Perú

¿El Estado peruano cumple los derechos de los pueblos originarios?

Presentación del Informe alternativo de seguimiento al Convenio sobre Pueblos Indígenas 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

El Informe alternativo de seguimiento al Convenio sobre Pueblos Indígenas N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) explica la situación actual de los pueblos indígenas en el Perú y el nivel de cumplimiento de las obligaciones que se derivan del Convenio 169 por el Estado peruano.

El informe se presentó a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT (CEACR) ante la obligación del Estado peruano de entregar este año la memoria regular sobre la implementación del Convenio 169 en el país.

El informe es elaborado por el Grupo de Trabajo de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y se presenta junto a las organizaciones indígenas que reúne el Pacto de Unidad de Organizaciones Indígenas, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) y la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP).

Aspectos relevantes

Deficiente censo indígena. El diseño e implementación del censo poblacional realizado el 2017 tuvo serias deficiencias. Por esta razón, el Estado debe ser cuidadoso en el uso de la información generada y consultar otras fuentes y estudios para intervenir en territorios indígenas y orientar mejor las políticas públicas.

Salud. Existen nuevas causas de enfermedad y muerte vinculadas a la contaminación de ríos y fuentes de agua en la Amazonía. Muchas personas indígenas afectadas en su salud por metales tóxicos no cuentan con establecimientos médicos cercanos, especializados o abastecidos de medicamentos, insumos y equipamiento para una atención adecuada. Los pasivos ambientales de antiguas y actuales operaciones mineras e hidrocarburíferas son fuente central de contaminación para la salud.

El Estado ha reconocido el derecho al agua limpia y potable como derecho constitucional; pero, no ha realizado acciones concretas que garanticen agua de calidad para las comunidades afectadas por metales tóxicos ni ha priorizado su utilización.

Entre los principales casos está Chiriaco, donde el 2016 se produjo la fuga de tres mil barriles de petróleo afectando a niños y niñas negligentemente contratados para labores de limpieza. Luego, se identificó a 243 personas expuestas a petróleo sin protección. Otro caso es Cuninico, en donde el 2014 hubo un derrame de casi tres mil barriles de petróleo. El caso emblemático refiere a las cuatro cuencas de los ríos Pastaza, Marañón, Tigre y Corrientes expuestas a sustancias tóxicas producto de derrames por más de 40 años de explotación.

De otro lado, la implementación del Plan Sectorial de Salud Intercultural es lenta y poco efectiva. Las organizaciones indígenas no perciben voluntad política para implementarlo.

Educación. Una de las principales afectaciones al derecho a la educación bilingüe e intercultural (EIB) es la drástica reducción del presupuesto destinado al Programa de Educación Intercultural Bilingüe en más del 50% para el 2018. Como señaló la Defensoría del Pueblo, esta situación inicia un debilitamiento en la implementación de la política pública educativa para los pueblos indígenas, cuyos avances fueron significativos en años anteriores.

Debilitamiento de derechos territoriales. Desde el 2013 se han aprobado normas para promover las inversiones que debilitan la protección de los derechos indígenas, como la Ley 30230, el Decreto Supremo 001-2015-EM, la Ley 30327, los decretos legislativos 1192, 1210 y 1333, Ley 30723 entre otras que afectan derechos territoriales de los pueblos indígenas.

Pueblos en aislamiento. El cambio de reservas territoriales a reservas indígenas debilita la protección a los pueblos en aislamiento y contacto inicial (PIACI) al perder su intangibilidad, favoreciendo la colonización, el ingreso de agentes extraños a los pueblos y la actividad económica (legal e ilegal).

Criminalización. Bajo el supuesto de lucha contra la criminalidad organizada, se han efectuados cambios en la ley penal y procesal penal que vulneran derechos fundamentales como la libertad personal, integridad personal y libertad de expresión. Es el caso de los decretos legislativos 1244, 1245, 1267, 1298, 1307 y la Ley 30558 que criminalizan la protesta social.

Entre 1995 y 2018 se suscribieron 145 convenios de servicio policial extraordinario entre la Policía Nacional del Perú y empresas extractivas (minería e hidrocarburos) para proteger intereses corporativos.

En 2017 y hasta junio de 2018 se han declarado o prorrogado 20 estados de emergencia por supuestas causas de conflictividad social en el marco de una estrategia represiva para responder a la conflictividad social, en vez de elegir mecanismos de diálogo.

Registro y reconocimiento. No existe una adecuada coordinación para actualizar el registro de pueblos indígenas y comunidades y existe información deficiente. El Decreto Legislativo 1360 atribuye competencia exclusiva al Viceministerio de Interculturalidad para reconocer a los pueblos indígenas lo que resulta restrictivo considerando, que las comunidades campesinas y nativas tienen derecho a que se reconozca su personería jurídica como una de las formas de organización de los pueblos originarios.

