía. como asesor legal y BNP Paribas como asesor de bancabilidad.

Durante el proceso de licitación, Codelco se aseguró de que los términos del contrato garantizaran un suministro confiable, a un precio competitivo y en términos convenientes. De hecho, la oferta significará una reducción del costo anual por consumo de agua de 35%, en comparación a las proyecciones iniciales de este proyecto.

La desalinizadora y otros proyectos similares planificados para la región de Antofagasta permiten vislumbrar que, en 2029, de toda el agua que requerirá la minería en esta zona, 64% provendrá del océano. Por ello, es considerado un proyecto clave que permitirá a la minera estatal continuar con el desarrollo sostenible de sus operaciones del distrito norte.

 

Fuente:https://www.elmostrador.cl/dia/2019/11/04/codelco-adjudica-proyecto-de-desalinizacion-para-usar-agua-de-mar-en-sus-operaciones-en-calama/?fbclid=IwAR2sEHiqz0OGV8_uVvR82OmM8I8RyNA1f2rKbIm55NjK6MZCuf5pprPlWcs

Perú

La distribución ineficaz de fondos públicos para atender a pobladores expuestos a metales tóxicos

El plomo, arsénico, cadmio y otras sustancias químicas ponen en riesgo la vida de más de 5 mil pobladores que viven en zonas mineras, petroleras e industriales en el Perú. Pero no solo son las micropartículas contaminantes que afectan los destinos de niños, mujeres, hombres y ancianos, existen millones de soles que en los últimos ocho años se han distribuido y ejecutado de manera ineficaz en hospitales y centros de salud que debieron atender oportunamente a estas personas. Como parte la serie investigativa, ‘Expediente Tóxico, Convoca.pe construyó bases de datos, revisó informes médicos, análisis de laboratorio y entrevistó a toxicólogos para echar luces en un grave problema de salud pública postergado por años.

I. EL PRESUPUESTO DE LA INDIFERENCIA

—Mi hijo Deyvit tiene once metales—dice Yeni Huamán, de 35 años, cansada de enumerar la cantidad de micropartículas tóxicas que han invadido el pequeño cuerpo de su hijo de apenas siete años de edad: 0,33 miligramos de cadmio por kilogramo de cabello, 65 por ciento más del límite; 280 por ciento por encima del parámetro del letal arsénico, 43 mil 900 por ciento más del estándar tolerable en plomo y decenas de veces más del límite permitido en otros metales, según el laboratorio alemán MicroTrace Mineral. Yeni, una mujer de metro y medio de estatura, ojos achinados y rostro salpicado de pecas negras, nació y dio a luz a Deyvit en la gélida ciudad Cerro de Pasco, a 4 mil 300 metros sobre el nivel del mar, en la sierra sur del Perú. Ahí, donde un tajo minero con una profundidad de 190 pisos de un edificio, ha convertido a este lugar en islas salpicadas de polvo tóxico invisible pero silenciosamente contaminante, debido a las operaciones del proyecto minero Paragsha de la empresa Volcan, de la que 20.24 % de acciones pertenece a la familia Letts y parientes, y un poco más del 55% de sus acciones a la multinacional suiza, Glencore.

Si nuestro cuerpo fuera una casa, entonces las micropartículas de plomo y arsénico ingresarían por las ventanas, nuestros pulmones, o por la puerta principal cuando ingerimos comida cubierta con este polvo invisible. Luego, estos metales pesados circularán con el aire interior, la sangre, y por su naturaleza de átomo, lograrán corroer las paredes de nuestros órganos hasta cambiar su consistencia. El plomo oxidará las células, bloqueará los procesos del organismo, dañará el ADN por su potencial de generar mutación y enfermedades.

El Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por su nombre en inglés), de Estados Unidos, advierte que el cadmio puede producir cáncer y en niños como Deyvit “daños en el riñón, pulmón y los huesos”. El arsénico irrita el estómago, los intestinos, afecta los vasos sanguíneos, produce alteraciones a la piel y los nervios. El plomo causa anemia, afecta al desarrollo del cerebro y del sistema nervioso de los niños, alerta la Organización Mundial de la Salud.

