Latinoamerica

Empresas chinas violan derechos humanos en cinco países de la región

En noviembre próximo, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) evaluará la situación de los derechos humanos de la República Popular China, tanto dentro como fuera de su territorio, donde se llevan a cabo inversiones de sus empresas públicas.

Frente a ello, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA) presenta un informe en la que se detallan las violaciones de derechos humanos en cinco países latinoamericanos como consecuencia de grandes proyectos de infraestructura de capitales chinos.

El Informe sobre vulneración de derechos humanos de pueblos indígenas en la cuenaca amazónica contó con el apoyo técnico de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), la Asociación Ambiente y Sociedad (AAS), el Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA) y CONECTAS Direitos Humanos.

Así, entre los países afectados se encuentran Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Brasil.

Arco Minero del Orinoco

Venezuela y China consolidaron sus relaciones diplomáticas a través de la Asociación Estratégica por el Desarrollo Conjunto, que buscó la firma de acuerdos con énfasis en los sectores de energía y minas, infraestructura, entre otros que impulsen el desarrollo económico y social de Venezuela.

Para ello, se creó el Fondo de Financiamiento Conjunto Chino-Venezolano para brindar el financiamiento de los proyectos mediante el Banco de Desarrollo de China (BDC). En el marco de dicho Fondo, se creó la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional “Arco Minero del Orinoco”.

Con una extensión de 111 mil 843,70 kilómetros cuadrados, el Arco Minero fue creado para la exploración y explotación minera a gran escala y abarca los estados de Bolívar y Amazonas. Sin embargo, sus áreas se superponen a territorios indígenas.

Entre los pueblos afectados se encuentran los Inga, Mapoyo, Eñepá, Kariña, Arawak, Akawako, Baniva, Piaroa, Yekuana y Jivi. Asimismo, afecta al territorio ancestral de los Eñepá y Jodi o Joti, dos pueblos en contacto inicial que serían desplazados.

El proyecto se divide en cuatro áreas. De ellas, el área 1, donde predomina el coltán, será explorado y explotado por la empresa china Camc Engeenering Co. Ltd. (CAMCE). Por su parte la empresa Yankuang Group Co. Ltd. (Yankuang) explorará y explotará el área 4 donde predomina oro, bauxita, cobre, caolín y dolomita y abarca la Reserva Forestal Sierra de Imataca.

“El proyecto ha generado oposición de diversas organizaciones indígenas por alterar su modo de vida tradicional e incumplir con la participación, consulta y consentimiento de las comunidades indígenas que se verán afectadas, así como por inexistencia del Estudio de Impacto Ambiental”, sostiene el informe.

El incumplimiento de dichas obligaciones generó la movilización de defensores indígenas de derechos humanos. En este contexto, Freedy Menare, líder indígena y fundador de la Organización Indígena Pueblo Uwotujja del Sipapo del estado de Amazonas, fue asesinado de un disparo en la espalda.

Bloque Petrolero el Nogal

Así como sucedió con Venezuela en su momento, Colombia y China fundaron la Asociación Empresarial Colombo China. Para ello nombraron a Emerald Energy PLC Colombia, empresa contratista para la exploración y explotación del Bloque Petrolero el Nogal (BPN), como socia.

De acuerdo con el informe de COICA, dicha empresa es actualmente filial de Sinochem que tiene su sede en Beijing, China. Además, denuncia que el proyecto BPN “adolece de irregularidades que implican violaciones de derechos humanos”.

Según el contrato firmado en el 2012, la empresa contratista se comprometió a explorar un área de 239 mil 415 hectáreas en los municipios de Albania, Belén de los Andaquíes, el Paujil, Florencia, Milán, Montañita, Morelia y Valparaíso en el departamento de Caquetá.

Sin embargo, a pesar de que se identificó la presencia de comunidades indígenas Juan Tama y cabildo la Pradera y los resguardos indígenas Witack Kiwe, Gorgonia y Getuchá, la empresa redujo el área presentado inicialmente y declaró que no existía ninguna comunidad étnica.

“Ello, demuestra la mala fe de la empresa estatal china en el proceso de contratación y obtención de certificaciones para evadir responsabilidad de aplicación de derechos de los pueblos inicialmente identificados”, denuncia COICA.

Proyecto Cóndor Mirador

El informe también da detalles sobre el primer contrato de explotación minera a gran escala que firmó Ecuador con la empresa Ecuacorriente S. A. en la Cordillera del Cóndor, declarada como “área de bosque y vegetación protectores” y además se superpone al territorio ancestral de la nacionalidad indígena Shuar.

Ecuacorrientes es subsidiaria del consorcio chino CRCC-Tongguan. Este, a su vez, está conformado por las estatales chinas Tongling Non-Ferrous Metals y China Railways Construction Corporation.

En el 2014, el proyecto realizó los primeros desalojos forzosos. De acuerdo con el informe, la empresa ECSA con la participación del Estado y las fuerzas públicas, “destruyeron de forma ilegítima la iglesia y la escuela de la comunidad de San Marcos, parroquia Tundayme, cantón El Pangui en la provincia Morona Santiago.

El segundo desalojo violento de 16 familias ocurrió en el 2015. El hecho se repite en el 2016 con 10 familias que vivían en la vía del Cóndor y luego con la familia wari. El resultado fue el “desalojo de más de 30 familias del pueblo indígena Shuar sin su consentimiento previo, libre e informado”.

Lote 58

En el caso peruano, el informe enfatiza en el Lote 58, un lote petrolero ubicado en la selva sur del Cusco con un gran potencial gasifico de la Cuenca Ucayali y Madre de Dios. Dicho lote, cuenta con PETROBRÁS ARGENTINA S. A. como la contratista para la exploración y explotación.

Además, en PETROBRÁS, la empresa China National Petroleum Corporation PERU S. A. (CNPC) cuenta con el 100 por ciento de participación.  Actualmente, CNPC es el mayor productor y proveedor de petróleo y gas de China.

Sin embargo, pese a que la empresa no existe un proceso de consulta previa de las comunidades en el área del lote, la empresa “ya reprocesó líneas sísmicas 2D y perforó cuatro pozos exploratorios en Urubamba, Picha, Taini y Paratori, con lo cual está a puertas de iniciar la fase de explotación”.

Las áreas a consultar son Tangoshiari, Carpintero, Kochid, Camisea, Puerto Huallana, Mayapo, Ticumpina, Camana, Timpia, Chirumbia, Cashiarí, Segakiato, Shivankoreni y Poyenterami, además se superpone a la Reserva Comunal Machiguenga.

“En este caso, nuevamente se ha vulnerado el derecho de consulta previa, lo cual era de conocimiento de CNPC previa a la compra de Petrobrás”, denuncia el informe.

