Perú

“Protestas seguirán si Pedro Castillo no viene a Canta”, advierten

Por derrame de zinc. Ciudadanos bloquean la vía Canta-Lima y exigen que el Gobierno fiscalice que la empresa Volcan cumpla con labores de limpieza y compensaciones económicas a los afectados.
Óscar Chumpitaz
23/06/2022
Ya han pasado ocho días y hasta ahora los ciudadanos de la provincia limeña de Canta siguen esperando respuestas de parte de la empresa minera Volcan y del Gobierno tras la grave contaminación ambiental que ha generado el derrame de 34 toneladas de zinc sobre el río Chillón.

“El agua, que es la vida de todos, está contaminada. Es algo muy peligroso, además nuestras actividades económicas están paralizadas”, dijo Elmer Páez, secretario general del Frente de Defensa de Canta, quien ha señalado que las protestas continuarán si el presidente Pedro Castillo no llega hasta la zona del desastre ecológico. Y es que, según él, hasta ahora no atienden sus demandas. Ayer, los manifestantes siguieron bloqueando la vía Lima-Canta, por horas.

Páez criticó que la empresa Volcan reduzca la reparación económica a los productores de las piscigranjas cuando también están afectados agricultores, ganaderos, dueños de restaurantes y hoteles y empresas turísticas.

En Canta, la actividad comercial está paralizada y solo pequeñas tiendas de víveres han abierto sus puertas; aunque ya empiezan a escasear los productos de primera necesidad.

Por eso, en sesión de concejo, la Municipalidad de Canta, acordó declarar en estado de emergencia todo el valle del Chillón por la contaminación de las aguas del río y solicitaron al Gobierno que se preste la especial atención para que se realice acciones de mitigación ambiental y compensación a las personas.

Las autoridades y los pobladores piden instalar una mesa de diálogo con el presidente Pedro Castillo y cinco ministros.

Así, al del Ministerio del Ambiente le piden asumir su responsabilidad y obligar a Volcan a resarcir los daños ambientales a todos los afectados. “Necesitamos que nos apoyen, estamos solos”, dijo Elmer Páez.

Asimismo, demandan al del Ministerio de Transportes suspender provisionalmente la licencia de vehículos de transporte de carga pesada hasta que asuman su responsabilidad.

En tanto, al Minsa le solicitan desarrollar campañas de tamizaje de sangre para descartar metales en el organismo de los vecinos. Y al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y al de Agricultura le exigen realizar el empadronamiento y la reparación económica a los agraviados.


El zinc de la empresa Volcan afectó a piscigranjas, agricultores, ganaderos, restaurantes, hoteles y empresas turísticas. Foto: Ministerio Público

Empresa responde
Volcan, que contrató a la empresa Wari Service para transportar el zinc en camiones, indicó que siguen con los trabajos de limpieza en el río Chillón.

“El rastro del zinc ha llegado en bajas proporciones hasta la tercera piscigranja afectada. Pero seguimos tomando muestras de agua y sedimentos”, dijo. No obstante, Sedapal ha precisado que existe un aumento de 70,8 veces más de la concentración de zinc, en comparación a 500 metros antes del punto de la contaminación (Culhuay).

Por su parte, el Mincetur gestionará la generación de empleos temporales del programa Lurawi Perú, relacionados a limpieza, mantenimiento o reparación de sitios turísticos. El municipio de Canta debe empadronar a los prestadores turísticos y artesanos afectados.

Empresa tiene hasta agosto para remediar zona afectada
El MTC dispuso que Wari Service cumpla con un cronograma de remediación en un plazo de 90 días, realizando supervisiones de la calidad del agua, los peces, el suelo y de la hidrobiología.

El primer monitoreo deberá realizarse hasta el 30 de junio, el segundo hasta el 15 de julio, el tercero hasta el 30 de julio y el cuarto hasta el 15 de agosto. En esta última fecha, la zona debe estar totalmente restablecida y libre de contaminación.

