
A la
Corte Constitucional ya llegó una solicitud de nulidad contra la sentencia SU -095 de 2018 que determinó que las consultas populares no pueden detener los
proyectos extractivos. La solicitud es de
Dejusticia señalando que esta determinación va en contravía de lo ya ordenado por la misma
Corte Constitucional.
Lo que dijo la
Corte al resolver el conflicto entre la empresa petrolera Mansarovar Energy Ltda y el municipio de
Cumaral, Meta, es que el subsuelo es del
Estado y por ello, una
consulta popular de los habitantes no podía detener a la empresa.
Para
Dejusticia, “el Alto Tribunal no tuvo en cuenta en su análisis la existencia del artículo 33, de la Ley 136 de 1994, que establece que cuando haya proyectos que tengan la potencialidad de cambiar los
usos del suelo y la vocación de un municipio, se deberá realizar una
consulta popular”.
La sentencia le dice al
Congreso y al Gobierno que se creen espacios de coordinación con las entidades territoriales y de
participación ciudadana, pero aseguran, “Estas órdenes no son nuevas, pues en múltiples sentencias anteriores la
Corte ...