Perú

Informe revela falta de implementación de la consulta previa en minería

Esta vez las críticas al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) por la falta de consulta de los principales proyectos mineros, no vienen de las ONG o de las comunidades campesinas o de grupos ambientalista, sino de la propia Oficina de Control Interno del propio MNEM (OCI MINEM). Como sabemos, si bien esta forma parte del sistema de control, administrativamente forma parte del MINEM

Se trata del informe de Auditoria No 08-2015-2-0054 denominado “Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios para el Otorgamiento de Concesiones de Beneficio, Autorización de Inicio de Exploración, Aprobación del Plan de Minado y Autorización de Actividades de Desarrollo y Preparación a cargo de la Dirección General de Minería”, y fue elaborado por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Energía y Minas.

Como lo dice el propio Resumen Ejecutivo, el objetivo general fue “determinar si la Dirección General de Minería y sus unidades orgánicas que le conforman vienen desarrollando sus procedimientos administrativos […] cautelando el cumplimiento de derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas u originarios con sujeción al marco normativo vigente“. (pág. 1). Añade que el período de control auditado es el período del 1 de enero de 2012 al 31 de diciembre del año 2014.
Los hallazgos a los que arriba el informe en sus conclusiones, son realmente reveladores de la forma como la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (DGM-MINEM), viene incumpliendo su obligación de consulta previa de los proyectos mineros, y hablan por sí mismos.

I. CONCLUSIONES DEL INFORME DE OCI MINEM

Lo que concluye la Oficina de Control Interno del Ministerio de Energía y Minas (OCI-MINEM):

1. OCI-MINEM reconoce que Dirección General de Minería del MINEM no consultó proyectos mineros

La primera conclusión es lapidaria. Esta es una aseveración fuerte y contundente, y constituye una crítica muy fuerte a la DGM-MINEM: “la Dirección General de Minería autorizó el inicio de las actividades mineras de exploración en los proyectos mineros de exploración Alicia y Yagku a favor de la empresas mineras Strait Gold Perú SAC y Exploraciones Águila Dorada SAC, sin realizar procesos de consulta previa”. (pág. 70).

2. La estrategia utilizada: Actas de asamblea de comunidades que “reconocen” que no se afecta sus derechos de pueblos indígenas

La estrategia de la DGM-MINEMfue obtener actas de asamblea, donde están eran forzadas a reconocer que estos proyectos no afectaban sus derechos en su condición depueblos indígenas. En palabras de la OCI MNEM, “sin realizar procesos de consulta previa al considerar las “actas de asambleas comunales” como elementos de sustento suficientes de que tales actividades no afectaran los derechos colectivos de la comunidad campesina de Cancahuani y la comunidad nativa de los Naranjos”. (pág. 70)

3. DGM-MINEM desatendió información de Viceministerio de Interculturalidad

La OCI MINEM denunció que esta conducta resulta agravada toda vez que la DGM-MINEM “contaba con información remitida por el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, que indicaba que existía presencia de organizaciones indígenas a nivel comunal referencial entre las que estaban las comunidades antes mencionadas, omitiendo la obligación de cautelar el derecho colectivo de dichas comunidades”. (pág. 70)

4. DGM-MINEN ha inobservado normas sobre consulta previa

La conclusión de la OCI MNEM es que la DGM-MINEM ha aprobado proyectos mineros “inobservando lo contenido en los artículo 2, 5, 7, 8 y 10 de la Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios (Ley 29785), artículos 3, 5, 7u 8 de su Reglamento (DS 001-2012-MC) y Guía Metodológica; Consulta a los Pueblos Indígenas de febrero de 201, publicada”. (pág.70)

4. La falta de consulta genera riesgo de conflictos sociales

Precisa la OCI MINEM que esta falta de consulta de la DGM-MINEM, además de violar normas referidas a la consulta previa “genera el riesgo de conflictos sociales en la zona de los proyectos mineros, además de las contingencias de carácter legal en contra el Ministerio de Energía y Minas”. (pág. 70)

5. la DGM-MINEM ha actuado sin la debida diligencia

La OCI MINEM va más allá, cuando sostiene que esta falta de consulta de la DGM-MINEM“fue ocasionado por la falta de diligencia de parte del Asistente Técnico, Abogada de la Dirección General de Minería y Director• Técnico Minero, responsables de evaluar las solicitudes de las empresas Strait Gold Perú SAC y Exploraciones Águila Dorada SAC para la autorización del inicio de actividades de exploración minera y emitir el pronunciamiento administrativo y formular la propuesta de Resoluciones Directorales, sin cautelar que éstos actos administrativos se den dentro de la normativa vigente para estos casos”. (pág. 70)