Según el MTC, las acciones no solo se realizarán en las piscigranjas sino también en las parcelas agrícolas potencialmente afectadas derivadas de canales de regadío y en la franja ribereña.
https://larepublica.pe/sociedad/2022/06/23/canta-protestas-seguiran-si-pedro-castillo-no-viene-advierten-manifestantes-contaminacion-ambiental-protestas/

Mexico

Frente “No a la Minería” condena ingreso clandestino de empresa Cuzcatlán a sus comunidades

22/06/2022
El Frente No a la Minería denunció que: “en las últimas dos semanas, la empresa minera Cuzcatlán ha irrumpido clandestinamente en los territorios de Magdalena Ocotlán, Monte del Toro y San Martín de los Cansecos, ofreciendo a la ciudadanía viviendas y casas, desacatando la decisión de nuestras asambleas expresadas en nuestras declaratorias de territorio prohibido para la minería y violentando nuestro derecho a la libre determinación y a la paz comunitaria”. La agrupación afirmó que: “Estas acciones de la empresa constituyen un delito grave contra las comunidades, ya que están realizando acciones contra las decisiones que ya fueron tomadas por nuestras asambleas previas. Es importante señalar que dichas asambleas con sus respectivas actas son jurídicamente vinculantes por la vía municipal y agraria, por lo que la llegada de trabajadores de la empresa minera sin nuestro consentimiento es una clara violación a nuestros sistemas normativos internos”, afirmaron. Así también denunciaron que SEGOB ha presionado a sus comunidades para reunirse con directivos de la empresa minera. Por otro lado, señalaron que SEMARNAT cometió un error “tipográfico” al otorgarle dos años de explotación comercial a través de la ampliación de su Manifestación de Impacto Ambiental.

Frente “No a la Minería” condena ingreso clandestino de empresa Cuzcatlán a sus comunidades

Ecuador, Latinoamerica

PRONUNCIAMIENTO EN SOLIDARIDAD CON EL PUEBLO ECUATORIANO, EL FIN DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y LA REPRESIÓN

Nosotras, la Red Latinoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Sociales y Ambientales,
mujeres de diversos países del Abya Yala, entre ellos Ecuador, que vivimos en carne propia lo
que significa la violencia en nuestros cuerpos, territorios y organizaciones entendemos el
despojo de nuestros territorios, de nuestra cultura, nuestra seguridad alimentaria, de nuestra
salud. Protestamos porque sabemos lo que significa la desigualdad, nos organizamos para
resistir y denunciar las violaciones de nuestros derechos en este sistema patriarcal y opresor,
nos pronunciamos a favor del pliego de reclamos de los millones de ecuatorianas y ecuatorianos
que en este momento están siendo cobardemente reprimidos/as, criminalizados/as,
perseguidos/as, asesinados/as, golpeados/as por un gobierno que juró protegerlos y velar
porque sus derechos sean mantenidos, sin embargo ha hecho todo lo contrario.
La crisis ambiental, económica, política y social en nuestro hermano país de Ecuador, ha
generado la serie de movilizaciones legítimas y el paro nacional convocado por organizaciones
sociales (indígenas, campesinas, feministas y de mujeres, estudiantiles, de la salud, barriales, de
las diversidades sexo-genéricas, sindicales, etc.), las mismas que han sido respondidas con
represión y criminalización por parte del gobierno de Lasso.
El gobierno ecuatoriano se muestra a favor de la transición ecológica y de manera paralela
define a los territorios comunales como zonas de explotación y saqueo de sus recursos naturales
dejando a su paso más pobreza, destrucción, contaminación de agua, tierra y aire , evitando que
nuestras hermanas y hermanos puedan asegurar su alimentación en medio de una vida digna.
La Red Latinoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Sociales y Ambientales, exigimos
al gobierno del presidente Lasso lo siguiente:
1) La derogatoria inmediata del decreto ejecutivo N° 455, y posterior 459, que declaran
Estado de Excepción en las provincias de Cotopaxi, Imbabura, Pichincha, Tungurahua,
Chimborazo y Pastaza

2) Dar solución concreta y real a los 10 puntos de la Agenda Nacional de Lucha de las
hermanas y hermanos ecuatorianos.