Represas en Brasil

Las hidroeléctricas Teles Pires y Sao Manoel, son dos de las cuatro represas en operación que se encuentran sobre el río Teles Pires, en Brasil. La primera fue adjudicada a la empresa china State Grid y la segunda, a la empresa estatal China Three Gorges Corporation (CTGC).

De acuerdo con el informe, dichas empresas, que no realizaron ningún proceso de consulta ni consentimiento, afectan las condiciones de vida de los pueblos indígenas Kayabi, Apiaká y Munduruku de la Tierra Indigena Kayabi, ubicada aguas abajo.

Además, denuncia que la represa Teles Pires inundó el lugar sagrado “Siete caídas” de extrema importancia cultural y religiosa para el pueblo Mundukuru, ya que ahí vive la Madre de los Piscis, un músico llamado Karupi.

“Todo ello ha significado la violación al derecho a la identidad de este pueblo y con ello la afectación del derecho a participar en la vida cultural que comprende el derecho a elegir su identidad y ejercer sus propias prácticas culturales”, sostiene el informe.

Acceda al informe completo aquí

 Fuente:https://www.servindi.org/actualidad-noticias/30/05/2018/informe-evalua-la-violacion-de-derechos-humanos-por-empresas-chinas
Perú

Minero sentenciado por contaminar ambiente quiere gobernar Puno

Se trata de Alexander Flores Pari, quien fue sentenciado junto con su socio César Chambi Masco a cuatro años de prisión efectiva por daños al medio ambiente. El 19 de junio se confirmará de manera oficial su candidatura.

Alexander Flores Pari pretende postular por segunda vez al Gobierno Regional de Puno. Este precandidato fue sentenciado por daños al medio ambiente en el distrito Ananea, ubicada en la provincia puneña de San Antonio de Putina.

De acuerdo con el reportaje del portal de investigación Ojo Público, en 2012, el Ministerio Público inició una investigación contra el aspirante al gobierno regional y su socio César Chambi Masco por “realizar vertimientos en las aguas terrestres del río Inambari-Ananea, causando daños a la calidad ambiental”.

Ambos fueron condenados a cuatro años de prisión efectiva y al pago de una reparación civil de un millón de soles. Sin embargo, el proceso fue archivado.

Ananea es el principal foco de contaminación del río Ramis. Según el portal, 30 mil cabezas de ganado murieron por el consumo de agua contaminada.

A esta denuncia se suma los nexos que tiene con la Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) de Puno. Pues, su ahijado Rubén Palacios Mamani se desempeña como director de Medio Ambiente de la DREM.

Actualmente, Flores es titular de la concesión Roma 1 2015, ubicada en Lampa. El 19 de junio se confirmará de manera formal su candidatura al Gobierno Regional de Puno.

Usted puede leer el reportaje completo de Ojo Público aquí.

Fuente:https://www.servindi.org/actualidad-noticias/30/05/2018/minero-contaminador-pretende-postular-por-segunda-vez-al-gobierno

Costa Rica

Organizaciones y personas de pueblos originarios cuestionan mecanismo de consulta indígena

El Gobierno firmó un decreto en marzo pasado, que echó a andar un mecanismo de consulta a pueblos indígenas, para que se consulte a las personas que habitan en alguno de los 24 territorios indígenas, antes de realizar proyectos que afecten sus derechos colectivos.

Sin embargo, organizaciones y habitantes de tres territorios se abstuvieron de participar porque cuestionan cómo está formulado y aseguran que violenta sus derechos como territorios de pueblos originarios, y que violenta convenios internacionales y legislación nacional.

También manifestaron su recelo por la participación de personas no indígenas en la construcción del mecanismo (la llamada pre-consulta), por quiénes integrarán las instancias territoriales y por que pasaría si en las consultas participan personas no indígenas que viven en los territorios, como parte de la problemática de usurpación de tierras.

El Gobierno respondió a Voces Nuestras varias de estas consultas, a través de la oficina de prensa de Casa Presidencial.

 

Gobierno firma decreto después de un largo y cuestionado proceso

El 6 de marzo de este año el Gobierno firmó el decreto 40.932, que dejó en firme el Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenas. Esto se hizo por presión y recomendaciones de la Relatoría Especial sobre Pueblos Indígenas de la Organización de Naciones Unidas (ONU). Después de dos años de reuniones y talleres (pre-consulta), el Gobierno logró que personas de territorios indígenas suscribieran una guía con ocho pasos para realizar una consulta. Estos son:

  • solicitud de la consulta;
  • admisibilidad de la solicitud de la consulta;
  • acuerdos preparatorios;
  • intercambio de información;
  • evaluación interna del pueblo indígena;
  • diálogo, negociación y acuerdos; finalización del proceso;
  • y cumplimiento y monitoreo de acuerdos.

Reynaldo Morales Mayorga, indígena bribri del territorio indígena Iriria Bribri Sä Kä (conocido como Cabagra), piensa que la consulta empezó mal porque cuestionan la representatividad de quienes terminaron aprobando el mecanismo en la pre-consulta.

“La información a los pueblos originarios debe enfocarse en las organizaciones que existen dentro del territorio. Por ejemplo, nosotros como organización analizamos un punto del convenio 169, artículo 6 , que habla de la consulta, y se refiere a la consulta con sus instituciones, con ‘sus’, no con ‘su’”, explicó Morales, quien pertenece al Consejo de Mayores Originarios Iriria Bribri Sä Kä.

Agregó que “es un impacto negativo hacia la comunidad indígena en el sentido de que en los territorios indígenas, en el caso el de nosotros, hay muchos usurpadores que son no indígenas”.

Y afirmó que es un proceso negativo “porque para hablar de una consulta, se tiene que tener previo la información, el consentimiento de la comunidad y la libre determinación de la comunidad, que no se ponga obstáculos, que no se hagan obras de las que se están haciendo con la Asociación de Desarrollo. Eso viene a minimizar a la comunidad originaria. Tiene que haber una información en el idioma, tiene que haber una información en español, tiene que haber varias sesiones de trabajo”.

Mariana Delgado Morales, indígena bribri de Río Azul, comunidad en el territorio indígena de Salitre, opinó:

“En cuanto a la consulta, de mi parte yo tengo muchas dudas y yo siento que es una manipulación más del Gobierno porque nosotros, el pueblo bribri de Salitre, le hemos pedido al Gobierno que primeramente haya un saneamiento territorial, que se hagan los desalojos que ya están por ser ejecutados. No hemos recibido respuesta y entonces más bien creemos que la consulta nos va a perjudicar; no es nada favorable para nosotros”, informó,

“Vea, yo me enteré que vinieron y estuvieron reunidos con un pequeño grupo; pero creo que eso no es una pre-consulta. Yo entiendo por consulta que es todo el territorio indígena. Si lo quieren hacer así, es un juego más, una burla más para los bribris porque diay, no sirve así que ellos se reúnan nada más con un sector, con un grupo. Si lo van a hacer que sea con toda la población indígena bribri de Salitre”, sentenció.

