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CONFLICTOS MINEROS EN AMÉRICA LATINA: EXTRACCIÓN, SAQUEO Y AGRESIÓN Estado de situación en 2018

Está disponible el Informe OCMAL:  CONFLICTOS MINEROS EN AMÉRICA LATINA: EXTRACCIÓN, SAQUEO Y AGRESIÓN. Estado de situación en 2018. En el  encontrarás artículos de los países miembros de Ocmal: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, México, Nicaragua, Panamá, Perú y la Red Latinoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Sociales y Ambientales.Conflictos Mineros en América Latina, Extracción , Saqueo y Agresión. 2018

Bolivia

Defendiendo los derechos de la Madre Tierra en Bolivia

En Bolivia la madre tierra es considerada por las comunidades indígenas como un ser vivo quien también posee derechos, esta visión ancestral es la que ha permitido que generación a generación las familias indígenas hereden a sus descendientes tierras fértiles, un hogar y un futuro. Pero esta forma de vivir ha sido cambiada a la fuerza por la industria extractivista, y las concesiones mineras que el gobierno actual de Bolivia está otorgando a empresas extranjeras están destruyendo tierras que una vez habían sido sagradas para estas comunidades.

Margarita Aquino es la Coordinadora de la Red Nacional de Mujeres en Defensa de la Madre Tierra (RENAMAT) en Bolivia, esta red es una articulación de mujeres indígenas y campesinas de comunidades afectadas por actividades mineras y cuyos territorios han sido destruidos a causa de la contaminación.

“Nosotras nos comparamos con ella, porque la madre tierra nos da frutos y nosotras damos vida, en ella vivimos. Las leyes que emite nuestro gobierno están violando los derechos de la madre tierra y ella no tiene voz, por eso las mujeres nos hemos puesto al frente de defender a la madre tierra, especialmente al agua”, dice Margarita.

La RENAMAT fue creada en el año 2013 por algunas mujeres que estaban participando en una escuela piloto de conflictos ambientales con justicia de género organizada por el Colectivo Casa. “Al finalizar el 2013 las mujeres empoderadas decidieron articularse en Red y formaron la RENAMAT, porque se sentían apoyadas entre ellas y unidas en una misma lucha” relata Angela Cuenca, quien a su vez es Coordinadora del Colectivo Casa.

Violencia medioambiental contra las mujeres

“Hemos identificado a esta clase de violencia que existe contra las mujeres indígenas como violencia medioambiental porque hemos visto que está siendo violado el primer derecho que está en nuestra constitución política: el derecho a la vida” menciona Margarita.

La Violencia Medioambiental Contra las Mujeres es un término que ha sido creado por las mujeres de la RENAMAT y cuyo significado es: “Toda acción u omisión, que al dañar el medio ambiente impida o restrinja el ejercicio de los derechos de las mujeres, perjudicando su calidad de vida, su integridad, su salud, su economía, su trabajo, su patrimonio, su identidad cultural y es ocasionada por las personas”.

A través de la creación de una Cartilla de Difusión la RENAMAT trabaja con las mujeres indígenas de diferentes comunidades capacitándolas sobre el tema de la violencia medioambiental y sobre sus derechos.

En la Cartilla explican de qué se trata este tipo de violencia y cómo se puede identificar. Asimismo, enumera cuáles son los derechos que tienen las mujeres en general según la Constitución Política de Bolivia, y cuáles son los derechos específicos de las mujeres indígenas.

Según la Cartilla “negar los derechos de las mujeres también es violencia, porque cada uno de las derechos están interconectados para garantizar el principal derecho que es el derecho a la vida”. Al negarles por ejemplo el derecho al agua, también se vulneran los derechos a la salud, al trabajo, el derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria.

Los textos de la Cartilla vienen acompañados de dibujos que ilustran las diferentes situaciones que viven las mujeres indígenas cuando los proyectos mineros llegan a sus territorios. “Hemos creado las cartillas a consecuencia de que muchas hermanas no saben leer ni escribir, los dibujos les atraen, los dibujos les quedan en la memoria a nuestras hermanas, es por esa razón que nosotras llevamos estas cartillas a todas las comunidades para poder visibilizar cómo estamos trabajando, cómo se están violando nuestros derechos” cuenta Margarita.

“Cuando hacemos los seminarios nosotras les decimos que dibujen cómo era su terreno, dónde tenían sus fuentes de agua, y las hermanas que ni tan siquiera sabían leer ni escribir hacen un esfuerzo grande y lo plasman, cómo era su terreno anteriormente y cómo es ahora nuestro terreno” dice Margarita.

El trabajo de la RENAMAT consiste en visitar diferentes comunidades indígenas que aún no han sido afectadas por las mineras. A través de talleres, charlas, presentaciones de videos y otras actividades, comparten las vivencias de las mujeres que ya perdieron su territorio y fuentes de agua a causa de la contaminación, el objetivo es empoderar a las mujeres para que se conviertan en defensoras de la madre tierra.

Una lucha que nos pertenece a todas

El camino no ha sido fácil, su trabajo ha sido cuestionado por diferentes autoridades, las han difamado y han dicho que ellas “son pagadas”. A esto se suma una nueva ley minera que está siendo promovida por el gobierno actual, en la cual se elimina el proceso de consultar e informar a las comunidades sobre los proyectos mineros.

Margarita dice sentirse decepcionada pues habían confiado en que un presidente indígena se iba a preocupar por sus hermanos y hermanas, “nuestros líderes políticos son muy capitalistas y extractivistas, piensan en el presente, no piensan en el futuro como nosotras. Nosotras pensamos qué vamos a dejar a nuestros hijos, a nuestros nietos, tierras devastadas, tierras áridas”.

