En respuesta a la Registraduría Nacional del Estado Civil, el alto tribunal dejó abierta la posibilidad de que no se realicen las consultas populares previstas para desarrollarse el próximo domingo.

Hasta tanto no sea proferido el fallo de la acción de tutela que interpuso la petrolera Mansarovar contra la consulta popular adelantada en el municipio de Cumaral (Meta), este mecanismo de participación ciudadana, que se tenía programado realizar el próximo domingo 21 de octubre en Fusagasugá y San Bernardo (Cundinamarca),
queda en veremos.
La respuesta enviada por el presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares Cantillo, al registrador nacional del Estado Civil, Juan Carlos Galindo,
deja abierta la opción de que las consultas se puedan o no adelantar en estas dos localidades.
"Por carecer la
Corte Constitucional de competencias consultivas, según lo dispuesto en el artículo 241 de la Constitución Política, no me encuentro facultado para contestar las cuestiones planteadas.
Es exclusivamente en el texto de la sentencia enunciada donde se encontrará de forma precisa el contenido de la decisión que, en líneas generales, se dio a conocer mediante comunicado de prensa", indicó el funcionario en la carta enviada al registrador.
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