Don Felipe Figueroa Morales, indígena bribri, de Salitre, manifestó: “El proceso de consulta indígena es negativo porque el Estado costarricense está bajo las medidas cautelares por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que solicitó al Estado costarricense que hiciera el saneamiento territorial del territorio bribri de Salitre, para que pudiera hacer la consulta. Esto no se cumplió”.

Figueroa Morales señaló que “en la consulta participaron personas no indígenas, un grupo muy reducido dentro del territorio y en la comisión están representando personas no bribris dentro del territorio”.

“Como al Gobierno le interesan algunos proyectos como el Diquís y otros proyectos que él tiene en camino, quiere quitarnos a nosotros, eludir responsabilidades o quitar derechos a nuestros pueblos. En este caso al Gobierno le importó sólo que la consulta vaya, ¿verdad? Pero en realidad no ha sido beneficioso. Ha creado incertidumbres. Ha creado problemas para nuestros territorios. Lo que hizo es una exclusión, definitivamente, de derechos”, dijo Figueroa Morales, integrante del Consejo Ditsö Iriria Ajkonuk Wakpa (Consejo Cuidadores de la Tierra).

 

La conformación de las Instancias Territoriales

El mecanismo crea la Unidad Técnica de Consulta Indígena, que estará en el Ministerio de Justicia y Paz, responsable de liderar todas las consultas desde el Gobierno. En cada territorio habrá una Instancia Territorial, designada por la comunidad y encargada de la logística de las consultas.

Pero surgen preguntas sobre quiénes y cuántas personas la forman, cómo se escogen estas personas y si tendrán más peso las Asociaciones de Desarrollo Integral Indígenas (ADIIs), en lugares donde se cuestiona su representatividad y se discrimina a las organizaciones ancestrales.

Según don Felipe Figueroa, “ahorita el Gobierno tiene miradas maliciosasporque siento que sólo va a consultar a las Asociaciones de Desarrollo o ADIIs, que es un grupo muy reducido”. “Si fuera el caso, nosotros en el territorio no aceptaríamos ninguna consulta porque el Gobierno no hizo ninguna pre-consulta en nuestros territorios”.

De acuerdo con la respuesta enviada por Casa Presidencial, las instancias de territoriales de consulta “se elegirán respetando la autonomía de cada territorio”.

“El decreto sólo establece que cada territorio podrá escogerla según sus costumbres, criterios internos y particularidades culturales. No se establece un número de personas, precisamente para respetar la particularidad cultural, estructural, geográfica y demográfica de cada territorio. Los mismos miembros de la comunidad o sus instituciones podrán promover este proceso. Las ADIIs son una más de las instituciones de representación. Según el Decreto, deberán ser tomadas en cuenta; pero no tendrán, necesariamente un rol protagónico, a menos que el mismo territorio lo decida así”.

La participación de personas no indígenas que viven dentro de territorios

Otra duda es cómo se confirmará que las personas que voten en una consulta son indígenas y de esta forma, que quienes votan sobre un proyecto o no, son verdaderos integrantes de ese pueblo originario.

“Es que esa es la gran razon”, declaró don Felipe Figueroa, de Salitre. “Por eso nosotros nunca hemos estado en favor de la consulta, porque habíamos dicho que una vez retirados los no indígenas dentro del territorio, ya el pueblo podía sentarse con el Gobierno a hacer la consulta; pero más antes no, porque va a haber esa situación. Por lo tanto, nuestra lucha va a seguir constantemente contra este proceso”, aseveró.

De acuerdo con el Gobierno, las consultas indígenas son procesos participativos de diálogo cuyo fin es lograr el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos o alcanzar acuerdos con respecto a una medida propuesta. “Las consultas no son procesos electorales, sino procesos en donde la comunidad busca un acuerdo con el Estado, sobre la base de información clara y adecuada a las particularidades de cada pueblo. Las decisiones que se tomen en cada pueblo tomarán en cuenta sus tradicionales formas de toma de decisión. Cada pueblo determinará sus propias formas para determinar quiénes son indígenas y por lo tanto quienes participan en los procesos de consulta”.

Asimismo, se le consultó al Gobierno qué pasará con los territorios de Alto Chirripó, Salitre y Cabagra, que decidieron no participar en el mecanismo y qué pasa si hay que consultar proyectos que les afectarían.

Según la respuesta de Casa Presidencial, solamente Alto Chirripó no participó en el proceso. “El proceso se implementó en Salitre y Cabagra y se tienen registros de su participación. Posiblemente haya sectores de esos territorios que decidieron no participar, lo cual es totalmente respetable”.

Qué pasó en Alto Chirripó? Las y los habitantes de este territorio indígena, ubicado en Turrialba interpusieron un recurso de amparo contra el proceso. El 8 de setiembre los magistrados ordenaron al Gobierno repetir tres reuniones en esa comunidad, para informar y pedir opinión a sus habitantes.

Sin embargo, en la comunicación de Casa Presidencial se informó que esperan una solicitud de aclaración a la Sala Cuarta, para determinar los alcances de ese fallo. “El Gobierno mantiene los canales abiertos para acatar el fallo y continuar con las vías del diálogo para que todos los territorios participen en el disfrute de este derecho”, se lee.

De acuerdo con el Gobierno, ahora trabaja en terminar de conformar la Unidad Técnica de Consulta Indígena en el Ministerio de Justicia y Paz; apoyar la conformación de la Instancias Territoriales; apoyar la formulación de los reglamentos internos de consulta indígenas en los territorios que lo requieran; procesos de capacitación a las instituciones públicas; y capacitación a las organizaciones de los territorios indígenas.

Pero la percepción de Reynaldo Mayorga, de Cabagra, es otra. “El Consejo de Mayores Originarios Iriria Jtecho Wakpa (de Cabagra) mandó una nota a la Oficina del proceso de consulta, diciendo que se abstiene de participar en el proceso de consulta, porque está mal formulado, porque está violentando los derechos como territorio, se están violentando los convenios, se está violentando la legislación nacional sobre pueblos indígenas, se está violentando la Declaración Universal de las Naciones Unidas para los Pueblos Originarios. Por eso es que la organización, junto con parte de la población, tomó la decisión de no ser parte de ese proceso de consulta”.