6. Funcionarios de la DGM-MINEM no cumplieron con sus funciones

En base a estas consideraciones la OCI MINEM concluye que “el Director Normativo de Minería y el Director General de Minería no ejecutaron diligentemente sus funciones: al no haber observado que las Resoluciones Directorales para la autorización del inicio de actividades de exploración minera se efectúen dentro del marco normativo respectivo”. (Pág. 70)

II. RECOMENDACIONES DE OCI-MINEM

Luego que OCI MINEM analiza diferentes aspectos de la forma como DGM-MINEM viene evadiendo su responsabilidad de consultar los proyectos mineros, formula esta conclusiones que revelan lo mal que se han estado haciendo las cosas.

1. Inicio de las acciones administrativas contra responsables.

OCI MINEM encuentra indicios de responsabilidad administrativa, acto seguido, solicito el inicio de sendos procesos administrativos. Precisa ésta literalmente lo siguiente: “Disponga, el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los funcionarios y servidores comprendidos en las Observaciones No 1, 2 y 3, teniendo en consideración que su inconducta funcional no se encuentra comprendida bajo la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República”.(Pág. 75) (Subrayado nuestro)

2. Se disponga el cumplimiento de la ley y la correcta identificación de los pueblos indígenas

Lo que exige OCI MINEM en buena cuenta, es que DGM MINEM dé cumplimiento a las normas que regulan la consulta previa, y a los lineamientos del Viceministerio de Interculturalidad. Precisa “Disponga, que el Viceministro de Minería instruya a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros encargadade realizar la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios cuyos derechos colectivos puedan verse afectados en forma directa, que la etapa de identificación de pueblos indígenas u originarios, se sujete a establecido en la Ley de Consulta Previa y su Reglamento, además de los lineamientos aprobados por el Viceministerio de lnterculturalidad del Ministerio de Cultura, de tal forma que la identificación de una comunidad campesina o nativa, debe ser efectuada mediante visitas de campo que permita el acopio de informacióndebidamente sustentada a cargo de profesionales debidamente entrenados, asimismo, se realice la evaluación de todos los criterios de identificación establecidos en dicho marco normativo, los cuales deben ser interpretados de manera integral”.(Pág. 75) (Subrayado nuestro).

3. Se realice procesos de consulta cuando corresponda

La recomendación final que OCI MINEM hace a DGM MINEM es muy simple, que realicen consultas cuando corresponda: “Disponga, que el Viceministro de Minería instruya a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros,que en los casos en los cuales las actividades mineras autorizadas indebidamente por la Dirección General de Minería, hayan conducido o conduzcan a nuevas actividades mineras (exploración, explotación, concesión de beneficio u otros) en los ámbitos geográficos de las comunidades campesinas comprendidas en las dieciséis (16) resoluciones directorales materia de denuncia por la Defensoría del Pueblo, así como de aquellas evidenciadas en el presente informe, se dé inicio inmediato a la consulta previa a efecto de identificar la existencia o no de pueblos indígenas u originarios cuyos derechos colectivos puedan verse afectados en forma directa, contando de ser el caso, con la asistencia técnica del Viceministerio de lnterculturalidad del Ministerio de Cultura, en cumplimiento de sus funciones dispuestas en el artículo 28º del Decreto Supremo n.º 001-2012-MC Reglamento de la Ley No 29785, Ley de Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios”.(Pág. 75) (Subrayado nuestro)

A manera de conclusión: ¿Qué hace el Viceministerio de Interculturalidad?

Queda claro que las cosas no se están haciendo bien. Hay un grave e intolerable fraude al Convenio 169 de la OIT y a las obligaciones internacionales del Estado, en materia de pueblos indígenas por parte del Ministerio de Energía y Minas. De otro lado, no queda claro qué está haciendo el Viceministerio de Interculturalidad sobre la materia, ¿qué medidas está tomando este ante esta actitud del MINEM?, ¿está haciendo seguimiento este a esta resolución y a las recomendaciones de la OCI MINEM? ¿Está enterada de este informe? Este órgano debería de hacer seguimiento a la implementación de la consulta previa.

No se trata de cuestionamientos caprichosos. Las actividades extractivas son las que más impacto generan en los pueblos indígenas, y entre ellas son la explotación minería y petrolera las que afectan más los territorios de estos pueblos. La consulta previa de la actividad minera debería ser prioridad para el Viceministerio de Interculturalidad. Pero parece que está dedicado a otras cosas, pues a pesar que el Convenio 169 de la OIT ha sido incorporado hace 22 años al ordenamiento jurídico, solo tres proyectos mineros han sido consultados. No obstante, los grandes proyectos mineros donde hay comunidades campesinas, siguen sin ser consultados como son Antapaccay a cargo de Glencore, Constancia a cargo de Hudbay y Las Bambas a cargo del Consorcio MMG.

