Chile

La silenciosa movida de SQM para amarrar la explotación del litio en el Salar de Atacama

Los contratos que la minera no metálica vinculada a Julio Ponce Lerou mantiene con Corfo y que le permiten explotar el lugar, tienen como fecha de término el 2030. Pero en la práctica, y a través de una serie de maniobras legales que van contra cláusulas de los contratos celebrados con SQM, esta logró obtener para sí, y en perjuicio del proyecto en el Salar de Atacama, derechos de agua y concesiones mineras que hacen inviable la explotación del lugar a cualquiera que no sea dicha compañía. Esto, ni en el mediano plazo ni cuando se terminen los contratos en 13 años más, lo que se devela en la segunda demanda arbitral que la institución liderada por Eduardo Bitran presentó hace unos meses.

)Una posición privilegiada y sin sobresaltos a la hora de las decisiones políticas e institucionales que pudieran afectarla, habría logrado por años SQM financiando irregularmente a distintos parlamentarios, ministros, asesores, partidos y un sinfín de actores que, de una u otra forma, podían influir en el negocio de la minera no metálica liderada por Julio Ponce Lerou. Al menos así se desprende de las investigaciones del Ministerio Público que han ido develando una red de poder e influencia alimentada por la compañía que por años mantuvo un bajo perfil.

Todo cambió cuando se destaparon distintas hebras del escándalo de las platas políticas.

Poco antes de eso, y durante el Gobierno de Sebastián Piñera, SQM había empezado a ser cuestionada por el caso Cascadas y también por el propio Estado a través de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo), entidad dueña de 28.054 pertenencias mineras OMA en el Salar de Atacama, pieza fundamental de la compañía.

En 2013, Corfo inicio un proceso de arbitraje por incumplimientos en el contrato que le permiten a SQM explotar hasta 2030 los minerales contenidos en el salar –principalmente cloruro de potasio en cualquiera de sus formas comerciales, ácido bórico y productos de litio–, conflicto que fue ahondado por la actual administración liderada por Eduardo Bitran, a través de una demanda arbitral interpuesta en mayo de 2014, tras la cual incluso se solicitó el término anticipado del contrato, rechazando la conciliación propuesta por el árbitro Héctor Húmeres.

No es la única acción legal interpuesta por Corfo contra la firma. En agosto pasado, una segunda demanda arbitral tiñó la tensa disputa entre la estatal y SQM. Esta vez se cuestionaba el contrato que establece las condiciones en que debe operar la minera no metálica para poder explotar litio en dicho salar.

Las acusaciones impulsadas por la estatal revelaban la silenciosa jugada que, a vista y aprobación del propio fisco, logró que SQM dejara, en la práctica, la explotación del Salar de Atacama en sus manos mucho más allá del término del contrato con el Estado.

Jaque mate al fisco

La segunda demanda arbitral de Corfo devela cómo, a través de diversas maniobras legales que van contra cláusulas de los contratos celebrados con SQM, esta logró obtener para sí, y en perjuicio del proyecto en el Salar de Atacama, derechos de agua y concesiones mineras que hacen inviable la explotación del lugar a cualquiera que no sea dicha compañía. Esto, ni en el mediano plazo ni cuando se terminen los contratos en 2030.

Según detalla la acción legal, “el Grupo SQM, especialmente SQM SALAR S.A. ha solicitado y obtenido para sí permisos y solicitudes de exploración y derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas situados en terrenos perimetrales a las pertenencias mineras OMA, dentro del Salar de Atacama, y de la comuna de San Pedro de Atacama. Se trata de derechos de aprovechamiento de aguas necesarios para el beneficio del Proyecto, y explotación de las Pertenencias OMA”.

La maniobra se realizó por la vía regular, es decir solicitando diversos derechos de agua a la Dirección General de Aguas (DGA), que en algunos casos puso trabas pero que a la larga terminó cediendo y entregando a la cuestionada minera no metálica una gran cantidad de derechos de agua en una zona donde ésta no abunda.

Así lo detalla la demanda de Corfo, que concluye que “a la fecha la arrendataria y mandataria de Corfo, SMQ Salar ha obtenido ‘para sí’ derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas situados en terrenos perimetrales a las pertenencias mineras OMA, dentro del Salar de Atacama, dentro de la comuna de San Pedro de Atacama, necesarios para la explotación y beneficio de las Pertenencias OMA y del Proyecto Minsal –Sociedad Minera Salar de Atacama S.A., con que se inició el Proyecto en 1986 y donde inicialmente Corfo tenía un porcentaje– señalados por más de 975 litros por segundo”.

SQM no solo se aseguró derechos de agua. Hizo lo mismo con servidumbres legales mineras, lo que en la práctica permite gravar o restringir a un dueño en beneficio de otro.

“SQM SALAR S.A. ha solicitado y obtenido para sí servidumbres legales mineras que benefician al Proyecto, y explotación de las pertenencias OMA ya señaladas y por plazos superiores a los del contrato de arrendamiento. SQM Salar solicitó a nombre propio la constitución de servidumbres mineras que gravan predios superficiales de propiedad de terceros, las que han sido constituidas en beneficio del proyecto que se desarrolla en el Salar de Atacama”.

La segunda demanda arbitral de Corfo devela cómo, a través de diversas maniobras legales que van contra cláusulas de los contratos celebrados con SQM, esta logró obtener para sí, y en perjuicio del proyecto en el Salar de Atacama, derechos de agua y concesiones mineras que hacen inviable la explotación del lugar a cualquiera que no sea dicha compañía. Esto, ni en el mediano plazo ni cuando se terminen los contratos en 2030.

