El proyecto de Ley Marco del Agua para la Vida es incompatible con la Ley 1777 del Código de Minería en vigencia, en cuanto al uso del agua subterránea para las operaciones mineras, y las instancias encargadas de regular el aprovechamiento del recurso hídrico sin afectar al consumo humano, advierte Emilio Madrid, investigador del colectivo de Coordinación de Acciones Socio Ambientales (CASA).
“La Constitución Política del Estado (CPE) dice que debe ser una Ley del Agua la que regule el uso del agua en todos los sectores; no reconoce concesiones, no hay títulos de propiedad de agua. En ese sentido, solo se reconoce la autorización para el uso del agua autorizados por la Autoridad Plurinacional competente del agua”, explica.



El fiscal no solo omitió denunciar a los torturadores sino que incluso llegó al extremo de acusar a los campesinos por servir dócilmente a la minera Majaz.
Por Rebecca Hollender*
El investigador del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM) campus Puebla, Luis Felipe Gómez Lomelí, aseguró que las minas a cielo abierto como la que pretende instalar la firma Frisco en Tetela de Ocampo pertenece al grupo de las más contaminantes y peligrosas para la población.
Por los hechos de torturas de las que fueron víctimas 28 campesinos en el campamento

Acción judicial buscaba suspender la construcción y funcionamiento del tranque de relaves El Mauro, debido a una supuesta contaminación del agua