3) Cese inmediato de los actos de represión, criminalización y persecución de los
compañeros y compañeras que, de manera libre, ejerciendo su derecho a la protesta,
se están movilizando ya sea individualmente o colectivamente.

4) Libertad inmediata para los presos políticos.

Asimismo, hacemos un llamado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que
solicite un informe al estado ecuatoriano sobre las medidas que viene adoptando para asegurar
la vida e integridad de todas y todos los manifestantes en este Paro Nacional Ecuatoriano.
Manifestamos nuestra solidaridad con las compañeras y hermanas movilizadas, con la CONAIE,
FENOCIN; FEINE; FENOC, y todas las organizaciones autoconvocadas.
Un abrazo lleno de fuerza, pero al mismo tiempo de amor y consuelo en estos momentos
difíciles.
¡Fuerza compañeras ecuatorianas! ¡Viva el Paro Nacional! ¡Viva la resistencia!
Cajamarca 21 de junio del 2022.

Brasil

Vale gastará USD 400 millones en 2022 para eliminar presas de relaves

22/06/2022
La minera brasileña Vale SA espera gastar USD 400 millones en 2022 para desmantelar sus presas de relaves, con el objetivo de eliminar 12 de sus 30 estructuras para fin de año, dijo la compañía a Reuters el martes.

El programa de eliminación de represas, que comenzó hace cuatro años, ya le ha costado a la compañía USD 857 millones de los USD 4.000 millones que proyecta gastar para 2035 en un esfuerzo por eliminar las estructuras existentes que podrían causar desastres como los de Brumadinho y Mariana, en Minas Gerais de Brasil. estado.

Las presas de relaves son estructuras que contienen desechos mineros. La ruptura de uno en Brumadinho en 2019 mató a 270 personas y provocó una ola de relaves mineros que afectó a la región.

Hasta el momento se han eliminado siete estructuras, cuatro en Minas Gerais y tres en el estado de Pará. Hasta fin de año, otros cinco en Minas Gerais serán desmantelados, según la empresa.

Las 12 represas que Vale espera eliminar para diciembre representan un volumen total de 46,9 millones de metros cúbicos de relaves.
Fuente: Reuters

Vale gastará USD 400 millones en 2022 para eliminar presas de relaves

Perú

Perú: “Las Bambas no está dispuesta a dar más dinero a las comunidades”

21/06/2022
Yacimiento Las Bambas en Apurímac, Perú. /Crédito: MMG.
Las Bambas ha pagado 2.500 millones de soles (USD 671.4 millones) a 500 comuneros por las tierras, es decir que cada comunero recibió más de 1 millón de soles (aproximadamente USD 268.526). Sin embargo, muchos de ellos no supieron administrar y hoy viven en una condición precaria.

El embajador de la República Popular China en el Perú, Liang Yu, afirmó en una entrevista para Diario Gestión que la minera Las Bambas no está dispuesta a dar más dinero a las comunidades.

“Se debe entender que cada comunero recibió más 1 millón de soles (unos USD 268.526 al cambio actual). Si la empresa cede y paga una suma más, afectaría no solo a ella, sino a toda la imagen del Perú porque no vendría ninguna inversión más, ya sería demasiado costoso”, expresó el diplomático.

Mineroducto

Respecto a la construcción de un mineroducto desde Las Bambas, Liang Yu mencionó el proyecto para construir un tren desde el sur hasta la costa. Para ello, se requiere un estudio de factibilidad y determinar si el volumen de traslado de minerales alcanzaría para sustentar la inversión. “Es más un rol del Estado peruano hacer esta infraestructura”, sentenció.

Sin solución fija

Liang Yu indicó que minera Las Bambas debe mantener firme su voluntad de cooperación y diálogo. “El Gobierno peruano debería prestar mayor atención y averiguar dónde fue a parar el dinero que les dio la mina a los comuneros y si estos tienen razón o no en sus nuevas demandas de pago por las tierras”.

“Vamos a esforzarnos juntos para resolver esos problemas. Es un buen indicio el acuerdo preliminar para reanudar la producción (de Las Bambas), pero hace falta un trabajo mayor del Gobierno peruano porque esas demandas de los comuneros tienen gran irregularidad”, expresó.

