Brasil, Litio

La ANM clausuró la mina a cielo abierto de Sigma Mineração tan solo nueve meses después de que los inspectores laborales advirtieran del riesgo de un derrumbe.


Lucio Lambranho 08/10/2026
Foto: Isis Medeiros
Nueve meses después de que los auditores laborales federales advirtieran sobre los riesgos de la minería en el área de operación de Sigma Mineração, la empresa responsable de operar la mina de litio más grande de Brasil, la Agencia Nacional de Minería (ANM) decidió detener las actividades de la empresa minera.

La notificación de infracción emitida por el organismo regulador el 28 de septiembre se basó en una inspección in situ llevada a cabo por inspectores de la ANM entre el 14 y el 18 del mismo mes, y se centra en problemas en el Pozo Norte de la mina.

De los 11 puntos de la notificación administrativa a la que tuvo acceso el reportaje y que se envió a la empresa tras el cierre, cuatro mencionan esta área que había sido inspeccionada y señalada en una notificación de infracción emitida por inspectores de la agencia federal de seguridad laboral el 12 de noviembre de 2025.

“Lo que observamos es que las cuatro secciones dibujadas (A, B, C y D) son insuficientes para demostrar que las excavaciones sur y norte son seguras en términos de su estabilidad física. Por ejemplo, en la excavación norte, no se dibujó una sección en la zona donde se produjo un gran deslizamiento de tierra ”, indica el informe de infracción de los inspectores vinculados al Ministerio de Trabajo y Empleo (MTE).


Cava Norte con “ruptura importante” en la pendiente el 12/11/2025. Fuente: Auditoría de Inspección Laboral.

El informe también constató que las canteras no se clausuraron simplemente porque no estaban en funcionamiento y no había trabajadores en su interior el día de la inspección. Además, la principal preocupación de los inspectores en ese momento eran los depósitos de relaves, que sí se clausuraron por carecer de estudios geotécnicos, instrumentación de monitoreo, capacitación para trabajadores y la comunidad, señalización, y porque uno de ellos se encontraba muy cerca de la comunidad de Poço Dantas.

Pero es precisamente el derrumbe de las laderas, mencionado en el documento de los inspectores, lo que la ANM está registrando ahora en la Orden de Interdicción n.º 111/2026, que ordena el cese inmediato de las actividades mineras en la Mina Norte debido a la constatación de un riesgo inminente.

El levantamiento de la prohibición fue condicionado por la ANM (Agencia Nacional de Minería) a la eliminación completa de una sección dañada en la ladera este del mismo Pozo Norte y a la implementación de un nuevo sistema de drenaje, dentro de un plazo de 20 días a partir de la fecha de notificación.

La ANM (Agencia Nacional de Minería) también determinó que la empresa debe reevaluar los riesgos para la presencia y operación de camiones cisterna, operadores y equipos de mantenimiento cerca del punto de captación de agua y el generador en el fondo del Pozo Norte. La agencia advirtió sobre la «amenaza hipotética de formación de olas causada por un posible colapso y desprendimiento de masa de la ladera este hacia el depósito de agua en el fondo de la mina».

La inspección de la ANM también reveló que, de las 17 anomalías identificadas en la inspección geotécnica interna de agosto de 2026, ocho estaban relacionadas con la presencia de bloques sueltos en las crestas y las caras de las pendientes.

La ANM (Agencia Nacional de Minería) dio a Sigma cinco días para revisar o presentar una nueva Anotación de Responsabilidad Técnica (ART) que defina expresamente al personal técnico responsable de la estabilidad de taludes y la remoción de bloques sueltos, un plazo que ya ha expirado.

El documento también exigía ajustes en los procedimientos de voladura de rocas debido a la frecuente ocurrencia de sobreexcavación y rotura posterior. La notificación federal estipulaba que Sigma investigara, en un plazo de 40 días, el origen de los «aumentos repentinos en la ladera norte» de la Mina Sur e instalara instrumentos de monitoreo. Si bien el documento oficial de notificación de la ANM (Agencia Nacional de Minería) exige la investigación de los problemas en la Mina Sur también en un plazo de 40 días, el comunicado oficial enviado por la agencia a la prensa omite este requisito y limita su comunicación únicamente al cierre de la Mina Norte.

