Colombia

Consultas populares se quedan sin frenar minería

La Corte Constitucional determinó que las consultas populares no pueden frenar proyectos de minería extractiva en donde se realizan porque el subsuelo es propiedad del Estado, decisión que no afecta a las que ya se hicieron.

La decisión la adoptó la Sala Plena de la Corte Constitucional al resolver una tutela interpuesta por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, que buscaba hacer sísmica en la población de Cumaral, en el departamento del Meta, para buscar hidrocarburos.

Sin embargo, la decisión de la Corte deja con validez la consulta popular que se votó a mediados del año pasado en Cumaral, en la que con 7 mil 703 votos el 97% de la población decidió que no quería más la explotación de hidrocarburos en su territorio.

Para Mansarovar era claro que no se podía prohibir la minería a través de una consulta popular, porque no es potestad de las entidades territoriales decidir sobre el subsuelo.

Fuente:https://www.lapatria.com/nacional/consultas-populares-se-quedan-sin-frenar-mineria-424865

Panamá

Estado de derecho, seguridad jurídica y caso Minera Petaquilla

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la Ley No. 9 de 1997, por la cual se aprueba el contrato celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Petaquilla, S.A., ha dado mucho de qué hablar en los últimos días. Como era de esperarse, la Cámara Minera de Panamá y la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura han salido a la palestra pública señalando que la ley es inconstitucional, más no el contrato. Eso no nos sorprende en lo absoluto, pues dichos gremios tienen como norte la promoción de los negocios y la inversión. Sin embargo, tenemos al ministro de Comercio e Industrias que velozmente se reúne a puerta cerrada con el sector minero y publica un comunicado mediante el cual señala que el fallo solamente afecta la ley declarada inconstitucional, más no el contrato, resaltando que es prioritario defender la seguridad jurídica de la inversión. Con igual opinión y rápidamente se manifestó el ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, desconociendo con ello su deber básico e irrenunciable como servidores públicos de cumplir y hacer cumplir la ley.

Se entiende por Estado de derecho a la forma de organización política en la que se encuentra sujeta la vida social, que por medio de un marco jurídico ejecuta un conjunto de reglamentos a fin de garantizar el principio de legalidad y los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

No existe Estado de derecho cuando el Órgano Legislativo actúa desde una posición partidista o cuando el Órgano Ejecutivo actúa desde una perspectiva personal, violando la legislación, desconociendo los dictámenes de la Corte Suprema de Justicia y generando disconformidad en la ciudadanía. Todas las personas debemos cumplir las leyes vigentes, incluidas las autoridades, por muy alto que sea su cargo. Ambos ministros parecen haber olvidado que la seguridad jurídica de la inversión que defienden a ultranza nunca puede ir por encima de la Constitución. Existe un principio elemental en el derecho, que por encima de los contratos, e incluso por encima de la propia ley, está la Constitución Política, al grado de que ningún contrato puede celebrarse contraviniendo sus preceptos y aunque no suela hablarse del control de constitucionalidad de los contratos, esta es una consecuencia inevitable del principio de supremacía de la Constitución. Estamos conscientes de que la decisión de la Corte Suprema de Justicia trae aparejada una secuela compleja de efectos jurídicos y situaciones que merecen un profundo análisis y que deben ser resueltas sabiamente, pero en ningún momento debemos ignorar que tenemos la obligación de ser respetuosos del Estado de derecho y la Constitución.

Urge modernizar nuestro Código Minero de 1963, especialmente en lo concerniente a la garantía en los planes de cierre de la mina y el establecimiento de áreas que deben ser cerradas a la minería, como las áreas protegidas y zonas de recarga acuífera. El caso de Minera Petaquilla es un ejemplo de lo que nunca más debe volver a repetirse en nuestro país.

Fuente:http://www.radiotemblor.org/?p=12715

Chile

Chile: relaves mineros continúan siendo arrojados al mar

Poco a poco, el fondo marino de la Ensenada de Chapaco comenzó a cubrirse con un manto arenoso. Héctor Zuleta ya no podía mariscar entre las cuevas, los cerros y los bosques, que “al igual como existen en la tierra, existen en el mar” porque “todo eso quedó tapado” y los pescadores y mariscadores tuvieron que ir a buscar otros lugares donde trabajar. Cuando Héctor Zuleta escuchó decir a la autoridad ambiental que “tal disminución de recursos puede ser atribuible a la permanente descarga de relaves recibida en dicho sector marino, proveniente de la actividad de la planta de pellet”, él solo confirmo algo que ya sospechaba.