A pesar de los obstáculos, la RENAMAT continúa con su trabajo en defensa de la madre tierra e invitan a las mujeres de todo el mundo a que se unan a esta lucha que es de todas, “ahora nosotras estamos tejiendo redes de solidaridad y acción para defender a la madre tierra, tienen que ser muy fuertes las mujeres de latinoamérica a las que también les están siendo violados sus derechos por el extractivismo, que no se sientan solas que aquí la RENAMAT está para apoyarlas para seguir adelante defendiendo los derechos de la madre tierra y del agua”, dice Margarita.

 

 

Fuente:https://gaggaalliance.org/es/news/giving-mother-earth-a-voice-in-bolivia/?fbclid=IwAR3Az3n5jVb9_0xUtPWE-KZf4HQCllKIRXSZ84v4kViAljYQH_WGeFHVNiU

Mexico

Alcaldes de Chiconquiaco y Yecuatla demandan a AMLO derogue concesiones de EPN a minera Aurora que devastará 4 mil 845 hectáreas verdes y contaminará

Chiconquiaco, – Enrique Peña Nieto,  a punto de concluir su mandato concesionó más de 4 mil hectáreas a minera Aurora. Pobladores y autoridades locales piden se derogue por faltas a consulta y devastación ambiental severa.

El Servicio Geológico Mexicano (SGM) reporta que las asignaciones a mineras nacionales son Aurora (Yecuatla y Chiconquiaco).

Así como Aurora I (Chiconquiaco y Yecuatla) y Aurora I, fracción B (Yecuatla, Chiconquiaco y Juchique de Ferrer).

La mina Aurora, en el municipio de Yecuatla, devastaría 4 mil 845 hectáreas.

En medios locales se desatacó que de acuerdo con el subprocurador de Medio Ambiente, Ernesto Cuevas Hernández, las concesiones de Enrique Peña Nieto violan el derecho a la consulta pública.

Añadió que además generarían un impacto ambiental severo.

El entonces mandatario federal otorgó las concesiones el pasado 27 de noviembre.

Por ello los alcaldes de Chiconquiaco, Nazario Perea, y de Yecuatla, Fidencio Romero solicitaron la intervención de la procuraduría del Medio Ambiente, para que les apoye en la solicitud de revocar la concesión.

A dicha solicitud también se sumaron , agentes municipales y subagentes municipales de las localidades afectadas por las concesiones mineras.

La Secretaría del Medio Ambiente hizo un recorrido en la zona.

Los funcionarios constataron la presencia de personal de las empresas mineras.

Los empleados mineros se encuentran haciendo mediciones de la superficie.

La concesión minera contempla tres predios:

Por un lado está Aurora, de 4 mil 110 hectáreas ubicadas en el municipio de Yecuatla.

Además, Aurora I Fracción A, de 200 hectáreas.

Y, finalmente la Aurora I Fracción B, 635 Hectáreas que son para extraer oro y plata.

Los predios abarcarán extensiones de la cabecera municipal del municipio de Yecuatla.

Así mismo las afectaciones incluyen la población Mundo Nuevo y la población Plan de la Estrella, lugares donde se ubican las 4 mil 845 hectáreas.

Actualmente ya operan en el estado de Veracruz lmaden Minerals LTD, con el proyecto El Cobre, en el municipio Las Minas; Goldgroup Mining Inc., con el proyecto Caballo Blanco, en Alto Lucero; Unión de Ejidos “Lic. Rafael Hernández Ochoa”, S de RL de CV, con el proyecto de caolín en el municipio de Huayacocotla, y Source Exploration Corp/Chesapeake Gold Corp., con el proyecto La Miqueta, en los municipios Las Minas y Tatatila.

El valor de la producción mineral estatal (durante el periodo enero-diciembre de 2015) ascendió a 13,441,826 millones de pesos.

Según datos oficiales proporcionados por la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía (SE) —en materia de títulos y superficies concesionadas—, en 2012 había 90 concesiones tituladas en el estado de Veracruz, las cuales incrementaron a 104 en 2013; en 2014 se mantiene en 104 títulos, y a pesar de que en 2015 disminuyó el número de títulos (103), se registró un incremento de la superficie trabajada en minería, que se mantiene hasta enero de 2016.

La superficie concesionada a mineras pasó de 226,242 hectáreas en 2012, a 243,924 hectáreas en 2016.

En Veracruz se localizan 14 regiones mineras: el Istmo, región caolinífera de Huayacocotla, región minera Orizaba, región Perote, distrito minero Las Minas, zona mineralizada Tatatila-Las Minas, zona Jáltipan, zona Sayula, zona Tatatila-Las Minas, área mineralizada El Bastonal, área mineralizada La Miqueta, área mineralizada Las Minas, área mineralizada Tatatila y el área prospectiva Caballo Blanco.

Hasta ahora, pese a la demanda de activistas y ambientalistas, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador se ha mantenido indiferente a la solicitud para que estos proyectos de devastación al agua, a la vegetación, al bosque, de contaminación a los mantos acuíferos y más, sean detenidos.

AMLO ha dicho que su gobierno ya no es neoliberal, pero las acciones de funcionarios de su gobierno, continúan siendo neoliberales medrar con el medio ambiente a cambio de jugosas sumas que les pagan por -fuera- los representantes de las minas,  aunque afecten a la población, parece ser lo único que les importa.