Fuente:https://juancruizm.lamula.pe/2017/08/04/informe-revela-falta-de-implementacion-de-la-consulta-previa-en-mineria/juancruizm/

Internacional

Resolución favorable a la explotación interior de la mina de Monesterio, aunque con 25 condiciones

(España)- Las condiciones se refieren a la gestión de residuos y recursos hídricos, acopios de minerales y concentraciones de minerales en aguas superficiales o subterráneas

La resolución favorable de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la mina de Aguablanca recoge hasta veinticinco condiciones para su explotación interior. Muchas de ellas relacionadas con residuos, recursos hídricos, acopio de mineral y concentraciones de minerales en aguas.

El Boletín Oficial del Estado publica el texto íntegro de la resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula la DIA del proyecto de explotación por interior de la mina, ubicada en el término municipal de Monesterio y próxima a las provincias de Sevilla y Huelva.

Contempla la explotación del yacimiento mediante minería subterránea, y la transferencia durante la misma de los estériles existentes desde la escombrera este hasta el hueco generado en el cuerpo superior de la mina proyectada.

Esta propuesta, calificada como alternativa A221-SLC, es la elegida por la empresa promotora, Río Narcea Recursos, S.A., que a finales del pasado año pasó a manos de Valoriza Minería (Grupo Sacyr).

La Secretaría de Estado de Medio Ambiente considera que, de llevarse a cabo el plan de restauración, las medidas preventivas y correctoras, y un conjunto de «condiciones al proyecto» que plasma en la resolución, «quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales, y no se causará perjuicio a la integridad de ningún lugar de la Red Natura 2000».

Las condiciones

Para la fase de ejecución y explotación incluye hasta veinticinco condiciones en materia de residuos, recursos hídricos, acopios de minerales y concentraciones de minerales en aguas superficiales o subterráneas, así como diversas solicitudes de permisos. Para la fase de restauración, cierre y clausura, la resolución recoge otras tantas.

El proyecto tiene como objetivo el aprovechamiento por minería subterránea de las reservas profundas del denominado cuerpo sur del yacimiento de Aguablanca, que se sitúan por debajo de la corta actual de la mina a cielo abierto.

En esta iniciativa se definen dos volúmenes mineralizados a diferente profundidad a explotar por interior. Una superior, con galerías de producción con seis subniveles, y otra inferior, que se explotará mediante el método de cámaras abiertas por tiros largos.

En su conjunto, y con una vida útil de 4 años y 4 meses, se ha estimado una producción de 3,2 millones de toneladas (Mt) de mineral a salida de mina, si bien el total de concentrado de níquel alcanzaría las 20.250 toneladas. Concluida la vida útil de la explotación, se contempla la posibilidad de una ampliación futura si las reservas minerales más profundas (por debajo de los -75 metros sobre el nivel mar) poseyesen potencial para ser rentables económicamente.

En caso negativo, se procederá a la desmovilización y cierre, retirando todas las instalaciones y equipos de interior no necesarios. Además, al estar asociado el cierre de la mina interior al de la corta, para la cual se prevé su inundación, para evitar la circulación del agua se sellarán los pozos de ventilación y de la bocamina con tapones de hormigón.

Fuente:http://www.eldiario.es/eldiarioex/economia/Resolucion-explotacion-interior-Monesterio-condiciones_0_672283214.html

Mexico

A 3 años de derrame en Sonora, aún hay pozos contaminados

Ciudad de México. A tres años de que la mina Buenavista del Cobre derramó 40 mil metros cúbicos de residuos peligrosos en el río Bacanuchi, en Sonora, aún hay pozos con niveles de contaminación de arsénico y manganeso superiores a los establecidos por la Organización Mundial de la Salud, señalaron los comités de cuenca Río Sonora (CCRS), que agrupan a ciudadanos afectados.

El 6 de agosto de 2014 fue el derrame de la empresa de Grupo México, y hace unos días los comités de cuenca ganaron un juicio de amparo por la contaminación del agua en dos pozos de la región, además se han demandado al Isssteson, IMSS y Secretaría de Salud por falta de atención a la población afectada por el derrame.

En conferencia de prensa detallaron que un fallo dictado por el Juzgado Primero de Distrito de Sonora, relativo al juicio de amparo 834/2015, reconoce que los pozos Sinoquipe y La Labor presentaban contaminación por arsénico y manganeso en niveles superiores a los establecidos en las Guías para la calidad del agua potable de la Organización Mundial de la Salud, las cuales establecen valores más estrictos que la Norma Oficial Mexicana 127-SSA1-1994.