Desde 1978 que la Compañía Minera del Pacífico (CMP), miembro del grupo CAP Compañía de Acero del Pacífico, vierte sus relaves mineros al mar en la ciudad portuaria de Huasco, al norte de Chile. Un pedazo del desierto más árido del mundo que, en 2012, fue declarado zona de sacrificio por sus altos índices de contaminación.

Para nadie nunca fue un secreto que el mar de Huasco recibe los desechos de la minera. Pero lo que los habitantes no sabían era que la empresa —la principal productora de minerales de hierro en toda la costa oeste americana, la mayor productora siderúrgica en Chile y la más importante procesadora de acero del país— lo hacía sin autorización ambiental.

Cuando, en agosto del año pasado, la organización de conservación marina Oceana denunció los hechos, ante la Superintendencia de Medio ambiente, esta autoridad ambiental inició un proceso sancionatorio en contra de la empresa por veinte infracciones. CMP arriesga hoy el cierre de sus faenas, pero mientras se desarrolla el procedimiento para acabar con la contaminación de 50 años los relaves estos continúan siendo arrojados al mar.

La toxicidad de los relaves

 

Los relaves mineros son el residuo resultante de procesos industriales, donde son utilizados métodos químicos, para extraer el metal de interés —en este caso el hierro— de la roca. Debido a la toxicidad de los relaves mineros, el vertimiento de estos desechos al mar está prohibido en gran parte de los países del mundo con excepción de Noruega, Papúa Nueva Guinea, Filipinas, Indonesia, Francia, Turquía y Chile.

Asfixia de organismos bentónicos —como las estrellas y soles de mar— y la alteración física del hábitat; la reducción en la abundancia de especies y biodiversidad de las comunidades marinas; toxicidad directa por el contacto de metales pesados; riesgo en la salud de las personas por consumo de peces contaminados por bioacumulación de metales son los principales impactos. El Senado de Chile los enumeró todos en un proyecto de ley ingresado en 2012, que busca prohibir los relaves marinos.

En 1993 empezó a operar el emisor submarino mediante el cual CMP deposita los relaves, hasta el día de hoy, a 350 metros de la costa y a 35 metros de profundidad en la Ensenada de Chapaco.

En 2010, la autoridad de evaluación ambiental aprobó un proyecto presentando por CMP para ampliar su planta aunque con la condición de presentar, en un plazo de 18 meses, “una propuesta de mejora técnica y ambiental de la disposición de sus relaves”. Ese sistema, una vez que fuera aprobado, debía además comenzar a operar en un plazo máximo de dos años.

Tres años más tarde, CMP presentó, al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto que se le había solicitado. Tras ser estudiado, la autoridad evaluadora hizo 490 observaciones a las que la empresa debía entregar soluciones. Pero en 2017, CMP desistió del proyecto y lo retiró del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental. De esa manera, el requisito que se le había exigido dejó de ser evaluado y se dio por cerrado el capítulo.

Las ilegalidades del relave

 

Sin un nuevo sistema de depositación de relaves, CMP continuó vertiendo sus residuos al mar de la misma manera en la que venía haciéndolo desde 1993. Ello, a pesar de que el permiso que se le había otorgado estaba “condicionado al cumplimiento de todos los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas”. Juan Pablo Sanguinetti, abogado de la Fundación Relaves explicó a Mongabay Latam que “el permiso de CMP es un permiso con condiciones. Si estas no se cumplen, el permiso no existe”.

Al mismo tiempo, el efluente que CMP vierte en el mar, tampoco cumple con las condiciones especificadas en el permiso que se le otorgó en 2010.

Los desechos mineros que son vertidos al mar deben tener al menos un 50 % de solidez puesto que “si el efluente es demasiado líquido, en lugar de decantarse en el fondo marino, se dispersa en el agua provocando mayores efectos contaminantes” dice Victoria Caroca, química de Fundación Relaves. Pero, según el proceso sancionatorio, CMP vierte sus desechos “con un porcentaje de sólidos inferiores al 50 % y por un caudal superior al que fue aprobado ambientalmente correspondiente a 4,700 m3/día. Los monitoreos especifican, por ejemplo, que entre el 6 y 7 de septiembre del 2016, el caudal promedio fue el doble de lo permitido.