 

Fuente:https://plumaslibres.com.mx/2019/05/23/alcaldes-de-chiconquiaco-y-yecuatla-demandan-a-amlo-derogue-concesiones-de-epn-a-minera-aurora-que-devastara-4-mil-845-hectareas-verdes/?fbclid=IwAR2hXUbsZcuk9mPHfrWgB_8WcJ7EgXIFnrgQBAbQ_BOO2SPABrElOv27usQ

Mexico

De 79 concesiones en Veracruz , sólo 3 mineras tienen permiso la Semarnat

De 79 concesiones mineras vigentes en Veracruz, sólo tres proyectos cuentan con estudio de impacto ambiental autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), por lo que concesionarios mineros incumplirían con la procuración al cuidado del medio ambiente y protección ecológica, de conformidad con la legislación vigente.

En el reciente informe presentado por el Instituto para la Gestión, Administración y Vinculación Municipal (IGAVIM) se informó que, en el periodo 2008 a 2017, sólo tres proyectos del sector minero fueron aprobados en materia de impacto ambiental en Veracruz, dos de ellos bajo autorización condicionada.

Con datos proporcionados a través de solicitudes de información, la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía (SE) reveló que en Veracruz la empresa “Unión Minera del Sur S. A. de C. V”, con los proyectos “Unimisur Planta de Extracción de Azufre, utilizando el proceso frash” y “Ampliación Unimisur-Azufre”, ubicados en el municipio de Jáltipan, cuentan con autorizaciones condicionadas.

Mientras que la empresa “Roca Verde Exploración México S. A. de C. V”, con el proyecto “Prospección minera, cartografía geológica, toma de muestra de esquirla de roca y barrenación en el municipio Las Minas”, obtuvo la autorización por afirmativo ficta.

LA NORMATIVIDAD

El artículo 27 de la Ley Minera establece: “Los titulares de concesiones mineras, independientemente de la fecha de su otorgamiento, están obligados a sujetarse a las disposiciones generales y a las normas oficiales mexicanas aplicables a la industria minero-metalúrgica en materia de seguridad en las minas y de equilibrio ecológico y protección al ambiente”.

Mientras el artículo 39 subraya: “En las actividades de exploración, explotación y beneficio de minerales o sustancias, los concesionarios mineros deberán procurar el cuidado del medio ambiente y la protección ecológica, de conformidad con la legislación y la normatividad de la materia”.

Al respecto el IGAVIM informó que al solicitarle a la Semarnat las resoluciones en materia de impacto ambiental de todos los proyectos del sector minero en México aprobados desde 2008 a 2017, el listado sólo incluyó 125 autorizaciones, en su mayoría condicionadas.

Con ello se evidencia que los concesionarios mineros “al día de hoy aún carecen de prácticas que promuevan realmente el cuidado del medio ambiente”, por lo que existen ejemplos de impactos ambientales acumulativos negativos que han afectado al ecosistema y las comunidades rurales”.

Para el IGAVIM si bien es cierto que la mayoría de las concesiones fueron entregadas en años anteriores, “es necesario que la Semarnat, la Profepa y la Secretaría de Economía aclaren cómo dan seguimiento a los impactos ambientales negativos que se presentan en este sector y de qué manera incluyen a las comunidades afectadas para su mejora, remediación y conservación”.

MUNICIPIOS BAJO CONCESIÓN MINERA

Desde el 17 de mayo de 1954 hasta el pasado 18 de octubre de 2018 se han otorgado 89 concesiones mineras en territorio veracruzano para operar en los municipios de Chinameca, Las Minas, Jáltipan, Ixhuatlán del Sureste, Catemaco, Ixtaczoquitlán, Sayula de Alemán, Perote, Actopan, Huayacocotla, Zacualpan, Soteapan, Alto Lucero, Apazapan, Papantla, Jalacingo, Espinal, Pánuco, Ignacio de la Llave y Uxpanapa.

Los últimos títulos de concesión minera se otorgaron a los proyectos presentados por la empresa Minera Cardel S. A. de C. V (en Alto Lucero), a Germán Solís Santamarina (en Huayacocotla) y a dos proyectos a nombre de Julio César Fernández Durán, para operar en el municipio de Uxpanapa.

En respuesta a la solicitud de información con folio 0001000071719, realizada por este medio, la Dirección General de Minas a través de la Dirección de Cartografía y Concesiones Mineras de la SE manifestó que en el periodo comprendido entre 2016 al 15 de marzo de 2019 sólo se otorgó una concesión en favor de Minera Cardel S. A de C. V., subsidiaria de la empresa canadiense Goldgroup Mining, ubicada en el municipio de Alto Lucero.

Bajo el título de concesión 246134, otorgado el 28 de febrero de 2018, la empresa Minera Cardel S. A. de C. V. tiene permiso para realizar trabajos de exploración y explotación de oro, plata y plomo, en una superficie de 5,400.000 hectáreas, hasta el 2068.

Según datos oficiales de la SE, en la región de Actopan hay 13 concesiones mineras, con permisos que vencerán entre 2052 y 2060, en favor de las empresas Minera Gavilán S. A. de C. V., filial de Almaden Minerals; Minera Cardel S. A. de C.V., y Candymin S. A. de C. V.

En el municipio de Las Minas existen 12 concesiones mineras, con vigencias hasta 2062, principalmente para las empresas Minerales El Prado S. A de C. V., y RocaVerde Exploración de México S. A. de C. V.

Mientras que en el municipio de Alto Lucero se registran nueve concesiones mineras con vigencias que oscilan entre 2052 hasta 2062, en favor, principalmente, de Minera Cardel S. A. de C. V., Minera Gavilán S. A de C. V. y Ríos Mining S.A de C. V.