Señalaron que esta sentencia echa por tierra el discurso oficial del gobierno y la empresa acerca de que ya no existe contaminación en el río Sonora.

Fuente:http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2017/08/01/a-3-anos-de-derrame-en-rio-bacanuchi-aun-hay-pozos-contaminados

Perú

Primer año de gobierno de Pedro Pablo Kuczynski: entre incertidumbres y realidades

Transcurrido el primer año de gobierno, el presidente Pedro Pablo Kuczynski presentó su primer mensaje a la nación el 28 de julio último. Al respecto, RED MUQUI se dirige a la opinión pública para manifestar lo siguiente:

1. El mensaje presidencial trajo el anuncio de nuevos proyectos mineros: Corani (Puno), Mina Justa (Ica), Quellaveco (Moquegua) y Michiquillay (Cajamarca). De esta manera, el gobierno confirma que seguimos dependiendo de una actividad económica como eje de nuestra economía.

Sobre esto se requiere que el gobierno asuma un verdadero programa de diversificación económica en el país, y no solo ‘paliativos’ para actividades como la agricultura. Nuestra canasta familiar depende de nuestras comunidades campesinas que desarrollan la agricultura familiar en el 7% de nuestro territorio nacional. Sin embargo, sus territorios no están protegidos de los impactos ambientales, sociales, afectaciones en la salud humana, entre otros, debido a las actividades extractivas.

Por el contrario, se debería priorizar las actividades como el turismo sostenible, la pesca artesanal, y otras actividades económicas más sostenibles.

2. En el mensaje se ha priorizado la formalización, la Pequeña Minería y Minería Artesanal; de la cual existe una campaña del gobierno para impulsarla. En ello estamos de acuerdo, pero no podemos formalizar todo de la misma manera. El presidente debe mencionar que los decretos legislativos que el Ejecutivo dictó a fines del año pasado, permiten que el Instrumento de Gestión Ambiental y Fiscalización para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM) tenga carácter de declaración jurada, sin que existan entidades que le den seguimiento. De la misma forma, con una declaración jurada se puede obtener permisos del propietario o de comunidades campesinas para realizar cualquier actividad minera en tierras superficiales. En el último caso se pasa por encima de los espacios de decisión comunales. Se formaliza, pero no se consideran los impactos ambientales, sociales y en la salud de las personas.

3. Respecto al medio ambiente, el presidente Kuczynski reconoció que “el lago más grande del Perú (Titicaca) está contaminado por relaves mineros”. Esa ha sido consecuencia de la minería formal, informal e ilegal que afecta fuentes de recursos hídricos fundamentales a nivel nacional. Justamente, a esto responde las recientes protestas sociales en Puno, en donde la población sigue esperando que se cumpla con la promesa electoral acerca de la construcción de pozas de oxidación para procesar el agua residual que llega al lago. De no atenderse oportunamente esta problemática el conflicto puede agudizarce, es urgente la atención a esta demanda de las poblaciones afectadas por las aguas contaminadas del Lago Titicaca.

4. En el mensaje a la Nación se mencionó sobre la “reducción de los impactos ambientales”; pero ello es incoherente con las normas -sin sustento técnico- que fueron emitidas por este gobierno. Este año se fueron flexibilizando los Estándares de Calidad Ambiental para aire (ECA Aire) en doce veces, así como los que rigen para el agua. Todo ello impactará en la salud y la vida de las personas.

La indecente pretensión de esta norma busca ‘facilitar’ la venta del Complejo Metalúrgico de La Oroya, ha demostrado que no resulta conveniente para los inversionistas. Por tanto, ha quedado claro que el gobierno estaría emitiendo normas que tienen beneficiarios directos, en lugar de buscar alternativas de desarrollo integral y sostenibles para La Oroya, y que no implique atentar contra de la salud y vida de las personas de esa zona.

5. Que el mandatario haya mencionado “Dignificar a las rondas campesinas”, nos parece loable. No obstante, consideramos que el Ejecutivo debe tomar en cuenta el importante el avance del Poder Judicial, y su presidente Duberlí Rodríguez, quien ya ha reconocido el rol de las rondas de ejercer justicia y brindar seguridad. No obstante, el gobierno central aún debe dejar de calificar como “antimineros”, “enemigos del desarrollo” a aquellas rondas campesinas y organizaciones sociales que defienden sus derechos al territorio y a la consulta sobre decisiones que les afecta. Si su perspectiva es empezar a reconocer a las rondas, esperamos que cambie la perspectiva sobre la conflictividad social en el viceministro de Gobernanza Territorial de la PCM.

