Las comunidades agrupadas bajo la organización de “Comunidades Autónomas Indígenas de Huasco Alto” solicitaron al secretario regional ministerial de la región de Atacama, el pasado 10 de diciembre, suspender en virtud a lo señalado en el inciso segundo del Articulo 18 del Decreto Supremo 66, que contiene el reglamento sobre Consulta Indígena. Suspender el proceso de consulta que se esta desarrollando solo con la parte empática y progobierno del pueblo Indígena Diaguita respecto de los proyectos de ley que proponen la creación de Ministerios y Consejo o Consejos de Pueblos Indígenas, fundamentando que el proceso no ha gozado de buena fe, no ha sido apropiado y no se ha ajustado a los estándares internacionales de los derechos de los pueblos indígenas.
El Secretario Regional Ministerial de Desarrollo Social, Eric Ordenes Mardones respondió señalando que “en función de respetar el itinerario que las Comunidades del Pueblo Diaguita participantes de este proceso se han auto impuesto y además por el escaso margen de gestión que su solicitud nos exige, es que no nos cabe la potestad de suspender el compromiso que esta SEREMI ha suscrito.”