La superficie concesionada a mineras en la entidad veracruzana es de 201,382.82 hectáreas, con lo que se coloca en el lugar 19 nacional; en el puesto número 21, con cuatro concesiones mineras con vigencia a 2068; y en el lugar número 15 de las entidades con autorizaciones en materia de impacto ambiental. Actualmente, en Veracruz hay 79 concesiones mineras vigentes.

 

Fuente:https://www.diariodexalapa.com.mx/local/de-79-concesiones-en-veracruz-solo-3-mineras-tienen-permiso-de-la-semarnat-3660636.html?fbclid=IwAR0Vs0cmdbf0Yh5r0TYGaxlLzlGQmZC9Da-iYKTMRqH2kErTmTWPexektOQ

Perú

La consulta previa en debate: Sentencia del Parque Ichigkat Muja

El 26 de abril último, el Décimo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima (Expediente 14037-2013), declaró fundada la acción de amparo presentada por la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Cenepa (ODECOFROC) en el año 2013, resolviendo la nulidad de 111 concesiones mineras y otras resoluciones de Estudios de Impacto Ambiental aprobadas por el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) y el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), respectivamente. El motivo fue que estas entidades omitieron realizar el procedimiento de consulta previa a los pueblos indígenas Awajún y Wampis que habitan esos territorios.

Durante muchos años, las organizaciones que representan a los pueblos Awajún y Wampis venían demandando que sus territorios tradicionales fueran declarados como Zona Reservada, un primer paso para la creación del “Parque Nacional Ichigkat Muja-Cordillera del Cóndor”. Ello como una forma de proteger su hábitat natural y evitar la intromisión de actores externos, particularmente empresas extractivas. Luego de un largo proceso de negociación de estas organizaciones con el entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), se acordó en el año 2004 que el referido Parque tendría un área de 152,873.76 has. Sin embargo, en el año 2007, ya iniciado el segundo gobierno de Alan García, el INRENA incumplió el acuerdo alcanzado con las comunidades y redujo el área del Parque a 88,477 has. A las organizaciones indígenas no se les dio ninguna explicación de esta decisión. En ese momento las políticas del Poder Ejecutivo se inscribían en la lógica del “perro del hortelano”, que el fallecido presidente García utilizaba para simbolizar el vínculo que los pueblos indígenas tenían con sus territorios tradicionales, y cómo estas formas culturales impedían el desarrollo del país que era entendida como de promoción irrestricta de las actividades extractivas.

Así, sobre la extensa área del territorio Awajún y Wampis que quedó desprotegida, se comenzaron a otorgar concesiones mineras y permisos para actividades de exploración y explotación. Varias empresas y agentes externos comenzaron a ingresar a este territorio del Parque con dichos fines, produciéndose numerosos conflictos con las comunidades de la zona. El caso de la empresa minera Afrodita y sus reiterados desencuentros y conflictos con la población, refleja de forma clara, las consecuencias del incumplimiento del Estado. En esa medida, esta sentencia corrige un despropósito y una clara afectación a los derechos colectivos de los pueblos Awajún y Wampis, referidos a su capacidad de tener injerencia y poder de decisión sobre las cuestiones que afectan sus territorios tradicionales.

Asimismo, al declarar la nulidad de las concesiones y autorizaciones otorgadas, esta sentencia se suma a otras resoluciones judiciales emitidas que también declaran la nulidad de concesiones mineras por no haber realizado la consulta previa. Estos son los casos de Tres Islas en Madre de Dios o Atuncolla en Puno. Además, existen muchas otras demandas de amparo en trámite que también vienen solicitando la nulidad de concesiones mineras otorgadas. De igual manera, en el caso de las actividades de hidrocarburos, también se han venido acogiendo favorablemente muchas demandas de amparo de pueblos indígenas amazónicos para declarar la nulidad de lotes petroleros por la omisión de la aplicación de la consulta previa.

Dicho esto, lo que se ha resuelto en esta sentencia, y en general, lo que se viene resolviendo a nivel judicial en torno a los alcances del derecho a la consulta previa, obliga a reflexionar sobre cuál es el momento más apropiado para su aplicación. Cabe decir que, en mayo de 2011, dos meses antes que finalice el segundo gobierno de García, el MINEM emitió el Decreto Supremo 023-2011-EM, que regulaba la aplicación de la consulta previa para las actividades inscritas en su sector. Lo curioso es que esa norma estableció que la consulta se tenía que realizar antes del otorgamiento de una concesión minera. Probablemente esa flexibilidad del Gobierno para ampliar de esa manera los alcances de la consulta, haya tenido que ver con que estaba casi de salida. Sin embargo, ya en el gobierno de Humala, una vez que entraron en vigencia la Ley de Consulta (setiembre de 2011) y su Reglamento (abril de 2012), las normas procedimentales que se emitieron para implementar este derecho restringieron sus alcances.

En el caso de las actividades mineras, se decidió que la consulta se debía realizar en el momento previo a la emisión de la resolución de la Dirección General de Minería del MINEM para autorizar el inicio de actividades. Pero esta medida administrativa es de tipo fast checking, que solo verifica el cumplimiento de requisitos que previamente se deben cumplir para iniciar actividades de exploración, explotación o beneficio minero. Justamente uno de esos requisitos es contar con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aprobado. Es decir, bajo este esquema, la consulta se realiza una vez que se tiene el EIA definido, lo cual sin duda resta eficacia a este derecho y lo vacía de contenido. La etapa de elaboración de estos estudios debería ser la oportunidad para determinar y proponer alternativas a las observaciones o reservas de los grupos de interés, entre los que se cuenta a las poblaciones indígenas. El hecho de que no se consideren estas preocupaciones es lo que viene llevando a que los pueblos indígenas opten por la vía del amparo entrando en una dinámica cada vez más fuerte de judicialización de la consulta.

