COMUNICADO PUBLICO
Arica, 14 de Agosto del 2014.-
La Coordinadora Aymara de Defensa de los Recursos Naturales de Arica Parinacota, rechaza categóricamente el fallo Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros Sr. Rubén Ballesteros C., Sr. Héctor Carreño S., Sr. Pedro Pierry A. y Sra. Rosa Egnem S., el cual revoca el fallo emitido por la Corte de Apelaciones de Arica, el cual fue favorable para las comunidades aymaras, agricultores y organizaciones sociales de la región de Arica Parinacota.
Consideramos el fallo INJUSTO y una DISCRIMINACIÓN LEGAL que se traduce en leyes y normas internas que consagran disposiciones discriminatorias y que su contenido busca frustrar, conculcar y anular los derechos humanos y generan un perjuicio al Pueblo Aymara y que son contrarias al desarrollo normativo positivo que han tenido los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, traducidos en tratados y convenciones en el ámbito internacional y de la cual Chile es parte. Como ejemplo damos la Ley Ambiental, su Reglamento, ley 20.600 y ahora el Decreto Supremo Nº 66 y otros.



	
	
Después de casi nueve meses la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica que dejó sin efecto la 
	
5 días hábiles desde que se le notificó la resolución cuenta la empresa minera Pampa Camarones S. A. para realizar observaciones al informe pericial que concluye «daño ambiental» en el sitio Salamanqueja 12-13, reporte solicitado por Camila Martínez, fiscal instructora de la División de Sanción y Cumpliento de la 
Máxima Acuña sufre violencia y los ataques de la Empresa minera Yanacocha en Cajamarca 
	
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al Estado peruano proteger mediante medidas especiales la vida y la integridad de la familia Chaupe pero son las fuerzas de seguridad pública las que se encargan de hostilizarla hasta el cansancio.
	
La semana pasada escribí sobre la posibilidad de que Máxima Acuña Atalaya de Chaupe, la Dama de la Laguna Azul, pudiera perder el caso de usurpación agravada trabado por la empresa minera Yanacocha sobre su predio de cuatro hectáreas en la zona de Tragadero Grande, Sorochuco, Cajamarca. Durante el transcurso de la mañana del martes 5 de agosto de 2014, el juez unipersonal de Celendín, Tomhy Padilla Mantilla, dictó sentencia: dos años y ocho meses de prisión suspendida contra ella, su esposo Jaime, su hija y su yerno (el fiscal había pedido tres años de prisión efectiva); una indemnización de 5.500 soles a la empresa y la orden de desalojo. La abogada de los Chaupe de inmediato interpuso recurso de apelación: si el recurso se aprueba, el caso se verá en la Corte Superior. 
	
Hoy nuevamente nos hemos reunido mujeres y hombres de los pueblos hermanos de Guatemala, Honduras y México para discutir y analizar los graves daños y consecuencias a la salud y al ambiente ocasionado por la minería en nuestros territorios.
	
Al señalar que harán responsables a la empresa Buenavista del Cobre por el derrame de residuos químicos que afecta a los Ríos Bacanuchi y Sonora, Arturo Rodríguez, subprocurador de inspecciones industriales de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), agregó que fue un accidente al registrarse una falla en una tubería de una represa Tinaja 2. 
	
César Lagarda Lagarda, director general del organismo de cuenca noroeste de la Conagua, explotó contra la compañía minera directamente  responsable por la contaminación de sulfato de cobre acidulado en el río Sonora.