El Observatorio Minero lleva una semana presionando a la ANM (Agencia Nacional de Minería) y a Sigma para obtener respuestas a las preguntas planteadas en el informe. La ANM se limitó a enviar la nota que figura a continuación, la cual no responde a las preguntas formuladas. Sigma no ha respondido a las reiteradas solicitudes de comentarios desde el jueves 1 de octubre. El espacio permanece abierto para la publicación de sus alegaciones y respuestas.

Lea el texto completo del comunicado de ANM.

«Tras una inspección realizada entre el 14 y el 18 de septiembre de 2026, se identificaron condiciones que requerían la adopción de medidas de control y correctivas relacionadas con la estabilidad geotécnica en un área específica de la operación minera de Sigma Mineração SA.»

Con base en los resultados de la inspección, la Agencia Nacional de Minería (ANM) ordenó el cierre de un área delimitada de la operación, de conformidad con la legislación minera, debido al riesgo inminente asociado con las condiciones geotécnicas del sitio. Esta medida es de carácter preventivo y tiene como objetivo salvaguardar la seguridad de las personas, las instalaciones y la propia operación.

Simultáneamente, se notificó a la empresa que debía llevar a cabo acciones correctivas y preventivas, incluyendo la remodelación de la ladera este del Pozo Norte, la implementación de medidas de drenaje, el refuerzo del monitoreo geotécnico y la mejora de los procedimientos operativos y la gestión de riesgos.

La reapertura de la zona está condicionada a la aplicación de las medidas determinadas por la ANM (Agencia Nacional de Minería) y a la demostración de que se han restablecido las condiciones adecuadas de estabilidad y seguridad.

La ANM supervisará la ejecución de las acciones requeridas y adoptará las medidas apropiadas dentro del ámbito de sus facultades regulatorias y de supervisión.

Los documentos relacionados con el proceso administrativo son públicos y pueden consultarse a través de los canales oficiales de la ANM (Agencia Nacional de Minería).
Los auditores de seguridad laboral y la Agencia Nacional de Minería (ANM) también se mostraron en desacuerdo con la prohibición de los montones de relaves; el Tribunal Laboral confirmó la prohibición de dichos montones.

Esta no es la primera vez que los auditores laborales federales discrepan con los técnicos de ANM con respecto a las operaciones de Sigma o no trabajan al unísono para eliminar los riesgos, especialmente para los trabajadores que operan en la mina, un caso revelado en exclusiva por el Observatorio Minero en diciembre de 2025 tras una queja del fundador de la empresa .

Después de que los inspectores de seguridad laboral confirmaran en enero de este año la prohibición federal de operar en los depósitos de relaves de la compañía minera , el organismo regulador no estuvo de acuerdo con la medida, a pesar de haber emitido diez notificaciones de infracción por falta de drenaje adecuado en las operaciones de dichos depósitos .

En relación con el caso del depósito de relaves, el Tribunal Laboral de Araçuaí dictó sentencia en la demanda de anulación interpuesta por la empresa minera contra el Gobierno Federal el 4 de septiembre de este año. El juez desestimó las demandas de la empresa y confirmó la validez de la orden judicial emitida por los inspectores laborales del Ministerio de Trabajo y Empleo.

La medida había ordenado la suspensión de las actividades en los depósitos de relaves conocidos como PDE 2, PDE 4 y PDE 5 después de que las inspecciones revelaran riesgos de colapso, inestabilidad en las laderas y registros de rupturas parciales cerca de comunidades e instalaciones públicas.

El fallo confirmó que los informes técnicos presentados por la empresa minera utilizaron supuestos inadecuados y recálculos matemáticos sin realizar pruebas geotécnicas de campo en los cimientos, manteniendo así el cierre de las estructuras.