El registro de casos de exposición a metales pesados ha aumentado en 283% en Perú, entre 2012 y 2018: de mil 809 personas a 5 mil 135, de acuerdo con una base de datos entregada a Convoca.pe por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades mediante un pedido de información vía la Ley de Transparencia. De este universo, más del 80% de afectados son niños de hasta 11 años de edad.

Casos de afectados por exposición a metales pesados aumentaron en 283% en los últimos 7 años

Del 2012 al 2018 los casos de afectados por metales tóxicos aumentaron de forma alarmante. El plomo, cadmio y arsénico son los metales que se encuentran en el organismo con más frecuencia entre los más de 5 mil peruanos afectados.

En 2018, la región Pasco donde nacieron Yeni y su hijo Deyvit, concentró la mayor cantidad de casos registrados con 2 mil afectados por metales pesados: el 99% por plomo. Sin embargo, Yeni asegura que cuando van al centro de salud de Yanacancha, en Cerro de Pasco, la derivan de un lugar a otro como en el juego de la “gallinita ciega”.

—En la posta [en Pasco], nos dicen que no hay dinero, y cuando vamos al Ministerio de Salud [en Lima], nos dicen que han mandado dinero allá —relata Yeni con un gesto de indignación y hartazgo. Está cansada de que le hagan esperar en todos lados: en los hospitales, en los ministerios, en los pasillos, en mesa de partes, en la fachada de las entidades públicas.

Ante las quejas reiteradas por falta de atención médica de los pobladores que viven en zonas mineras, petroleras e industriales y el registro alarmante de personas afectadas, Convoca.pe construyó una base de datos, como parte de la serie investigativa ‘Expediente tóxico’, con información del presupuesto destinado al programa de detección y tratamiento de metales pesados entre 2012 y agosto de 2019, que aparece en el portal de Transparencia Económica.

En forma simultánea, en los últimos cuatro meses realizamos reiterados pedidos de información al Estado para conocer la dimensión de este problema de salud pública. De doce solicitudes, solo una fue respondida: el número de casos de pobladores afectados por regiones, tipo de metal y edad, lo que nos permitió cruzar información para determinar cuánto presupuesto destina el Estado a los departamentos con poblaciones más afectadas y cómo gastaron el dinero público las direcciones regionales de salud, los hospitales y centros médicos adonde deben acudir estas personas que viven usualmente alejadas de las capitales de su región, sobre todo en la Amazonía y los Andes.

Lo que encontramos revela una atención estatal ineficaz y tardía con un alto costo social, humano. El presupuesto de 2019 destinado para atenciones a personas expuestas a metales sólo representó el 0.06% del total de recursos para el sector Salud con 12 millones 258 mil 88 soles.

Pero no solo se trata de pocos recursos, existe una mala distribución del presupuesto. Las regiones que registraron más personas expuestas a metales hasta diciembre de 2018 fueron Pasco, Callao, Junín, todas con más de mil afectados en cada departamento. Sin embargo, al año siguiente, en 2019, el presupuesto de esta región para la detección y tratamiento de personas afectadas por metales pesados se redujo en más del 75%.

Pasco y Callao aparecen este año por debajo de las 10 regiones con más recursos para atender a pobladores expuestos a metales tan nocivos como el plomo, el cadmio y el arsénico. Si se revisa las cifras en los últimos siete años, la historia se repite. Entre 2012 y 2018, Pasco recibió para la detección y tratamiento de personas afectadas por metales pesados, 5 millones 180 mil 762 soles (1 millón 702 mil 597 dólares), menos de la mitad de lo que obtuvo el Callao en solo un año, el 2013, con 10 millones 903 mil 849 soles (3 millones 583 mil 423 dólares).

 

«De los más de 11 millones de soles que se gastaron en atención por metales pesados durante el 2018 en todas las regiones, casi 10 millones de soles se usaron para pagar personal y servicios.»

 

Pero incluso en las regiones donde se destina más presupuesto como Cusco, la atención oportuna a los pobladores sigue siendo postergada. Carmen Chambi, una mujer de tez trigueña oscura y mirada seria, vive en la comunidad Alto Huancané, en la provincia cusqueña de Espinar, a unos 500 metros de la mina Antapaccay, operada por Xstrata Tintaya, que en mayo del 2013 se fusionó con Glencore, la multinacional suiza que controla el 50% del mercado mundial de cobre.