El Dato

Las Bambas representan más del 1% del PBI del Perú, el 78% del PBI de Apurímac y el 9% del PBI minero, según estudio de Macroconsult.
Fuente: Gestión

Perú: “Las Bambas no está dispuesta a dar más dinero a las comunidades”

Chile

Comisión de Medio Ambiente despacha iniciativa que protege a los glaciares

Se trata de un articulado del proyecto que modifica el Código de Aguas para impedir la constitución de derechos de aprovechamiento de esta materia sobre los gélidos.
22/06/2022
Minería Chilena
La Cámara de Diputados informó que la Comisión de Medio Ambiente concluyó la votación del articulado del proyecto que modifica el Código de Aguas para impedir la constitución de derechos de aprovechamiento de esta materia sobre los glaciares (boletín 11597).

Desde el organismo explicaron que la iniciativa busca establecer un perfil de conservación de un recursos cada vez más preciado, como es el agua dulce.

La propuesta legal -como indicó la Cámara- tuvo su respaldo en general ante la Sala en julio de 2018, por unanimidad. Sin embargo, fue objeto de indicaciones tras detectarse un vacío normativo en el texto. En concreto, se detectó la inexistencia de una prohibición para constituir derechos de aprovechamiento de agua sobre glaciares. Por esa razón, se hacía necesaria una modificación al código vigente.

En ese contexto, el proyecto retornó a la Comisión de Medioambiente para la definición de su articulado, considerando el punto recién mencionado, así como otras enmiendas, según señaló la entidad.

Desde la Cámara Baja indicaron que en la última sesión del grupo parlamentario se aprobaron varias indicaciones. Entre ellas, destacan algunas que especifican con más detalles qué es un glaciar. Asimismo, otras normas dan cuenta de la protección que deben tener los glaciares en cuanto a actividades que pueden realizarse sobre o cerca de ellos.

El diputado informante y presidente de la instancia, Daniel Melo (PS), agradeció el trabajo de la instancia, dijo que “se trata de un proyecto con un beneficio importante para las y los chilenos”.
Código de aguas

Cabe recordar que el 25 de marzo pasado se promulgó la reforma al Código de Aguas. Y como señalan desde la Cámara, “el marco normativo contiene múltiples y significativos cambios. Entre ellos, establece una priorización para el uso -y no uso- de las fuentes hídricas, privilegiando el agua potable y saneamiento”.

En términos ambientales, establece condiciones para la sustentabilidad de las fuentes de agua dulce porque “cumplen la función de preservación ecosistémica”, según estipula el documento.

Asimismo, el proyecto también obliga a la salvaguarda in situ de las aguas en áreas protegidas, mediante la constitución de reservas de agua con fines de conservación y la prohibición de otorgar concesiones hídricas en estos sectores especiales.
https://www.mch.cl/2022/06/22/comision-de-medio-ambiente-despacho-iniciativa-que-protege-a-los-glaciares/

Perú

PRESIDENTE CASTILLO ESCUCHÓ DEMANDAS DE AFECTADOS POR METALES EN JULIACA

www.conflictosmineros.org.pe 22/06/2022
Alerta informativa
Foto: Radio Onda azul
El presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, llegó a la ciudad de Juliaca para participar del Primer Encuentro sobre el Desarrollo de la Región de Puno, donde escuchó las demandas de las comunidades que han sido afectadas por metales pesados por la actividad minera.

El presidente Castillo tuvo un encuentro con más de mil pobladores de la región Puno, dirigentes de organizaciones sociales, autoridades regionales, alcaldes y congresistas representantes de la región, que se realizó en la Plaza de Armas de Juliaca.

En la cita participaron los dirigentes de las poblaciones afectadas por la contaminación de las cuencas de Coata, Llallimayo, Ramis, Suches y otros. Los representantes regionales y provinciales también dieron alcances sobre los proyectos de inversión que aún están pendientes a ejecutarse.