El juez laboral suplente Kleverson Glauber Figueiredo de Paula Junior desestimó las demandas de la empresa minera, confirmando la legalidad y ratificando el cierre de los depósitos de relaves. Ante las pruebas de incumplimiento de las órdenes administrativas y judiciales, el juez ordenó que, una vez firme la sentencia, se enviara una carta oficial al Ministerio Público Federal (MPF) para la investigación de posibles delitos.

Sigma Mineração presentó una moción de aclaración, argumentando que la evaluación de la decisión de la ANM (n.º 16698/SBP-ANM/2026), que concluía que la operación minera no debía prohibirse, era incompleta, y también alegó una contradicción debido a la denegación de la pericia técnico-judicial.

En una decisión firmada por el juez laboral suplente Walace Heleno Miranda de Alvarenga el 21 de septiembre, el tribunal denegó la solicitud de la empresa y ratificó la sentencia original. El magistrado rechazó la existencia de omisiones, afirmando que se habían evaluado todas las pruebas. Reiteró que la declaración de la ANM (Agencia Nacional de Minería) no vincula al Poder Judicial Laboral ni al Ministerio de Trabajo y Empleo (MTE). Asimismo, recordó que las propias inspecciones de la ANM identificaron graves problemas estructurales en los depósitos de relaves, como la falta de drenaje en el PDER 4, la erosión y las grietas en el PDER 2, y la proximidad del PDER 5 a la mina a cielo abierto.

El juez también rechazó el argumento de la empresa de que sería necesaria una evaluación pericial judicial para decidir sobre la prohibición del almacenamiento de las baterías. «Además, cabe señalar que la prueba pericial no puede sustituir la potestad de inspección del Estado. Corresponde a la propia empresa demostrar ante los organismos de inspección que ha subsanado los problemas de seguridad para obtener la autorización para el almacenamiento de las baterías, y no puede transferir esta obligación al Poder Judicial», afirma la última resolución del caso, que aún podría ser objeto de nuevas apelaciones ante el Tribunal Laboral.


Operación de Sigma cerca del río. Foto de : Ísis Medeiros
La batalla legal incluye el cierre y la reanudación de las actividades de la empresa minera.

Sigma Mineração, rodeada de decisiones judiciales como la más reciente del Tribunal Laboral y de actos administrativos que ordenaban la suspensión de sus operaciones, decidió inicialmente suspender sus operaciones en Araçuaí e Itinga, en el valle de Jequitinhonha. En un comunicado al mercado financiero y a sus accionistas , la minera alegó que la medida se limitaba a una «demora atípica» en la resolución de una apelación por parte del Tribunal Regional Federal de la 6.ª Región.

El caso se refiere al embargo de licencias ambientales para el proyecto impuesto por la Fundación Estatal del Medio Ambiente (Feam) , la cual acató una orden de la Corte Federal en una demanda interpuesta por la Federación de Comunidades Quilombolas del Estado de Minas Gerais (N’Golo). La organización señaló la falta de consulta previa, libre e informada con la Comunidad Quilombola de Baú.

El pasado jueves (1), el mismo día en que se emitió el comunicado, el Tribunal Regional Federal de la 6.ª Región (TRF-6) reinstauró provisionalmente las licencias ambientales de la empresa en este proceso . La decisión restableció la efectividad provisional únicamente de las licencias para Cava Norte (LO nº 4078), Cava Sul (LO nº 144) y el Proyecto Pegmatito Barreiro, manteniendo expresamente la suspensión de la licencia de Expansión UTM para Cava Norte, ya que implica un aumento significativo de capacidad sin demostrar un análisis específico de los impactos en la Comunidad Quilombola de Baú.

La ponente del caso, la jueza federal Mônica Sifuentes, destacó en su decisión que el restablecimiento parcial de las licencias ambientales en la instancia federal de apelación no invalida ni anula las medidas cautelares, embargos o restricciones operativas impuestas independientemente por la ANM (Agencia Nacional de Minería), el Tribunal del Trabajo o el Tribunal del Estado.

En un nuevo comunicado al mercado financiero el 6 de octubre, la empresa minera rectificó su decisión y decidió reanudar sus operaciones.