Por otro lado, Sanguinetti señaló que se autoriza verter al mar “siempre y cuando se cumpla con ciertas condiciones, como que el material vertido sea inocuo” es decir que no sea dañino. Pero un estudio del 2015, encargado por la Subsecretaría de Pesca, revela que los óxidos de hierro, contenidos en el relave de CAP, son disueltos en el mar al entrar en contacto con ciertas materias orgánicas. En ese proceso de disolución, se liberan elementos trazas a la columna de agua. Específicamente Magnaneso, Cobre, Arsénico, Vanadio y Galio.

Actualmente, la Superintendencia se encuentra evaluando el Plan de Cumplimiento que presentó la empresa, en respuesta al proceso sancionatorio que se abrió en su contra.

CMP se comprometió a que si dicho plan es aceptado por la autoridad, dejará de arrojar relaves al mar en un plazo de 12 meses. Si el Plan, en cambio, no es aceptado, el proceso sancionatorio continuará su curso y la autoridad podría determinar el cierre de las faenas. Ello, al menos, durante el tiempo que tome construir una infraestructura para dejar los relaves en tierra.

Mientras todo eso se resuelve, los relaves continúan siendo arrojados al mar.

Fuente:https://es.mongabay.com/2018/10/oceanos-relaves-mineros-son-vertidos-al-mar/

Panamá

Campesinos de Coclé sin justicia y reparación por impactos mineros

En seguimiento en materia de Protección de los y las Defensores de Derechos Humanos, posterior a la participación de Panamá en el 165 Período de Sesiones, en Montevideo, Uruguay ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sobre “Criminalización de la protesta y el acoso jurídico de defensores, con complicidad de las autoridades y agentes de la autoridad, en distintas formas de violencia”.

A la Oficina del Relator de Defensores y Defensores de Derechos Humanos, Víctor Atencio Gómez, de la Defensoría del Pueblo de Panamá, se aproximaron los dirigentes comunitarios Willy Ábrego y Martín Rodríguez, a enfatizan desde la sociedad civil, que no hay respuesta del Estado para mitigar el acoso, los ataques, o detener las demandas que enfrentan porque el sistema general de cumplimiento sigue siendo inoperante y tampoco han sido abordados estándares y medidas de protección.

Martín Rodríguez ha venido a denunciar que la empresa Minera Panamá le tiene una demanda penal en la comunidad de Donoso y que los falsos, calumnias e injurias que pesan sobre su persona hoy se convirtieron en orden de conducción. Presentando una queja formal ante la Defensoría del Pueblo.

Willy Ábrego denuncia a la Empresa porque no les permite transitar por la vía que da acceso a la comunidad apartada de Nueva Lucha y al prohibir el paso a las poblaciones, no se le permite buscar el sustento diario para su familia. También se ha acercado a los Ministerios, de Educación, Salud y Obras Públicas, por el derecho a educación, salud y ambiente sano, que merecen, para que se acerquen al área y escuche la viva voz del pueblo, las necesidades sentidas por la población, pues antes de que llegara Minera Panamá, ya el pueblo Ngobe habitaba esas tierras, pero aún en ningún lado ha encontrado respuesta. Exponen haber sido discriminados por ser de la etnia Ngone Bugle al tratar de conversar con el Ingeniero encargado y haber recibido descalificativos frente a 120 grupos que tienen grabados en audio como prueba.

El Lic. Víctor Atencio de la Defensoría del Pueblo manifiesta su preocupación por que los Estándares del Sistema Interamericano son bien claros. No se puede abusar del sistema jurídico para presionar a los activistas e impedir que logren ejercer su derecho humano a defender derechos humanos. Su actividad es fundamental para consolidación de la democracia.

Expresa que la criminalización para acallar voces críticas que están reivindicando temas como el respeto a los pueblos originarios, al medio ambiente, a través de este sistema de represión penal, particularmente en la visita que este funcionario ha hecho a la comunidad, se logró constatar por el camino viable que es insostenible por el costo de $184.00 dólares que deben pagar por mar, río y tierra para llegar a sus hogares. Pero además es un camino inhumano porque hablamos de comunidades de muy bajos recursos que, en caso de niños, mujeres embarazadas o enfermas, implica 4 horas y media entre trochas, montañas y lanchas, y esto es inaceptable cuando tienen una ruta corta que la empresa les niega el acceso y podemos estar hablando de más de 4 mil personas que padecen este trato.

Los señores Ábrego y Rodríguez, gastando los pocos recursos que tenían, se aproximaron una vez más a la Defensoría del Pueblo que aún no les da respuesta, aunque fue desde 2015 la primera vez que interpusieron la denuncia.

