El Presidente de la República es el presidente de todos los peruanos y no solo del gremio minero. Ante la escalada y la crisis a la que se llegó en el conflicto de Tía María, el Presidente tenía solo dos caminos: emplear la fuerza, con una posible pérdida de vidas humanas o encontrar la forma de encausar pacíficamente el conflicto. Siendo el Perú un país democrático, y el Presidente Vizcarra una autoridad que intenta conciliar intereses, siguió la única opción posible, encaminar a los manifestantes hacia un procedimiento administrativo que permitiera bajar la tensión y que le diera tiempo para encontrar una salida razonable.
Los dos extremos del conflicto afirman que la escalada de la protesta fue responsabilidad del gobierno. Si bien hubo algunos errores, como una cierta demora para establecer canales de diálogo con los actores sociales, la situación del conflicto se origina en los dos gobiernos precedentes.
Es necesario reconocer que en el caso Tía María el gobierno del Presidente Vizcarra ha tenido y tiene poco margen de acción. Los manifestantes cuestionan la viabilidad ambiental del proyecto, y es verdad, el proyecto presenta serios problemas, pero lamentablemente la certificación ambiental se dio con la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) el año 2014, durante el gobierno del Presidente Ollanta Humala. Han pasado cinco años y revertir esa decisión es muy difícil, porque la vía administrativa se encuentra agotada, quedando aparentemente abierta sola la posibilidad de un proceso constitucional.
Con el EIA aprobado, la empresa minera Southern ha seguido tramitando los permisos que necesita para operar. Uno de ellos, es la licencia de construcción de la planta de beneficio (que constituye solo un componente de la mina). El trámite se inició en octubre de 2014. Una pregunta que nos hemos hecho es si el gobierno podía desaprobar la licencia de construcción de la planta de beneficio por temas ambientales. Tenemos entendido que en el trámite de aprobación de la licencia de construcción no se debaten temas ambientales sino ingenieriles, y se deben cumplir ciertos requisitos, como contar con un EIA aprobado, el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA) y la declaración jurada de no afectación de vías. No siendo una autorización ambiental, su aprobación depende de la Dirección General de Minería (DGM) y no del SENACE.
Consideramos que con la aprobación del EIA, el Estado Peruano entró en un camino difícil de afrontar. El problema principal en este caso, no reside en la desinformación de la población de Islay como se suele afirmar, sino en la debilidad del EIA para garantizar los intereses de los pobladores de Islay.
La principal preocupación de los pobladores de Islay, que en su mayoría son agricultores y que viven en medio de un desierto, es el agua. Se cree erróneamente que su protesta es por la demanda hídrica de la empresa para la realización de sus operaciones, la misma que estaría solucionada con la planta desalinizadora de agua de mar. Esto no es cierto. La principal objeción es la posible afectación de la relación de las aguas subterráneas con las aguas superficiales. Es decir, el cuestionamiento de los agricultores de Islay es si el acuífero que alimenta en un 100% al río Tambo en temporada de estiaje se verá afectado por la alteración del flujo y la calidad de las aguas subterráneas que se podría producir con la explotación del mineral en el tajo La Tapada. Esa relación no ha sido debidamente estudiada, dejando altos niveles de incertidumbre, según lo afirmado por el experto portugués en hidrogeología Luis Tavares Ribeiro[1].
Cabe precisar que con la planta desalinizadora también existe un problema. Las normas ambientales exigen que para determinar impactos, el proyecto esté descrito por lo menos a nivel de ingeniería de factibilidad. Ese requerimiento no ha sido cumplido en el EIA.
En este escenario la gran pregunta es qué hacer. Lo lógico sería reevaluar la viabilidad ambiental del proyecto. Sin embargo, eso es poco probable, pues la certificación ambiental ya ha sido dada y los plazos para impugnarla a nivel administrativo están vencidos. Como hemos señalado, la vía judicial es una opción que todavía podría ser posible. Como un tema adicional a ello, se plantea la licencia social, que si bien no es un requisito formal para operar, debe darse para garantizar la viabilidad social del proyecto.
En medio de todo ello la conclusión es muy clara: urge fortalecer el sistema de evaluación de impacto ambiental. El caso de Tía María, pero también el de Ariana y Las Bambas, entre otros, ponen de manifiesto los problemas o fallas de este sistema. Desde el 2013, el sector empresarial ha venido presionando para que la gestión ambiental sea más flexible, argumentando la necesidad de eliminar un exceso de trámites. Lo cierto es que su debilitamiento a la larga va contra intereses del propio Estado, de otros sectores del país, pero también de las propias empresas mineras porque un EIA que evidencia problemas, genera un clima de desconfianza y de temor, que acompaña la vida el proyecto, y que tarde o temprano puede dar lugar a conflictos sociales.
Fuente:http://cooperaccion.org.pe/tia-maria-los-conflictos-no-se-resuelven-por-la-fuerza/




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