Los pobladores afectados de la cuenca de Coata exigen la inmediata implementación de los planes de acción para frenar la contaminación de la cuenca del mismo nombre. Así, con 168 años de creación, aún no tienen sistema de agua potable, y actualmente reciben agua en cisternas, pues los pozos están también contaminados con metales pesados.

Por su parte el dirigente Felix Susaca habló en representación de la cuenca de Coata, y expuso la agenda de derechos humanos y ambiente de esa cuenca afectada por los metales pesados.

“Las mineras afectan las cabeceras de cuenca del río Coata está contaminada por parte de las mineras Ciemsa, Tacasa, Minsur, El cofre, Limón verde. La cuenca del Coata tiene a más 83 por ciento de las personas contaminadas con metales pesados. Hemos propuesto alternativas de solución, para mejorar proyectos de agua y saneamiento, para que ningún niño nunca más tome agua con metales pesados,” señaló Susaca.

Susaca también pidió que sea prioridad que el MINSA atiende a las personas con metales pesados, que se ejecuten centros de salud, médicos y laboratorios especializados. Destacó que existe el Plan Multisectorial Nacional en favor para las personas afectadas por metales pesados, por el decreto supremo 037- MINAM, y pidió que ese plan se apruebe y se le destine presupuesto para que se implemente en todas las carteras ministeriales.

Asimismo, Hernán Nina, presidente del Frente de defensa del rio Llallimayo, señaló que han pasado 6 años después de que la minera Aruntani rebasó su operación dejando una contaminación de metales pesados en la cuenca. El pueblo de la cuenca logró arrancar con su lucha un plan de acción intersectorial para atender la afectación de la cuenca, pero este no se está cumpliendo. Los distritos de la cuenca son ganaderos y se están viendo afectados por la contaminación de las aguas.

“Le suplicamos presidente que atienda el reclamo de la población. Defendemos la vida y el agua, y si no tendremos que levantarnos para que nos atiendan. Sin presupuesto nuestro plan de acción no se avanzará”, destacó Nina.

Finalmente, el presidente Castillo se comprometió a ejecutar las obras de agua y saneamiento y a tener una reunión con los dirigentes de las comunidades afectadas por metales pesados a tener una reunión en menos de 15 días.

Perú

¿QUIÉN BUSCA ARMAR LOS TERRITORIOS RURALES?

Ana Leyva V. 20/06/2022
Imagen: Agencia Andina
La semana que pasó se publicó la Ley 31494, “Ley que Reconoce a los Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural y los Incorpora en el Sistema de Seguridad Ciudadana”. Esta ley fue aprobada por insistencia por el Congreso de la República pese a que, en su momento, el Presidente Francisco Sagasti la observó.

Para entender los intereses que podrían estar detrás, es necesario conocer de qué trata esta ley. La norma promueve la creación dentro de las comunidades campesinas y nativas de comités de autodefensa en apoyo a las fuerzas del orden. Autoriza a estos comités a comprar o recibir en donación armas de fuego de parte del Estado o de particulares. Pueden formular denuncias contra los comuneros y cuando se haya declarado estados de emergencia pueden detenerlos.

Esta norma es inconstitucional porque vulnera la autonomía comunal reconocida en el artículo 89 de la Constitución Política del Perú. Las comunidades tienen autonomía para organizarse para el cumplimiento de sus fines. Sin embargo, esta ley promueve grupos al margen de la organización comunal.


Organizaciones indígenas realizaron una serie de plantones ante el Congreso el año 2021 en rechazo a la Ley de Comités de Autodefensa (Foto: CooperAcción).

También es inconstitucional porque desconoce la existencia de las rondas campesinas, las cuales se han creado hace muchos años para encargarse de la seguridad y son reconocidas por la Constitución (artículo 149) como órganos de apoyo de las comunidades nativas y campesinas para el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.

Además, va contra las obligaciones internacionales del Estado peruano de proteger los derechos de los pueblos indígenas, establecidos en el Convenio 169 de la OIT.

