La firma de origen indio Zamin Ferrous (Aratirí) tendrá 12 meses desde el momento en que firme el contrato con el Poder Ejecutivo para extraer hierro de la zona de Valentines (Treinta y Tres) y demostrar su capacidad financiera. Primero, y antes de que se cumplan seis meses de ese acuerdo, la empresa extranjera tendrá que mostrarle al gobierno cuál es su capital propio y, a su vez, qué porcentaje de la inversión representa ese monto. Luego, en el plazo de un año, tendrá que completar la información de su espalda financiera, ya sea con préstamos o líneas de crédito. Si cumplido ese plazo Aratirí no cumple con la exigencia establecida en la ley de minería de gran porte, el contrato cae. El escenario, entonces, se abre para que se licite el derecho de explotación, o bien el Estado decida entrar al negocio. Para eso, se deberá crear una empresa o un ente.



La campaña lanzada por el Movimiento Uruguay Libre para la realización de un plebiscito nacional que prohiba la minería metalífera a cielo abierto ha puesto en evidencia la preocupación existente en la población por los efectos económicos, sociales y ambientales de este tipo de proyectos. Se reafirma así la necesidad de una información amplia y confiable, así como de una instancia de participación democrática donde el pueblo decida si este es el futuro deseado.
La emprsa Sifrina S.A. pretende extraer hierro y un mineral cuya producción en Argentina es muy escasa: titanio. Registró minas para buscar ese mineral, que no es habitual. Aseguran que se respetará la ley 7722.
Escrito por Karla Noyola Martes 29 de Abril de 2014
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Comunicado de Prensa
El ministro de Energía, Máximo Pacheco, señaló que la integración eléctrica regional forma parte de los «pilares estratégicos» de la agenda sectorial.
“No ha resultado comprobado con los antecedentes de que se dispone, que hubiera existido de parte de la recurrida una actuación de carácter ilegal, esto es, contrario a nuestro ordenamiento jurídico y menos que pudiesen producir privación, perturbación o amenaza del derecho y garantía constitucional invocada”.
Escribe: José De Echave C.