El texto señala que “llama poderosamente la atención a mi representada que SQM Salar, la sociedad instrumental creada precisamente por las partes del Contrato de Proyecto, y cuyos únicos socios o accionistas actuales son precisamente SQMK y SQM haya solicitado las servidumbres legales mineras referidas para sí en las condiciones que lo hizo, utilizando para ello el contrato de arrendamiento, y en el cual consta que el propietario de las pertenencias es la Corporación; que lo haya hecho por un plazo de 50 años (fueron solicitadas y concedidas el año 2009 y 2007, respectivamente), esto es hasta el año 2059 y 2057, respectivamente, en circunstancias que tanto el contrato para proyecto, como sus conexos de arrendamiento y sociedad terminan el 31 de diciembre de 2030. Pero lo que es más sorprendente, es que excede con creces incluso el plazo de duración de la sociedad solicitante SQM Salar. Pues bien todo lo actuado, a la luz de los contratos vigentes entre mi representada y las demandadas constituye un flagrante incumplimiento de los mismos”.

La compañía vinculada a Ponce Lerou también “ha solicitado y obtenido para sí pedimentos, concesiones mineras de explotación y mensuras, en terrenos perimetrales a las pertenencias mineras OMA, dentro del Salar de Atacama, y dentro de la comuna de San Pedro de Atacama. Se trata de derechos mineros comprendidos dentro del proyecto a que se refiere el ‘Contrato de Proyecto’”.

Además, “Sociedad Química y Minera de Chile S.A., SQM, solicitó a nombre propio y para sí, y durante la vigencia del contrato de proyecto, innumerables concesiones mineras situadas dentro de la comuna de San Pedro de Atacama y dentro del Salar de Atacama. Es así como el territorio vecino al perímetro de las pertenencias mineras OMA de propiedad de Corfo, se encuentre en su mayor parte o bajo concesión de exploración o de explotación a favor de SQM”.

En términos simples, esto implica que la compañía se blindó con la ayuda del propio fisco por medio de la entrega de concesiones y derechos en desmedro de Corfo, para que esta última no pueda explotar el salar si se pone término anticipado a los contratos ni cuando se termine el contrato en 2030, tras lo cual nadie tendrá la capacidad de hacerlo, porque no tendrá ni los derechos de agua ni los permisos o concesiones mineras necesarios.

Según conocedores del caso, “lo que ha estado haciendo SQM es generar, con un cordón de pertenencias en el salar, una dificultad mayor y hacer inviable para cualquiera que el 2030 quiera explotar el Salar de Atacama”. Y agregan que esto es “un engaño, es un arrendatario actuando de mala fe, porque estos no son errores: han actuado de mala fe con Corfo, con la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN), con Aduanas, con el Servicio de Impuestos Internos y también con sus accionistas minoritarios”.

Otras fuentes consideran que “esto es una muestra clara de la descoordinación entre instituciones estatales, lo que se ha constatado repetidamente. La verdad es que la negligencia estatal es impresionante”. Situación que quedó expuesta recientemente por la comisión investigadora sobre daño ambiental en Salares, Glaciares y Cuencas Hidrográficas, que apuntó a la ineficiencia del Estado y las instituciones competentes a la hora del cuidado de los recursos naturales, especialmente los hídricos.

Las mismas fuentes agregan que “claramente la tesis de Corfo es que esto es ilegal. La lectura es que estos derechos de agua, concesiones y pertenencias mineras deberían haber sido puestos a nombre de Corfo, ya que el contrato SQM se obliga a proteger los recursos porque son del Estado de Chile. Le exige protección de pertenencias, derechos de agua, y no lo han hecho. Se las han apropiado”.

Por eso, lo que persigue esta segunda demanda arbitral –que es independiente de la primera, aunque se espera que se acumulen– es que se restituyan estos derechos mineros y de agua y queden a nombre de Corfo.

SQM también ha sido fuertemente criticada desde el Congreso. La Comisión investigadora del litio dio un firme espaldarazo en noviembre pasado a la decisión de Corfo de terminar los contratos que le han permitido a la minera explotar el Salar de Atacama, señalando –entre otros puntos– que el gobierno corporativo perdió toda calidad ética para ser socio del Estado en el Salar de Atacama.

Fuente:http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2017/01/09/la-silenciosa-movida-de-sqm-para-amarrar-la-explotacion-del-litio-en-el-salar-de-atacama/?php%20bloginfo%28%27url%27%29;%20?%3E/cultura

Ecuador

Comunidades de Íntag ratifican rechazo a la minería

El conversatorio tenía la finalidad de exponer la real preocupación de los pobladores ante la falta de compromiso de autoridades del país y empresas mineras con el cumplimiento de ofrecimientos, y sobre todo con el daño ambiental que, según manifestaron, está evidenciándose en los recursos naturales de la zona.

Jomar Cevallos, alcalde del cantón, inició el conversatorio. En su intervención manifestó las acciones que han ejecutado como Municipio para apoyar la lucha de las comunidades y aportar a la conservación natural.

Indicó que una de esas acciones es la creación de la Empresa Pública de Turismo y Energía Renovable, para generar políticas que permitan el desarrollo en esas áreas. Asimismo para este 2017 explicó que se ha creado la Dirección de Ambiente, la cual no existía en el cantón y a través de la cual se podrá ejercer mayor incidencia en la lucha anti minera.