La oportunidad o el momento más apropiado para la aplicación de la consulta sigue siendo un debate abierto. En la Sentencia del Parque Ichigkat Muja-Cordillera del Cóndor, se ha señalado de forma explícita que la consulta se debe realizar antes del otorgamiento de la concesión, y además que todas las concesiones aprobadas tras la entrada en vigencia del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT (1995) tendrían vicios de nulidad; es decir, deberían ser declaradas nulas en tanto no pasaron por un procedimiento de consulta. Pero, cabría analizar qué consecuencias conllevaría establecer la obligatoriedad de consultar todas las concesiones otorgadas desde la admisión del Convenio 169. Considerando que existen miles de concesiones aprobadas desde esa fecha, muchas de las cuales constituyen grandes operaciones mineras en pleno funcionamiento actualmente, ¿podría el Estado viabilizar en la práctica la implementación de procedimientos de consulta respecto a todas esas concesiones? Más allá de la justicia detrás de estas reclamaciones, lo concreto es que el Estado no se encontraría en condiciones de atender tantas reclamaciones simultáneas. Ello considerando también la presión mediática que se generaría en su contra, proveniente de grupos de poder vinculados con la minera, que reclamarían por tantas operaciones que se suspenderían de adoptarse tales medidas.

De igual manera, es importante tomar en cuenta que los procesos de consulta suelen generar altas expectativas entre la población respecto a los beneficios que pueden obtener de la actividad extractiva. Pero antes del otorgamiento de una concesión resulta difícil poder establecer de forma clara qué beneficios se podrían obtener. El otorgamiento de una concesión solo requiere presentar una serie de requisitos formales, pero no se solicita información que pueda determinar los impactos a nivel social o ambiental que se generarían a futuro (eso recién se tiene más claro en un siguiente momento, cuando se elabora el EIA). Incluso muchos solicitan concesiones solamente con fines especulativos, esperando obtener un beneficio económico futuro por la venta de la concesión ante una empresa con mayor capital (y posibilidades de explotar). El marco normativo permite que uno pueda tener una concesión vigente hasta por 30 años sin explotar el recurso, solamente pagando un derecho de vigencia anual y luego penalidades. Sin embargo, estos montos no constituyen incentivos suficientes para abandonar una concesión. En ese sentido, realizar una consulta bajo estas condiciones, con la incertidumbre sobre si el recurso va a ser extraído o no, puede determinar que se generen expectativas infundadas entre la población que sería consultada, pudiendo ser un factor adicional y muy importante que puede conducir a la proliferación de conflictos sociales y la afectación de la gobernabilidad en espacios de desarrollo de actividades mineras.

Por lo expuesto, este artículo plantea que las discusiones sobre el momento o la oportunidad de la aplicación de la consulta, no pueden desligarse de otra discusión mucho más profunda y de mayores dimensiones: la necesidad de efectuar reformas sustanciales en el actual sistema de concesiones minero en el país, que en lo sustancial sigue siendo el mismo que instauró Fujimori al inicio de su primer gobierno. Los problemas evidenciados reflejan la necesidad de establecer una serie de restricciones al otorgamiento indiscriminado de concesiones por parte del INGEMMET, entidad adscrita al MINEM y que está encargada de otorgar las concesiones. Estas se aprueban sin evaluar o cruzar información sobre los usos del territorio, o sin tomar en cuenta los instrumentos de planificación local o regional. En la práctica, son las mismas concesiones las que definen los usos del territorio, en una lógica orientada a la explotación intensiva de los recursos naturales, y sin tomar en cuenta o subvalorando otras actividades económicas o prácticas tradicionales de las poblaciones que se asientan en esas zonas y que para ellas pueden ser más valiosas que las actividades mineras o extractivas.

Por tanto, lo que cabría plantear es que se revierta esa figura, mediante el fortalecimiento de los mecanismos de ordenamiento territorial (OT). La idea es que estos sean implementados antes de autorizar cualquier tipo de actividad extractiva, y se elaborarían con la participación directa de la población involucrada, incorporando sus intereses y aspiraciones en la organización del espacio físico y del uso del suelo de acuerdo a sus potencialidades. En el caso de los pueblos indígenas, procesos participativos de este tipo plasmarían en la práctica el espíritu y los principios que guían las normas, sentencias y declaraciones internacionales que delimitan el marco de protección de sus derechos colectivos como pueblos. Sería una forma de implementar un procedimiento de consulta previa y que no se tendría que supeditar necesariamente al otorgamiento futuro de una concesión o a una autorización para realizar actividades mineras.

Habiendo realizando este proceso de evaluación previa de carácter participativo, los pueblos indígenas podrían contar con mayor información para determinar los impactos sociales y ambientales que se podrían generar en la eventualidad de que se quiera promover algún tipo de actividad minera o extractiva en sus territorios, así como los beneficios o perjuicios que se podrían generar.

Por lo tanto, una salida sostenible y con mirada de largo plazo a los problemas que se van a ir generando por el cuestionamiento a las concesiones y autorizaciones de actividades mineras inconsultas, pasaría por fortalecer el OT y que este tenga carácter vinculante y no se subordine a los intereses de las industrias extractivas, tal como ha venido ocurriendo hasta la actualidad.