El hijo de Carmen, Yedamel, tiene 17 metales en su organismo. Por eso Carmen exige que el Estado determine si las operaciones mineras son el origen de la contaminación.

—Pido pronta atención, saber si tenemos alguna esperanza. ¿Habrá tratamiento?, ¿habrá medicinas? —pregunta Carmen mientras frunce el ceño. No siente que los recursos destinados a su región atiendan su necesidad cotidiana.

Los departamentos amazónicos Ucayali, Loreto, Madre de Dios y Amazonas que enfrentan reiterados derrames de petróleo o a la explotación de la minera informal, figuran al final del ranking del presupuesto asignado en 2019 para atención a pobladores expuestos a metales. La selva sigue siendo la última en la lista.

Fuente:http://convoca.pe/agenda-propia/la-distribucion-ineficaz-de-fondos-publicos-para-atender-pobladores-expuestos-metales?fbclid=IwAR0A2s6UFFgeFSjVM0c78Y_GZMpnpNq04JR_09IQ_uHlYMn3lrCaK1wXWYg

Perú

Las inversiones mineras en un contexto complicado

Las cifras consolidadas hasta agosto de 2019 muestran que la inversión en minería presenta un incremento acumulado de 26.3%, en comparación con el mismo período del año pasado. En lo que va del año se han invertido US$ 3,556 millones, principalmente en proyectos como la ampliación de la planta de beneficio de Toromocho, que pasará de un procesamiento de 117,000 toneladas a 170 mil al día. Además es importante mencionar las inversiones en los proyectos Quellaveco (Moquegua) y Mina Justa (Ica) que se encuentran en pleno desarrollo. Por otro lado, Southern Copper Corporation ya ha finalizado su proyecto de ampliación de Toquepala.

De hecho, en las regiones de Junín, Moquegua e Ica, se concentra el 51.2% del total de la inversión minera en lo que va del año. Seguramente estos proyectos seguirán marcando la tendencia el próximo año.

Como se puede apreciar en el siguiente gráfico, todos los rubros de inversión en minería, salvo el de exploración e infraestructura, muestran una evolución positiva. Destaca, el incremento de la inversión en Equipamiento Minero, Desarrollo y Preparación y el rubro otros.

Sin embargo, hay que prestarle atención a la evolución del rubro de inversión en exploración, que muestra una tendencia negativa y que es un indicador bastante sensible porque usualmente marca los cambios de tendencia de la inversión global en la minería.

Siempre es bueno precisar que la tendencia de las inversiones en exploración siempre está fuertemente relacionada con la evolución de las cotizaciones, como se puede apreciar en el siguiente gráfico en el caso del cobre, que representa casi el 70% de la cartera de proyectos de inversión en minería.

El contexto internacional desfavorable ha venido provocando una caída de las cotizaciones de minerales de base como el cobre, que en lo que va de octubre se acerca a los US$2.55 la libra, con una tendencia a la baja que se arrastra en los últimos dos años. En una situación distinta se ubica la cotización del oro que ha mantenido una tendencia al alza durante 2019. Si las inversiones en exploración minera en el Perú siguen a la baja, la principal explicación se encuentra en el contexto internacional: las bajas expectativas de que la guerra comercial desatada entre los Estados Unidos y China termine pronto siguen empujando a la economía mundial a una recesión y, como consecuencia, a la caída de los precios de los minerales de base y los menores flujos de inversión.

 

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/las-inversiones-mineras-en-un-contexto-complicado/?fbclid=IwAR30KcKDNJdCidGXgrF7vBrj9-8YfJWIBM2T_pUyMR4hgZ1_YdEk1iUCr74

Chile

No es inversión ni progreso, es saqueo

Estudio revela que Chile ha regalado millonarios recursos a las grandes mineras

120 mil miillones de dólares ha regalado el Estado entre 2005 y 2014 a las 10 empresas mineras más grandes, según un estudio elaborado por la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile  que se dio a conocer en 2017. Sus autores señalan que con ese monto se podrían haber financiado la gratuidad en educación y mejorar el sistema de salud y de pensiones.