En Íntag

Por otro lado informó que el 80% de la zona de Íntag está en proceso de ser concesionada, es decir unas 8.536 hectáreas en proceso, tomando en cuenta que son 10.700 hectáreas ya concesionadas. De igual forma calificó la situación como “sumamente preocupante”, porque son más comunidades las que se ven inmersas en las concesiones.

Los representantes que participaron del conversatorio acordaron un rechazo debido a la falta de consulta previa y su preocupación ante la intervención del territorio sin ser tomados en cuenta.

Nelson Betancur, presidente del Gobierno Parroquial de Apuela, habló sobre la realidad de esa parroquia, indicando que se encuentran en concesión 7.000 hectáreas, las que también contemplan ocho fuentes hídricas de captación. «No hemos sido consultados”, expresó, y sostuvo que es lo que más molesta a los pobladores, ya que dijo que con ello existe vulneración de derechos.

Por otro lado Betancur anunció que como parroquia tienen propuestas alternativas referentes a la conservación ambiental, generación de un sistema de energía renovable, actividades para impulsar la productividad y otros.

Añadió que la minería solo genera daños: “afecta a nivel de todo el cantón, no solo a las seis parroquias de Íntag. Se ha hecho un pronunciamiento en agosto y el 14 de este mes se planifica otro, ratificando que tenemos el derecho a la consulta previa en cuanto a las actividades de minería en la parroquia”.

También intervino José Garzón, presidente de la Junta Parroquial de Cuellaje, quien manifestó que están trabajando en la concientización a la gente en cuanto a la reforestación, mantenimiento de fuentes de agua y protegiendo las partes altas a fin de fortalecer la conservación ambiental.

“Cuellaje no pensaría en hacer minería porque la agricultura da suficiente para abastecer las familias y mercados”, añadió al explicar que, al igual que otras comunidades, se tienen alternativas de desarrollo y subsistencia, ajenas y en contra a la minería.

Polibio Pérez, vocal del Gobierno Parroquial de García Moreno, hizo énfasis en cuanto al derecho a tener títulos de lo que pasa en la zona: “se ofrecieron regalías pero hasta el momento no han desembolsado un dólar. La empresa minera lo único que ha ido es a destruir.»

Acciones

Por su lado Javier Ramírez, coordinador de la veeduría comunitaria de Junín, hizo referencia a los hallazgos dentro de este proceso, explicando que a pesar de las denuncias no se han visto acciones de parte de autoridades.

Sostuvo que recursos como el agua ya se ven afectados con la contaminación, ya que se ha presentado cambio en su PH, conductividad y otros indicadores. Indicó que en febrero tendrán una tabla de resultados sobre los serios impactos en el agua y otros recursos que afectan al ambiente y calidad de vida de pobladores.

Además de asambleas y reuniones con los comuneros para fortalecer el apoyo y lucha, Cevallos sostuvo que se pretende cristalizar acciones referentes a sanciones y análisis de la intervención de las empresas Codelco y Enami en la zona, en específico sobre el incumplimiento de licencia ambiental, estudios e impactos y otros tras su intervención.

Añadió que con la creación de la Dirección de Ambiente del Municipio se podrá fortalecer los procesos en cuanto a conservación ambiental e impulso de actividades en beneficio de esos sectores afectados. (CFDA)

 

Fuente:http://lahora.com.ec/index.php/noticias/show/1102018318/-1/Comunidades_de_%C3%8Dntag_ratifican_rechazo_a_la_miner%C3%ADa_.html#.WHY3pDVVK1E

Argentina

La justicia procesó al gerente general de Minera Alumbrera por la contaminación de la cuenca del río Salí-Dulce

Así lo decidió el juez federal tucumano Fernando Poviña al considerarlo responsable de la violación a la ley de Residuos Peligrosos; la causa se inició hace 16 años.

SAN MIGUEL DE TUCUMAN.- El gerente general de la compañía Minera Alumbrera, Raúl Pedro Mentz, fue procesado, sin prisión preventiva, por el juez federal número 2 de esta provincia, Fernando Poviña, quien lo consideró penalmente responsable por la contaminación de la cuenca de los ríos Salí-Dulce.

En su fallo, sin embargo, el magistrado dispuso el sobreseimiento del ex vicepresidente de la firma y actual titular de la Cámara de Comercio Argentino-Británica, Julián Rooney, y dejó sin efecto el llamado a indagatoria de Michael Lou Holmes, otro alto directivo de la minera.

El juez Poviña procesó a Mentz por considerar que está probada la contaminación con metales pesados provenientes de la industria minera del canal DP2, tributario de la cuenca Salí-Dulce, que desemboca en el dique El Frontal de Termas de Río Hondo, que comparten Tucumán y Santiago del Estero.

El fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, confirmó a LA NACION que apelará la sentencia para exigir que se revierta el punto que deslinda de responsabilidades a Rooney, e insistir con el pedido de indagatoria a Holmes. Lo mismo hará la ONG Pro-Eco, en su rol de querellante en la causa que se inició hace 16 años y que comienza a avanzar recién ahora, justo cuando Minera Alumbrera anunció su decisión de abandonar la explotación que lleva adelante en el yacimiento de Bajo La Alumbrera, en la vecina provincia de Catamarca.