6. Para el jefe de Estado es importante “Fortalecer el rol del Ministerio de Salud (MINSA) es fundamental ya que no funciona como debe funcionar”. En ese sentido, nos preocupa las personas cuya salud y vida han sido afectadas por la actividad minera, pues no reciben un tratamiento adecuado. Una muestra de esta realidad, es el caso de los pobladores de Pasco, quienes luego de años de reuniones y acuerdos infructuosos, se vieron obligados a venir a Lima y encadenarse en el MINSA, y así exigir atención médica y remedición de sus pasivos ambientales mineros. Esperamos que el gobierno considere que el MINSA debe cumplir con estos compromisos y atender de manera inmediata a estas poblaciones afectadas a su salud por actividades mineras.

7. El presidente Kuczynski no olvidó decir que «el agua será legado de su gobierno». Es así que en su mensaje ha ofrecido que el 84% de las zonas rurales tendrá agua y desagüe al 2021. Nuestra inquietud surge por cómo se podrá llegar a esta meta si nuestras cabeceras de cuenca y ecosistemas que captan agua se encuentran afectados y contaminados por la minería. Por ello es importante aplicar mecanismos como el ordenamiento territorial (que la Ley N°30230 estableció como “referencial”) y se les devuelva a los gobiernos regionales, la potestad de establecer prioridades de desarrollo en base a sus potencialidades, y que estas no sean impuestas desde el gobierno central y en base a las concesiones mineras.

8. Y, por último, el presidente señalo que se debe “Fortalecer a las empresas de agua potable, que seguirán siendo públicas”. Sin embargo, uno de los decretos dictados en su gobierno ha establecido que estas Empresas Prestadoras de Servicios (EPS), ahora serán empresas del régimen de sociedades. Es decir, poseerán acciones que pueden ser vendidas a otros intereses económicos -en la práctica- permitir la privatización del recurso hídrico, lo cual va en contra de su rol principal, que es brindar un servicio. Consideramos que esto se trata de una seria contradicción, lamentablemente, avalada por el Congreso.

9. El presidente ha presentado 5 proyectos de ley, luego de la reunión con Keiko Fujimori, uno de ellos sobre el tratamiento de aguas residuales. Se plantea mayor participación de las APP para ello. Recordemos que en los decretos del actual gobierno se planteó simplificar los procedimientos para los vertimientos de aguas residuales. Ya no intervienen con sus autorizaciones las autoridades responsables, ahora solo se aplican los ECA y Límites Máximos Permitidos (LMP) de agua. Las inversiones son importantes, pero se deben supeditar a la mejora de la calidad de vida de las personas, de lo contrario no son beneficiosas.

Finalmente, entre los proyectos de ley presentados por Kuczynski, se busca destrabar el acceso a inmuebles para la ejecución de obras de infraestructura: la misma finalidad del derogado Decreto Legislativo N°1333, que–mediante ProInversión- buscaba facilitar aún más el acceso a predios, especialmente en territorios de comunidades campesinas (en relación con la Ley N°30230). Consideramos que con éstas medidas continúa la velada idea de desaparecer las comunidades campesinas.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/pronunciamientos/item/617-primer-ano-de-gobierno-de-pedro-pablo-kuczynski-entre-incertidumbres-y-realidades

Argentina

La Corte Suprema decidirá sobre el pedido oficial para suspender la mina Veladero

La Corte Suprema de Argentina deberá decidir sobre una demanda judicial del Gobierno que busca frenar la operación de Barrick Gold en su mina de oro Veladero, que acaba de retomar su actividad después de registrar este año su tercer derrame en 18 meses, según documentos a los que accedió ayer la agencia Reuters.

El Ministerio de Ambiente quiere suspender todas las actividades de la mina operada por Barrick hasta asegurarse que no haya riesgos ambientales, luego de que el último derrame de solución cianurada ocurrido en marzo dejó al descubierto la escasez de controles adecuados en el yacimiento.

Tras el incidente, la justicia de la provincia de San Juan -donde se ubica Veladero- suspendió parte de la actividad en la mina. Pero desde mayo la firma canadiense realizó cambios en su gerencia local y aplicó un plan de reformas que fue revisado y aprobado por las autoridades, que recientemente autorizaron a retomar la operación. Pero la demanda federal sigue en pie.

