Chile, Ecuador

Codelco solicita segundo arbitraje contra Ecuador por proyecto Llurimagua

27/12/2021
Crédito: Codelco.
La estatal chilena Codelco, la principal minera de cobre del mundo, dijo el viernes que había solicitado un segundo proceso de arbitraje internacional con Ecuador y su Compañía Nacional de Minería (Enami EP) por el proyecto cuprífero Llurimagua.

La solicitud fue presentada ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), dijo Codelco. En abril, Codelco también había solicitado un arbitraje con la Cámara de Comercio Internacional (CCI).

“La solicitud se produjo luego de más de un año en el que (Codelco) solicitó formalmente iniciar un proceso de conversaciones amistosas y confidenciales sobre sus inversiones en el proyecto Llurimagua, ubicado a 80 kilómetros de Quito.”, dijo la firma en un comunicado.

Cabe recordar que a fines de noviembre de 2020, Codelco le solicitó a Ecuador, representado por la Procuraduría General del Estado (PGE) ecuatoriano, promover una solución para que se cumpliera con las obligaciones en relación con las inversiones en Llurimagua.

El plazo para dichas conversaciones amistosas venció a los seis meses, en mayo pasado, tras lo cual, Codelco ha venido realizando diversos esfuerzos de buena fe, requiriendo y sosteniendo reuniones.

Codelco informó que ha cumplido con todos sus compromisos y ha realizado y continuará realizando relevantes inversiones en beneficio del proyecto y de Ecuador, en términos económicos y de desarrollo social, que generarán puestos de trabajo directos e indirectos, la construcción y el mejoramiento de infraestructura y vialidad, así como otros beneficios asociados al inicio de una operación minera de clase mundial, especialmente para los gobiernos autónomos descentralizados y la Provincia de Imbabura.

Llurimagua podría convertirse en la primera mina que Codelco opera en el exterior luego de años de esfuerzos dispersos para expandirse internacionalmente.

Codelco solicita segundo arbitraje contra Ecuador por proyecto Llurimagua

Litio, Mexico

Autoriza Cofece traspaso de yacimiento de litio a minera asiática

Braulio Carbajal Tiempo de lectura: 3 min.
Periódico La Jornada
27/12/2021
El plan para que la minera china Ganfeng Lithium adquiera la totalidad de su socia inglesa Bacanora Lithium, incluido el yacimiento de litio que posee en Sonora, México, ha recibido la autorización de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), aseguraron ambas compañías en un informe a sus inversionistas.

“Por la presente se anuncia que la condición de aprobación por la parte del organismo antimonopolio mexicano se ha cumplido, además de que se cuenta con el respaldo de la mayoría de los accionistas de Bacanora para la transacción”, señalaron ambas mineras en un escrito fechado el 17 de diciembre pasado.

No obstante, la autoridad antimonopolios de México no ha emitido ningún comunicado al respecto, ni publicado algún dictamen que así lo compruebe.

El pasado 5 de mayo Ganfeng lanzó una oferta para comprar a la empresa inglesa (incluyendo el yacimiento mexicano) a un precio de 67 peniques por acción, lo que la valuaba en alrededor de 350 millones de dólares.

No obstante, dicha propuesta no convenció a cientos de pequeños accionistas, por lo que en septiembre pasado la oferta fue mejorada a una valuación de casi 390 millones de dólares más un porcentaje de acciones de Zinnwald Lithium, una compañía de litio propiedad de Ganfeng en Alemania, con lo que consiguió el apoyo de la mayoría.

El trato tiene como principal objetivo el megayacimiento de litio que se ubica en Sonora, catalogado por varios organismos internacionales como uno de los de mayor potencial del mundo, pues de concretarse quedará bajo el control total de la china Ganfeng, la productora de litio más grande del planeta.

El litio ha cobrado importancia en los años recientes debido a que es un componente clave en la elaboración de baterías para autos eléctricos, los cuales, de acuerdo con distintas estimaciones, triplicarán sus ventas en los siguientes cinco años, lo que provocará que exista más demanda que oferta del llamado “oro blanco”.

Ante el potencial que se presume tiene México y la mayor demanda mundial que se anticipa, hace unos meses el gobierno federal envió al Congreso una iniciativa de reforma eléctrica, la cual tiene un apartado que reserva la exploración, producción y comercialización de litio únicamente al Estado mexicano.

Asimismo, dicha propuesta señala que no se otorgará ninguna nueva concesión para la exploración de litio, además de que serán retiradas todas las cedidas con anterioridad a excepción de aquellas que comprueben que están próximos a comenzar producción.

En este último supuesto entra el yacimiento de Sonora, todavía en manos de Bacanora, pues de acuerdo con su plan estratégico planea comenzar producción en una primera etapa en 2023 con la extracción de 17 mil 500 toneladas de carbonato de litio al año, para después, en una segunda pasará a 30 mil toneladas anuales.
https://www.jornada.com.mx/notas/2021/12/27/economia/autoriza-cofece-traspaso-de-yacimiento-de-litio-a-minera-asiatica/

Perú

Puno: hace 34 días está bloqueado acceso a campamento de minera Argos

Comuneros exigen la instalación de una mesa de diálogo, sin embargo, no fueron escuchados. Aducen que la empresa minera estaría generando contaminación en la zona.
Bloqueo en minera.
LR Sur
[email protected]
26/12/2021
Puno. Los pobladores de la comunidad de Saqui Totora del distrito de Sina, provincia de San Antonio de Putina, hace 34 días, como medida de protesta, tienen bloqueado parte de la carretera que conecta al campamento minero Argos.

Estos pobladores iniciaron con su protesta el 22 de noviembre exigiendo la instalación de una mesa de diálogo, sin embargo, no fueron escuchados, por lo que desde esa fecha se declararon en huelga indefinida aduciendo que la empresa minera estaría generando contaminación en la zona.

Para el 22 de diciembre estaba programada una mesa de diálogo en Juliaca, sin embargo, los representantes de los comuneros no se hicieron presentes por lo que la reunión se suspendió hasta nuevo aviso.

“Estamos a la espera del diálogo”, dijo el vocero de Argos, Luis Aguado. La Dirección Regional de Energía y Minas de Puno es la que viene realizando coordinaciones para solucionar este conflicto social.

Cabe recordar que un día antes de la medida de lucha, un grupo de comuneros hizo destrozos en parte del campamento minero Argos.
https://larepublica.pe/sociedad/2021/12/26/puno-hace-34-dias-esta-bloqueado-acceso-a-campamento-de-minera-argos-lrsd/

Argentina

Minería en Chubut: el derecho a decir no

27/12/2021
Redacción La Tinta
Por Guido Lautaro Padin para InterNos
Desde Rawson
De Rawson se dice que es una capital tranquila. Administrativa. Una ciudad con lógicas de pueblo. Un municipio cuyo crecimiento demográfico no impide a sus habitantes decir, con seguridad y hasta un poco de cinismo, “acá nos conocemos todos”. En Rawson, señalan propios y ajenos, nunca pasa nada. Sin embargo, un día pasó: sus calles fueron el escenario de una rebelión popular que se extendió en cuestión de horas por toda la provincia.