En la sentencia, fechada el 26 de julio último, el juez Poviña ratificó la validez probatoria de los estudios realizados por el Instituto Nacional del Agua sobre muestras de líquido tomadas en 2012 por Gendarmería Nacional en el canal DP2 y en la planta de secado que Minera Alumbrera posee en la localidad tucumana de Cruz del Norte.

Metales pesados

El informe, que fue ratificado por peritos de la Universidad Nacional de Tucumán, reveló la contaminación de ese curso de agua, ubicado en la localidad tucumana de Ranchillos, con metales pesados (principalmente cobre) provenientes de los efluentes de la empresa minera.

El magistrado también evaluó un estudio realizado por el Instituto de Ecología Genética y de Evolución de Buenos Aires, que ratifica la presencia de cobre en el canal efluente de la cuenca Salí-Dulce y el embalse de Río Hondo, y advierte sobre los efectos negativos que ello genera en la salud pública. Según el informe, como consecuencia de la contaminación con cobre «son probables los problemas gastrointestinales a largo plazo, dado la capacidad de ese metal de bioacumularse, tanto en peces como en humanos que consumen la fauna acuática».

Con esos elementos, Poviña dictó el procesamiento de Mentz, a quien imputó como autor, penalmente responsable, por el delito ambiental contemplado y penado en la ley nacional 24.051, de residuos peligrosos.

El fiscal Gómez consideró que la sentencia implica «un avance en materia de sanciones penales contra la megaminería contaminante, porque el fallo considera que el delito ambiental es de peligro abstracto, lo cual quiere decir que no es necesario que se haya contaminado, sino que alcanza con el simple hecho de que exista un peligro de contaminación».

Según el fiscal federal, «las implicancias de esta resolución judicial son importantes para el futuro de la megaminería en la Argentina, porque el procesamiento del gerente general de la empresa más importante del sector es un claro mensaje para la actividad, que tendrá que hacer las cosas bien, sin contaminar».

Además, Gómez consideró que «aún cuando Minera Alumbrera está anunciando su retiro, este fallo alcanzará a los responsables de la contaminación, porque se la considera como un delito continuado».

 

Fuente:http://www.lanacion.com.ar/1924060-la-justicia-proceso-al-gerente-general-de-minera-alumbrera-por-la-contaminacion-de-la-cuenca-del-rio-sali-dulce

Brasil

Los sin tierra desafían a un gigante en la Amazonia

Agricultores del Estado de Pará en Brasil ocupan áreas que según ellos la empresa minera ha comprado ilegalmente. Es una manera de forzar la maquinaria legal.

En un despacho pequeño y remoto de la Amazonia de paredes sucias y goteras en el techo, una pareja de abogados monta desde hace dos años un rompecabezas diabólico. Las piezas del puzzle son las divisiones de un mapa gigante que reposa sobre la mesa y que delimita los terrenos de Canaã dos Carajás, un municipio del sudeste del Estado de Pará, al norte de Brasil. En esta región interminable, la empresa Vale, una gran compañía minera brasileña, lleva a cabo proyectos multimillonarios de extracción de cobre, hierro y otros minerales. De una manera poco limpia a veces, según estos dos abogados, José Batista Afonso y Andreia Silverio, empeñados en probar que la empresa se ha apropiado irregularmente, durante varias décadas, de tierras del Gobierno Federal. Vale lo niega. “Esta tierra de aquí era pública. Y ésta, no se puede vender ni comprar”, señala Batista Afonso en el mapa del despacho, una especie de refugio sin cerradura de desposeídos sin títulos, Más allá, el territorio feraz y violento de la Amazonia, forjado con años de desmanes, con cierto parecido al Oeste de las películas del oeste, con olor a quemado y pesticidas, con historias de buscadores de oro, labradores sin nada y amplísimos ranchos de ganado.

Los abogados sostienen que Vale se ha ido apropiando de tierras comprándolas a agricultores sin títulos de propiedad que labraban en suelo público arrendado. Pero sólo hay una manera de demostrarlo: forzar a la empresa a enseñar los títulos de propiedad. Y ahí entra en juego como punta de lanza sin nada que perder un movimiento llamado Los Sin Tierra, conformado por labradores pobres que siempre han trabajado granjas de otros. Estos ocupan sin permiso parte de las parcelas compradas por Vale. Hace un año, 400 familias irrumpieron en una de esas áreas. Se distribuyeron por las 8.000 hectáreas. Levantaron casas de madera y comenzaron a cultivar.

Fuente:http://internacional.elpais.com/internacional/2016/12/14/america/1481729925_048176.html

Chile

Tribunal Ambiental rechaza reclamación de Pascua Lama en contra de la SMA

El Tribunal Ambiental de Santiago, por unanimidad de sus ministros, rechazó la reclamación interpuesta por Compañía Minera Nevada SpA (CMN) en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que no aprobó el Programa de Cumplimiento presentado por Pascua Lama.

“Que, por todo lo señalado en los considerandos precedentes, el Tribunal concluye que la SMA no incurrió en el vicio de desviación de poder y aplicó correctamente el criterio de integridad, razón por la cual las alegaciones de la reclamante se rechazarán”, dice la sentencia redactada por la ministra Ximena Insunza.

El fallo explica que el criterio de integridad exige que el programa de cumplimiento incorpore todas las infracciones contenidas en la formulación de cargos, y que la SMA rechazó dicho programa justamente por no cumplir con el mencionado criterio, ya que no incorporó todas las infracciones detalladas en los cargos.