El Ministerio de Ambiente
quiere suspender la mina
hasta asegurarse de
que no hay riesgos

Ante «el conflicto de competencia suscitado en la presente causa ha quedado planteado entre un juez de la provincia de San Juan y un juez (…) federal, corresponde (…) elevar las presentes actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a fin de que se resuelva la contienda», señaló una resolución judicial con fecha del lunes.

Un portavoz de Barrick declinó realizar comentarios sobre la decisión del tribunal.

Veladero es la mayor mina de oro de Argentina y el tercer mayor aporte a la producción de Barrick. Pero sus recurrentes problemas generaron desconfianza de los inversores y derivaron en acusaciones de negligencia, lo que llevó a la canadiense a esforzarse para mejorar la imagen de su operación.

Fuente:http://www.diariobae.com/article/details/190599/la-corte-suprema-decidira-sobre-el-pedido-oficial-para-suspender-la-mina-velader

Colombia

“Prohibir la minería contaminante vía plan de ordenamiento territorial es una decisión acertada de la Alcaldía de Ibagué”: Rodrigo Negrete

El día de ayer Ibagué se convirtió en la primera ciudad capital en prohibir, mediante un acuerdo del Concejo, el desarrollo de proyectos mineros a mediana y gran escala. El abogado experto en legislación ambiental explicó que el Gobierno no puede seguir pasando por encima de la Constitución, la Corte Constitucional y la voluntad del pueblo.

El Concejo de Ibagué aprobó en segundo debate el Proyecto de Acuerdo número 012, por medio del cual se prohíbe la realización de actividades mineras contaminantes en todo el territorio urbano y rural de la ciudad y se «dictan medidas para la preservación y la defensa del patrimonio ecológico y cultural de Ibagué».  El acuerdo no limita de «ninguna manera» los proyectos de pequeña minería y minería artesanal.

Golpes de Opinión habló sobre el tema con el experto Rodrigo Negrete, quien es abogado asesor en legislación ambiental con más de veintitrés (23) años de experiencia profesional, dieciocho de los cuales los ha dedicado a la formulación y desarrollo de políticas públicas ambientales, a la expedición de normas ambientales, especialmente relacionadas con licencias ambientales, evaluaciones ambientales, ordenamiento ambiental, áreas protegidas, régimen sancionatorio ambiental, mecanismos de participación ciudadana, biodiversidad, ecosistemas estratégicos, aspectos mineros ambientales, entre otras.

Negrete afirmó que a nivel jurídico es importante precisar que dentro del marco de la Constitución Política y la Corte Constitución en donde se señala que hay tres mecanismos para prohibir la minería en los municipios, una son las consultas populares, otra los acuerdos municipales y el tercero acuerdos municipales que tienen que ver con la defensa del patrimonio ecológico lo que tiene fundamento en el artículo 313 numeral 9 de la Constitución Política por lo cual es totalmente legal la decisión.

Comentó que Ibagué da un precedente único pues aunque ya se ha prohibido en otras

poblaciones han sido municipios y no capitales, lo cual siembra en todo el país y el mundo un sentimiento de protección a favor del medio ambiente.

“No es de extrañar la actitud del Gobierno pues cuando se dio la consulta en Piedras amenazaron con que el acto es anticonstitucional pero lo curioso es que cuando el municipio se negó AngloGold dijo que desconocía la consulta pero reformuló su proyecto en Cajamarca planteando el dique casi a 3000 metros de altura en un sector con dos fallas activas, entonces así lo nieguen toman decisiones de acuerdo a lo que los territorios deciden porque están plenamente facultados para tomar estas decisiones”, indicó el experto.

Puntualizó que el Gobierno no ha cumplido las sentencias de la Corte Constitucional que les ordeno acordar con las entidades territoriales la otorgación de titulaciones mineras y han seguido amenazando a los municipios con el interés de mantener la extracción minera por encima de lo que manda la Constitución.

“Tenemos a altos funcionarios del Gobierno pensando que estamos todavía regidos por la Constitución de 1886 que señalaba que el suelo era de la Nación y ésta está representada por el Gobierno pero eso cambio en la Constitución de 1991 donde se aclara que el subsuelo y los recursos no renovables son del Estado pero éste está representado por lo municipios que es copropietario del subsuelo por lo cual no pueden seguir en el plan de entregar títulos mineros sin llegar a acuerdos con los municipios, no pueden imponer decisiones desde el centro hacia la periferia”, afirmó Negrete.

Aseguró también que no cree que el Congreso desconozca los fallos de la Corte, la Constitución y la voluntad del pueblo, pues si bien es cierto que hay minería necesaria como la de materiales de construcción hay minería altamente contaminante que no le está generando los recursos adecuados a la Nación.