Fuente:http://www.radiotemblor.org/?p=12776

Perú

Revisa el documental interactivo sobre empresas chinas y derechos humanos en el Perú

Inversiones chinas en Perú es un documental interactivo que analiza el comportamiento de cuatro empresas mineras chinas en Perú: Las Bambas, Shougang, Chinalco y Río Blanco Cooper, en cuanto a derechos humanos, derecho laboral y sindical, derecho a la tierra, el territorio; derecho a la vida, a la integridad.

El financiamiento chino se ha tornado en un factor determinante para la vigencia de los derechos humanos de los pueblos latinoamericanos. Entre el 2009 y 2017, los préstamos chinos a la región alcanzaron U$145 mil millones, sobrepasando los del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo. Al 2017, la inversión directa china alcanzó un acumulado de US$ 113.6 mil millones.

Tanto los préstamos como la inversión directa china se han concentrado en la construcción de infraestructura energética y de transporte y en proyectos de extracción de recursos naturales, ambos sectores ambiental y socialmente sensibles. “Estas tendencias se van a profundizar en el futuro, dado que China ha comprometido millonarios fondos para la región y que conjuntamente con los gobiernos, China ha acordado una serie de compromisos de inversión”, sostiene Marco Antonio Gandarillas del Centro de Documentación e Información de Bolivia.

Los principales productos exportados a China son los minerales de cobre y sus concentrados con un valor de más de 5 millones de 67% del total de las exportaciones tradicionales. Esto ha generado que China tenga gran influencia en el mercado de América Latina. En el Perú las empresas chinas han cometido una serie de atropellos a los derechos humanos como en el caso de Las Bambas, en Apurimac donde, además, el Estado tiene alianzas con la policía nacional. El otro caso emblemático es el de Río Blanco ubicado en Piura.

Dirigentes de comunidades de Piura siguen denunciando públicamente que la minera china Xiamen nunca ha contado con el permiso social y ocupa ilegalmente el territorio. A pesar de ello, el 2016, Perú y China firmaron un convenio para la promoción del proyecto minero Río Blanco. En el campo laboral, varias empresas mineras chinas que operan en Perú se destacan por desconocer los derechos fundamentales en el trabajo, amparados por la legislación internacional en materia de derechos humanos. Un ejemplo de ello es la empresa Shougang Hierro Perú SAA, donde prevalecen bajos niveles remunerativos, altos niveles de conflictividad laboral, así como un largo historial de denuncias por malas prácticas laborales.

Te invitamos a navegar y conocer estos cuatro casos que representan más de US$17 mil millones de dólares de inversión en el Perú.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/799-revisa-el-documental-interactivo-sobre-empresas-chinas-y-derechos-humanos-en-el-peru

Mexico

La minería es una falacia, imposible mitigar el daño ecológico: Tony Córdova

La experiencia en México y el mundo, es la misma, por más medidas de seguridad que se tengan en la industria minera, siempre son frecuentes las fugas, es imposible evitarlas, señaló Tony Córdova, empresario turístico y Gerente de “Sol Pacífico Cerritos”.

En este sentido y con relación al embate de los huracanes, que son recurrentes en la zona del pacífico comentó que “esta industria no es capaz de soportar los estragos de un huracán de categoría 5, con vientos de 180 millas por hora, debido a la tecnología con la que contamos en la actualidad”

¿Cómo van a planear frente a un huracán categoría 5, donde se tienen menos de 8 horas para hacerlo, simplemente no hay manera? Exclamó.

Al mismo tiempo afirmó que “la experiencia nos dice que los estanques de lixiviación dependen de un grado específico de compactación para mantener las pendientes. La falla de la pendiente con el lixiviado, evidentemente puede provocar una catástrofe química”.

Reconoció que en el país no contamos con inspectores capacitados, infraestructura, ni la experiencia suficiente para realizar una supervisión adecuada para este tipo de minería y ahí precisamente –puntualizó- “radica su principal debilidad”.

Recuerda que a su paso durante dos años por la Mackey School of Mines at The University of Nevada y trabajar en Carlin Gold Mine, Newmont Mining Company, le permite aseverar que la minería detendría en seco el desarrollo turístico “los extranjeros no son idiotas, si al proyecto “Los Cardones” se le autoriza su funcionamiento, sería el acta de defunción para una actividad que ha posibilitado el crecimiento económico de Baja California Sur”.