En definitiva la sentencia destaca que los programas de cumplimientos tienen un objetivo esencial, esto es, la protección del medio ambiente, corrigiendo los incumplimientos normativos y los efectos de estos en forma previa al término del procedimiento sancionatorio.

La resolución reclamada, está asociada a un segundo proceso sancionatorio llevado a cabo por la SMA contra el proyecto minero, a través del cual se le formularon diez cargos asociados a flora y monitoreos sociales y de glaciares, entre otros. Una infracción fue calificada como gravísima, dos tienen carácter de graves, y siete son leves.

Fuente:http://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-atacama/2017/01/03/tribunal-ambiental-rechaza-reclamacion-de-pascua-lama-en-contra-de-la-sma.shtml

Argentina

Argentina: ¡Frenemos la explotación minera en la puerta de la Cuevas de las Manos a tiempo!

cuevasLa empresa Patagonia Gold, obtuvo el permiso para realizar exploraciones mineras al borde de la ruta nacional 40, cercano al sitio Cueva de las Manos, en terrenos que son propiedad de Fundación Flora y Fauna Argentina y que se encuentran en proceso donación para ampliar el «Parque Nacional Patagonia».

Las comunidades locales están promoviendo un circuito turístico binacional, que se verá afectado por la minería a cielo abierto, a la vista de todos los turistas en una de las futuras entradas del Parque Nacional. Esta actividad provocará daños irreversibles en los numerosos yacimientos arqueológicos existentes en el área y en un paisaje único conformado por afluentes que llevan al Río Pinturas.

Fuente:http://bloglemu.blogspot.cl/2016/12/argentina-frenemos-la-explotacion.html

 

Perú

Comunidades de Huancabamba y Ayabaca exigen cierre de oficinas de Río Blanco en Piura

piuraPOR FALTA DE LICENCIA SOCIAL

Se ratificó rechazo del convenio firmado entre el gobierno y el consorcio chino Xiamen Zijin Tongguan

Campesinos piden respeto a la consulta vecinal en rechazo de Río Blanco en el 2007

Los ronderos y comuneros campesinos de las provincias de Huancabamba y Ayabaca (región Piura) exigen que en el plazo de un mes, el gobierno local de Huancabamba  cierre las oficinas de la Empresa Minera Río Blanco, ya que no cuenta con la licencia social para sus realizar sus actividades.

Es así que una comisión conformada por autoridades y ronderos de la zona, llegó hasta la municipalidad provincial para exigirle al alcalde de Huancabamba, Marco Velasco, se pronuncie sobre este gran problema social que sigue latente en dicha provincia.

A través de un Acta de acuerdos, que resultó de la movilización del 16 de diciembre, las comunidades y sus autoridades ratificaron su rechazo al Convenio suscrito por el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski y el consorcio chino chino Xiamen Zijin Tongguan Investment Development Corporation, durante la APEC.

“Rechazamos de forma tajante el Convenio suscrito por el gobierno de Kuczynski para realizar el proyecto minero Rio Blanco a espaldas de las Comunidades Campesinas de Segunda y Cajas, Yanta, y gobiernos locales de Ayabaca y Huancabamba”, indica el acta.

De igual manera, se hizo un llamado a todas las organizaciones ronderiles de la Región Piura, Asociaciones de agricultores, Juntas de Usuarios y Regantes, Juntas Vecinales de barrios y Urbanizaciones Populares a informarse e incorporarse orgánicamente a la defensa de los Páramos Andinos y Bosques de Neblina.

Todo ello con el fin de exigir la validez de la Consulta Popular del 16 de setiembre del 2007, que avaló –en un 97%- su rechazo a la minería en los páramos andinos y bosques de neblina, y seguir priorizando sus actividades cotidianas como la agricultura, la ganadería y el turismo sostenible.

Desconfianza

Por su parte, David Velazco, director de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz), recordó que la Dirección general de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energía y Minas (MEM) había aprobado una modificación al plan de rehabilitación del proyecto Rio Blanco, porque según este sector, aún subsisten afectaciones ambientales que no se han remediado.

“El Estado le ha aprobado un plan de remediación por 7 años y 10 meses. no sabemos por qué tanto tiempo. Las comunidades sospechan que en realidad están tratando de ganar tiempo para regresar al territorio, y en la práctica solicitar ampliación para actividades de exploración minera”, señaló.

Velasco comentó que a ello se suma, el hecho de que las comunidades no han sido consultadas sobre esta eventual decisión del gobierno para aprobar esta ampliación.

Protesta masiva

Luego que el Ejecutivo suspendiera la mesa de diálogo programada para el martes 13 de diciembre en Huancabamba. El 16 de diciembre, se llevó a cabo una movilización pacífica hasta la sede municipal de Huancabamba. Ahí se congregaron cerca de 5 mil campesinos provenientes de las comunidades de Huancabamba y Ayabaca, para rechazar el intento del gobierno central de «promocionar» el proyecto Minero Rio Blanco.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/531-comunidades-de-huancabamba-y-ayabaca-exigen-cierre-de-oficinas-de-rio-blanco-en-piura

Argentina

Argentina/Chile: Escombros tóxicos mineros en la alta cordillera

ejecutivos-denuenciadosImputaron a cuatro altos directivos de Minera Los Pelambres.
Tras la declaración indagatoria por escrito que hizo el lunes último ante el Juzgado Federal de San Juan (Argentina) el actual gerente general de la compañía chilena, Andrew Mayne-Nicholls, el juez Rago Gallo decidió imputar también al director general, Francisco Veloso. De esa forma, ahora son cuatro los ejecutivos de la minera chilena que están imputados por dos artículos de la Ley de Residuos Tóxicos, el 55 y el 182. Ellos son: Andrew Mayne-Nicholls, Alberto Cerdá Mery, Ignacio Cruz Zabala y ahora también Veloso.