Esta ley acarrea graves riesgos entre los que debemos considerar:

Cede el monopolio o concentración del uso de la fuerza (armas de fuego) del Estado. Dárselo a particulares acarrea un grave riesgo de abuso o de su uso indebido poniendo en riesgo a los ciudadanos.
El que surjan grupos armados dentro de las comunidades vinculados a las fuerzas del orden y a particulares, al margen de la organización comunal, desconociendo la existencia de las rondas campesinas, puede traer divisiones y enfrentamientos al interior de las comunidades, lo que será difícil de controlar. Evidentemente, lo más probable es que la voluntad de los grupos armados se imponga porque tendrán el control de la fuerza. Esto puede ser la estocada final para la existencia de las comunidades campesinas y nativas, último refugio de los pueblos indígenas en el Perú.

Cabe recordar que, en los tiempos de la violencia política desatada por Sendero Luminoso, el Estado promovió comités de autodefensa en el sector rural a quienes se les dio armas de fuego. En ese contexto específico de guerra interna, sin duda los CAD cumplieron en muchos casos un rol importante en la lucha contra el terrorismo. Sin embargo, también se ha documentado cómo muchos de estos grupos usaron la fuerza para fines propios e incluso ilegales,razón por la cual fueron finalmente desactivados.

Por estas y otras consideraciones, las organizaciones indígenas y las rondas campesinas rechazaron y rechazan la aprobación de esta Ley. Frente a ello, también han expresado su preocupación la Defensoría del Pueblo y el propio Ministerio del Interior del anterior gobierno.

Frente a estos hechos, cabe preguntarse: ¿por qué los congresistas insisten en una ley que los “supuestos beneficiados” consideran peligrosa?. ¿Quién influenció para que una ley de esta naturaleza se apruebe y cuál es su finalidad?

Para responder, primero debemos recordar que sobre grupos de autodefensa hubo dos proyectos de ley, uno de Alianza para el Progreso y el otro del fujimorismo. Si la motivación genuina hubiera sido brindar seguridad a las zonas rurales, habría que tener en cuenta que las comunidades y las rondas vienen controlando la delincuencia con cierta efectividad. Bajo esa consideración, lo lógico hubiera sido que los congresistas buscaran fortalecer a comunidades y rondas, y no crear algo paralelo. Los pueblos indígenas y las rondas campesinas tienen una serie de iniciativas con ese propósito que duermen el sueño de los justos en el Congreso, sin que los congresistas se interesen en ellas.

Para seguir profundizando en este tema, tal vez sea importante traer a la memoria el caso colombiano. Los comités de autodefensa en Colombia fueron formados y armados inicialmente por particulares para la defensa de su propiedad, en el contexto de la existencia de una guerrilla. Con el transcurrir del tiempo, estos grupos han establecido redes clientelares con poderes locales, fuerzas armadas y redes de narcotráfico para la defensa de intereses políticos y económicos. En zonas sin (o con poca) presencia del Estado, controlan el territorio. Su accionar ha ocasionado miles de muertes. Entre ellas, de líderes y lideresas sociales, indígenas, etc. que se resisten a sus actividades.

Bajo estas consideraciones, es importante recordar que en nuestro país tenemos una alta conflictividad social y economías ilegales que han incrementado su poder en los últimos años. Nos preguntamos qué puede pasar en este escenario cuando se implemente la ley. ¿A quién empoderará? Con los elementos proporcionados, creo que la respuesta la podemos encontrar juntos.

Finalmente, consideramos muy preocupante lo que viene ocurriendo con el Congreso, que cada vez representa menos a la población y más a determinados grupos de interés. Por lo tanto, es importante encontrar salidas a este problema. Creemos que de no hacerlo, tendremos daños irreversibles.

www.cooperaccion.org.pe
Jr. Río de Janeiro 373, Jesús María, LIMA 11 – PERÚ. Teléfonos: (511) 4612223 / 4613864 [email protected]

Chile

Justicia ratifica multa a empresa minera por uso de aguas subterráneas

La Corte Suprema acogió el recurso de casación por incumplimiento de planes en faenas emplazadas en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.
22/06/2022
Minería Chilena
La Corte Suprema acogió el recurso de casación en la forma y, en sentencia de reemplazo, repuso la multa aplicada a la empresa Compañía Contractual Minera Candelaria (CCMC), por incumplir los planes de mitigación por uso de aguas subterráneas, autorizados en resolución de calificación ambiental para faenas emplazadas en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.