Primero, lo sabido: el pasado miércoles 15 de diciembre, la Legislatura provincial de Chubut sancionó la Ley de Zonificación Metalífera. De esta manera, las localidades de Gastre y Telsen, ubicadas en la meseta, fueron definidas como “áreas de excepción” respecto de la prohibición a la actividad que rige en la provincia desde el año 2003, en el marco de la Ley 5.001.

¿Cuándo se forjó aquella ley? Luego de un referéndum popular realizado en Esquel en el año 2002, donde la comunidad local se opuso al Proyecto Navidad, de la norteamericana Pan American Silver, debido a su metodología de explotación a cielo abierto y con utilización de cianuro. El 83% obtenido por el “No a la Mina” fue el hito fundacional de lo que se convertiría en una bandera para muchas otras localidades chubutenses durante 18 años.
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(Imagen: A/D)

Según el texto, no obstante, la provincia debía indicar zonas aptas para la explotación de estos recursos, definiendo así las ya mencionadas excepciones establecidas por ley. Pero de 2003 a esta parte, la zonificación nunca avanzó, principalmente por la falta de aprobación social, además del alto costo político que muchos legisladores no estaban dispuestos a pagar.

Durante los últimos dos años, con una provincia sumergida en una profunda crisis económica, política e institucional (que incluyó falta de pagos a estatales y un año entero sin clases, entre otras cosas), la posibilidad de reflotar el Proyecto Navidad estuvo en la agenda del gobierno de Chubut. La semana pasada, finalmente, el cuerpo legislativo autorizó la zonificación en Telsen y Gastre con una votación muy ajustada. 14 votos a favor, 11 en contra y dos ausencias habilitaron la explotación casi dos décadas después. Pan American Silver tenía el okey para avanzar sobre el depósito de plata sin desarrollar más grande del mundo. Tenía.

Las asambleas del No a la Mina se manifestaron rápidamente en la legislatura para oponerse a la zonificación. Pero lo que el propio gobernador definió en alguna oportunidad como un grupo de “500 ruidosos”, terminó con una de las movilizaciones más importantes en la historia reciente de la provincia, a la que muchos medios nacionales definieron como Chubutazo. Las calles de Esquel, Comodoro Rivadavia, Trelew, Puerto Madryn, entre otras, se vieron copadas de carteles en rechazo a la actividad, pero también con acusaciones de traición a Mariano Arcioni, el gobernador, quien había prometido en campaña (¡tan solo dos años atrás!) que, en caso de asumir, la minería no iba a estar entre sus planes.
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(Imagen: El Intransigente)

Tampoco fue indiferente que la legislatura aprobara el proyecto por la medianoche, luego de adelantar su tratamiento, que estaba en la orden del día siguiente. El horno no estaba para bollos. El descontento generalizado con el gobierno provincial, sumado a una decisión tomada sin previos debates públicos, fue el caldo del cultivo para la reacción de miles y miles de personas durante la tarde-noche del 15 de diciembre y la madrugada del 16.

La casa de gobierno prendida fuego puso el tema en la agenda mediática. Se sabe: Chubut queda muy lejos y, a menos que pasen cosas que ameriten la indignación y el repudio, difícilmente las problemáticas de este tipo se impongan a la última chicana entre dos políticos de Capital Federal. Amén de que los destrozos hayan sido o no producto de las movilizaciones (¿fueron infiltrados? ¿fueron grupos radicalizados, como los hay en muchas otras causas?), la desproporcionada represión policial dejó aún más expuesta la deslegitimación del gobierno. Ninguna política puede imponerse a fuerza de palo y bala, algo que bien hemos aprendido en los últimos 38 años de democracia, pero que las fuerzas estatales ignoraron intencionadamente durante aquellas horas, en las cuales -por suerte- no se cuenta ningún muerto, pero sí decenas de heridos.

Es necesario no correr el foco de la autenticidad en los reclamos que se extendieron de manera pacífica por dos, tres, cuatro días y que sumaron reclamos de otros sectores productivos como el de la pesca, que estableció un paro indeterminado hasta que la ley fuera derogada. Al quinto día de protestas, y luego de declarar que no iba a dar “un paso atrás”, el gobernador anunció la derogación de la ley y un potencial plebiscito para definir qué sucederá con la minería en la provincia. Las asambleas ya adelantaron su rechazo a la propuesta y exigen que, de una vez y para siempre, se prohíba la actividad en el territorio.

Cabe aclarar, aunque sea de manera parcial, algunas ideas que circularon en las últimas horas respecto a la voluntad del pueblo de rechazar la extracción de minerales a cielo abierto.

Los chubutenses conocen mejor que nadie lo que sucede en su provincia. Ven de cerca el río Chubut, que abastece al uso personal y la producción agrícola, con su caudal cada día más bajo. Sufren en el verano la restricción de agua incluso con fuertes calores. Y tienen el derecho a mostrar escepticismo sobre el consumo hídrico por parte de esta actividad intensiva (el proyecto indica, sin embargo, que la cuenca a utilizar no tiene conexión con el río Chubut) así como desconfianza en la gestión de los desechos que se generen. Tienen derecho a desconfiar de su propio gobierno y de sus legisladores, uno de ellos acusado años atrás de recibir coimas para apoyar el Proyecto Navidad. Tienen derecho porque hay experiencias de derrames que implicaron desastres ambientales como el ocurrido en el río Jáchal, de San Juan. Tienen derecho porque la información no circula, se restringe, se omite. Y un proyecto aprobado a las apuradas, previo a las fiestas, no parece el mejor síntoma para echar luz sobre el tema.
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(Imagen: Noalamina.org)

También está la postura de los habitantes de la meseta, que se muestran a favor de la instalación del Proyecto Navidad por el impacto que tendría en la generación de empleo -altamente remunerado- y el desarrollo de proveedores en ciudades aledañas. Lo mismo: nadie puede discutirle a esos pobladores, muchos de los cuales sobreviven en una zona rural árida, despoblada y de temperaturas extremas, lo que desean para su futuro.

