Hace unas décadas se podía expropiar tierras para el desarrollo de proyectos mineros. Lo podía hacer no sólo el Congreso sino también el Ejecutivo. Hoy en día esto ha cambiado pues para los proyectos mineros se requiere contar con un acuerdo previo con el propietario –individual o comunal– del terreno superficial o, en su defecto y en casos muy particulares, una servidumbre impuesta por el Ministerio de Energía y Minas.
Por su parte, sobre la propiedad comunal, el artículo 89º de la Constitución señala que las Comunidades Campesinas y Nativas son autónomas en el uso y la libre disposición de sus tierras, dentro de lo que la ley establece.
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El director ejecutivo del Fondo Humanitario de la unión y líder del Departamento Nacional de Asuntos Globales y Laborales, Doug Olthuis, dijo que desde el 14 de febrero iniciaron una investigación en donde constataron violaciones por parte de la empresa.
Laura Ramírez, activista canadiense, se pronunció en contra de las empresas mineras que saquean los recursos naturales de comunidades pobres del estado de Oaxaca, siendo el caso de la empresa minera Cuzcatlán de la canadiense Fortuna Silver Mines, que inició sus operaciones sin el consentimiento de la comunidad.