El juez federal Leopoldo Rago Gallo, del Juzgado Federal N° 2 de San Juan, imputó a la máxima autoridad minera de la compañía chilena Los Pelambres, por arrojar ilegalmente escombros tóxicos mineros (toneladas de rocas y más de 500 neumáticos gigantes) en el lado argentino de la cordillera de los Andes, en el departamento Calingasta. Es Francisco Veloso (foto), presidente del directorio de la compañía chilena que contaminó en Calingasta. Debe venir en marzo con otros dos gerentes.
Tras la declaración indagatoria por escrito que hizo el lunes último el actual gerente general de la compañía chilena, Andrew Mayne-Nicholls, el juez Rago Gallo decidió imputar también al director general, Francisco Veloso.
De esa forma, ahora son cuatro los ejecutivos de la minera chilena que están imputados por dos artículos de la Ley de Residuos Tóxicos, el 55 y el 182. Ellos son: Andrew Mayne-Nicholls, Alberto Cerdá Mery, Ignacio Cruz Zabala y ahora también Veloso.
Cerdá Mery y Zabala debían haber declarado la semana pasada, pero como pidieron ser eximidos de prisión y eso obligó a reprogramar el cronograma de indagatorias.
El beneficio de asegurarles la libertad cuando vengan a declarar les fue otorgado a los cuatro gerentes, tras un extenso trámite con las cancillerías de ambos países que se realizó a través de la Secretaría Penal N° 5 a cargo de Florencia Gutiérrez.
El artículo 55 dice que «será reprimido con las mismas penas establecidas en el art.200 del Código Penal, el que, utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.
El artículo 182 habla de la usurpación de aguas. Dice que «será reprimido con prisión de quince días a un año: 1º El que ilícitamente y con el propósito de causar perjuicio a otro sacare aguas de represas, estanques u otros depósitos, ríos, arroyos, fuentes, canales o acueductos o las sacare en mayor cantidad que aquella a que tenga derecho”.
Por esos delitos deberá viajar a San Juan a declarar el director de Los Pelambres.
Según fuentes del Juzgado Federal N° 2, el cronograma es el siguiente: Francisco Veloso tiene fecha de indagatoria para el 8 de marzo de 2017, Alberdo Cerdá Mery el 9 de marzo de 2017 y Ignacio Cruz Zabala para el 10 de marzo de 2017.

Los ejecutivos mineros chilenos deberán rendir cuentas sobre porqué tiraron toneladas de rocas y más de 500 neumáticos gigantes en el lado argentino de la cordillera de los Andes. Los chilenos se escudan en que el botadero fue autorizado en el 2004 por las autoridades gubernamentales chilenas y que en el 2012 les informaron a ellos que el límite era otro y les admitieron que estaban tirando escombros de su mina en territorio prohibido.

Fuente:http://bloglemu.blogspot.cl/2016/12/argentinachile-escombros-toxicos.html

Argentina

Cómo es el plan del Gobierno para habilitar la minería sobre glaciares

glaciar-cortadoEn silencio y sin hacerlo público, el Gobierno diseña desde hace meses una estrategia para destruir el espíritu de la ley de glaciaresa través de una reglamentación que desvirtúe la definición de glaciar y allane el camino para la instalación de mineras en zonas prohibidas.

Infobae tuvo acceso a dos documentos que fueron enviados de manera anónima a los querellantes de la causa en la que se investiga el incumplimiento de la ley tendencias involucradas la veracidad de las cuestiones tratadas en los documentos, que muestran la estrategia diseñada por técnicos de la Secretaría de Minería, y las discusiones internas. El primero es un borrador de la reglamentación que debería firmar el presidente Mauricio Macri y el segundo es una presentación en Power Point que describe con detalles cómo hacer para demoler algunos artículos clave de la ley

El Gobierno prometió 20 mil millones de dólares en inversiones mineras. El documento habla de más de 25 mil millones de dólares de inversiones potenciales, pero sabe (y sabía el Presidente cuando hizo el anuncio) que no menos 16.360 millones sólo llegarían si las condiciones internacionales y locales lo permiten, y si la ley de glaciares deja de existir.

De acuerdo al documento del propio Gobierno, hay cuatro proyectos que contienen en su área geoformas mapeadas en el Inventario Nacional de Glaciares. Son Altar, Pascua Lama, Los Azules y Pachón, todos en San Juan.

Las inversiones que el gobierno estima en esos proyectos son de 10 mil millones de dólares, pero el deseo está lejos de la realidad, ya que además de la violación de la ley, Pascua Lama fue frenado por la Justicia chilena por contaminar dos glaciares y Pachón está absolutamente paralizado y en medio de un conflicto binacional con Chile por la y secó vegas en Argentina, entre otras cosas.