Acá ingresa al debate otro punto fundamental. Muchos funcionarios del gobierno provincial que se muestran a favor de la actividad minera argumentan que es necesaria como alternativa económica para una zona históricamente desfavorecida. Pero, ¿qué pasó en los últimos 20 o 30 años para que la meseta haya quedado relegada de la riqueza que genera la provincia? ¿No es precisamente el gobierno provincial quien debe garantizar mejores condiciones de producción para las actividades agrícolas o ganaderas, por ejemplo, que hoy están desapareciendo en la región? Chubut extrae petróleo hace un centenar de años y posee una importante industria pesquera; además tiene la fábrica más importante de aluminio del país y cuenta con suelo y clima ideales para producir fruta fina o de pepita en su cordillera. Es una provincia rica que, a diferencia de lo que algunos quieren hacer creer, pone sus recursos para el crecimiento del país.

Entonces, ¿Chubut se opone al desarrollo? ¿Se opone a la modernidad?

“El desarrollo implica generar cadenas de valor en origen, en Chubut tenemos petróleo que se refina en Buenos Aires (y parte tributa ahí), pesca que se procesa afuera y lana que termina siendo exportada de Bahía Blanca. Se ocuparían de eso si les interesara el desarrollo”, escribió acertadamente en su Twitter la escritora y comunicadora Alejandra Koser, oriunda de la ciudad de Trelew.
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(Imagen: El Intransingente)

El otro argumento, para el que aplica una respuesta similar, es el de la necesidad de divisas. La falta de dólares para financiar, entre otras cosas, la imponente deuda que tiene hoy la Argentina con el Fondo Monetario Internacional (FMI) no puede ser nunca un argumento válido para imponer una actividad extractiva de este tipo. En ese sentido, los reclamos también fueron hacia el gobierno nacional y la figura de Alberto Fernández, que se desentendió del conflicto en las calles de la provincia.

Lo que pasó esta semana en Chubut sienta un precedente muy importante. El No a la Mina movilizó pueblos enteros y sacó a la luz un sentimiento de hartazgo de larga data en muchos chubutenses. Además, expuso un importante nivel de improvisación a la hora de la toma de decisiones por parte del cuerpo legislativo y el gobierno provincial. En el barrio le dicen “si pasa, pasa”. No pasó.

*Por Guido Lautaro Padin para InterNos / Imagen de portada: InterNos.

Minería en Chubut: el derecho a decir no

Perú

Las Bambas: reunión del jueves será clave para el futuro del corredor minero del sur

La primera ministra, Mirtha Vásquez, confirmó que acudirá a Chumbivilcas, la zona de conflicto. Las comunidades advirtieron que radicalizarán sus medidas si no se logra el entendimiento.
Tregua. Corredor minero se encuentra desbloqueado. Foto: La República
LR Sur
[email protected]
28/12/2021

Los días de tregua en el corredor minero del sur aún no han logrado que las operaciones de la minera Las Bambas reinicien. La reunión pactada para el 30 de diciembre entre los comuneros de Chumbivilcas y la premier, será decisiva. Mirtha Vásquez confirmó que acudirá a la zona de conflicto.

En los últimos días, luego que las comunidades desbloquearon la vía, la minera apenas pudo transportar algunos insumos. Erick Ramos, secretario del Sindicato de trabajadores de Las Bambas, sostuvo que ante el clima de incertidumbre no se puede avanzar más. “Hemos hablado de esto con la empresa. Nos dicen que no pueden llevar más personal porque si el 30 (de diciembre) no se logra un acuerdo, no se podrá evacuar a los trabajadores”, subrayó.

Ramos dijo esperar que este jueves se garantice la apertura del corredor minero de forma sostenible. “Nosotros no sabemos qué pasará. Si no se arregla el conflicto nuestra situación (de los trabajadores) es incierta)”.

En la otra cara del conflicto, el presidente del Frente de Defensa de Chumbivilcas, Wilber Fuentes, sostuvo que aún no recibieron detalles de la propuesta que plantea la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para declarar al corredor minero como zona de especial tratamiento.

Hay que recordar que el desbloqueo del corredor minero se logró el 23 de diciembre luego de la exhortación de la premier a dialogar sin presiones. Dijo que se analizaban también otras opciones para lograr este fin. Por su parte, las comunidades advirtieron que radicalizarán sus medidas si no se logra el entendimiento.
https://larepublica.pe/economia/2021/12/28/las-bambas-reunion-del-jueves-sera-clave-para-el-futuro-del-corredor-minero-del-sur-cusco-apurimac-lrsd/

Bolivia, Litio

Comcipo: Gobierno repite la historia del litio de 2019

Una entrevista a Roxana Graz, la aguerrida dirigente de Comcipo
28/12/2021 Sucre/CORREO DEL SUR
SALAR. Un pasaje de la entrevista a Roxana Graz, ayer, en Correo del Sur Radio.
Ocho empresas internacionales han sido seleccionadas para realizar pruebas piloto de extracción de litio, pero una comisión compuesta, entre otros, por parlamentarios y alcaldes potosinos, fue invitada por una firma alemana para que conozca, in situ, el proceso de transformación de ese recurso en baterías. El Comité Cívico Potosinista (Comcipo) no ve con buenos ojos este proceder y denuncia que se está repitiendo lo que motivó la movilización de 2019 y que derivó en la abrogación de un decreto.

“Se han entrevistado con ACI Systems o Acisa y nuevamente estamos llegando en las mismas condiciones que nosotros habíamos rechazado el 2019, ahora, con otra característica, de que están utilizando a los alcaldes y representantes de las zonas adyacentes al Salar de Uyuni, y ahí está Tahua, está Llica y otras zonas más”, afirmó ayer Roxana Graz, dirigente de Comcipo, entrevistada por Correo del Sur Radio FM 90.1.
https://correodelsur.com/politica/20211228_comcipo-gobierno-repite-la-historia-del-litio-de-2019.html

Perú

En Chumbivilcas esperan propuesta seria, si no el paro se reanuda el 30

Presión. Comunidades tienen claro que no permitirán lo que consideran abuso de Las Bambas. El jueves es el diálogo.
Corredor. Desbloqueo depende del diálogo del jueves 30. Foto: difusión
Henry Cotos
[email protected]
26/12/2021
Mientras en la PCM aún no dan detalles de las propuestas que llevarán a la mesa de diálogo del 30 de diciembre para solucionar el conflicto generado con la minera Las Bambas, el presidente del Comité de Lucha del Corredor Minero, Luis Huamaní, dijo que están a la expectativa de lo que ofrezca el Ejecutivo y posiblemente haya un compromiso del presidente de la República, la premier y los ministros del MTC y Energía y Minas, pero advirtió que su posición es sólida y se basa en el respeto a la Constitución, por lo que si no hay una propuesta razonable, el paro se reanudará inmediatamente y esta vez con la participación de las 18 comunidades campesinas de Chumbivilcas.

