La primera es que, cuando salga la delimitación de las áreas protegidas, no va a haber fuentes de ingresos en los municipios que estén por dentro de los límites. La segunda es que la ilegalidad llegará a apropiarse de los recursos productivos y la última es que este fenómeno traerá problemas de seguridad y abundará la violencia en regiones como Santurbán.
Si bien el Estado debe garantizar que el bien de interés general prime sobre el particular, también es menester que se proteja a las personas antes de establecer las leyes.



Desde el 2005 la CC viene resolviendo que las consultas comunitarias son inconstitucionales. En ese año estuvo de acuerdo con la trasnacional Montana Exploradora y declaró inconstitucional la consulta de Sipakapa, donde el 98% de las y los vecinos rechazaron la presencia de la Mina Marlin. En el año 2009 la CC, aceptando el argumento de la Cámara de Industria, también declaró inconstitucional la consulta que se hizo en San Juan Sacatepéquez (2007) donde la mayoría de vecinas y vecinos rechazaron la presencia de Cementos Progreso. La Corte rechazó la consulta de San Juan Sacatepéquez, pero en su resolución no tuvo ningún empacho en calificar a la industria cementera como “un bien indispensable para el desarrollo del país”. Y el año pasado la CC batió record de rapidez declarando inconstitucionales las consultas de Mataquescuintla y Santa Rosa de Lima, donde la mayoría de vecinos votó en contra del proyecto minero El Escobal.
Ref.: Acción de Inconstitucionalidad General Total contra el Decreto 48-97 que contiene la Ley de Minería- expediente No. 1008-2012.
La Mesa Nacional Frente a la Minería Metálica, Se pronunció una vez más contra el proyecto minero Cerro Blanco ubicado en el vecino país de Guatemala.
Entrevista a Lolita Chávez y Jesús Alemancia, Activistas indígenas