“El país debe entrar a conciliar cual es la minería que necesitamos, cual es la que podemos hacer y dónde, no imponiendo desde la capital sin entrar a dialogar con los municipios pues está visto que la población no está dispuesta a seguir permitiendo que se invadan sus territorios con títulos mineros”, concluyó el experto.

Fuente:http://www.ecosdelcombeima.com/ibague/nota-110234-prohibir-la-mineria-contaminante-via-plan-de-ordenamiento-territorial-una-decisio

Colombia

Ibagué, primera ciudad capital de Colombia en prohibir la minería contaminante

Con 14 votos a favor, la plenaria del Concejo de Ibagué aprobó el Proyecto de Acuerdo. Se trata del Acuerdo número 012 “Por medio del cual se dictan medidas para la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio de Ibagué y se dictan otras disposiciones”.
En el documento quedan expresamente prohibidas las actividades mineras de metales y la gran y mediana minería de los demás minerales en Ibagué. Sin embargo, en el parágrafo dos del artículo primero quedan excluidas de la
disposición las actividades mineras de subsistencia.
“Pueden continuar las personas que extraen arena, balastro, piedra, inclusive los mineros artesanales de oro; desde que no usen mercurio, no tenemos ningún inconveniente”, precisó Guillermo Alfonso Jaramillo, Alcalde de Ibagué.
Y agregó: “Lo que estamos prohibiendo es la mega minería a cielo abierto que utiliza cianuro y otros mecanismos que destruyen fundamentalmente las cuencas hídricas y grandes extensiones de terreno, lo cual genera graves problemas como las que han sufrido en muchos países de Suramérica”.
Renzo García, vocero del Comité Ambiental en Defensa de la Vida, manifestó que con la aprobación del acuerdo se está más cerca de la justicimos aprovechar el potencial eco-turístico, natural, paisajístico y biodiverso que tiene nuestro territorio. Invitamos a todos los sectores sociales, políticos, económicos y gremiales a trabajar por una causa común y hacer de Ibagué una ciudad sostenible, donde se tenga en cuenta el derecho colectivo a unambiente sano”, dijo García.
Ibagué se suma a la lista de municipios que han utilizado la modalidad de acuerdo municipal para prohibir actividades extractivas en sus territorios, pero con una particularidad: Ibagué es la primera ciudad capital de Colombia en hacerlo.

El primer acuerdo fue aprobado en Pitalito, luego lo realizaron los municipios de El Agrado, Timaná, Oporapa, Tarqui, Elías y San Agustín en Huila, posteriormente fueron Támesis y Jericó en Antioquia.
El movimiento ambiental a nivel nacional está haciendo historia, elevando la dignidad y la esperanza del pueblo colombiano que ha sido golpeado por muchos fenómenos como la corrupción, la pobreza, el desempleo y que hoy lucha contra la locomotora minero energética del gobierno, esto para hacer de Colombia un país en donde prevalece la vida y los intereses colectivos por encima del interés
particular de las multinacionales extractivistas.

Colombia

“Mi proyecto de acuerdo contra la minería contaminante no prosperó porque el alcalde quería el protagonismo”: Jorge Bolívar

Los concejales Camilo Delgado y Jorge Bolívar debatieron la aprobación del Proyecto de Acuerdo 012 que prohíbe la realización de actividades mineras contaminantes en Ibagué.

Luego de fracasar la iniciativa de consulta popular minera en Ibagué, se buscó a través del Concejo Municipal blindar el territorio a través del Plan de Ordenamiento Territorial, por lo cual el cabildo aprobó en segundo debate el Proyecto de Acuerdo número 012, por medio del cual se prohíbe la realización de actividades mineras contaminantes en todo el territorio urbano y rural de la ciudad.

De acuerdo con el alcalde Guillermo Alfonso Jaramillo, la aprobación del Proyecto de Acuerdo permitirá proteger los recursos naturales y proyectar a Ibagué como una ciudad sostenible. «Nosotros queremos darle un ejemplo al mundo acerca de cómo reutilizar y proteger el agua. No vamos a permitir que destruyan el Municipio», dijo el Alcalde.

Cabe decir que los alcances del proyecto no afectan las actividades mineras de subsistencia, es decir, los mineros artesanales no se verán perjudicados.

El concejal Camilo Delgado explicó que el proyecto contó con unos elementos que han venido afianzando la competencia de los municipios para proteger su patrimonio ambiental y ecológico, puntualizó que además tenía un soporte jurisprudencial denso que le dio fuerza para ser aprobado.

“El precedente que sentó el concejal Bolívar fue fundamental para que el día de ayer el proyecto tuviera una discusión y una aprobación unánime como se dio ayer”, indicó Delgado.