Córdova al concluir dejó claro que “Baja California Sur debe cuidar su entorno natural, ese es su patrimonio principal y no ceder ante la falacia de una industria minera que utiliza el argumento simple de generar más posibilidades de empleo” y finalizó diciendo que “los habitantes de este bello estado, hace mucho tiempo determinaron o definieron el rumbo económico y la vocación de la media península y este fue el turismo, ni más ni menos”.

Fuente:https://colectivopericu.net/2018/10/10/la-mineria-es-una-falacia-imposible-mitigar-el-dano-ecologico-tony-cordova/

Mexico

Comunicado del Movimiento Morelense Contra las Concesiones de Minería a Tajo Abierto por Metales

 

Los integrantes del Movimiento Morelense contra las concesiones de Minería exponen su manifiesto en repudio a la propuesta del candidato por Morena en febrero de 2017 de promover acuerdos bilaterales con Canadá.

Aquí el texto del comunicado

 

 

 

Fuente:http://www.remamx.org/2018/10/comunicado-del-movimiento-morelense-contra-las-concesiones-de-mineria-a-tajo-abierto-por-metales/

Perú

18 proyectos chinos vulneran derechos en América Latina

21 organizaciones de América Latina exigen al Estado Chino proteger, cumplir y respetar los DD.HH. de las comunidades afectadas por las actividades extraterritoriales de sus empresas. Esta semana representantes de la sociedad civil de Ecuador, Perú, Bolivia, Brasil y Argentina se encuentran en Ginebra para brindar información sobre la vulneración de derechos de las inversiones chinas para el tercer Examen Periódico Universal de Derechos Humanos, la audiencia está programada para este jueves 11 de octubre de 14:00 a 15:30 horas.

Ya se encuentran en Ginebra los representantes de la sociedad civil de Ecuador, Perú, Bolivia, Brasil y Argentina -que han formado el Colectivo sobre Financiamiento e Inversiones Chinas, Derechos Humanos y Ambiente (CICDHA)-, participando de la Pre-sesión del Examen Periódico Universal de China, quienes apelarán al Consejo de Derechos Humanos y a las diferentes Misiones Permanentes que evaluarán el adecuado cumplimiento de las obligaciones extraterritoriales del Estado chino, en cuando a convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos, aspirando que China genere mecanismos de debida diligencia que garanticen el respeto y la protección de los DD.HH.

 

Hasta este momento, los delegados han compartido información y testimonios con las Misiones de Alemania, Dinamarca, Bélgica, Irlanda, Nepal, Noruega, los Países Bajos, Finlandia, Francia, Australia, Colombia, Uruguay  y  Nueva Zelanda, que  advierte sobre las graves violaciones a los derechos humanos que generan 18 proyectos en la región, de los cuales son operados por 15 consorcios y con el financiamiento de seis bancos chinos. Además, se alerta que 15 de estos proyectos afectan a territorios indígenas, 11 a áreas naturales protegidas, cinco son patrimonio natural y cultural de la humanidad reconocidos por la UNESCO y 12 corresponden a la región amazónica ecuatoriana, boliviana y brasileña.

El informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos recoge las recomendaciones del CICDHA, como:

  1. La preocupación ante el hecho de que las leyes y reglamentos chinos no hicieran referencia a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos ni impusieran requisitos de diligencia debida en materia de derechos humanos a las empresas chinas que operaban en el país o en el extranjero.
  2. Que la aplicación de la legislación china se limitaba a al ámbito nacional y no podía utilizarse para regular las operaciones de las empresas chinas más allá de las fronteras nacionales. La JS28 instó a China a que protegiera las normas internacionales de derechos humanos en toda nueva ley referida la inversión en el exterior y la asistencia para el desarrollo en el extranjero, y a que modificara, según fuera necesario, los reglamentos complementarios existentes sobre la propiedad, la gobernanza empresarial o la conducta empresarial responsable. Con respecto a las operaciones de las empresas chinas en Myanmar, la Myanmar Alliance for Transparency and Accountability instó a China a que respetara los derechos humanos en los países donde mantenía actividades comerciales, por ejemplo actuando con la diligencia debida en la realización de evaluaciones de impacto sobre los derechos humanos, y que proporcionará acceso a recursos efectivos a quienes se vieran afectados negativamente por las actividades de sus empresas.
  3. Que las empresas mineras chinas, en particular las que participaban en los proyectos Mirador y San Carlos Panantza en el Ecuador, habían incurrido en prácticas irregulares de adquisición de tierras, como la compra irregular sin consulta previa, la reclamación arbitraria de derechos de explotación minera y la interposición de demandas civiles contra familias sin títulos de propiedad. Por medio de estas prácticas y con el apoyo de las fuerzas de seguridad, estas empresas habían provocado el desalojo forzoso y el desplazamiento involuntario de un total de 42 familias indígenas.
  4. Que las vulneraciones cometidas por la empresa estatal China National Petroleum Company a través de su socio BGP Bolivia, que ponía de manifiesto su falta de adhesión a las normas internacionales para la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y a los acuerdos emanados del proceso de consulta y consentimiento libre, previo e informado, lo que incluía el hostigamiento y la criminalización de los observadores sociales y medioambientales indígenas.