“Hemos dado una tregua por fiestas y vamos a reanudar el 30 nuestras medidas de lucha. No aceptamos la política de Mirtha Vásquez (premier), ella nos ha propuesto que podríamos negociar un derecho constitucional, con cadena de valores y proyectos, pero pedimos trabajo, respeto a la Constitución Política y al medio ambiente. No puede haber más atropellos de la empresa minera Las Bambas MMG”, declaró.

Fuentes de la PCM aseguran que están ultimando los detalles de las propuestas que se llevarán para la agenda de la reunión el 30 en la provincia de Chumbivilcas en la que participarán las comunidades, el Ejecutivo y los representantes de la minera.

Incluso, antes del jueves habrá una reunión de la premier con los ministros de Energías y Minas y de Transportes con los representantes de la mina Las Bambas, pues saben que la posición de los comuneros no tiene mucho margen de maniobra y todo dependerá de cuánto puedan ceder el Ejecutivo y la empresa privada para solucionar este conflicto.

El tema ha generado tensión en el Ejecutivo, al punto de que se habla que la permanencia de algunos ministros en el gabinete depende de la solución de este conflicto. “El tema es más complicado de lo que parece, el presidente está entre la espada y la pared con los inversionistas mineros y las comunidades”, dijo una fuente de la PCM a La República.

El presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), Raúl Jacob, dijo esperar que se llegue a una solución para que no se cierre definitivamente Las Bambas.
El dato

Problema. El bloqueo del llamado corredor minero se inició el 19 de noviembre por parte de las comunidades de la provincia de Chumbivilcas. Las Bambas cesó su producción el 18 de diciembre al no poder seguir transportando insumos y personal debido a los bloqueos.
https://larepublica.pe/politica/2021/12/26/las-bambas-en-chumbivilcas-esperan-propuesta-seria-si-no-el-paro-se-reanuda-el-30-poder-ejecutivo/

Internacional

Represión contra el movimiento anti-minería y acería en Odisha (India)

Prashant Paikray, Portavoz, Movimiento Anti-Jindal y Anti-POSCO, Odisha, India

El gobierno estatal dirigido por el Sr. Nabin Pattnaik está llevando a cabo una brutal acción policial contra nuestro pueblo con el fin de entregar los 2900 acres de tierra agrícola fértil a la despiadada empresa siderúrgica india Jindal Steel dirigida por el industrial Sajjan Jindal. Después del fiasco de POSCO India, que terminó en 2015-2016, JSW Utkal Steel Ltd vino con su propuesta de construir 13,2 millones Tm/año de acero crudo, 900MW de energía cautiva y 10 millones Tm/año de cemento junto con 52 millones Tm de embarcadero cautivo en el mismo lugar.

Todo esto está ocurriendo sin el consentimiento libre, previo e informado de nuestro pueblo y de los Gram Sabhas, y sin seguir los procedimientos legales reglamentarios. Las fuerzas corporativas tienen su influencia sobre el gobierno de la India, así como el gobierno estatal, por lo que el permiso para cualquier proyecto no es un problema para ellos.

Alrededor de las 2 de la tarde del 20 de diciembre de 2021, los habitantes de Dhinkia hicieron una manifestación masiva contra la represión estatal y policial en la frontera del pueblo de Mahala. De repente, la policía llegó en siete furgonetas Bolero y entró en el pueblo de Dhinkia por la parte de atrás y empezó a golpear a la gente. La policía vino a detener a nuestro líder, el Sr. Debendra Swain. Detuvieron a su tío paterno, Ayodhya Swain, de 71 años, enfermo de parálisis, y a su hija Mili Swain, de 22 años. La policía les acusó de falsos cargos en virtud de las Secciones del Código Penal de la India: 147 (disturbios), 149 (reunión ilegal), 294 (uso de lenguaje obsceno), 427 (daños) y 506 (intimidación). Ni siquiera perdonaron a los transeúntes que les preguntaron el motivo por el que habían sacado a padre e hija de su casa. La policía agredió a mujeres y niños después de entrar en el pueblo en la búsqueda de acusados.

Los habitantes de nuestro pueblo están sufriendo las consecuencias de la acción policial. La situación ha llegado a tal punto que se pide a los vecinos que muestren sus tarjetas Aadhaar (identificación) para salir y entrar en su pueblo. La policía ha hecho incursiones en el pueblo, ha irrumpido en las casas, ha atacado a vecinas causándoles heridas, ha implicado a la gente en casos falsos y los ha confinado en sus casas.

Hemos sido testigos de tensiones desde el 1 de diciembre de 2021, cuando los funcionarios de la administración local que habían ido a la aldea de «Mahala» para demarcar por la fuerza una aldea de ingresos. Nuestros vecinos protestaron con convicción contra esta medida ilegal. Nuestra comunidad se ha opuesto a la bifurcación del pueblo. El gobierno estatal está aplicando una política de «divide y vencerás» para allanar el camino a la JSWL (Jindal Steel Works). Además del despliegue policial existente, se han estacionado cuatro pelotones adicionales en nuestra zona para aterrorizar a nuestra gente. El ambiente en la zona sigue siendo tenso.

Mientras tanto, el nuevo Superintendente de Policía (SP) Shri Akhilesvar Singh, IPS que ya está en la controversia por la muerte de custodia en su régimen en el distrito de Puri, ha tomado la obligación de establecer el proyecto propuesto de JSW con su supremacía. Ha convertido el pueblo de Dhinkia en una situación parecida a la de Cachemira, en la que todo el mundo que entra o sale debe explicar la razón y mostrar su identidad para eludir la rabieta de las fuertes fuerzas policiales desplegadas alrededor de Dhinkia. Incluso la policía ha cortado el suministro de productos de emergencia para crear presión entre la gente que protesta contra el proyecto propuesto por JSW.

Nuestra comunidad levantó barricadas de bambú el 6 de diciembre de 2021 para restringir la entrada a la aldea de Dhinkia, e intensificaron su resistencia desafiando las incesantes lluvias y el intenso frío, incluyendo a las mujeres que están vigilando las puertas impidiendo la entrada de la policía, los funcionarios del gobierno y cualquier persona ajena a la aldea. Los aldeanos están de guardia las 24 horas del día para impedir la entrada de la policía y los funcionarios del gobierno, incluidos los simpatizantes del proyecto JSW de la localidad.

No hay autorización ambiental

JSW Utkal Steel Ltd solicitó una autorización ambiental en 2018 en el Ministerio de Medio Ambiente, Bosques y Cambio Climático (MoEF&CC), del Gobierno de la India. De acuerdo con la Notificación de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de 2006, la audiencia pública / consulta pública estaba programada para llevarse a cabo en diciembre de 2019 en Gadakujanga de Erasama Tahasil por la administración del distrito de Jagatsinghpur en la solicitud de la Junta de Control de la Contaminación del Estado de Odisha (OSPCB) que se suponía que era un evento neutral donde la gente debería estar presente desde el Grampanchayat afectado, los pueblos y las áreas cercanas afectadas. Sin embargo, la audiencia pública fue secuestrada por la administración del distrito, dirigida por el entonces recaudador Sangram Mohapatra, que era el responsable de la tierra.

