... O sobre el momento adecuado para consultar medidas legislativas
Por Marco Huaco Palomino*
A la pregunta del título, la respuesta es: los proyectos de ley y las resoluciones legislativas deben consultarse entre la primera y la segunda votación de un dictamen (sea por el Pleno o por el Consejo Permanente). Ello, para estar de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y al derecho parlamentario y constitucional peruano.
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