Como consigna Poder Judicial, en la sentencia (causa rol 4.308-2021), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Roberto Contreras y el abogado (i) Pedro Águila– estableció yerro en la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Tribunal Ambiental, al anular la sanción aplicada a la minera por la Superintendencia del Medio Ambiente.
El Fallo

El fallo plantea que “sin embargo, del mérito del proceso es posible advertir, como lo denunció el tercero coadyuvante, que los sentenciadores llegan a la conclusión que antecede, sin referirse a los informes técnicos acompañados por CCMC, en los cuales se daba cuenta de la evolución de los niveles de aguas subterráneas en el Sector 4, respecto de los meses de junio 1993 a noviembre de 2015 y de febrero de 2004 a noviembre de 2015 unido a la información mensual que esta entregó en cumplimiento de una medida provisional dispuesta por la SMA, mediante la cual se corroboraba la baja sostenida de los niveles de los pozos del sector 4, cuyos rangos, según dichos informes, se mantenían estables entre los 120 y 130 metros de profundidad aproximadamente para poder extraer agua, contradiciendo lo expuesto por la empresa, al presentar una solicitud de aprobación de proyecto Fase II, en cuanto señalaba que ese nivel, en el peor de los casos, podría alcanzar los 54 metros de profundidad, respecto de lo cual la sentencia nada expresa”.
Aguas Chañar

La resolución agrega que “En ese mismo sentido, tampoco, se advierte un análisis o descarte en relación a los informes emitidos por la DGA de junio 2016 y de Aguas Chañar de agosto de ese mismo año, en los cuales, se indica quienes, en la zona, tienen los más altos derechos de aprovechamiento de las aguas y, por tanto, más incidencia en el usos de las mismas, siendo Aguas Chañar S.A. con un 30% y CCMC con un 24%, explicando que los niveles de los pozos en los años anteriores a 2015, fueron disminuyendo en términos tales que llegaron a descender a 130 metros de profundidad, bajando con ello la cota y calidad del agua que existía en el acuífero”.

Según se indica en Poder Judicial, en el fallo se lee que “la DGA precisó que Aguas Chañar comenzó a disminuir el uso del agua de los pozos en el año 2008 a 2012, sin que aquello provocara una recuperación del acuífero, no obstante que igualmente infiltraba o devolvía el agua no utilizada a la cuenca”.

“Sin embargo –como dice el fallo–, en el caso de CCMC cuando comenzó a disminuir el consumo de las aguas a partir de mayo de 2013, al incorporar agua desalinizada a su proceso, se constató una recuperación de los niveles del acuífero, razón por la que concluyó que era esta la que tiene mayor responsabilidad en la baja de las aguas de los pozos del sector 4, en los períodos que le fueron imputados, tal como se advierte de los análisis que dice se efectuó en los años 2013 y 2014 pues, se demuestra que no restituía al acuífero el agua que no utilizaba, por el contrario, la entregaba a otra minera”.

Para la Sala Constitucional, en la especie: “(…) lo anterior, deja en evidencia que la sentencia en estudio efectuó un análisis formal y sesgado de la prueba, pues se limitó a examinar las RCA y sus EIA, pero sin actualizar y cotejar dichos antecedentes con los informes otorgados por los órganos especializados y por la propia empresa, que permitiese realizar una correcta interpretación de las autorizaciones otorgadas en su oportunidad para la ejecución del proyecto, puesto que, como se dijo, aquéllas siempre deben ser analizadas a la luz de los acontecimientos reales del medio, para constituyan una efectiva y real herramienta de gestión ambiental que permita, en consecuencia, realizar un encuadramiento de la normativa que reglamenta el proyecto a la luz de su actual aplicación”.

Asimismo, el fallo afirma que “de allí que la decisión del Segundo Tribunal Ambiental de desestimar el cargo N° 14, sin que, previamente, se hayan analizado y ponderados los elementos de prueba antes descritos para definir si, efectivamente, la CCMC habría dado cumplimiento a la RCA en cuanto al correcto uso del agua subterránea, que permitiese configurar o desechar la obligación que se le imputa, hace que la sentencia carezca de consideraciones de hecho y derecho y, especialmente, de fundamentos técnicos jurídicos que sustenten su decisión”.