Consulta previa. Después de siete años de vigencia de la Ley 29785 (Ley de Consulta Previa) han quedado fuera del ámbito de consulta decisiones relevantes como las regulaciones sobre normas que afectan derechos de pueblos indígenas: propiedad y posesión de la tierra, programas de saneamiento físico legal. También han quedado fuera programas sociales que, desde una lógica asistencialista, se brindan a comunidades campesinas y nativas. Persiste la asimetría de información y conocimiento entre pueblos indígenas y el Estado. Además, es casi nula la implementación de los acuerdos adoptados en los procesos de consulta.

Institucionalidad. La actual gestión insiste en fortalecer el Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas (GTPI) sin replantear su diseño institucional a pesar de sus serias limitaciones para propiciar cambios estructurales y propuestas de políticas públicas para los pueblos indígenas.

Justicia. Aun no se ha promulgado la ley sobre coordinación de justicia intercultural. En el 2016 se presentó un proyecto de ley, pero el Congreso aún no debate la propuesta legislativa.

Participación política. El régimen electoral propicia el abandono de las formas tradicionales de organización porque exige a los pueblos incorporarse a los partidos. Esta asimilación es controversial, debido a que los partidos políticos no son una forma de organización propia de los pueblos indígenas. Además, se debe tomar en cuenta que la estructura de los partidos políticos peruanos se encuentra en una crisis de credibilidad.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/el-estado-peruano-cumple-los-derechos-de-los-pueblos-originarios/

Perú

​Suspenden labores escolares en valle de Tambo por paro contra Quellaveco

Debido al paro de 48 horas que empezará este martes en el valle de Tambo contra el proyecto minero Quellaveco, la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Islay suspendió las labores escolares.

Con el fin de salvaguardar la integridad de física de los escolares las labores se suspenderán en los distritos de Mejía, Deán Valdivia, Cocachacra y Punta de Bombón.

El director de la Ugel, Juan Luque Chipana informó que está en riesgo la Evaluación Censal de Estudiantes (ECE)-2018 a cargo del INEI programada para este 23 de octubre en los colegios de nivel secundario de todo el valle de Tambo.

Los directores deben reprogramar las fechas para recuperar las labores peridodas.

Los integrantes de las tres juntas de usuarios temen quedarse sin agua, porque el proyecto minero hará uso del líquido de la cuenca de Tambo.

Fuente:https://diariocorreo.pe/edicion/arequipa/suspenden-labores-escolares-en-valle-de-tambo-por-paro-contra-quellaveco-849336/

Perú

A propósito del proyecto de ley de Canon Comunal

En medio del debate sobre la reforma política y el sistema de justicia, el referéndum y las elecciones municipales y regionales, no se debe perder de vista que la elaboración de nuevas leyes ha continuado en el Congreso. En anteriores ediciones hemos abordado el tema de la ley de hidrocarburos, varios iniciativas vinculadas a temas ambientales, entre otras.

Otra iniciativa que no debe pasar desapercibida es el proyecto de Ley 1994/2017-CR que propone la creación del “Canon Comunal”, que ya ha pasado por la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, como primera comisión dictaminadora y posteriormente por la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado. El proyecto de Ley fue presentado el 12 de octubre de 2017 por el congresista Jorge Del Castillo y fue respaldado por el conjunto de la bancada aprista. Como se recuerda, la propuesta de canon comunal fue uno de los temas que planteó el candidato aprista en la pasada campaña  electoral del año 2016.

La hipótesis que está detrás de la propuesta

En la página 11 del dictamen de la Comisión de Descentralización se expone parte del argumento central de la propuesta: “son los gobiernos locales quienes reciben mayores recursos por canon, sin embargo, las poblaciones directamente impactadas por la ejecución de la actividad económica, no reciben -en su mayoría- una mejora sustantiva en su calidad de vida, lo cual se evidencia por los constantes reclamos que efectúan”.

Siguiendo el hilo conductor del argumento, todo indica que la hipótesis que está detrás de la propuesta de canon comunal es que si las poblaciones ven que el dinero va a llegar de manera directa a las propias comunidades, el rechazo y las resistencias a los proyectos extractivos, mineros o de hidrocarburos, disminuirán.

Sin embargo, la realidad es bastante más compleja. Si se revisa la propia evolución de los conflictos sociales en la base de datos de la Defensoría del Pueblo, se puede apreciar con claridad que el número de conflictos, sobre todo en zonas de influencia de actividades extractivas, se disparó precisamente en los años del súper ciclo de precios, período en el que las transferencias de dinero a las regiones (vía canon, regalías, aporte voluntario y otros), aumentaron considerablemente.

Lo cierto es que los conflictos vinculados a actividades extractivas y las causas que los originan, son multidimensionales (económicos, sociales, culturales y ambientales). Por lo tanto, no es cierto que una transferencia de dinero a las comunidades vaya a asegurar necesariamente que el rechazo a los proyectos y los conflictos sociales disminuyan. Esta es una realidad que no solamente se da en el Perú.