Cabe señalar que de los 15 casos que sustenta la sociedad civil, ocho se encuentran en Ecuador: Proyecto Mirador, Proyecto San Carlos, explotación petrolera en los bloques 79-83, Proyecto Minero Río Blanco, Bloque 62, 14 y 17; Proyecto propósito hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, Proyecto propósito múltiple Chone Fase I-Presa Río Grande y Desaguadero San Antonio, Proyecto propósito eléctrico Toachi Pilatón. En Perú, cuatro proyectos mineros: Proyecto Las Bambas-MMG, Shougang Hierro Perú, Proyecto Toromocho de la mina Chinalco y el Proyecto Río Blanco de la mina Zijin. En Argentina: Aprovechamientos hidroeléctricos en el Río Santa Cruz. En Bolivia: Exploración petrolera en la Amazonía boliviana, y en Brasil: Hidroeléctrica de Sao Manoel.

El informe regional presentado por el CICDHA sostiene que se vienen vulnerando derechos de manera sistemática en cuanto al derecho a la consulta previa y participación de comunidades locales; desplazamiento y desalojos forzosos de comunidades enteras; criminalización de la protesta social de líderes y lideresas indígenas; irrespeto a la intangibilidad de territorios ancestrales; violaciones a los derechos sindicales, otros.

Además, sustenta que la combinación de las estrategias gubernamentales de flexibilización de los marcos normativos e institucionales en temas ambientales, fiscales, laborales,  en  los países de América Latina, aunada con las prácticas empresariales chinas, lo que viene afectando directamente la calidad de vida y la salud de las poblaciones,  y el impacto en el medio ambiente.

 

* El Colectivo sobre Financiamiento e Inversiones Chinas, Derechos Humanos y Ambiente (CICDHA) está integrado por el Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES, Ecuador), Centro de Documentación e Información de (Bolivia), la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (Argentina) y el Colectivo Proteja Amazônia (Brasil) y en Perú: CooperAcción, Red Muqui, Aprodeh, Coordinadora Nacional de DD.HH., Sindicato de Obreros Mineros de Shougang Hierro Perú, Federación Provincial de Mujeres de Cotabambas, Frente de Defensa de los Intereses y el Desarrollo de la Provincia de Cotabambas.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/18-proyectos-chinos-vulneran-derechos-en-america-latina/

Argentina

El trasfondo del proyecto de modificación de la ley 7722

El proyecto de modificación de la Ley Nro. 7722 destinada a regular y restringir la actividad minera, que fue presentado intempestivamente por el senador Alejandro Abraham tiene dos claves, fuera del cotillón: por un lado eliminar la posibilidad de sumar “otras sustancias” entre las prohibiciones del uso de cianuro, mercurio y ácido sulfúrico; pero sobre todo, sacar el control legislativo de los proyectos mineros. El Gobierno de Mendoza está de acuerdo con parte de ese proyecto, aunque teman expresarlo abiertamente.

 

El proyecto presentado por el senador Alejandro Abraham para modificar la ley 7722, que regula y restringe la minería en Mendoza, apareció de manera intempestiva, pero no es una idea nueva: en todos los gobiernos hubo intenciones de hacerlo y en la gestión de Alfredo Cornejo también.

Ese proyecto tiene muchos argumentos y propuestas de relleno, pero dos ejes clave. El artículo 1 de la ley 7722 prohíbe el uso de cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y agrega la frase “otras sustancias tóxicas similares”, que deja abierto a la interpretación de la autoridad de aplicación si es o no riesgoso el uso de otros productos químicos. Pero el cambio más importante es la eliminación de la ratificación legislativa de todos los proyectos mineros.