Y hay otros tres proyectos, por 6.360 millones de dólares, con «potencial conflicto» con la ley de glaciares. El «potencial», en realidad, es porque esos lugares todavía no fueron inventariados. En otras palabras, son zonas que una vez que sean incluidas en el inventario de glaciares deberán ser protegidas. Son los proyectos Agua Rica, en Catamarca, donde esperan dar continuidad a Bajo La Alumbrera, el primer proyecto minero a gran escala del país; y los proyecto Del Carmen y Constelación, en San Juan. El primero de esos proyectos es de Barrick Gold, mientras que el segundo afectará directamente al glaciar El Potro, uno de los más grandes de Sudamérica.

El acuerdo para reglamentar la ley de glaciares se alcanzó el 21 de julio, lo cual quiere decir que se venía negociando desde hace rato. Sin embargo, recién a fines de agosto llegaron a un convenio definitivo y a mediados de septiembre se empezaron a reunir los equipos técnicos por separado. En octubre cada dependencia presentó su borrador y se realizó un taller y dos reuniones en cada ministerio.

Si hay algo que queda claro en ambos documentos es el afán de la Secretaría de Minería de «ir por todo», lejos de la posición mucho más medida –pero a favor de la reglamentación– del Ministerio de Ambiente. Es lógico: el secretario de Minería es Daniel Meilán, un emblema del esquema minero libre de impuestos promovido durante el menemismo y un crítico de las leyes a favor del medio ambiente que, dice, carecen de sustento Por caso, tampoco estaría de acuerdo con reglamentar las herramientas vinculadas al desarrollo sustentable, como pretende el Ministerio de Ambiente.

El documento filtrado plantea una estrategia que luego se ve plasmada en el borrador de reglamentación. Aunque hay algunas cuestiones muy técnicas, hay recomendaciones muy concretas. La primera idea es excluir a los llamados glaciares de escombro del ambiente periglacial, que está protegido por la ley y que el Ianigla incluyó en las cuencas del inventario que ya fueron publicadas.

En el documento se explica expresamente cómo hacer «para exceptuarlos del área a proteger». Para ello, la Secretaría de Energía propuso incluir un requisito extra para que sean resguardados por la ley: contar con un «Estudio de Significancia Hídrica», que parecería que en el Ministerio de Ambiente, al menos en un principio, no están de acuerdo con exigir. Lo mismo se propuso para los glaciaretes, que son parte del ambiente glaciar protegido por ley.

En este punto hay que hacer una explicación. En los documentos parecería sobrevolar la idea de que habría que demostrar que los glaciares y el ambiente periglacial son «recurso hídrico estratégico» para que sean protegidos, algo que la ley no exige. Muy lejos de esa interpretación maniquea, la ley define a todos los glaciares y la ambiente periglaciales como recursos estratégicos e incluso aclara que no es la única finalidad de protección: también hay que resguardarlos «para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico». En resumen, por más que se demuestre que un glaciar no tiene «significancia hídrica», aún así está protegido por ley. Daniel Meilán y se equipo, entonces, quieren reducir a uno sólo los seis objetivos de la ley propuestos por el Congreso nacional
«Algunos glaciares de escombro tienen en la nariz un arroyito que nace de ellos. Estos caudales se pueden medir. Pero hay glaciares de escombro que no tienen estos arroyos, porque el agua de ellos se va en forma subterránea, aflorando varios kilómetros abajo. Así, el proyecto dejará afuera a estos glaciares de escombro que cumplen su importante función hidrológica», explicó a Infobae el abogado Diego Seguí, que encabeza la querella junto al letrado Enrique Viale.

Otra aclaración para nada menor: una reglamentación no puede desvirtuar una ley. No sólo porque no es legal, sino que tampoco es democrático ni republicano. Si el Gobierno decida avanzar, es probable que al otro día se presenten recursos de amparo reclamando su inconstitucionalidad, pero la Justicia –creen en la querella– no es garantía de nada.

Esta interpretación sesgada de la ley se ve mucho más clara cuando se analiza el borrador de la reglamentación. Por ejemplo, el Gobierno pretende proteger, solamente, a los glaciares que tengan más de una hectárea pese a que la ley aclara expresamente que quedan resguardados todos los glaciares «cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación». De esta forma, por ejemplo,quedaría afuera del inventario el glaciar binacional Toro 1, que tiene poco más de 700 metros cuadrados del lado argentino de la frontera y sobre el cual está diseñado el rajo del proyecto Pascua Lama. Ese glaciar ya fue contaminado por Barrick Gold.

No obstante, lo más curioso es que el Ianigla ya había decidido utilizar ese criterio, lo cual demuestra que la decisión de las autoridades a cargo del inventario no fue basada en ningún aspecto legal. Pero además, como aclaró el abogado Seguí, «cualquier geoforma que tiene dimensión inferior a una hectárea también cumple un función hídrica, y de hecho en ambientes áridos, como la cordillera andina central, es normal que esos cuerpos sean pequeños, lo que se compensa con la gran cantidad que hay»

Hay otro tema que genera incertidumbre: hay cuestiones sobre las que el Ianigla ya avanzó y ahora deberían ser revisadas. Es decir que habría que volver para atrás en la mínima aplicación que ya se hizo de la ley.