Sin embargo, la audiencia pública fue secuestrada por la administración del distrito, dirigida por el entonces recaudador Sangram Mohapatra, que fue el funcionario de adquisición de tierras de IDCO durante el proyecto POSCO en 2005 y estuvo involucrado en golpear a niños y ancianos de Dhinkia durante la adquisición de tierras. Se desplegaron más de 15-20 pelotones de personal policial días antes de la audiencia pública para aterrorizar a la población local y crear una situación de tensión en la zona. El partido gobernante, los líderes sindicales y la administración trajeron a la gente en autobuses contratados desde otras localidades no afectadas por el proyecto. La entrada de la población local fue selectiva, regulada por la policía, la administración, los matones locales y los miembros del partido gobernante para llenar el lugar de gente que apoyara el proyecto. Miles de personas asistieron a la audiencia pública, de las cuales más del 80% eran de fuera de la zona afectada por el proyecto, incluso de fuera del distrito. El proponente del proyecto (JSW) utilizó grandes carpas y proyectores, y organizó comidas de lujo para 5.000 personas, gastando más de 1000 euros en la organización de la audiencia pública, lo que constituyó una violación de la notificación de la EIA de 2006 y planteó la cuestión de la neutralidad y la parcialidad. Una solicitud de Derecho a la Información (RTI) a la administración del distrito reveló que la administración sólo gastó 175 euros en la audiencia pública. Se impidió a la población local asistir a la audiencia pública; los habitantes de Dhinkia, donde la mayoría de las objeciones contra el proyecto, boicotearon el acto porque el lugar de celebración se había elegido a sabiendas de que estaba lejos del lugar del proyecto propuesto. El miedo a la policía y a la administración por parte de los habitantes de Dhinkia fue otra de las razones para boicotear la audiencia pública, citando sus sufrimientos anteriores durante el proyecto POSCO. El mismo día de la audiencia pública en Dhinkia se organizó una palli sabha (asamblea de comunidad) en la que miles de personas aprobaron por unanimidad una resolución contra el proyecto propuesto por JSW Utkal Steel Ltd. Se enviaron varias representaciones al Comité de Evaluación de Expertos, MoEF&CC, GoI en contra de esta audiencia pública ilegal e inconstitucional por parte de los habitantes y los organismos cívicos. Una información de la RTI reveló que se enviaron aproximadamente 1.000 representaciones escritas firmadas por los pueblos afectados a favor del proyecto propuesto, sin embargo, casi el 90% de ellas eran falsas, falsificadas y nunca firmadas por los aldeanos con el mismo nombre. Sorprendentemente, la mayoría de las personas no existen, otros que han firmado son analfabetos (no pueden firmar) y algunos son niños menores de 13 años. Todas las representaciones escritas tienen el mismo formato, hechas por los funcionarios de JSW antes de la audiencia pública con la ayuda de la administración del distrito y los miembros del partido gobernante local. Con respecto a lo anterior, se han enviado muchas representaciones al Comité de Evaluación de Expertos, MoEF&CC, GoI sobre el cual EAC ha planteado preguntas y aclaraciones, pero en vano.

La autorización ambiental de JSW no se ha podido conceder desde 2019 hasta ahora debido a las numerosas deficiencias y la información falsa en su informe de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y Plan de Gestión Ambiental (PGA). Varios organismos cívicos, individuos y aldeanos han identificado e informado de varias deficiencias e información engañosa a la EAC, al MoEF&CC y al Gobierno de India, y han solicitado la cancelación de la CE por haber proporcionado información falsa y engañosa de acuerdo con las normas y reglamentos, pero a pesar de todo ello no se ha tomado ninguna medida contra el proponente del proyecto, sino que se han proporcionado amplias oportunidades para modificar los formularios y el informe de EIA/EMP, lo cual es contrario a la ley.

Violación de LARR 2013 y de la Ley de Derechos Forestales de 2006.

Según la Ley sobre el derecho a una Compensación Justa y a la Transparencia en la Adquisición de Tierras, la Rehabilitación y el Reasentamiento (LARR) de 2013, «las tierras adquiridas y la posesión tomada pero no utilizada en un período de cinco años a partir de la fecha de la posesión revertirán en todos los casos al propietario original de la tierra». Pero el gobierno de Odisha hizo exactamente lo contrario. Según la política revisada del gobierno de Odisha para la adquisición de tierras, notificada el 7 de febrero de 2015, «las tierras adquiridas y la posesión tomada pero no utilizada en un periodo de cinco años desde la fecha de posesión revertirán en todos los casos al Estado y se depositarán automáticamente en el Banco de Tierras».

Con respecto a las tierras forestales, la Ley de Derechos Forestales reconoce y confiere derechos legales a las comunidades locales sobre las tierras forestales y los recursos forestales comunitarios. Como se sabe, los residentes de las aldeas de Nuagaon, Dhinkia y Gobindpur han presentado solicitudes a las autoridades locales para reclamar sus derechos sobre las tierras y los bosques, pero estas reclamaciones no se han tramitado desde 2011.

Además, en varias ocasiones en el pasado, los Gram Sabhas de la zona han aprobado resoluciones mayoritarias contra cualquier cesión de sus tierras y recursos forestales comunitarios. El Gobierno debe respetar la resolución unánime aprobada por más de 2.000 personas en una Gram Sabha celebrada en octubre de 2012, según la cual las tierras utilizadas para el cultivo de betel están amparadas por los derechos concedidos a la Gram Sabha en virtud de la Ley de Derechos Forestales (FRA) de 2006. El gobierno estatal está obligado a cumplir con el requisito legal de garantizar el reconocimiento y la concesión de los derechos forestales y el consentimiento sobre estas tierras después de la salida de POSCO, de lo contrario el gobierno estará cometiendo más un delito penal en virtud de la FRA, el Código Penal de la India (IPC) y la Ley de prevención de atrocidades de SC/ST de 1989 y las enmiendas hechas en 2016. Por lo tanto, en virtud de la Ley de Derechos Forestales de 2006, la transferencia de las tierras del pueblo a Jindal es ilegal.