“Pero no sabemos nada porque nunca respondieron. La técnica de los representantes del estado, gobierno, instituciones estatales, es no responder, guardar el silencio. Eso es todo, como quien dice, nosotros hacemos y ustedes aceptan o aceptan”, denunció Morales Mayorga.

Fuente:http://movimientom4.org/2018/05/organizaciones-y-personas-de-pueblos-originarios-cuestionan-mecanismo-de-consulta-indigena/

Argentina

Argentina. Inventario de Glaciares Revela Impactos Mineros

Luego de 8 años desde la promulgación de la primer ley del mundo que protege a los más significativos reservorios hídricos (los glaciares) del país y del planeta, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), publicó un inventario oficial de la criósfera argentina (el mundo del hielo), constatando que hay según el relevamiento, casi 17,000 glaciares en el territorio Argentino. Hoy sabemos oficialmente que provincias que históricamente nunca fueron relacionadas en el pensar colectivo con el hielo tales como Jujuy, Salta, La Rioja, Tucumán, Catamarca y San Juan poseen glaciares en su territorio y que son muchos. El relevamiento también reveló oficialmente que al menos 3 proyectos mineros actualmente en consideración se encuentran en violación de la ley ya que empresas mineras están realizando obras que dañan glaciares identificados en el inventario.

La pregunta que se hacen hoy muchos ambientalistas y defensores de la Ley de Glaciares, y que saben que el gobierno de turno quiere eliminar la ley para dar vía libre a la minería es ¿qué se esconde detrás de este inventario oficial?  

Argentina es el único país del mundo que cuenta con una ley específica para la protección de glaciares y ahora es el primer país en completar un inventario oficial de sus cuerpos de hielo. Ya había habido un intento de promulgar una ley en el año 2008 liderado en ese momento por la Secretaria de Ambiente Romina Picolotti quien silenciosamente acompañó el proyecto de ley que recibió apoyo unánime en el Congreso Nacional. Sin embargo el fuerte lobby minero incidió en lograr el veto presidencial de la entonces Presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, provocando la salida de su gobierno de la Secretaria de Ambiente, quien primero había asegurado que se incluyera la prohibición de realizar minería en zona de glaciares, la obligación de realizar el inventario nacional y la designación de la autoridad de aplicación a la Secretaria de Ambiente de la Nación, una forma de garantizar que ninguna actividad industrial interfiriera en zonas protegidas sin revisación previa por la autoridad ambiental federal, ya que en las provincias mineras como San Juan, incomprensiblemente, se reservan los controles ambientales al Ministro de Minería.

El inventario oficial si bien es efectivamente un importante paso hacia la protección del recurso, aún deja desconforme a la comunidad científica y a la sociedad civil que viene reclamando la aplicación de la ley para la protección de los glaciares argentinos. Tal es así que se está dirimiendo en la justicia una causa penal que tiene por el momento a 5 funcionarios públicos procesados penalmente por no cumplir con la ley—principalmente por no proteger al recurso de hielo, por tomar medidas arbitrarias que limitan la protección a glaciares, y más específicamente por no tomar las medidas idóneas para asegurar que industrias como la minería no impacten en los glaciares y en el ambiente periglacial. La aplicación de la ley, recordemos corresponde al Ministerio de Ambiente hoy presidido por Sergio Bergman.

 

El primer problema a la vista es que el Inventario de Glaciares está incompleto.

Es un punto clave. El actual inventario no registra glaciares menores a 1 hectárea a pesar de que la ley lo ordena. Estos glaciares pequeños tienen una significativa contribución hídrica, y es por ello que la Ley de Glaciares los incluye como recurso protegido. Consideremos que un glaciar de 1 hectárea (aproximadamente el tamaño de una cancha de futbol), posee el agua que necesita una familia de cuatro personas durante casi 4 décadas. La Ley de Glaciares protege a estos recursos hídricos relativamente pequeños porque en su conjunto representan un enorme valor hídrico, quizás más aun que los glaciares más grandes. Sin embargo el Gobierno decidió no registrar estos glaciares en el inventario.

Otro punto clave es que el inventario solamente registra una pequeña porción del ambiente periglacial. El Ambiente Periglacial es una extensa franja de suelos saturados en agua en la alta montaña que está congelada. El ambiente periglacial es clave en términos de abastecimiento hídrico ya que se congela y se descongela cíclicamente. El límite inferior del ambiente periglacial está permanentemente aportando agua al ecosistema, y por eso, es tan critico para la hidrología de las zonas de montaña. La ley de glaciares protege a todo el Ambiente Periglacial pues para los Andes Centrales de la Argentina, su rol en abastecer a las cuencas hídricas de todo el país, es fundamental. La controversia con el inventario es que el Gobierno decidió no incluir a todos los elementos del Ambiente Periglacial.

 

El segundo problema que ahora cae de maduro es el conflicto que revela el Inventario de Glaciares con la Minería

El Inventario de Glaciares Oficial publicado ayer revela finalmente lo que venimos denunciando hace ya una década, que hay glaciares y ambiente periglacial donde hay minería. Ya no es un reclamo de las ONGs, o de ambientalistas acusados por empresas de ser extremistas, ahora lo dice la máxima autoridad en glaciología del país. También sabemos que el gobierno federal liderado por el Ministro de Energía José Aranguren y por su equipo minero extraído de la provincia de San Juan, pretende modificar la ley de glaciares para dejar avanzar la minería sobre zonas que hoy sabemos que tienen glaciares y que están protegidas por ley. El Inventario no lo dice textualmente, pero no hace falta, ya que quien entiende como utilizar las imágenes que publican rápidamente puede encontrar los muchos lugares donde la minería está dañando el recurso.

Las agencias del Estado incluyendo autoridades mineras y ambientales, decidieron no hacer público el cruce de data sobre la coincidencia de la minería con los glaciares. Este cruce de data oficial lo ordenó la Ley de Glaciares, pero los funcionarios públicos responsables tales como la Secretaria de Minería, el Ministerio de Ambiente, y otras reparticiones del Estado federal y provinciales, nunca lo cumplieron—y por eso hoy están perseguidos legalmente por la justicia. La Ley de Glaciares estipula que a 180 días desde la promulgación de la ley se deberían haber realizado estudios de impactos especialmente dirigidos para evaluar impactos mineros de proyectos que se sabían están en zonas de glaciares y ambiente periglacial. Llevamos casi ocho años de esa fecha y aun no tenemos información pública al respecto. Supimos (porqué alguien filtró la información en el año 2016) que el equipo de minería de Aranguren sí lo sabía y que es por eso que vienen desarrollando estrategias para eludir a la ley de glaciares para dejar avanzar la minería en zonas conflictivas. Hoy, con el Inventario de Glaciares publicado ayer por el IANIGLA, cualquiera con una conexión de internet y el programa Google Earth, puede ver desde la comodidad de su escritorio porqué los intereses mineros quieren frenar la implementación de la Ley de Glaciares—los impactos de la minería en glaciares y ambiente periglacial son evidentes. El lector podrá ver algunas de estas imágenes a continuación.

El Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA), fundado por la ex-Secretaria de Ambiente de la Nación, Romina Picolotti, quién aseguró la inclusión de la prohibición minera en la ley de glaciares antes de irse del gobierno (razón por la cual se tuvo que apartar del gobierno luego del veto a la primer versión de la ley), y que también aseguró que la autoridad ambiental federal tuviera incidencia en frenar proyectos industriales que dañaban glaciares, se ha dedicado a revelar el conflicto entre la minería y los glaciares y ambientes periglaciales en el territorio argentino. El CEDHA ha publicado numerosos informes, y realizado denuncias nacionales e internacionales de proyectos mineros que hoy están en conflicto con la Ley de Glaciares. Al menos una decena de proyectos mineros hoy en cartelera afectan glaciares y ambiente periglacial, y basta solamente ir a los sitios donde se han dado estas concesiones para ver donde ya ha habido importantes impactos de obras mineras en glaciares, en glaciares de escombros y en ambiente periglacial.

Estos proyecto ilegales están ubicados en su mayoría en la provincia de San Juan, lo que explica porqué el gobierno sanjuanino ha obrado incansablemente desde que se promulgó la Ley de Glaciares, en destruirla o en presentar informes meramente formales para aparentar que están cumpliendo con la ley, cuando en la realidad la minería avanza sin controles sobre su impacto en glaciares y en ambientes periglaciales. Las imágenes en Google Earth son escalofriantes. Los proyectos en el horizonte inmediato que hoy generan complicación con la Ley de Glaciares son El Pachón de la compañía Glencore Xstrata, Los Azules de la compañía McEwen Mining, y Altares de la compañía Stillwater. Pascua Lama y Veladero de Barrick Gold ya fueron frenados por contaminación, y en Mendoza, Cerro Amarillo, de Meryllion Resources también quedaría complicada por estar ubicada en zona donde el IANIGLA afirma que hay glaciares y ambiente periglacial.

Lo que se viene ahora será una embestida a la Ley de Glaciares por el gobierno de Macri que ya anunció su intención de rever, modificar, y flexibilizar o eliminar la Ley de Glaciares para poder promover la minería. La pregunta es si queremos minería a cualquier precio, o si condicionaremos el desarrollo económico a que cumpla con los principios básicos de la protección del ambiente—como dice en su retórica el Ministro de Ambiente pero quien no parece tener ni la valentía ni el poder político de frenar a los actores mineros detrás de la embestida a la ley. ¿Dejaremos que el gobierno de Macri modifique la ley para permitir el destrozo de uno de los recursos naturales mas vulnerables y que tanto nos costó proteger? Hasta ahora la minería a gran escala trajo poco progreso para los vecinos de grandes emprendimientos como los de Tudcúm en la provincia de San Juan, los de Famatina en La Rioja o los de Andalgalá en Catamarca. Lo que si tenemos es una gran e importante reserva hídrica en nuestros glaciares y ambiente periglacial que está a la vista, que ahora es oficialmente reconocida, y que es importante para todos los Argentinos.

Imágenes de impactos mineros en glaciares y ambiente periglacial. 

El Pachón, de Glencore Xstrata (en San Juan), tiene un glaciar de escombros adentro de la zona del rajo minero … los caminos mineros destruyeron extensas zonas del ambiente periglacial incluyendo un glaciar de escombros activo (ver polígono rojo) identificado en el inventario de glaciares del IANIGLA. Ver: 31°45’00.10″ S 70°25’51.28″ W

Los Azules, de McEwen Mining (en San Juan), evidencia varios glaciares de escombros dañados por caminos de exploración minera. Los polígonos rojos son glaciares de escombros citados en el Inventario del IANIGLA. Ver: 31°03’58.72″ S  70°14’06.68″ W

 

 

El Altar, de Stillwater Mining (en San Juan), nuevamente demuestra el impacto extensivo de caminos mineros sobre ambiente periglacial. Los polígonos rojos son glaciares de escombros activos protegidos por ley citados en el Inventario del IANIGLA. Ver: 31°28’41.81″ S  70°28’48.78″ W

LINK A INFORMACION SOBRE EL INVENTARIO DE GLACIARES DEL IANIGLA: http://www.glaciaresargentinos.gob.ar/

LINKS A INFORMES DE CEDHA SOBRE IMPACTO MINERO EN GLACIARES Y AMBIENTE PERIGLACIAL

Fuente:http://movimientom4.org/2018/05/argentina-inventario-de-glaciares-revela-impactos-mineros/

Ecuador

Pronunciamiento de la Defensora del Pueblo en relación a los hechos de Río Blanco, parroquia Molleturo

La Defensoría del Pueblo del Ecuador, como la Institución Nacional de Derechos Humanos, encargada de la protección y promoción de los derechos de las personas que habitan en el país, ante lo sucedido a partir del 8 de mayo de 2018, en la comunidad de Río Blanco, ubicada en la parroquia Molleturo[i], cantón Cuenca, provincia del Azuay, manifiesta lo siguiente:

En la mencionada parroquia, se llevan adelante proyectos de explotación minera, y desde hace algunos años, personas que forman parte de las comunidades han denunciado diversas afectaciones a sus derechos, principalmente relacionadas a la inadecuada implementación de procesos de consulta previa libre e informada, consulta ambiental, y afectaciones a derechos laborales.

El día 8 de mayo de este año, se dio un operativo policial en la comunidad, como respuesta a una medida de protesta realizada por integrantes de la misma, en contra de la empresa minera. Como producto de este operativo se produjo la detención de 8 personas y se iniciaron procesos penales de investigación por sabotaje, ataque, terrorismo o resistencia en su contra.

Ante estos hechos y por la situación que se vive en la zona, la Defensoría del Pueblo ha llevado adelante procesos de investigación defensorial desde hace dos años, y ahora ha activado nuevamente una investigación y procesos de vigilancia procesal ante el operativo efectuado conforme a su mandato constitucional, con la finalidad de exigir la garantía y respeto de derechos humanos en la localidad.

Más allá de aquello, queremos recordar a las autoridades que el contexto en la zona se ha definido con posturas que no han garantizado un diálogo propositivo, incluyente y adecuado, generando como consecuencia, por un lado, la polarización de posturas entre representantes del Estado y las comunidades, e inclusive entre representantes de diversas comunidades de la zona; y por otro, la inconformidad ante la falta de respuestas claras, consultadas y propositivas por parte de Estado ante las diversas denuncias de vulneraciones a derechos humanos realizadas en todo este tiempo.