Algo que llama poderosamente la atención es la cantidad de recursos que el Estado destinó a destruir la ley de glaciares. Son los abogados y equipos técnicos del Poder Ejecutivo los que realizaron el trabajo de las mineras. Pero aquí hay otra discusión de fondo: el esquema de desarrollo que promueve el gobierno. Si bien la minería se suele calificar como un motor de progreso, las zonas mineras, en todo el mundo, son las que peores indicadores tienen en sus países. Y Argentina, naturalmente, no es la excepción: el mayor desempleo de San Juan está en los cinco departamentos con proyectos mineros, superando el 50% en el que Barrick Gold instaló Veladero. Es más: las provincias con minería a cielo abierto, como Catamarca, San Juan y Santa Cruz, son de las que peores indicadores socioeconómicos tienen del país. A esta altura de la historia, cualquiera debería saberlo.

Fuente:http://www.infobae.com/politica/2016/12/20/como-es-el-plan-del-gobierno-para-habilitar-la-mineria-sobre-glaciares/

Argentina

Las ventajas de las mineras no se tocan: La reforma de Ganancias acordada deja afuera las retenciones a mineras

empresasEl Gobierno nacional y los gobernadores acordaron modificar el Impuesto a las Ganancias y cubrir la diferencia fiscal con parte de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN), al tiempo que confirmaron que se aplicará por única vez el impuesto a las operaciones de dólar futuro previas a la asunción del gobierno de Macri. Asimismo, quedó descartado el plan de la oposición de restituir las retenciones a las exportaciones mineras. Más allá de esto, las mineras cuentan desde hace dos décadas con una batería de enormes beneficios fiscales, arancelarios, territoriales y tarifarios en el marco de un legislación que habilita el saqueo.

El anuncio se conoció por boca del propio gobernador de San Juan, Sergio Uñac, durante la conferencia de prensa con funcionarios nacionales en la que se anunció un acuerdo con los gobernadores sobre el proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias consensuado con la CGT el día anterior.

‘La minería seguirá sin retenciones porque implicaba abonar inseguridad jurídica, que creo que es el condimento más complejo que le podemos mostrar a los inversores internacionales‘, señaló el mandatario sanjuanino. Uñac dijo que ‘están eliminadas las retenciones a la exportación de minerales metalíferos y no metalíferos.

La posibilidad de financiar el costo fiscal del nuevo proyecto de Ganancias con retenciones a la minería había puesto en pie de guerra a los gobernadores de provincias mineras y a las cámaras del sector porque ponía en riesgo al menos 12.000 puestos de trabajo en medio de una fuerte crisis de empleo en Argentina. Pero ahora no
habrá que ajustarse más el cinturón.

Según lo confirmado ayer por el ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay, en el nuevo proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias -que ayer obtuvo dictamen de comisión en el Senado para ser debatido hoy en una sesión especial- ‘está previsto el impuesto extraordinario por única vez a las operaciones especulativas del dólar futuro previas a la asunción del gobierno de Mauricio Macri‘.

Hoy lo vota el Senado y vuelve en revisión a Diputados y mañana lo convertiría en ley.

El nuevo proyecto incluye también una compensación para las provincias de $7.000 millones en ATN
que cubrirá de forma automática el déficit que estaba saldado en el Presupuesto 2017. Luego de la reunión con la gran mayoría de los gobernadores en el Salón de los Escudos de la Casa Rosada, el Gobierno celebró que haya primado la ‘racionalidad y la sensatez‘ frente a la ‘irresponsabilidad‘ del proyecto que ya tenía media sanción en Diputados y fuera impulsado por la oposición.

En rueda de prensa, el ministro del Interior, Rogelio Frigerio, destacó el acompañamiento de ‘los representantes de los trabajadores‘ (CGT) el lunes y el consenso logrado ayer con los gobernadores, que ‘ayudaron a parar la pelota‘ y ‘reencauzar‘ una reforma del impuesto que ‘a nuestro juicio era muy mala‘ porque ‘dinamitaba el Presupuesto 2017‘. Frigerio destacó que el acuerdo frena ‘la irresponsabilidad de crear nuevos impuestos que puedan afectar la llegada de inversiones que tanto hace falta en la Argentina para generar empleo‘. Sobre el financiamiento del impuesto, explicó que saldrá exclusivamente del gravamen al juego, que recaudará 6.000 millones de pesos y que se han dejado de lado otros tributos que proponía el proyecto anterior como gravar la renta financiera y reimplantar las retenciones a la minería.

Para el próximo año habrá una ‘medida transitoria‘ para compensar a las provincias con ‘una parte de los ATN que se financian con Ganancias y que van a ser destinados a cubrir la diferencia entre el acuerdo que alcanzamos y los 27.000 millones de pesos que se habían establecido en el Presupuesto‘.

A toda máquina
El proyecto de ley que modifica el Impuesto a las Ganancias elevando el mínimo no imponible para los casados con dos hijos a 37 mil pesos (30.500 de bolsillo) y a 28 mil pesos (23.200) para los solteros, obtuvo ayer el acuerdo de todas las bancadas del Senado y será debatido en una sesión especial programada para hoy desde el mediodía. La intención es que quede aprobado a última hora de la tarde y llegue inmediatamente a Diputados, donde será discutido en el recinto este jueves 22 de diciembre.

El proyecto también se establecen tres tipos de deducciones: a la ganancia mínima, por familiares y las deducciones especiales. Además, se establecen beneficios para los trabajadores por viáticos y horas extras y se establece en un 22% el monto que pueden deducir los trabajadores radicados en la Patagonia.

Fuente:http://www.noalamina.org/mineria-argentina/san-juan/item/16698-las-ventajas-de-las-mineras-no-se-tocan-la-reforma-de-ganancias-acordada-deja-afuera-las-retenciones-a-mineras