En julio de 2017, nuestros vecinos presentaron una petición ante el tribunal de Calcuta del Tribunal Verde Nacional. Se ha afirmado que el gobierno de Odisha no puede poner estas tierras forestales en el banco de tierras. Según la Ley de Conservación de los Bosques de 1980, el gobierno debe obtener una «autorización» forestal o la aprobación del Ministerio de Medio Ambiente central para utilizar las tierras forestales para fines no forestales. Sin embargo, la ley no prevé la obtención de una autorización forestal para un «banco de tierras». La petición añade que, en virtud de la Ley de Derechos Forestales de 2006, el gobierno no puede cambiar el uso de las tierras forestales sin reconocer los derechos sobre la tierra y los bosques de las personas que viven o dependen de ellas durante generaciones.

El Gobierno de Odisha, a través de su Departamento de Panchayati Raj, destituyó a Debendra Swain, que es miembro del Panchayat Samiti (un representante elegido), de manera ilegal, sólo para dar a entender a la población que cualquier levantamiento de voz contra el Gobierno será castigado gravemente. Esto dice mucho sobre el estado de la democracia de base en la India, más concretamente sobre el estado de las salvaguardias constitucionales y los actos de habilitación.

Nuestras demandas

La administración debe tomar medidas para la retirada inmediata de las fuerzas policiales de Dhinkia y asegurar que la normalidad se restablece pronto.
El gobierno debe detener todo tipo de represión contra nuestro pueblo y retirar todos los casos falsos e inventados contra nuestra gente.
El gobierno de Odisha debe seguir el fallo del Tribunal Supremo sobre el asunto de Singur en el que se devolvió la tierra de los agricultores comprada para la planta de Tata Nano,
El proceso de adquisición de nuevas tierras y de vallado, etc., debe ser suspendido inmediatamente, ya que no hay autorización ambiental para el proyecto propuesto por JSW.
Procesar urgentemente las reclamaciones de derechos forestales individuales y comunitarios sobre las tierras que había adquirido para un proyecto de POSCO en lugar de transferir las tierras a un banco de tierras.
Declarar que no existe ninguna disposición en la ley ni en ningún acto que contemple la adquisición de tierras para ningún banco de tierras con ningún fin. Por lo tanto, la tierra debe volver a los habitantes originales de acuerdo con la Ley de Derecho a una Compensación Justa y Transparencia en la Adquisición de Tierras, Rehabilitación y Reasentamiento (LARR) de 2013.
Garantizar la aplicación de la sentencia del NGT, Principal Bench, Nueva Delhi de fecha 12- 07-2018 y eliminar cualquier construcción ya realizada en el terreno forestal.
El gobierno debe replantar los árboles en nuestras zonas costeras sensibles donde más de dos lakh (100.000) árboles fueron cortados indiscriminadamente por el gobierno para POSCO.
Debe formarse un comité compuesto por juristas sensibles, defensores de los derechos humanos, activistas, ecologistas y economistas ecológicos para vigilar lo que el gobierno está haciendo en nuestra zona sólo para promover los intereses corporativos a un costo enorme para nuestros pueblos nativos y sus fuentes permanentes de sustento que son parte de una zona costera ecológicamente sensible.
Represión contra el movimiento anti-minería y acería en Odisha (India)

Perú

Las Bambas: desbloqueo de corredor minero es solo parcial

Hoy el día d. Premier Mirtha Vásquez confirmó diálogo en Chumbivilcas para este 30 de diciembre, luego que ocho comunidades suspendieron su huelga. La de Collana mantiene bloqueado un tramo de la vía. Restauración de operaciones de Las Bambas aún es incierta con acuerdos parciales.
Bloqueo persiste. Comunidad de Collana continúa interrupción en el Corredor Minero del Sur. Hoy decidirán si se unen a tregua para reiniciar el diálogo. Foto: La República
Zaida Tecsi
23/12/2021
El desbloqueo del Corredor Minero del Sur aún no se concreta. La premier Mirtha Vásquez, informó que ocho comunidades levantaron la huelga y dieron una tregua hasta el 30 de diciembre. Vásquez y una comisión del Ejecutivo, acudirán ese día para continuar con el diálogo abierto y sin condicionamientos. “Reafirmamos la voluntad del gobierno de afrontar los conflictos mediante el diálogo”, dijo.

Sin embargo, la solución de este conflicto socioambiental, cuyo desenlace originó la suspensión de Las Bambas, aún es incierto. Uno de los dos puntos de bloqueo persiste. La primera ministra sostuvo que otras comunidades como Collana se comprometieron a transmitir su acuerdo hoy.

Vásquez destacó los avances logrados. Dijo esperar que Collana se sume al diálogo sin toma de vía. Ya antes dijo que, si no se logran consensos, el gobierno analizará otras medidas, esto en clara alusión a una declaratoria de emergencia del área en conflicto.

La tregua en Chumbivilcas se logró después del ultimátum que dio la primera ministra el último martes a través de una video conferencia en la mesa de diálogo instalada en Cusco. En ese espació, invocó a las comunidades de Chumbivilcas a retomar las conversaciones y mesas técnicas, pero sin presiones ni medidas de fuerza. Les pidió desbloquear la vía por la que Las Bambas transportaba sus minerales. El corredor minero se encuentra interrumpido hace 35 días lo que motivó que el último sábado la minera detenga sus operaciones.

La exhortación fue escuchada por las comunidades Cruzpampa, Cancahuani, Huninquiri, Yanque Lacca Lacca, Idiopa Ñaupa Japu, Ahuichanta Huisuray, Tincurcca y Huayllahuaylla. A través de un comunicado, oficilizaron su decisión de levantar la huelga hasta el 30 de diciembre. El asesor de las comunidades, Víctor Villa, informó que apostarán por el diálogo. “Pese a la campaña de desinformación en contra de las comunidades, levantaron la protesta. Hay cierto optimismo por la propuesta de la PCM de declarar en zona de tratamiento especial el corredor minero”, señaló.

Desde ayer, los comuneros se retiraron de la vía, en el sector de Cruzpampa del distrito de Capaccmarca.

Sin embargo, la comunidad de Hatun Collana aún no decide su posición. “No podemos decidir de un día para el otro. Tenemos que consultar a las bases, somos más de mil comuneros que debemos reunirnos”, manifestó Daniel Collque, presidente de la comunidad.

La protesta en Collana es la más radical. Los comuneros tomaron posesión del corredor con la edificación de chozas. Este punto de la ruta minera sigue interrumpido.

Por su parte, la empresa Las Bambas aún no se pronuncia sobre si será posible restaurar sus operaciones con la tregua de ocho días en Chumbivilcas. El secretario del Sindicato de Trabajadores de Las Bambas, Erick Ramos, dijo que están a la espera de un comunicado oficial para saber sobre el futuro de la minera. Considera que la tregua de una semana es insuficiente.

Challhuahuacho sin actividades ni negocios

El cese de operaciones de Las Bambas hace seis días, convirtió a Challhuahuacho, distrito donde opera la minera, en un lugar desolado, sin las actividades comerciales que lo caracterizaban, situación que preocupa a las autoridades como al alcalde de Cotabambas, Rildo Guillén.