En ese sentido, recordamos enfáticamente que previo a cualquier intervención policial, se deben realizar procesos de diálogo adecuados entre todas las Instituciones competentes y las comunidades involucradas en el conflicto socio-ambiental, con la finalidad de que el mismo no se profundice. Así, recordamos que el procesamiento penal a dirigentes de comunidades, así como de defensoras y defensores de derechos humanos, debería ser una medida profundamente meditada y extraordinaria, siendo que los tipos penales que se utilizan tienen profunda gravedad, y el rol del Estado debe encaminarse, preferentemente, a la protección de los mismos más que a su criminalización. Para lo cual nos permitimos recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Luna López vs Honduras ha manifestado que:

“222. A su vez, los Estados deben facilitar los medios necesarios para que las personas defensoras de derechos humanos o que cumplan una función pública respecto de la cual se encuentren amenazados o en situación de riesgo o denuncien violaciones a derechos humanos, puedan realizar «libremente sus actividades; protegerlos cuando son objeto de amenazas para evitar los atentados a su vida e integridad; generar las condiciones para la erradicación de violaciones por parte de agentes estatales o de particulares; abstenerse de imponer obstáculos que dificulten la realización de su labor, e investigar seria y eficazmente las violaciones cometidas en su contra, combatiendo la impunidad.”

Con lo dicho, exhortamos al Ministerio del Interior y a la Fiscalía que no utilicen el sistema penal como mecanismo para detener las acciones de protesta, pues elevan los niveles de conflictividad social. Adicionalmente, solicitamos que las denuncias presentadas por las y los defensores de derechos humanos, sean investigadas de manera objetiva, imparcial y adecuada.

Finalmente, exhortamos a la Función Ejecutiva, y en particular al Ministerio del Ambiente, SENAGUA, Ministerio del Trabajo y otras autoridades de control a que investiguen las denuncias que las comunidades en la parroquia Molleturo han realizado en los dos últimos años y que generen procesos efectivos y adecuados de diálogo que garanticen los derechos humanos de las comunidades de la zona y los derechos de la naturaleza, conforme a la Constitución de la República y los instrumentos internacionales de protección.

Gina Benavides Llerena

DEFENSORA (E) DEL PUEBLO DE ECUADOR

 

[i] Este pronunciamiento ha sido preparado en base a la información verificada por la Coordinación General Zonal 6 durante las acciones oficiosas realizadas entre el 8 y el 22 de mayo de 2018.

Descargue el pronunciamiento AQUÍ

Fuente:http://www.accionecologica.org/component/content/article/2282-2018-05-30-22-04-10

Perú

Cuando protestar se convierte en un delito

En enero del 2011, pobladores de los caseríos de Huallacancha y Taruscancha se movilizaron contra la empresa minera Antamina, debido al incumplimiento de unos acuerdos realizados entre la comunidad y dicha compañía extractiva.

A raíz de ello, a dos comuneros: Melitón Cadillo Arce y Narciso Espinoza Amado, la Sala Mixta Descentralizada de la provincia de Huari, les dictó una sentencia de 24 años de cárcel por los delitos de secuestro y entorpecimiento a los servicios públicos, en agravio a dos trabajadores de la compañía.

Posteriormente, el 26 de abril se emitió una sentencia absolutoria por el caso de secuestro; sin embargo, aún se mantiene el proceso por entorpecimiento de carretera, caso por el que solicitan se ratifique los 4 años de cárcel.

José Gonzales López, abogado de Melitón Cadillo, ha señalado que existe un aspecto jurídico que no se ha tomado en cuenta en el proceso: la carretera mencionada por la minera no es una vía pública, sino una vía asfaltada que constituye una servidumbre de paso a favor de Antamina. De ahí que precisamente, uno de los acuerdos que se establecieron entre la minera y la comunidad fue el pago por servidumbre de paso que atraviesa los terrenos de las comunidades que reclamaron. Acuerdo, que hasta el día hoy, no ha cumplido la Compañía Minera Antamina.

En ese sentido, dicho acuerdo también es mencionado en el Informe Policial de la comisaría de Yanacancha. Ahí se indica que la movilización de la comunidad es debido a que los altos funcionarios de la minera Antamina S.A. desde hace más de 12 años no han cumplido con una serie de compromisos, entre los cuales se menciona: la construcción de colegios, postas médicas, construcción de puentes y también el pago por servidumbre (Pista asfáltica).

Ello resulta relevante, dado que en el informe también se detalla la conversación y acuerdos entre el representante de Antamina, Pablo de Flor Belaunde y los representantes de la Comunidad Campesina de Taruscancha, con presencia del Alcalde del Gobierno Local de San Marcos, donde se indica que llegaron a un entendimiento entre ambas partes, siendo uno de los principales acuerdos: “La indemnización al 100% de los afectados por la construcción de la vía asfáltica del km. 79 al 86 (sector de Taruscancha)”. En ese sentido, para el abogado José Gonzales, este dato constituiría la corroboración de que la vía asfáltica construida corresponde a una servidumbre de paso.

Por otro lado, para el dirigente campesino (actualmente en situación de prófugo) el proceso que han enfrentado significa un precedente negativo para las comunidades campesinas, sobre todo en su localidad, donde los pobladores ya no reclaman por el temor de ser acusados o sentenciados injustamente.

“Por alzar nuestra voz de protesta, por reclamar un compromiso pactado nos han sentenciado como si fuéramos delincuentes. Lamentablemente para los campesinos no hay justicia”, finalizó.

Fuente:https://viacampesina.org/es/cuando-protestar-se-convierte-en-un-delito/

Argentina

COFEMA dió su apoyo al trabajo técnico del Inventario Nacional de Glaciares

En el marco de la 87° Asamblea Ordinaria del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), un apartado especial mereció la muestra de apoyo del órgano federal para con Ricardo Villalba, ex director del IANIGLIA, procesado por la justicia federal acusado de haber definido por encima de la Ley de Protección de Glaciares que los cuerpos de hielo menores a una hectárea no formaran parte del Inventario Nacional de Glaciares dispuesto por la Ley 26.639.

Se trataron temas de sumo valor tales como el acceso de Argentina a la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico (OCDE), los avances en los procesos de Educación Ambiental, y la importancia de una Ley de presupuestos mínimos para Estudios de Impacto Ambiental (EIA).

Entre los temas abordados en el seno del organismo que nuclea a todos los representantes ambientales de los gobiernos provinciales, destaca el acceso de la Argentina a la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico (OCDE), cuya espera se había prolongado desde el 2016, año en que presentó su postulación.

