El Centro de Acción Legal Ambiental y Social (CALAS), accionó legalmente contra la ley y obtuvo un fallo favorable.
Evitar la explotación ilimitada del subsuelo y la contaminación, así como solicitar estudios de mitigación e impacto ambiental en las actividades de exploración minera, son las principales razones por las cuales la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró inconstitucionales los artículos 19, 20, 21, 24, 27, 75 y 81 de la normativa.
La CC emitió el fallo desde el 1 de abril, pero los cambios entrarán en vigencia cuando la Ley se publique en el diario oficial, dijo Yuri Melini, de CALAS, organización que accionó legalmente contra el Decreto 48-97 (Ley de Minería), cuya notificación fue recibida el 9 de este mes, el mismo día en que la CC declaró inconstitucional la consulta popular realizada en Río Hondo, Zacapa, sobre las operaciones de una hidroeléctrica en el lugar
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