Finalmente, en el texto se concluye que “por tanto, al no hacerse cargo la sentencia, de las consideraciones técnicas ambientales antes descritas, elementos probatorios, evidentemente, indispensables para ponderar la situación constatada por la SMA y, por consiguiente, para acoger el reclamo en relación al cargo N° 14, hace que el fallo carezca de los argumentos que permitan a los litigantes, comprender las razones –aun cuando no las comparta– del porqué se modifica la sanción impuesta y, la más grave, impide a los recurrentes, ejercer correctamente su derecho a la defensa desde que se desconocen las razones por las que no se ponderaron dichos informes, configurándose de esta manera, la causal invocada, contemplada en el artículo 25 de la Ley N° 20.600 en relación a los numerales 4 y 5 del artículo 170 del Código de Procedimiento Civil, no siendo necesario, en consecuencia, referirse a los demás vicios planteados, razón por la que el recurso de nulidad formal será acogido en relación a la causal que se viene desarrollando”, concluye.

Según consigna Poder Judicial, la decisión fue acordada con el voto en contra del abogado Águila.
https://www.mch.cl/2022/06/22/justicia-ratifica-multa-a-empresa-minera-por-uso-de-aguas-subterraneas/

Mexico

Suprema Corte de Justicia de México falla contra minera Almaden Minerals

Takeshi Chacon 21/06/2022
Hace un año atrás, la Semarnat rechazó el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la minera canadiense para el desarrollo del proyecto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó su fallo en contra de Almaden Minerals en un caso iniciado por la Comunidad Nahua y el Ejido de Tecoltemi contra las concesiones mineras y la Ley de Minería nacional.

La Corte determinó que en el otorgamiento de las dos concesiones mineras impugnadas se violó el derecho a la consulta y consentimiento de la comunidad nahua, según comunicado oficial de la SCJN.

De acuerdo con la sentencia, se otorgó amparo al Ejido de Tecoltemi y se cancelaron las concesiones mineras.

Posibles impactos
La cancelación de concesiones mineras también envía un mensaje claro a los inversionistas de que no deben invertir su dinero en proyectos que violen e infrinjan los derechos humanos de las comunidades. Además, tales proyectos a menudo conllevan serios riesgos materiales para los inversionistas, si son legal y ambientalmente insostenibles.

La cancelación de las concesiones mineras de Almadén se produce poco más de un año después de que la Secretaría de Medio Ambiente de México rechazara el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la firma canadiense para el desarrollo de este proyecto.

PODER es una ONG regional de responsabilidad empresarial y derechos humanos que ha acompañado a las comunidades afectadas durante muchos años.

Datos adicionales
A principios de este mes, recordó el GlobeNewswire, la SJCN dio a conocer la jurisprudencia derivada del caso; es decir, los criterios legales de obligado cumplimiento para las autoridades jurisdiccionales de la federación y de las entidades federativas.

Según la SCJN, el fallo debe aplicarse en la resolución de casos a partir del 6 de junio de 2022. El tribunal reafirmó que se debe realizar la consulta indígena previa a la emisión de las concesiones mineras.

Tecoltemi y la Unión de Comunidades y Ejidos en Defensa de la Tierra, el Agua y la Vida así como Fundar y el Consejo Tiyat Tlali -dos organizaciones de la sociedad civil que los acompañan en su defensa legal- dijeron en un comunicado que estos criterios son de gran relevancia porque, al constituir jurisprudencia, y por tanto de carácter obligatorio, refuerzan los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Previamente, los SCOs dijeron en otro comunicado que la decisión de la Corte es un gran logro ya que es la primera vez que la SCJN reconoce la violación del derecho a la consulta y consentimiento en el caso de las concesiones mineras, por lo que ordena su cancelación por esa razón.
https://www.rumbominero.com/mexico/suprema-corte-justicia-mexico-minera-almaden-minerals/