La ley 5961, el decreto 820 establecen los mecanismos de protección ambiental que la minería debe tener en Mendoza, además del Código de Minería de la Nación. Por eso, cada proyecto debe tener una Declaración de Impacto Ambiental, cuya aprobación depende del Poder Ejecutivo. Pero la ley 7722 obliga a que la Declaración de Impacto Ambiental de los proyectos mineros tenga además aprobación legislativa. Esa cláusula de “control político” es la que en realidad ha funcionado como la más restrictiva para cualquier proyecto minero, antes que los dictámenes técnicos. En el ambiente político aceptan que la “permeabilidad a las presiones” de los legisladores ha sido el verdadero freno, más que la propia ley.

Abraham busca eliminar por completo ese artículo y en el oficialismo están de acuerdo. Al menos para que ese control legislativo se elimine para los proyectos de exploración y no en los de explotación. Entienden que con tanto rigor, se evitan las inversiones iniciales para ver si un yacimiento minero tiene potencial o no. Sin embargo en la industria minera entienden que es todo o nada: pocas empresas, aseguran, invertirán en exploración si luego el proyecto no puede prosperar para explotar.

El resto del proyecto que tratará el Senado tiene artículos de segundo orden, como la asignación específica de los recursos que se generen y un impuesto extra regalías para generar más recursos al Estado.

La ley 7722 tiene un blindaje que en el ambiente político obvian. La Suprema Corte de Mendoza ratificó su legitimidad en un fallo unánime. Pero en la sentencia hay una veta importante: el ministro Mario Adaro votó en disidencia en dos aspectos de la ley. Primero, para él las prohibiciones de las sustancias tóxicas mencionadas en el ley no pueden ser solo restrictivas para la minería. Pero además Adaro pidió que se declarara inconstitucional la ratificación legislativa de los proyectos mineros por considerar que viola el sistema republicano. Es decir, para él no hace falta la aprobación de la legislatura, como propone Abraham.

La ley fue sancionada en 2007, en un torbellino político. Por un lado, el gobierno promocionaba a Mendoza como destino minero, pero en la Legislatura se sancionó una ley para prohibir la minería. Esa norma fue vetada por Julio Cobos. En medio de un clima de tensión, el oficialismo y la oposición “negociaron” un nuevo proyecto. Así nació la ley que luego llevaría el número 7722.

El Gobierno trabajó desde que Cornejo asumió en un plan minero que, tras redactarlo, quedó cajoneado. Ese plan caracteriza a la minería según la magnitud de los proyectos, propone líneas de acción y, con muchos eufemismos, cuestiona los alcances de la ley 7722, aunque siempre ratifican que respetarán su cumplimiento. En ese documento, por ejemplo, dicen que Mendoza perdió 5 mil millones de pesos de inversión por esa ley.

En paralelo la provincia adhiere también al Pacto Federal Minero, aunque puertas adentro del Arco Desaguadero se disimule. La propuesta de modificación de la 7722 no es un hecho aislado y también va de la mano de la intención de homogeneizar la legislación a nivel nacional. El tema es tratado en el COFEMIN (Concejo Federal de Minería). Y ese plan incluye la modificación de la Ley de Glaciares. La intención es flexibilizar las restricciones en el ambiente periglaciar y también en el área de los glaciares de escombros, por ejemplo.

Mendoza sí tuvo proyectos mineros en ese trayecto. El más importante fue Potasio Río Colorado, que fracasó y donde la ley 7722 no tuvo nada que ver. Lo mismo con los proyectos que precedieron a la ley: desde el desastre ambiental de Sierra Pintada (mina de uranio), hasta los negociados con los cateos mineros que se acumularon, pero que nunca se transformaron en inversiones reales. El proyecto San Jorge, para extraer cobre de un yacimiento en Uspallata, fue el que más avanzó. El Gobierno aprobó la DIA (Declaración de Impacto Ambiental), con más de 100 pedidos de aclaración. Pero la Legislatura “bochó” el proyecto. La Legislatura, con otra composición, también dejó de lado otros proyectos de exploración, como Cerro Amarillo (mina de cobre que tenía problemas porque estaba en una zona con glaciares) y también Hierro Indio, que no tenía en el plan exploratorio el uso de ninguna sustancia.

El nuevo debate por la modificación de la ley puede complicar otro plan que estaba en marcha, impulsado por el Gobierno. Se trata del saneamiento ambiental de los pasivos de Sierra Pintada, la planta industrial de procesamiento de uranio que quedó abandonada y que tiene material contaminante producido allí y también en la planta Dioxitek de Córdoba. El método elegido para sanear esos pasivos (el único posible) obliga a realizar el mismo proceso que para producir el uranio, que implica el uso de sustancias prohibidas por la 7722. Como esa ley no habla del “saneamiento” entre los procesos donde está prohibido el uso de las sustancias, creen que no hay impedimentos.

