El ‘No’ a la minería ha ganado en nueve municipios colombianos a través de consultas.
Los ambientalistas del departamento del Tolima se mostraron sorprendidos y hasta ‘preocupados’ luego que la Corte Constitucional resolviera una tutela a favor de la multinacional Mansarovar Energy, la cual pedía se tumbara una decisión del Tribunal Contencioso Administrativo del Meta, que permitió que siguiera adelante una consulta popular que terminó frenando la extracción de petróleo en Cumaral.
Robinson Mejía, integrante del Comité Ambiental del municipio de Cajamarca, donde los ciudadanos en marzo de 2017 dijeron no a la minería a través del mecanismo de la consulta popular, afirmó que “la Corte Constitucional ha hecho un proceso de regresión al derecho a la participación de las comunidades en temas minero energéticos ya que quiere restringir las consultas, y eso viola tratados internacionales en materia de derechos”.
Aseguró que la sentencia de la Corte “desconoció sus propias jurisprudencias” y agudiza el conflicto en los territorios con proyectos mineros como el Cajamarca, “porque al quitar la posibilidad de resolver los conflictos de manera democrática, lleva a que los ciudadanos acudan a las vías de hecho”.
Aclaró que la sentencia no tiene incidencia en la consulta de Cajamarca, “pero sí nos pone en alerta porque tras esta decisión van a querer invalidar las demás consultas”.
También considera que la magistrada ponente, Cristina Pardo, “está impedida para tratar el tema” por haber hecho parte del gobierno del expresidente Juan Manuel Santos y “haber promovido decretos que limitaban la consulta popular”.
Luis Carlos Hernández, integrante de la ONG Ecotierra, en Tolima, señaló que “respetamos la sentencia de la Corte Constitucional, pero no la compartimos porque desconoce la soberanía constitucional del pueblo a decidir en las urnas el futuro de su territorio”.
Acudirán a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Washington, y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José de Costa Rica, para buscar que les garanticen el derecho constitucional a gozar de un ambiente sano consagrado en el artículo 79 de la Constitución de 1991.
“Pediremos se dicten medidas cautelares inmediatas en cuanto a la protección de la consultas popular para minería en Colombia”, dijo.
El ambientalista considera que «el país pasó de una Corte liberal, en el sentido del reconocimiento de los derechos fundamentales, a ser una Corte conservadora, pues restringe derechos fundamentales, como pasa ahora con la sentencia de Cumaral, en Meta”.
Aseguró que el Estado es dueño del suelo, y la Nación del subsuelo, “pero los ciudadanos que vivimos en los municipios también somos dueños del subsuelo y, además, tenemos el derecho a decidir sobre el uso de los recursos naturales no renovables, a través del mecanismo de la consulta popular”.
Considera que las consultas en Cajamarca y Piedras no se verán afectadas por esta sentencia pues no es retroactiva y, según él, fueron realizadas ajustadas a la Constitución y las leyes 134 de 1994 y 1757 del 2015 que reglamentaron los mecanismos de participación ciudadana.
Recordó que el No a la minería ha ganado en 9 consultas realizadas en Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Quindío), además de Sucre y Jesús María (Santander).
También señaló que el domingo 21 están programadas consultas mineras en Fusagasugá y San Bernardo, en Cundinamarca.
Fuente:https://www.eltiempo.com/colombia/otras-ciudades/ambientalistas-hablan-sobre-decision-de-la-corte-sobre-consultas-mineras-280184



Un grupo de representantes de varias comunidades del Estado de Morelos se pronunciaron este jueves porque el Gobierno Federal, que encabezará Andrés Manuel López Obrador, cancele todo los proyectos de minería en la entidad.
Ginebra,
Diez días de caminata por el agua, la vida y en defensa de los territorios indígenas. Es
Con tristeza, el Comité de la Consulta Popular contra la minería en Córdoba recibió la noticia del fallo de la Corte Constitucional que «inhabilita» las consultas para prohibir la minería en los territorios.
La Corte Constitucional determinó que las consultas populares no pueden frenar proyectos de minería extractiva en donde se realizan porque el subsuelo es propiedad del Estado, decisión que no afecta a las que ya se hicieron.

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la Ley No. 9 de 1997, por la cual se aprueba el contrato celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Petaquilla, S.A., ha dado mucho de qué hablar en los últimos días. Como era de esperarse, la Cámara Minera de Panamá y la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura han salido a la palestra pública señalando que la ley es inconstitucional, más no el contrato. Eso no nos sorprende en lo absoluto, pues dichos gremios tienen como norte la promoción de los negocios y la inversión. Sin embargo, tenemos al ministro de Comercio e Industrias que velozmente se reúne a puerta cerrada con el sector minero y publica un comunicado mediante el cual señala que el fallo solamente afecta la ley declarada inconstitucional, más no el contrato, resaltando que es prioritario defender la seguridad jurídica de la inversión. Con igual opinión y rápidamente se manifestó el ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, desconociendo con ello su deber básico e irrenunciable como servidores públicos de cumplir y hacer cumplir la ley.
Poco a poco, el fondo marino de la Ensenada de Chapaco comenzó a cubrirse con un manto arenoso. Héctor Zuleta ya no podía mariscar entre las cuevas, los cerros y los bosques, que “al igual como existen en la tierra, existen en el mar” porque “todo eso quedó tapado” y los pescadores y mariscadores tuvieron que ir a buscar otros lugares donde trabajar. Cuando Héctor Zuleta escuchó decir a la autoridad ambiental que “tal disminución de recursos puede ser atribuible a la permanente descarga de relaves recibida en dicho sector marino, proveniente de la actividad de la planta de pellet”, él solo confirmo algo que ya sospechaba.
En seguimiento en materia de Protección de los y las Defensores de Derechos Humanos, posterior a la participación de Panamá en el 165 Período de Sesiones, en Montevideo, Uruguay ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sobre “Criminalización de la protesta y el acoso jurídico de defensores, con complicidad de las autoridades y agentes de la autoridad, en distintas formas de violencia”.
Inversiones chinas en Perú es un documental interactivo que analiza el comportamiento de cuatro empresas mineras chinas en Perú: Las Bambas, Shougang, Chinalco y Río Blanco Cooper, en cuanto a derechos humanos, derecho laboral y sindical, derecho a la tierra, el territorio; derecho a la vida, a la integridad.