 

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/la-consulta-previa-en-debate-sentencia-del-parque-ichigkat-muja/?fbclid=IwAR3pU52VMpWCP1vAZ2H1Qe2YHnfEUp4o3HAt4LPfY6iV4dgVjw-AXVdjuEc

Perú

Cajamarca: tras 5 años absuelven a ronderos de Celendín

El día 22 de mayo en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca se leyó la sentencia absolutoria para dos ronderos de la zona de Oxamarca- Celendín. Absalón Martos Vásquez y Segundo Nazario Chávez Tirado, miembros de la ronda Campesina de la Comunidad de Quillamachay, eran procesados desde el 2014 por delito de Secuestro agravado y para los que se pedía la pena de cadena perpetua.

El motivo fue que en junio del 2014 intervinieron a cuatro personas ajenas al lugar, las cuales estaban comprando tierras en grandes cantidades de manera irregular y sospechosa, probablemente para venderle a la Odebrecht quien tenía previsto construir en esta zona la represa Chadín II, o a las compañías mineras que están también en el lugar.

La intervención sólo consistió en pedirles que se presenten ante la asamblea ronderil, los presuntos secuestrados habrían incluso tenido la oportunidad de dar parte a la Policía Nacional, que llegó al lugar y al no observar nada irregular de parte de la ronda, participó de la reunión.  Días después, estas personas denunciaron a los ronderos por secuestro agravado y lo increíble sería que la Fiscalía de Celendín, sin mayores pruebas y obviando su condición de ronda, procedió a denunciar por este grave ilícito pidiendo la pena máxima.

Este proceso se convirtió en una larga y tortuosa lucha judicial; la comunidad se preguntaba si el haber actuado contra personas vinculadas a las grandes empresas tenía que ver con esta absurda persecución. Los 2 ronderos incluso fueron sentenciados en una primera instancia, sin mayores pruebas y por un delito diferente al que les imputaban.

Este proceso ha tenido muchas irregularidades y en virtud de ello una Sala Penal determinó su nulidad, sometiéndose el caso a nuevo juicio donde se llegó a la absolución de los mismos. Esperamos que este caso contribuya al cese de la criminalización de la labor ronderil, reconocida por la Constitución y que no debe ser motivo de ninguna denuncia o proceso, cuando se realiza dentro de los márgenes de la ley y el respeto a los derechos fundamentales.

 

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/05/23/cajamarca-tras-5-anos-absuelven-a-ronderos-de-celendin/?fbclid=IwAR21duH6AK73M99cl6jsM62Sj9hPHlXnQNs14tqxgfxQGQDQKbP5OBOMFfY

Perú

Juez ordena anular 127 concesiones mineras en comunidad «Tres Islas»

La semana pasada, la Sala Civil de la Corte Superior de Madre de Dios, dictó la orden de ejecutar la sentencia que declara nula las concesiones mineras y otras acciones inconsultas en la comunidad nativa «Tres Islas», en el distrito de Tambopata. Para ello, solicitó que dicha sentencia regrese al juzgado de origen para que pueda hacerse efectiva en diez días, además queda prohibido que el Gobierno Regional de Madre de Dios otorgue más concesiones.

En marzo de este año, la comunidad logró una victoria judicial, cuando la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sentenciara por primera vez la anulación de concesiones mineras, adjudicaciones de predios agrícolas y derechos de agua que se otorgaron a colonos sin realizar las consultas previas a la comunidad.

A pesar de haberse dado dicha sentencia, los procuradores del Gobierno Regional de Madre de Dios y el Ministerio de Agricultura presentaron una apelación al fallo; sin embargo, estos fueron desestimados por la Corte.

Sin precedentes

Esta sentencia es la primera en el Perú, y anularía 127 de las concesiones mineras otorgadas, así como 4 licencias de agua y 11 adjudicaciones de predios agrícolas de las comunidades. Fallo que ha generado el saludo de la relatora de Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, Victoria Tauli Corpuz, a través de su cuenta en Twitter.

Las comunidades compuestas por las familias Shipibos y Ese´eja fueron principalmente afectadas por la actividad minera y la contaminación de mercurio. En el fallo también se incorpora las disposiciones que detalla la Medida Cautelar 113-16, donde determina se atienda la salud, la seguridad, el agua y la alimentación de las poblaciones indígenas.

Asimismo, el fallo exige realizar estudios para descontaminar las aguas y suelos, reforestar los territorios dañados, y brindar atención integral de la salud y provisión de agua potable.

Por su parte los representantes de las comunidades han expresado su acuerdo y saludo a la ejecución, ya que contribuirá a «la recuperación de nuestro bosque», manifestó César Estanico, presidente de la Comunidad Nativa  «Tres Islas».

 

Fuente:https://wayka.pe/juez-ordena-anular-127-concesiones-mineras-en-comunidad-tres-islas/?fbclid=IwAR00y2JqBpUzKcQXsJQ5LXdqVwF_zJNG-8UScq3m9vjwy0EYMZmEP8WAo3o

Ecuador

La Política Minera inconsulta: Alerta por la consolidación del Modelo extractivista en Ecuador

La consolidación del modelo extractivista contribuirá a aumentar la violencia hacia las comunidades afectadas, evidenciando la continuidad de mecanismos encaminados a perseguir, criminalizar y judicializar a personas, dirigentes y a las organizaciones sociales que resisten hace varios años.