Fuente:https://noalamina.org/argentina/mendoza/item/42053-el-trasfondo-del-proyecto-de-modificacion-de-la-ley-7722

Internacional

Minería geotérmica y de litio: profundizando en un tema candente

La extracción de Litio de salmuera geotérmica, un tópico nuevo para la industria geotérmica que permitirá suministrar a la demanda del metal para la construcción de baterías y que además se presenta como una oportunidad para generar un flujo de ingresos adicionales.

Habiendo informado desde hace bastante tiempo sobre la extracción de litio de la salmuera geotérmica, queríamos explorar más sobre la tecnología y el enfoque detrás de ella. Desde la perspectiva de la energía geotérmica, la historia del litio ha sido bastante intrigante, simplemente debido al hecho de que podría proporcionar un flujo de ingresos adicional y completamente diferente al desarrollo geotérmico. Por lo tanto, la historia de MGX Minerals, una compañía canadiense diversificada de recursos con intereses en activos avanzados de materiales y energía en toda América del Norte, y su trabajo es interesante para el sector geotérmico, particularmente en el caso de que se vincule con actividades conjuntas de “minería” geotérmica y del litio.

Nos conectamos con Randall W. Keller como Vicepresidente de Desarrollo de Negocios para darnos algunos puntos de vista.

A nuestro entender, el negocio de extraer litio ha sido una actividad minera bastante tradicional. Su compañía ha estado trabajando en un enfoque para derivarlo de salmuera. ¿Nos puede dar un poco de antecedentes?

La nueva tecnología de MGX Minerals utiliza la nanofiltración para extraer litio de una compleja gama de salmueras que antes se consideraban no procesables debido a su complejidad o ubicación geográfica. Estos incluyen salmueras de superficie naturales y aguas residuales industriales, incluida el agua producida por las industrias de petróleo, gas y geotérmica. En el caso de aguas de procesos industriales, nuestra tecnología trata simultáneamente el agua para su descarga o reutilización.

El método convencional de extracción de litio de las salmueras, la evaporación solar, que se utiliza ampliamente en América Latina, requiere inversiones en grandes estanques de evaporación revestidos, de gran tamaño y con varias fases, que tardan meses en producir litio. Nuestro proceso recupera el litio en cuestión de horas, reduce el costo de capital y la huella ambiental de la recuperación de minerales.

¿En qué contexto geológico están conectados la energía geotérmica y el litio?

Todos los recursos geotérmicos son diferentes, y las salmueras minerales que se encuentran en un lugar determinado dependen de la composición geológica particular de la región. Cuando las plantas geotérmicas bombean agua caliente a la superficie, traen consigo salmueras ricas en minerales. En áreas donde coinciden altas concentraciones de litio y actividad geotérmica, los operadores geotérmicos terminan bombeando toneladas de litio a la superficie solo para inyectarlo nuevamente, una vez que se utiliza el agua para generar electricidad. La tecnología de MGX puede extraer litio de sus aguas residuales antes de que se vuelva a inyectar en el suelo, creando una nueva fuente de ingresos para el operador en el proceso.

¿Su empresa perforará pozos para obtener litio a partir de salmuera y cómo se relaciona esto con cualquier posible desarrollo de energía geotérmica?

En este momento estamos buscando aplicar nuestra tecnología de extracción rápida de litio a los campos geotérmicos. Hemos demostrado con éxito las capacidades de nuestra tecnología de filtración en nuestro laboratorio de Calgary, por lo que ahora estamos buscando los recursos para avanzar en la industria geotérmica. Estamos a la vanguardia de una oportunidad potencialmente enorme para la geotermia.

¿En qué se diferenciarán sus actividades de las de un desarrollador geotérmico, que también busca derivar fluidos geotérmicos para utilizar vapor para la producción de energía?

La tecnología de MGX extraería el litio del agua antes de que se inyecte nuevamente en el suelo, creando un flujo de ingresos completamente nuevo del litio recuperado. Al mismo tiempo, al tratar el agua, estaríamos ayudando a los desarrolladores a evitar el escalado en sus sistemas, lo que puede causar problemas graves si no se controla.

Agradecemos a MGX por proporcionarnos más detalles del proceso. Más detalles sobre la compañía se pueden encontrar en su sitio web en: www.mgxminerals.com

Fuente:http://www.piensageotermia.com/mineria-geotermica-y-de-litio-profundizando-en-un-tema-candente/