Por su parte el concejal Jorge Bolívar recordó que el año pasado sobre el mes de octubre presentó un Proyecto de Acuerdo en el cual se pretendía prohibir la minería contaminante en Ibagué y no prosperó porque no era iniciativa del alcalde y él quería tener protagonismo.

“Jaramillo manifestó que el proyecto era presentado por un concejal pro-minero y que estaba a favor de AngloGold Ashanti, apuntó que no se podía hacer la prohibición por medio de un acuerdo porque no confiaba en los 19 concejales y en cualquier momento podían volver a variar la norma”, explicó Bolívar.

Afirmó que el sustento legal del Proyecto de Acuerdo que presentó en octubre frente al que presentó la administración en esta nueva votación es exactamente el mismo, e indicó que si le faltaba algo era solo incorporarlo cuando se hiciera la discusión pero “como no fue el alcalde el que lo presentó tuvieron que hundirlo en ese momento para no darle protagonismo a otras personas, debería ser asesor del señor alcalde porque a él le gustan todas mis ideas, lo primero que copio fue la Defensoría Social del Paciente creando unos puntos de atención en salud a los que les falta mucho porque siempre terminan acudiendo a mí, segundo la fusión de la USI y el San Francisco que llevo diciendo dos años por último el tema minero que me criticó pero que ahora impuso, me odia tanto pero me admira porque siempre se copia de mis ideas”.

Fuente:http://www.ecosdelcombeima.com/ibague/nota-110123-mi-proyecto-de-acuerdo-contra-la-mineria-contaminante-no-prospero-porque-el-alcal

Internacional

Luxemburgo aprobó legislación para regular la minería espacial

El estado europeo es el segundo en el mundo en poseer una normativa de estas características, después de Estados Unidos.

Luxemburgo, un país de 600 mil habitantes, se convirtió en el primer Estado miembro de la Unión Europea en poseer un marco jurídico para regular la minería espacial. Es el segundo país con una legislación de este tipo, tras Estados Unidos.

Los diputados del Gran Ducado aprobaron a mediados de julio, con 55 votos a favor y dos en contra, una ley que empieza a aplicarse desde este 1 de agosto y que establece las normas para aportar certidumbre a las compañías que sueñan con hacer beneficio en un sector emergente como podría ser este recurso.

La ley, que no afecta a la regulación de las comunicaciones por satélite, garantiza a las empresas privadas registradas en el país la propiedad sobre los recursos como minerales, hidrocarburos o agua, que exploten en asteroides y otros cuerpos espaciales cercanos a la Tierra.

En 2015, Estados Unidos aprobó una legislación similar, que también reconoce la propiedad de los recursos sólo una vez extraídos, para evitar entrar en conflicto con el Tratado del Espacio Exterior, de 1967, que prohíbe que las empresas reclamen como propios territorios en el espacio.

Fuente:http://www.adnradio.cl/noticias/internacional/luxemburgo-aprobo-legislacion-para-regular-la-mineria-espacial/20170801/nota/3536426.aspx

Colombia

Es fundamental el cumplimiento de la Constitución en los territorios: Procurador

Las autoridades indígenas denunciaron que la minería está causando una grave afectación a los ríos, los cerros y hasta los sitios sagrados de las comunidades.

Procurador Fernando Carrillo y magistrados de la Corte Constitucional sostienen este martes un encuentro con los pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta, en Nabusimake, capital sagrada de los arhuacos, donde analizan la afectación que deja la minería en el macizo.

A su llegada a Nabusimake, el Procurador Carrillo y 9 magistrados fueron recibidos con un ritual por parte de los Mamos, en el que debieron quedar descalzos para tener un contacto directo con la naturaleza, luego recibieron como símbolo los alimentos para ofrendarlos a los ‘padres espirituales’, y una aseguranza hecha con hilos.

«Con este milagro de la naturaleza que es la Sierra Nevada están aquí los magistrados de una generación que defiende a la Constitución que es lo que nos une a todos, el cumplimiento de la constitución en los territorios es fundamental», dijo el Jefe del Ministerio Público.

Las autoridades indígenas denunciaron que la minería está causando una grave afectación a los ríos, los cerros y hasta los sitios sagrados de las comunidades.

La magistrada de la Corte Constitucional, Diana Fajardo, sostuvo que «estamos aquí escuchando las problemáticas de las comunidades indígenas de la Sierra, y como jueces constitucionales, que está en nuestro alcance para poder contribuir en la solución».

Fuente:https://www.elheraldo.co/cesar/es-fundamental-el-cumplimiento-de-la-constitucion-en-los-territorios-procurador-388331