Paradójicamente, es la OCDE el organismo internacional encargado de aplicar los principios de liberalización de la economía de los países miembros y a nivel mundial en el marco de los parámetros capitalistas y de libre mercado. Y es requisito para ser país miembro de la OCDE, liberalizar progresivamente los movimientos de capitales y de servicios.

En todo el mundo, innumerables investigadores y organizaciones señalan que justamente el sistema de producción capitalista es el responsable de las graves consecuencias socio ambientales que se padecen a nivel planetario, como por ejemplo, el cambio climático, la desertificación, la desaparición de especies vegetales y animales, la reducción de áreas selváticas y boscosas, la reducción de disponibilidad de agua potable, etc..

En el marco de la Asamblea se informó a los miembros del Cofema los avances que se sucedieron en el proceso de incorporación; así como también se brindaron precisiones respecto a las etapas que se están transitando y que tienen que ver con la invitación formal, la hoja de ruta y de evaluación, antes de llegar a la membresía.

Respecto a la importancia de éste hecho, la ministra jujeña precisó que “para Argentina estar dentro de la OCDE representa un gran paso, ya que algunos de los temas que se tratan dentro de éste espacio tienen que ver con, por ejemplo, el Ordenamiento Ambiental del Territorio, la gobernanza pública, el crecimiento verde, los temas vinculados a residuos”.

En la oportunidad además, la Ministra de Ambiente de Jujuy, María Inés Zigarán, fue electa junto a su par de Corrientes, Juan Manuel Díaz, como representantes del Cofema ante el Sistema Federal de Áreas Protegidas (SIFAP).

Por otra parte, las autoridades ambientales de las diferentes jurisdicciones consensuaron también, trabajar decididamente en una ley de presupuestos mínimos para estudios de impacto ambiental.

Por ésta razón a fines de junio se va a concretar un taller nacional donde todas las provincias van a exponer sus apreciaciones respecto a lo que consideran que debería contener una normativa de presupuestos mínimos.
Además, se convocarán expertos internacionales para que puedan ayudar en éste proceso de elaboración de la ley que va a ser un gran aporte del Cofema a las discusiones legislativas nacionales.

El cuerpo federal aprobó asimismo una Resolución expresando la preocupación por el reciente procesamiento del doctor y experto en Glaciares del Conicet, Ricardo Villalba, quien fuera además director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLIA).

El documento, además de expresar el apoyo de las autoridades ambientales de Argentina, a Villalba, y la preocupación por su procesamiento, resumió una legitimación conjunta al sistema técnico que utilizó en la elaboración del Inventario Nacional de Glaciares.

A propósito de esto, la Ministra de Ambiente de Jujuy, María Inés Zigarán, dijo: “me parece importante que todas las jurisdicciones nos hayamos expresado en este sentido, por una parte porque generó mucha zozobra el procesamiento de Villalba que no hizo más que cumplir con su responsabilidad; trabajó desde un criterio técnico en la determinación de un sistema de validación robusto, hasta donde entendemos nosotros y los expertos en glaciares”.

Finalmente, ya que Jujuy junto a Río Negro conduce la comisión de Educación Ambiental del Cofema, se propuso reunir a las provincias argentinas en el mes de julio, para hacer aportes a los proyectos de Educación Ambiental que hay en el Congreso de la Nación y en algunas jurisdicciones federales. “En julio vamos a hacer una reunión de la comisión de educación ambiental para trabajar el marco normativo y analizar cuáles son los avances en materia de educación ambiental; para aprender las experiencias que tienen más desarrollo e impulsar las que vienen rezagadas”, valoró Zigarán.

 Fuente:https://noalamina.org/argentina/item/40892-cofema-dio-su-apoyo-al-trabajo-tecnico-del-inventario-nacional-de-glaciares
El Salvador

El 7 de Junio: Décima Octava Caminata Ecológica

La Oficina de Justicia, Paz e Integridad de la Creación JPIC- OFM El Salvador junto a organizaciones ambientalistas, religiosas, educativas y

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jóvenes de El Salvador, le invita a participar en la «Décima Octava Caminata Ecológica», en el marco del Día Mundial del Medio Ambiente, que lleva por lema: «El Pueblo en Resistencia por el Derecho al Agua, Tierra y Soberanía Alimentaria»

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La Mesa Nacional frente a la Minería Metálica en El Salvador, se suma nuevamente a esta lucha para demandar de la Asamblea Legislativa la ratificación del Derecho Humano al Agua, por una Ley de Soberanía Alimentaria y la Tierra.
Argentina

Lo que arrasó la mina de plomo Gonzalito en San Antonio Oeste

Una advertencia para los chubutenses. La mina de plomo Gonzalito “no dejó animales en pie” dice el poblador. “…la mina presentó quiebra y desaparecieron todos los dueños”. Quedó todo abandonado en inmediaciones de la ciudad de San Antonio Oeste, tambores de productos químicos, un temible pique de 200 metros de profundidad, montañas de estériles con metales pesados. Una reciente remediación quedó inconclusa, costó $ 60 millones que pagará el pueblo argentino. En el medio, un crimen: el 40% de los niños de San Antonio Oeste tienen plomo en sangre por encima de lo aceptable. El Proyecto Navidad pretende extraer plata y plomo en la meseta de Chubut, y procesaría 12 millones de toneladas de roca por año durante 17 años de explotación. Eso, si prospera el proyecto de ley de zonificación minera del diputado Alfredo Di Filippo y un puñado de intendentes, todos a sueldo de la minera Pan American Silver.

 

Pero además dejó sus pasivos ambientales en San Antonio Oeste, adonde llevaban el mineral. Todo ese material tóxico de descarte, es objeto por estos días de una remediación trunca que ya costó $ 60 millones que pagará el pueblo argentino y que también fue abandonada.

En el medio, un crimen: el 40% de los niños de San Antonio Oeste tienen plomo en sangre por encima de lo aceptable.

Se estima que se extrajeron 1 millón de toneladas de mineral del pique principal durante 20 años de explotación

El Proyecto Navidad, pretende extraer plata y plomo en la meseta de Chubut, procesaría esa misma cantidad cada mes durante 17 años de explotación si el proyecto del diputado Di Filippo prospera.  

Un informe de Pan American Silver del año 2009 señala que el estimado de reservas minerales alcanza las 632 millones de onzas de plata (177 toneladas) y cerca de 1.360.000 toneladas de plomo. Pero para explotar esos metales dejarán en el área de la mina nada menos que 507,5 millones de toneladas de roca de desperdicio, con altos contenidos de plomo y otros metales pesados.

Imaginen lo que nos espera, lo que le espera a los niños y los acuíferos de Chubut.