Mediante un proceso de subasta y remate se otorgaron 275 concesiones con más de 1.500 millones de dólares comprometidos en el período 2018 – 2021, para actividades de exploración minera, manifestó este 27 de abril Fernando Benalcázar, viceministro de Minas. De tal manera que las transnacionales que tienen proyectos en el país anunciaron la creación de la Alianza para la Minería Responsable en Ecuador (AMRE). Alianza que está liderada por Adventus, Lowell Copper, Cornerstone, Lumina Gold, INV Metals, Lundin Gold, Newcrest, Toachi Mining, SolGold y la Cámara de Minería del Ecuador. Así, la política extractiva se profundiza en Ecuador, violentado los derechos individuales y colectivos de la población, en especial su derecho a la consulta previa porque las comunidades no fueron consultadas por el estado ecuatoriano para el otorgamiento de la concesión minera a favor de las compañías mineras.

El presidente Lenín Moreno, el 24 de abril de 2019, mediante Decreto Ejecutivo 722, dispuso la emisión de la nueva Política Minera del Estado, la cual tiene seis ejes: planificación sectorial, inversiones, consulta previa y popular, gestión eficiente y sostenible, combate a la minería ilegal y beneficios tributarios. Estos ejes buscan fundamentalmente una mayor articulación entre Ministerios, inversionistas extranjeros y sectores de la sociedad civil, incrementar la inversión con beneficios tributarios como exenciones de impuestos y eliminación de otros, flexibilizar las normas para el otorgamiento de permisos y licencias ambientales, y regular la consulta previa, libre e informada. Asimismo, el Gobierno ha incluido a los proyectos mineros Fruta del Norte y Mirador, ubicados en Zamora Chinchipe y Loma Larga, en Azuay, en el plan de ingresos de la minería para el Acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Según la investigación de Martín Zorrilla y otros (2018), nuestro país cuenta con la mayor biodiversidad del mundo, la amenaza de extinción para parte de esta biodiversidad ha aumentado dramáticamente desde abril de 2016, tiempo durante el cual el Gobierno ha abierto alrededor del 13% del país a la exploración minera, con muchas de las concesiones en bosques previamente protegidos. Si se produce exploración o explotación, estas nuevas concesiones disminuirán significativamente las áreas protegidas forestales, dado que más del 30% del área total protegida por Bosques Protectores (BP) se incluye en las nuevas concesiones mineras exploratorias. La mayoría de las concesiones se ubican en la hiperdiversa zona de bosques y fuentes de agua.

En el marco de la resistencia frente a la imposición de proyectos extractivos las organizaciones sociales desde el 2017, exigieron a la Contraloría General del Estado investigar y emitir informes sobre las irregularidades denunciadas por las comunidades, respecto de varios proyectos de minería a gran escala. Hasta la fecha el contralor subrogante Pablo Celi ha visitado los proyectos mineros: Loma Larga en Quimsacocha – Azuay y Llurimagua en Imbabura.

El proyecto Llurimagua, ubicado en la zona de Íntag en el cantón Cotacachi, está a cargo de la Empresa Nacional Minera (Enami) y la Corporación Nacional de Cobre de Chile (Codelco) de Chile, empresa que, hasta la presente, ha financiado la mayoría de las actividades exploratorias que se llevan a cabo desde el 2015. La falta de evaluación y control permitió que no se apliquen medidas de prevención y mitigación, por lo tanto, no aplicaron sanciones administrativas para suspender o revocar la licencia ambiental, es decir que el Ministerio del Ambiente (MAE) aprobó el estudio de impacto y plan de manejo ambiental sin parámetros locales que describan la caracterización del área del proyecto. Las violaciones a la ley han sido tan graves que la Contraloría concluyó en su informe que la concesión minera debió haber sido revocada.

Mientras que el informe de la Defensoría del Pueblo sobre este proyecto, evidencia que varias personas de la zona de Intag, opuestas al proyecto minero, están bajo amenaza constante. Además, señala que, junto a la ausencia de supervisión de las operaciones mineras, el Estado, a través de sus instituciones, incluida la Policía Nacional, violó sistemáticamente los derechos de la comunidad y la naturaleza.

El 8 de mayo de 2019, Carlos Pérez, Ministro de Energía y Recursos No Renovables, anunció una reforma al Código Orgánico Ambiental para normar la consulta previa y popular, en el tema minero, petrolero y eléctrico; también anunció que el presidente Lenín Moreno en días posteriores firmará un Decreto Ejecutivo en este sentido. Esta reforma alarma a las comunidades afectadas, en el caso de Quimsacocha atenta contra la consulta popular del 24 de marzo de 2019, que ha sido un precedente importante de democracia, con una repercusión directa, vinculante con el territorio, luego de un proceso largo de resistencia que no ha estado exento de persecución, criminalización y judicialización a los dirigentes sociales.

Con estos antecedentes, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos – CEDHU denuncia que este nuevo anuncio de regular las consultas vía decreto es ilegal, porque pretender regular un derecho constitucional violentando el principio de reserva de ley, pues es una clara contradicción a las decisiones judiciales y decisiones de las personas en los territorios, que se han pronunciado y demandado para frenar las actividades extractivas.

Exigimos que se cumplan las sentencias y las decisiones expresadas vía consultas populares, que las autoridades estatales cumplan lo dispuesto por la Contraloría General del Estado en el Examen Especial sobre el proyecto Llurimagua. Además, que se cumpla lo dispuesto por la Defensoría del Pueblo en la Resolución Defensorial sobre la violación a los derechos humanos y de la naturaleza de este proyecto, donde exhorta al Ministerio de Energía y Recursos No Renovables a declarar la caducidad de la concesión minera Llurimagua, y a la Secretaría Nacional del Agua (SENAGUA) la reversión de autorizaciones de uso de agua.