Un estudio elaborado por economistas de la Universidad de Chile estimó que el Estado de Chile ha regalado a las diez empresas de la gran minería privada en el país 120 mil millones de dólares, entre 2005 y 2014.

Se trata de las empresas Anglo American Sur, Mantos Copper, Los Pelambres, Candelaria, Quebrada Blanca, Escondida, Collahuasi, Cerro Colorado, Zaldívar y El Abra.

Esta renta que percibieron las empresas mineras equivale al 45 por ciento del PIB de 2014 y a un flujo anual promedio de 12 mil millones de dólares correspondiente de esos diez años y a casi un cuarto del gasto público de ese año. Mientras, durante el mismo periodo, la recaudación tributaria del Fisco proveniente de estas empresas fue de 41 mil millones de dólares.

Estas grandes compañías concentran el 57 por ciento de la producción de cobre en el país y junto a Codelco alcanzan el 88 por ciento del total.

Sin embargo, el informe destaca que estas rentas son neutras, es decir, si las empresas hubiesen sido obligadas a pagar al Fisco la totalidad de esta cifra su inversión y producción total habrían sido las mismas, pero el país se hubiese beneficiado con la ganancia de los privados, según explicó uno de los autores de este análisis, Gino Sturla.

“En definitiva, es medir cuánto están obteniendo por sobre lo que el mercado cobraría por mantener intacto sus incentivos para la producción e inversión. Las cifras que entrega el Banco Mundial son realmente gigantescas para estos fines”.

La economista de la Universidad de Chile, Claudia Sanhueza, explicó que el origen esta política data del proceso de privatización de las empresas iniciada en Dictadura:“La Ley de Concesiones Mineras permitió la privatización de los yacimientos. En este caso, se cuantifica las utilidades que han recibido por sobre lo que les cuesta el suelo, por eso se habla de renta, es el valor del suelo que no tiene que ver con un trabajo que se le da al suelo sólo es un valor agregado que se le da a esta riqueza”.

El texto agrega que “la incapacidad de Chile de obtener estas enormes rentas que legítimamente pertenecen a todos los chilenos, se debe también, en gran parte, a la falta de información de la ciudadanía sobre la magnitud de las pérdidas ocasionadas por la reticencia de las autoridades políticas y económicas a desarrollar los mecanismos necesarios para la captación de estas rentas”.

En ese sentido, los expertos recalcan que “si los ciudadanos estuvieran debidamente informados, seguramente se movilizarían para forzar a sus representantes políticos a corregir esta gigantesca deficiencia e injusticia”.

Sobre este punto, la también académica de la Universidad Diego Portales se refirió a las consecuencias sociales que ha generado esta política, considerando que con esta riqueza entregada a las trasnacionales se podría haber financiado educación gratuita y el mejoramiento del sistema de salud y de pensiones.

“Podríamos haber sido dueños de estos recursos, pero en realidad tenemos una situación bastante empobrecida. Esto se trata de plata que ya hemos perdido y sólo podemos pensar que es lo que habríamos podido hacer como educación gratuita o mejor salud porque hubiesen sido ingresos para el Estado de Chile muy relevantes”, comentó.

Los autores del estudio ejemplifican que con los 120 mil millones de dólares se podrían financiar 2 mil 560 teletones, considerando el monto recaudado en 2016, o en caso que el país hubiese decidido ahorrar en fondos soberanos el dinero, le estaría rentando alrededor de 7 mil millones de dólares al año, con lo que podría financiar el sistema de salud y el sistema de pensiones.

Sobre la metodología de este estudio, se registran los datos actualizados por el Banco Mundial respecto de la producción de minerales asociados a los yacimientos mineros del país, el precio observado en el mercado internacional y los costos totales de la producción minera.

En Chile, se considera principalmente la minería del cobre que concentra el mercado en un 95 por ciento, sumado al oro, plomo, zinc, níquel, plata, bauxita y fosfato.

 

Fuente:https://noalamina.org/latinoamerica/chile/item/43179-no-es-inversion-ni-progreso-es-saqueo