El gobernador regional de Apurímac, Baltazar Lantarón, sostuvo que Challhuahuacho está camino a convertirse en un “pueblo fantasma”. Considera que la declaratoria de emergencia del corredor minero es el camino para garantizar la continuidad de operaciones de Las Bambas.

Igualmente, la representante de la asociación de emprendedores, Sandra Guzmán, alertó del riesgo de que los negocios como restaurantes, hoteles, lavanderías, entre otros, quiebren.
https://larepublica.pe/sociedad/2021/12/23/las-bambas-desbloqueo-de-corredor-minero-es-solo-parcial-cusco-apurimac-lrsd/

Chile

Iniciativa Norma Popular Constituyente por la Nacionalización de la Gran Minería del cobre, litio y otros bienes minerales estratégicos

DISPOSICIONES PERMANENTES SOBRE LOS BIENES NATURALES Y MINERALES.

Nadie puede, en caso alguno, ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de ley general o especial que autorice la expropiación, por causa de utilidad pública o de interés nacional, calificada por el legislador. El expropiado podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio ante los tribunales ordinarios y tendrá siempre derecho a indemnización por el daño patrimonial efectivamente causado, la que se fijará de común acuerdo o en sentencia dictada conforme a derecho por dichos tribunales.
A falta de acuerdo, la indemnización deberá ser pagada en dinero efectivo al contado.
La toma de posesión material del bien expropiado tendrá lugar previo pago del total de la indemnización, la que, a falta de acuerdo, será determinada provisionalmente por peritos en la forma que señale la ley. En caso de reclamo acerca de la procedencia de la expropiación, el juez podrá, con el mérito de los antecedentes que se invoquen, decretar la suspensión de la toma de posesión.

Cuando el interés de la comunidad nacional lo exija, la ley podrá nacionalizar o reservar al Estado el dominio exclusivo de bienes naturales, bienes públicos, bienes de producción u otros, que declare de importancia preeminente para la vida económica, social o cultural del país.

Cuando se trate de nacionalización de actividades o empresas mineras de la Gran Minería, consideradas como tal las que produzcan más de treinta y seis mil toneladas de mineral en cualquiera de sus formas, la nacionalización podrá comprender a ellas mismas, a derechos en ellas o a la totalidad o parte de sus bienes. La nacionalización podrá también extenderse a bienes de terceros, de cualquier clase, directa y necesariamente destinados a la normal explotación de dichas actividades o empresas. El monto de la indemnización o indemnizaciones, según los casos, podrá determinarse sobre la base del costo original de dichos bienes, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. También podrá deducirse del monto de la indemnización el todo o parte de las rentabilidades excesivas que hubieren obtenido las empresas nacionalizadas. La indemnización será pagada en dinero, a menos que el afectado acepte otra forma de pago, en un plazo no superior a veinte años. El Estado podrá tomar posesión material de los bienes comprendidos en la nacionalización inmediatamente después que ésta entre en vigencia.

El Estado, en representación de los pueblos de Chile, tienen el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, comprendiéndose en éstas las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y las demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales, no obstante, la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas. Los predios superficiales estarán sujetos a las obligaciones y limitaciones que la ley señale para facilitar la exploración, la explotación y el beneficio de dichas minas.
Corresponde a la ley determinar qué sustancias de aquellas a que se refiere el inciso precedente, exceptuados los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el cobre, el litio, el oro, el molibdeno, el cobalto, y las tierras raras, pueden ser objeto de concesiones de exploración o de explotación. Dichas concesiones se constituirán siempre por resolución judicial y tendrán la duración, conferirán los derechos e impondrán las obligaciones que el Código de Minería exprese. La concesión minera obliga al concesionario a compensar el interés público que justifica su otorgamiento. Su régimen de amparo consistirá en el pago de una patente minera de una UTM por hectárea y la que la ley establezca para la pequeña minería, en beneficio exclusivo de las Municipalidades, Provincia y Regiones donde se ubiquen dichas concesiones, en la proporción que establezca el Código de Minería.

Será de competencia exclusiva de los tribunales ordinarios de justicia, declarar la extinción de tales concesiones y Las controversias que se produzcan respecto de la caducidad o extinción del dominio sobre la concesión serán resueltas por ellos; y en caso de caducidad, el afectado podrá requerir de la justicia la declaración de subsistencia de su derecho.

El derecho de dominio del titular sobre su concesión minera está protegido por la garantía constitucional de que trata este número.

La exploración, la explotación o el beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no susceptibles de concesión, podrán ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas. En el caso de la pequeña minería (hasta 36.000 toneladas/año), el Estado podrá otorgar concesiones administrativas al sector privado, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo. Tendrán una duración no superior a 20 años. Esta norma se aplicará también a los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional y a los situados, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional. El Presidente de la República podrá poner término, en cualquier tiempo, sin expresión de causa y con la indemnización que corresponda, a las concesiones administrativas.

Toda explotación de bienes minerales deberá realizarse en estricto cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas y naciones preexistentes, en particular, el derecho al consentimiento previo, libre e informado respecto de decisiones que afecten sus territorios o su supervivencia como pueblos. Igualmente, deberá protegerse el derecho de los pueblos indígenas y naciones preexistentes a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos.
Los pueblos interesados deberán participar, siempre que sea posible, en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.
Estos derechos se ejercerán en el marco de los principios de solidaridad entre los pueblos indígenas y de justicia intergeneracional.
Toda exploración y explotación de bienes minerales se desarrollará considerando su impacto sobre los territorios afectados, debiendo la valoración ecosistémica de tales impactos incidir sobre los criterios y dimensiones de su ejecución, en cumplimiento de los principios preventivo y precautorio en materia ambiental. En el caso de la Gran Minería, será obligación del titular de la exploración o explotación la protección, restauración y recuperación de los territorios y fuentes hídricas afectados por su actividad. No se podrá explotar minas a rajo abierto en zonas cercanas a los glaciares o peri glaciares cordilleranos.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS SOBRE LOS BIENES NATURALES Y MINERALES.

Por exigirlo el interés de los pueblos que habitan Chile y en su ejercicio del derecho soberano e inalienable a disponer libremente de sus riquezas y bienes naturales, en conformidad a lo dispuesto en el artículo X N° x incisos X de esta Constitución Política, nacionalízanse y decláranse, por tanto, incorporados al pleno y exclusivo dominio del Estado, en representación de los pueblos de Chile, las empresas que constituyen la Gran Minería del Cobre, del Litio y del Oro, considerándose como tales las que produzcan más de treinta y seis mil toneladas anuales de mineral en cualquiera de sus formas.
En virtud de lo dispuesto en el inciso anterior pasan al dominio nacional todos los bienes de dichas empresas y, además, los de sus filiales que determine el Presidente de la República.