Respecto a la decisión del TRF 6 (Tribunal Federal Regional de la 6ª Región), la empresa argumenta que los registros oficiales del gobierno no indicaban comunidades descendientes de quilombolas (comunidades cimarronas) dentro de un radio de 12 km del Proyecto Grota do Cirilo al momento en que se otorgaron las licencias en 2023, excediendo el requisito reglamentario de 8 km.

Sigma Lithium también negó que el cierre anunciado estuviera motivado por notificaciones de “trabajos de mitigación geotécnica” en la Mina Norte, supuestamente realizadas por la Agencia Nacional de Minería (ANM) u otros organismos reguladores. La empresa minera aclaró que ni siquiera opera en la Mina Norte y refutó las especulaciones sobre la seguridad del proyecto, destacando un historial de más de 1100 días sin accidentes que hayan ocasionado ausencias laborales. La empresa calificó los informes sobre el cierre y los riesgos operacionales como engañosos y producto de información errónea difundida sin la debida verificación de datos.

La empresa minera también vinculó el entorno para la reanudación regular de las operaciones a la conclusión de la primera vuelta de las elecciones generales de 2026 en Minas Gerais, que resultó en la elección de un gobernador favorable al desarrollo del sector del litio y la obtención de 18 escaños parlamentarios vinculados a la agenda del Valle de Jequitinhonha. Según Sigma Lithium, la consolidación de este escenario político tiende a disipar las presiones y los obstáculos operativos derivados de acciones partidistas locales, garantizando la continuidad del proyecto como vector de crecimiento económico y social en la región.
Según MPMG, la empresa minera omite cierres y distorsiona las decisiones judiciales en beneficio de los inversores.

En el comunicado enviado a los accionistas, la empresa minera impugnó el carácter obligatorio de la consulta y justificó la suspensión del litigio ambiental en la segunda instancia federal, sin mencionar en el documento a los inversionistas las medidas cautelares emitidas por la Agencia Nacional de Minería (ANM) y el Tribunal Laboral, ni la denuncia de la Fiscalía General de Minas Gerais (MPMG) que señala el incumplimiento de las decisiones judiciales y el envío de datos distorsionados al mercado financiero.

La Fiscalía de Minas Gerais (MPMG) informó en su más reciente denuncia sobre el caso, fechada el 23 de septiembre, del incumplimiento por parte de la empresa minera de las órdenes judiciales, tal como también reveló un informe del Observatorio Minero en mayo de este año , citando la continuación de las operaciones nocturnas y la negativa de acceso para inspección.

En el mismo documento, la agencia adjuntó declaraciones oficiales de la empresa matriz, Sigma Lithium Corporation, enviadas al mercado internacional para demostrar que la empresa transmitió información distorsionada a los inversores.

Según la MPMG (Fiscalía de Minas Gerais), la empresa minera presentó al mercado decisiones provisionales y unilaterales como victorias basadas en méritos fundamentados en datos ambientales, omitiendo el cumplimiento de las obligaciones establecidas por el Tribunal de Justicia de Minas Gerais y la multa diaria estipulada por incumplimiento.

«La empresa presentó al mercado, como una victoria basada en datos ambientales, una decisión que no examinó dichos datos, que mantuvo intactas las principales obligaciones y que confirmó el propio deber de la empresa de demostrar el cumplimiento de su funcionamiento», afirma la MPMG (Fiscalía de Minas Gerais).

El objetivo de la MPMG al hacer esta declaración era demostrar al juez de Araçuaí que el incumplimiento de las órdenes judiciales y la continuación de las irregularidades no se debieron a problemas técnicos en la ejecución o a una falta de claridad en las decisiones, sino más bien a una directiva corporativa deliberada adoptada por la alta dirección de la empresa minera.

«El incumplimiento no se debe a dificultades operativas ni a dudas sobre el alcance de la orden, sino a una decisión empresarial anunciada públicamente al día siguiente de la medida cautelar y reiterada en junio y septiembre», afirma la MPMG (Fiscalía de Minas Gerais).

