Exigencia para que Minera San Xavier cumpla con la legislacion
El pasado 24 de septiembre y en cumplimiento de una ejecutoria del Nove-
no Tribunal Colegiado de Primer Circuito, el pleno del Tribunal Federal de Justicia Fis-
cal y Administrativa (TFJFA) emitió sentencia final (Exp. 170/00-05-02-9/634/01-PL-
10-04-QC-DA) en el proceso legal que PRO SAN LUIS ECOLÓGICO siguió en con-
tra de la operación de la transnacional canadiense NEW GOLD-MINERA SAN
XAVIER (MSX) en CERRO DE SAN PEDRO, San Luis Potosí, en cuyas páginas 239
y 240 se establece que:
NUEVO PLAN “CÓNDOR”…MINERO
10 de noviembre de 2009
mineria@accionecologica.org
El gobierno ha cometido una serie de arbitrariedades y faltas para dar paso a la industria minera.
Por ejemplo, ha hecho caso omiso a las recomendaciones de la Comisión de Auditoría del Crédito Público-CAIC-, la misma que calificó de ilegítima a la deuda contraída con el Banco Mundial para el Proyecto de Minería y Control Ambiental -PRODEMINCA- y sugirió anularla por haber injerido en la política estatal y por violar los derechos colectivos, entre otras razones. El gobierno también ha incumplido el Mandato Minero, aprobado por la Asamblea Constituyente, puesto que no ha revertido las concesiones mineras a las empresas extranjeras. Además, recientemente, para la aprobación de la Ley de Minería se ignoró la opinión y derechos de las organizaciones y poblaciones locales, campesinas e indígenas. Aún más, ha omitido la existencia de una demanda de inconstitucionalidad de la mencionada Ley de Minería ante la Corte Constitucional.
Respuesta a Consejo de Defensa de la Mineria
DEBEMOS ATREVERNOS IR MÁS ALLÁ DE PREJUICIOS Y FALSOS ESPANTOS PARA LOGRAR UN VERDADERO DESARROLLO SOSTENIBLE DE ORURO -
A propósito de la declaración del “Consejo de Defensa de la Minería” -
Recientemente se ha dado a conocer la declaración de constitución del “Consejo Permanente de Defensa de la Minería de Oruro” organizado en fecha 6 de noviembre en una reunión con participación de los sectores vinculados a la minería tanto laborales, cooperativistas, empresarios y comercializadores privados. Como se dejo trascender, su convocatoria fue a raíz de la preocupación en los actores mineros por la promulgación del Decreto Supremo 0335, que declara zona de “emergencia ambiental a la sub-cuenca Huanuni”. Al tiempo de plantearse la defensa de la minería, la declaración reprocha la actuación de las organizaciones y activistas ambientales con calificativos como “eco-terroristas”, posturas y discursos que se repiten desde hace muchos años y que en cierta manera reflejan una vieja y equivocada lógica de concebir la defensa del Medio Ambiente opuesta al Desarrollo económico social.
Leer masAlumbrera y el uranio
Por Sergio Martínez
01/11/2009.
Me gustaría que publiquen el informe en forma completa y no sigan escondiendo la información, porque una cosa es decir que existe en alto grado, y otra cosa es decir cuánto exactamente hay, ya que conocido son los problemas que causa en la salud, aún con uranio empobrecido como el caso de los soldados que de la guerra del Golfo Pérsico los que sin saber, manejaban este material empobrecido (Uranio 238) que tiene una vida media de 4.500 millones de años, qué haremos los pueblos del interior con esta contaminación en Catamarca.
El Tunjuelo es una mina
Por: Élber Gutiérrez Roa
La provincia de Neuquén alerta ante minería
RENACE INFORMA
RED NACIONAL DE ACCION ECOLOGISTA De la Argentina
10 noviembre 09
CONVOCATORIA MULTISECTORIAL NO A LA MEGAMINERÍA EN NEUQUÉN
Ante la reciente decisión de la Legislatura de la provincia del Neuquén que avala el tratamiento de una Ley Provincial que permite la megaminería a cielo abierto en un endeble marco de “controles ambientales”, aseverando ser ésta una “decisión del Poder Ejecutivo Provincial, en concordancia con el gobierno nacional…”; el avance de las negociaciones y acuerdos binacionales con Chile, donde participó el gobernador Sapag (http://www.8300.com.ar/2009/
Advierten sobre posibles conflictos por instalación de base militar en Piura
Sáb, 07/11/2009
El presidente de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ), Javier Jahncke, advirtió que la eventual instalación de una base militar cerca a la minera Río Blanco, en Piura, solo acrecentaría los riesgos de un conflicto social en la zona.
“El gobierno debió reunirse con las autoridades locales y representaciones locales, (...) antes de pasarlos por encima y dar prioridad a la preocupación por una inversión minera, que a la vida y salud de los pobladores de zona”, declaró Jahncke Benavente a la CNR.
Leer masUn pueblo con cinturón de plomo
Pagina 12
Un informe de la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Texas denuncia la contaminación de Abra Pampa y sostiene que la Argentina corre el riesgo de desarrollar 400 casos semejantes. Recomienda remediar y organizar un plan sanitario integral.
Por Darío Aranda
“La negligencia gubernamental resultó en violaciones a los derechos humanos.” Es una de las afirmaciones del informe “Abra Pampa. Pueblo contaminado, pueblo olvidado”, realizado por la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Texas, que investigó la situación de la localidad jujeña contaminada desde hace dos décadas por la actividad minera, y al que tuvo acceso Página/12. La universidad estadounidense alerta sobre fallas en los organismos de control, denuncia que la remediación continúa siendo ineficiente y advierte sobre los peligros de la oleada minera: “La Argentina tiene riesgo de padecer 400 Abra Pampa”. Recomienda implementar un plan sanitario integral, remediar la contaminación, juzgar a los responsables (privados y estatales) y resarcir económicamente a las familias perjudicadas. Entre otros males, el plomo produce retraso en la pubertad, alteraciones de la visión, problemas de aprendizaje y daños a la función motora.
Leer masDecreto de emergencia en Oruro
FUENTE: GACETA OFICIAL DE BOLIVIA, 21 DE OCTUBRE DE 2009.
Tomado de CHiwanku 541
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
DECRETO SUPREMO Nº 0335 DECLARA SITUACIÓN DE EMERGENCIA CON APLICACIÓN EN LOS MUNICIPIOS DE HUANUNI, MACHACAMARCA, EL CHORO Y POOPÓ DEL DEPARTAMENTO DE ORURO. CONSIDERANDO:
Que el Artículo 33 de la Constitución Política del Estado, dispone que las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado.
Que el Artículo 17, concordante con lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 20 de la Ley No 1333, de 27 de marzo de 1992, de Medio Ambiente, establece que es deber del Estado y la sociedad, garantizar el derecho que tiene toda persona y ser viviente, a disfrutar de un ambiente sano y agradable en el desarrollo y ejercicio de sus actividades, considerándose actividades y/o factores susceptibles de degradar el medio ambiente a aquellos que contaminan las aguas en todos sus estados, cuando excedan los límites permisibles establecidos en reglamentació n expresa.
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