El Estado tomará posesión material inmediata de estos bienes en la oportunidad que determine el Presidente de la República o el Congreso Nacional. El Presidente de la República, o el Congreso Nacional, tendrán como plazo máximo 6 meses desde la promulgación de la Nueva Constitución para implementar esta medida.

En conformidad al dominio patrimonial del Estado sobre todas las minas, no habrá lugar a indemnización alguna por los derechos sobre yacimientos mineros ya que por mandato Constitucional pertenecen al Estado de Chile. Dichos derechos serán inscritos sin otro trámite a nombre del Estado.

Para la nacionalización y la determinación de la adecuada indemnización se considerarán las siguientes normas:
a) Corresponderá al Contralor General de la República determinar el monto de la indemnización que deba pagarse a las empresas nacionalizadas y a sus filiales, conforme a las reglas que se expresan a continuación.
El Contralor General de la República reunirá todos los antecedentes que estime oportunos, pudiendo recabar de las empresas nacionalizadas y de toda autoridad, oficina o repartición del Estado, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, todas las informaciones y datos que estime necesarios o convenientes.
El Contralor General de la República deberá cumplir su cometido en el plazo de 120 días contados desde la Constitución entre en vigencia. Por resolución fundada, el Contralor podrá ampliar este plazo hasta por otros noventa días.
Las empresas afectadas por la nacionalización tendrán como único derecho una indemnización cuyo monto será el valor libro al 31 de Diciembre de 2021, según las normas del IFRS. Podrá deducirse del monto de la indemnización el todo o parte de las rentas excesivas que hubieren obtenido las empresas nacionalizadas.
b) Dentro del plazo de quince días, contados desde la publicación en el «Diario Oficial», de la resolución del Contralor que determine la indemnización, el Estado y los afectados podrán apelar ante la Corte Suprema.
La Corte Suprema apreciará la prueba en conciencia y fallará conforme a derecho, en única instancia y sin ulterior recurso. No procederá el recurso de queja.
c) Dentro del plazo de cinco días, desde que quede ejecutoriada la resolución que determine el monto de la indemnización, se remitirá copia de ella al Presidente de la República, quien fijará por decreto supremo su monto definitivo, de acuerdo con lo señalado en esa resolución. El Presidente de la República fijará, además, en dicho decreto supremo, el plazo, interés y forma de pago de la indemnización, no pudiendo ser el plazo superior a veinte años ni ser el interés inferior al tres por ciento anual. La indemnización será pagadera en dinero, a menos que las empresas nacionalizadas acepten otra forma de pago.
d) Será causal suficiente para suspender el pago de la indemnización la negativa a entregar los estudios, prospecciones, planos, informes, títulos, datos y otros bienes inmateriales necesarios para la normal explotación y para el cumplimiento de los planes previstos, y cualquier conducta tendiente a alterar la marcha normal de la explotación o de los planes mencionados, mediante su obstaculización o interrupción, que sea imputable directa o indirectamente a los afectados o sus socios.
Sobre la procedencia de esta suspensión decidirá el Tribunal a que se refiere la letra b), en la forma en que allí se expresa.
e) El monto de las cuotas de la indemnización podrá ser compensado con las deudas que las empresas nacionalizadas tuvieren con el Fisco, con organismos del Sector Público o con instituciones de Previsión, que fueren líquidas y exigibles a la fecha del pago de las respectivas cuotas.
f) Los socios o accionistas de las empresas nacionalizadas no tendrán otros derechos que hacer valer, sea en contra del Estado, sea recíprocamente entre ellos, que el de percibir la cuota o parte proporcional que les corresponda dentro de la indemnización que reciban las respectivas empresas.
g) El capital de las empresas nacionalizadas, pasa al dominio del Fisco, de la Corporación Nacional del Cobre de Chile y de la Corporación de Fomento de la Producción, en la proporción que fije el Presidente de la República por decreto supremo. En consecuencia, dichas instituciones son los únicos socios en las sociedades afectadas por la nacionalización. Las sociedades así integradas son las continuadoras legales de las empresas nacionalizadas.
h) Los Directorios de las empresas nacionalizadas deberán ser compuestos por representantes designados por el Presidente de la República; por los trabajadores de la minería (electos democráticamente entre profesionales, mineros de planta y subcontratistas); por las vocerías de las comunidades, poblaciones y pueblos indígenas afectados por la Gran Minería y representantes técnicos y científicos de las Universidades Estatales. Tal composición deberá tener como un principio la democracia en la toma de decisiones al interior de tales empresas, de manera que ninguno de los sectores representados, por separado, tenga la mayoría absoluta en la composición de tales directorios.
i) Para todos los efectos legales, los trabajadores de las empresas nacionalizadas, conservarán su antigüedad, la que se seguirá contando desde la fecha de su contratación por la respectiva empresa nacionalizada.
j) Todas las empresas nacionalizadas, incluida la Corporación Nacional del Cobre de Chile, tendrán un plazo de 5 años para fundir y refinar –con las tecnologías más limpias y menos contaminantes existentes a la fecha- toda su producción en Chile y no podrán exportar minerales, en bruto, concentrados o barros anódicos, salmueras o carbonato de litio.
k) Las industrias estratégicas nacionalizadas deberán, de forma progresiva, desarrollar y elaborar productos -en base a nuestros bienes naturales y mineros- con los diferentes niveles de valor agregado según las necesidades y los requerimientos propios de la economía y el bienestar del país.

L) Los excedentes generados por las empresas de la Gran Minería Nacionalizada deberán invertirse prioritariamente en las demandas sociales de los pueblos de Chile y las comunidades afectadas por la Gran Minería. Como mínimo, queda establecida la inversión de un 10% de los excedentes de las empresas nacionalizadas y la Corporación Nacional del Cobre en las Comunas, Provincias y Regiones de dónde son extraídos los minerales; un 20% directamente para vivienda, salud y educación y un 20% a un Fondo Nacional de inversión en desarrollo productivo sustentable y reparación de daños causados a la naturaleza.

Artículo transitorio número a determinar. La gran minería del cobre y las empresas consideradas como tal, nacionalizadas en virtud de lo prescrito en la disposición 17a. transitoria de la Constitución Política de 1925, continuarán rigiéndose por las normas constitucionales vigentes a la fecha de promulgación de esta Constitución.

Artículo transitorio número a determinar. Derógase la Ley 18.097 Orgánica Constitucional de Concesiones Mineras y la Ley 20.392. Se derogan todas las disposiciones del Código de Minería (ley 18248) que estuvieran en contradicción con las disposiciones de la Nueva Constitución.