Fuente:https://noalamina.org/argentina/chubut/item/40821-lo-que-arraso-la-mina-de-plomo-gonzalito-en-san-antonio-oeste

Perú

Tierras de comunidades campesinas y concesiones mineras

En el siglo XVI el virrey Toledo crea los pueblos de reducción, con la idea de “reducir”, a los indígenas que estaban dispersos por la mortandad que trajo la colonización salvaje. En esos pueblos de reducción se estableció una legislación donde se les otorgaba un área de reserva comunal para su crecimiento demográfico y un área para producir y pagar un tributo.

De este modo, se produce la comunidad de indígenas con un territorio delimitado, reconocido y protegido por el Estado, con sus propias autoridades, costumbres, prácticas y tecnologías, que mucho tiempo después en la Constitución Política de 1920 son reconocidas legalmente como comunidades indígenas y en 1969 su nombre es cambiado por comunidades campesinas con la finalidad de reivindicar su legado.

La historia reciente de nuestras comunidades esta marcada por la violencia y discriminación, pero además son muy poco estudiadas, sin embargo, si hay algo que no se pude negar es que las comunidades campesinas, al igual que las nativas son la expresión concreta, jurídica e histórica de los pueblos indígenas y originarios del Perú con una riqueza cultural infinita.

Hoy las comunidades campesinas son propietarias y poseedoras de aproximadamente el 26.5% de todo el territorio nacional y producen la mayoría de los alimentos que abastecen los mercados de las ciudades, más del 70% son productos de la agricultura familiar que es mayoritariamente comunal; a pesar de tener mucho en su contra, han sabido resistir durante estos casi doscientos años de república.

Según un reciente estudio del Instituto del Bien Común- IBC sobre comunidades campesinas; en todo el territorio nacional existen 6 299 comunidades campesinas de las cuales 5 789 (92%) se encuentran ubicadas en la zona andina. Puno es el departamento con más comunidades campesina, 1304 y Ayacucho el departamento con mayor extensión de área titulada de comunidades campesinas 66,69% del departamento. La comunidad campesina más grande es Huancasancos con 250.000 ha. también en Ayacucho y una de las más pequeñas es Orcotuna en Junín con 11.18 ha.

Siendo propietarias y poseedoras de más de un cuarto del territorio nacional, y sabiendo que en nuestro país existe una gran dependencia económica por la exploración y extracción de minería metálica que se asienta en las mismas zonas andinas donde están asentadas las comunidades, es clara la tensión que existe con la minería, por tanto debería ser prioritario para el Estado atender las causas y consecuencias de esa tensión desde la imparcialidad de un Estado que velan por garantizar los derechos de sus ciudadanos; sin embargo ocurre todo lo contrario, desde el “denuncio minero” y posterior concesión minera, el Estado cumple una función de facilitador de los proyectos de inversión minera.

El Instituto Geológico Minero y Metalúrgico- INGEMET es la institución que otorga el derecho de concesión minera, que según la ley general de minería es un derecho que se da al titular para la exploración y explotación de recursos minerales que están en el subsuelo de un territorio; sea el territorio de quien fuese, lo que hay allí abajo es patrimonio de la nación y le pertenece al Estado. A partir de ahí es harto conocida la historia de despojo y desigualdad con las que tienen que lidiar las comunidades campesinas.

Si bien la entrega de concesión minera no significa necesariamente que se va extraer un mineral, lo cierto es que al ver posibilidades restringe el derecho de uso, goce, disfrute y disposición de la propiedad. Además, el procedimiento de concesión es sumamente sencillo, eso hace que a diciembre del 2017 según INGEMET el 14% del territorio nacional esta concesionado a la minería, esto lo podemos ver a través de un moderno catastro minero, sin embargo, el Estado no tiene información cierta y actualizada de las comunidades campesinas, tampoco un catastro.

Esta información ha tenido que ser brindada por organizaciones privadas como el IBC, para suplir este vacío, que cruzando con el catastro minero se tiene como resultados del análisis la superposición de 35% de concesiones mineras en tierras de comunidades campesinas.

En la práctica esto significa restricciones al ejercicio de la propiedad, donde muchas comunidades están total o parcialmente superpuestas por concesiones, es el caso de la comunidad campesina de Chila Chila (Arequipa) cuyo territorio comunal esta superpuesto en un 95%, esta información en cuanto a la superposición de concesiones mineras  lo podemos ver por departamento.

 

El Estado con sus sucesivos gobiernos ha mantenido una política de promoción de las inversiones a toda costa y bajo todo coste, en sectores estratégicos como la minería, esto ha llevado al extremo del sin sentido desde la racionalidad del Estado, aprobando normas para facilitar la inversión minera a costa de vulnerar derechos y en algunos casos destruir comunidades campesinas.

A estas alturas del camino, estas prácticas se han normalizado, cuestionarlas te convierte en un anti-desarrollo, incluso en tiempos de la implementación del derecho de consulta previa, proceso que hoy se ha convertido en un simple trámite, desnaturalizando su finalidad. Como es lógico todo esto, deviene en el surgimiento de conflictos sociales y territoriales con poblaciones afectadas; además de serios impactos en la degradación de la naturaleza y la emisión de gases de efecto invernadero que aceleran los procesos de cambio climático; pero al parecer, esto a casi nadie del Estado le importa.

Lo cierto es que las concesiones sean mineras o de otra índole, sin duda alguna afectan el uso de la tierra y territorio de las comunidades, lo que dan cuenta diversos casos con sentencias llevados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Caso Awas Tingni Vs. Nicaragua o Pueblo Saramaka Vs. Surinam) y recientemente la sentencia de las 11 comunidades de Atuncolla en Puno que les da la razón a la acción de amparo que solicitaron, suspendiendo las concesiones mineras en su territorio hasta que sean consultados. A groso modo podemos inferir que las concesiones mineras afectan el derecho al uso, goce, disfrute y disposición del territorio o al menos, restringe el ejercicio de la propiedad o posesión, más aún cuando no hay consulta previa y la comunidad no autoriza la exploración o explotación.

Si seriamos un país serio, mañana mismo se debería paralizar el otorgamiento de concesiones mineras sobre tierras comunales, si antes no se ha aplicado el derecho de consulta previa, libre e informada, pero en el Perú parece que estamos acostumbrados al desenlace violento, que una vez que estalla, es cuando recién aprendemos a hacer lo correcto y aplicar lo que esta escrito hace mucho tiempo en los tratados internacionales e incluso en leyes nacionales.

 

Fuente:http://www.servindi.org/actualidad-opinion/29/05/2018/tierras-de-comunidades-campesinas-y-concesiones-mineras