Alertamos que la imposición y consolidación del modelo extractivista en el Ecuador atenta contra los derechos humanos y de la naturaleza, garantizados en la Constitución y en los Tratados y Convenios Internacionales; por lo tanto, contribuirá a aumentar la violencia hacia las comunidades afectadas, evidenciando la continuidad de mecanismos encaminados a perseguir, criminalizar y judicializar a personas, dirigentes y a las organizaciones sociales que resisten hace varios años, incluso existen asesinatos de dirigentes sociales que han quedado en la impunidad y son muestra de un contexto de conflicto por la apropiación de los recursos naturales por parte del Estado y las empresas transnacionales. Hemos constatado que hasta el momento el papel del Estado ha sido garantizar que las actividades de las empresas mineras no se interrumpan; un ejemplo claro es la imposición de una política pública minera violentando el derecho a la consulta previa libre a informada, y su incapacidad para controlar el cumplimiento de las normas que regulan las actividades mineras.

 

Fuente:https://cedhu.org/noticias/counicados/152-alerta-por-la-consolidacion-del-modelo-extractivista-en-ecuador?fbclid=IwAR2lBZHwIlL3mL4YXty9Ud9GChBkMzpNOV__DNl0sNhfi60FgRvxM7QrMsE

Perú

Las Bambas: Fuerabamba retoma el bloqueo de la vía tras diálogo frustrado

La comunidad campesina de Fuerabamba decidió iniciar un nuevo bloqueo vial a la mina de cobre Las Bambas de la minera china MMG Ltd tras unas frustradas negociaciones con la compañía china en torno a compensaciones.

La comunidad comenzó el bloqueo a la medianoche del martes (05:00 GMT), dijo el representante Américo Contreras a medios nacionales, citando un documento de funcionarios del Gobierno que mediaron en las conversaciones, que finalizaron sin una solución el lunes por la noche.

“En este momento Yavi Yavi se encuentra bloqueada y la empresa minera ha decidido no trasladar los minerales en los [camiones] encapsulados”, dijo Contreras, en referencia al fundo por donde pasa la carretera.

Imagen: El comercio

Previamente en el año, Fuerabamba mantuvo un bloqueo al acceso de la mina que evitó el transporte de concentrado de cobre por más de dos meses.

El yacimiento Las Bambas, uno de los mayores de Perú, produce alrededor de 400,000 toneladas de cobre al año, o cerca del 2% de la extracción global del metal.

La comunidad llegó a un acuerdo con MMG, lo que había llevado a que se levantara el bloqueo.

El día de ayer representantes de la empresa minera y los comuneros de Fuerabamba no llegaron a un acuerdo tras sostener una reunión en el sector de Yavi Yavi. Algunos de los temas tratados fueron la propuesta de los comuneros del pago de S/150 mil para cada uno de ellos, la retribución económica de 500 puestos de trabajo desde el 2014, así como una compensación por el derecho de la vía, la cual sería de S/20 millones.

Según documentos de la reunión, la compañía rechazó las demandas de la comunidad por considerarlas “exorbitantes” e “inviables”. El bloqueo se reanuda en espera de una nueva respuesta de la minera y del gobierno central.

 

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/05/21/las-bambas-fuerabamba-retoma-el-bloqueo-de-la-via-tras-dialogo-frustrado/

Perú

Por tercera vez se suspende audiencia contra dirigentes denunciados en la zona de influencia del proyecto Las Bambas

Se ha vuelto a reprogramar, por tercera vez consecutiva, la audiencia que se debía realizar hoy miércoles 22 de mayo en el juicio que se sigue contra 19 comuneros de Cotabambas, por los sucesos ocurridos en setiembre de 2015 en el marco del conflicto social contra la empresa Las Bambas.

Andrés Flores Aguilar, es el juez encargado de llevar adelante la referida audiencia, que se debía realizar en el Juzgado Penal Unipersonal ubicado en la ciudad de Tambobamba, en la provincia apurimeña de Cotabambas. Por un acuerdo entre la defensa de los dirigentes sociales, la Fiscalía y el Juzgado, se decidió reprogramar nuevamente la audiencia para el 3 de julio próximo.

Una de las razones principales de la suspensión es que se han producido cambios en el Ministerio Público, por lo que el Fiscal tiene un desconocimiento del tema. Por esa razón se ha pedido que se postergue la audiencia para que pueda revisar bien el caso.

Sin embargo, debemos señalar que todos estos cambios llaman la atención. Además, es preocupante que habiendo pasado varios años, el proceso siga entrampado y no se formule hasta el momento acusación. Las comunidades hacen enormes esfuerzos para cumplir con las citaciones y para contar además con una asesoría legal que les permita afrontar el proceso en condiciones adecuadas.

Abogados de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, son los que asesoran a los comuneros denunciados y han tenido que trasladarse a Cotabambas hasta en tres ocasiones y se han encontrado con audiencias que han sido suspendidas.

Cabe recordar que la Fiscalía Provincial Mixta de Chalhuahuacho está solicitando entre 11 y 17 años de pena privativa de la libertad contra este grupo de dirigentes por los presuntos delitos de disturbios, daño agravado y tenencia ilegal de armas y explosivos. También se está pidiendo como concepto de reparación civil la suma de 20 mil soles a favor del Estado peruano.

En tanto la compañía minera Las Bambas ha ratificado su pedido de reparación civil que asciende a 88,600 dólares por daños a la propiedad privada, monto que incluso puede incrementarse a petición de la referida compañía minera. Se dice en la zona que la empresa minera estaría contando para este caso con la asesoría de abogados vinculados al influyente Estudio Caro.

22 de mayo de 2019

 

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/05/22/por-tercera-vez-se-suspende-audiencia-contra-dirigentes-denunciados-en-la-zona-de-influencia-del-proyecto-las-bambas/