Para demostrar que el incumplimiento fue intencional y planificado, la MPMG (Fiscalía de Minas Gerais) adjuntó al caso tres declaraciones oficiales emitidas por la empresa controladora, Sigma Lithium Corporation, a sus accionistas e inversores internacionales.

El 18 de mayo de 2026, un día después de la orden judicial y poco después de que el tribunal estatal emitiera la orden que obligaba al cese de las actividades nocturnas y a la prestación de garantías sociales y financieras, la empresa minera emitió un comunicado al mercado global informando que «los demás elementos de la decisión tampoco deberían ejecutarse hasta la conclusión del debido proceso legal», alegando que la jurisprudencia brasileña indicaría un período de «varios años» hasta la conclusión del caso y concluyendo que «no se debe ni se puede exigir ningún pago».

Según la MPMG (Fiscalía de Minas Gerais), la empresa admitió públicamente que no tenía intención de acatar la orden antes de agotar todas las vías de apelación. El 9 de junio de 2026, tras una decisión de un juez único del Tribunal de Justicia de Minas Gerais que suspendió temporalmente solo el depósito de garantía de R$ 50 millones —manteniendo la prohibición de ruido nocturno y la multa diaria de R$ 500.000—, Sigma publicó un comunicado al mercado titulado «Sigma Lithium gana en el Tribunal de Justicia de Minas Gerais», en el que afirmaba haber «refutado» a la Fiscalía con datos ambientales.

Según la MPMG (Fiscalía de Minas Gerais), la empresa tergiversó la sentencia en beneficio de sus inversores, ya que el tribunal de apelaciones no valoró los datos de ruido ni de polvo y ratificó las obligaciones operativas.

El 7 de septiembre de 2026, en respuesta a una decisión del Tribunal Federal que suspendió sus licencias ambientales, la empresa minera emitió otro comunicado oficial a los inversionistas reiterando el mismo argumento. Alegó que las multas y las medidas cautelares no debían ejecutarse hasta la sentencia definitiva de los Tribunales Superiores de Brasilia.

La MPMG (Fiscalía de Minas Gerais) destacó en su petición que el argumento adoptado por la empresa minera socava el funcionamiento del sistema jurídico brasileño y que el objetivo de la medida cautelar (medida cautelar) es precisamente redistribuir la carga del calendario procesal, evitando que las demoras judiciales afecten a la población perjudicada mientras la empresa continúa operando con normalidad.

A la luz de estos hallazgos, la MPMG (Fiscalía Pública de Minas Gerais) solicitó al juez que aumentara las multas diarias, aplicara sanciones procesales por incumplimiento y enviara cartas oficiales con copias de las comunicaciones a la Comisión de Valores y Bolsa (CVM) y a la Fiscalía Federal (PGR), para que investiguen la información presuntamente distorsionada transmitida a los reguladores del mercado de capitales.
FEAM refuerza la necesidad de cumplir con las condiciones ambientales.

FEAM informó, mediante una nota enviada al Observatorio Minero, que el TRF-6 restableció provisionalmente, el 1 de octubre, los efectos de la Licencia de Operación No. 4078, para el Pozo Norte; la Licencia de Operación No. 144, para el Pozo Sur; y la Licencia Ambiental Concurrente No. 3341, para el Proyecto de Pegmatita Barreiro.

“La reactivación de las licencias no exime del cumplimiento de las condiciones ambientales. Además, la Licencia Ambiental Concurrente N.° 1267, relativa a la ampliación de la unidad de procesamiento de mineral en la Mina Norte, permanece suspendida. Asimismo, por decisión judicial, se prohíbe el otorgamiento de nuevas licencias, adendas o autorizaciones que amplíen la zona directamente mencionada, abran nuevos frentes mineros o incrementen la capacidad productiva del complejo”, señala el comunicado de la agencia ambiental de Minas Gerais.

ANM interdita cava da Sigma Mineração somente nove meses após fiscais do trabalho alertarem sobre risco de rompimento