Ahora bien, ¿en qué consiste la propuesta del proyecto de Ley que crea el canon comunal? El núcleo de la propuesta gira alrededor del Artículo 6 de la Ley de Canon y tiene que ver con su utilización. La modificación plantea que los gobiernos locales “entregarán el treinta por ciento (30%) del total del canon que les fuera transferido a las comunidades donde se explota el recurso natural. Además, se precisa que la aplicación de tales recursos “tiene por finalidad la inversión productiva para el desarrollo sostenible y el mejoramiento de infraestructura de uso público. La entrega de recursos se realiza a través de un fondo concursable y se ejecutará bajo la modalidad de núcleo ejecutor de acuerdo a la normativa vigente”.

Cabe señalar que la propuesta ha recibido observaciones de varios ministerios. Por ejemplo, el Ministerio de  Economía y Finanzas (MEF), señala la ausencia de un análisis costo-beneficio; además que “la iniciativa legislativa no ha incorporado la determinación de la Entidad que será responsable de controlar y supervisar la ejecución de los recursos que serán transferidos”. Por otro lado, la Dirección  General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del propio MEF señala que “la propuesta constituye una medida poco eficiente porque atomiza la inversión y puede inmovilizar recursos escasos cuando estos son poco significativos”. Así también, señala que “esta propuesta resulta inviable en razón que las comunidades no constituyen unidades ejecutoras del Sector Público”.

Para el Ministerio de la Producción, el proyecto de Ley resulta improcedente mientras que para el Ministerio de Agricultura y Riego “es viable sin observaciones”. Finalmente, el Ministerio de Cultura (MINCUL) alude al tema de los núcleos ejecutores y su conformación y recomienda que “el proyecto de Ley contemple el concepto de intangibilidad destinado a que los recursos provenientes de canon distribuidos a las municipalidades de las zonas de extracción y que no puedan ser ejecutados en el año donde fueron programados, no pueden reprogramarse en otra actividad distinta a la de su criterio de distribución“. El MINCUL también indica que es la entidad que se encuentra a cargo de la administración de la Base de Datos Oficial sobre Pueblos Indígenas.

Otras consideraciones de fondo

Como ha sido mencionado, el proyecto de Ley plantea que los gobiernos locales de las zonas donde se explota el recurso natural transferirán el 3% del total percibido por canon a las comunidades bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores.

¿Cuál es la definición de Núcleo Ejecutor? Es aquella institución u organismo representativo de la sociedad organizada, reconocido legalmente, que recibe financiamiento del Estado por mandato legal, a través de los diversos niveles de gobierno. Los Núcleos Ejecutores están conformados por no menos de cien (100) personas que habitan en una determinada localidad rural o urbana y que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza. Así tenemos: comunidades campesinas y nativas; asentamientos humanos rurales y urbanos; rondas campesinas; comités de autodefensa y de gestión local; organizaciones de licenciados de las FFAA y policiales; otros. Sus representantes se estructuran de la siguiente manera: presidente; secretario; tesorero; veedor.

Existen diferentes experiencias de Núcleos Ejecutores y cabe preguntarse para este caso la pertinencia de los mismos y qué mecanismos de seguimiento se deberían dar, formas de organización, control y fiscalización. No hay que dejar de mencionar que en el texto sustitutorio del proyecto de Ley propuesto en la Comisión de Descentralización se plantea que “En el caso de los recurso entregados conforme al numeral 6.3 de la presente Ley, tanto las municipalidades como los núcleos ejecutores, son responsables civil y penalmente por la correcta utilización de los fondos asignados”.

Si bien nadie puede estar en desacuerdo con que las comunidades directamente impactadas por la ejecución de proyectos extractivos sean priorizadas y reciban los beneficios de la renta que se genera por proyectos de inversión (mineros, de hidrocarburos u otros), no se puede dejar de lado las condiciones adecuadas que se deben generar previamente para que esto ocurra y el objetivo propuesto se cumpla.

La experiencia de casi una década de transferencias importantes de recursos a las regiones -sobre todo en el período del súper ciclo de precios de los minerales-, ha mostrado situaciones diversas a nivel nacional y, en términos  generales, se plantea la necesidad de seguir construyendo una verdadera institucionalidad democrática que funcione de manera eficiente, con mecanismos de transparencia, de rendición de cuentas, experiencias validadas de control y fiscalización y por supuesto de ejecución óptima.

Sin plantearse claramente objetivos que apunten a fortalecer nuestras instituciones, se puede estar optando por el camino fácil de despertar expectativas en las poblaciones de transferencias de recursos económicos, atomizando recursos, sin que estén acompañados de procesos de fortalecimiento de sus propias institucionalidades. Lamentablemente, sobre este tema, el proyecto de Ley dice muy poco, por no decir casi nada.

Por otro lado, si el objetivo del proyecto de Ley es que con el canon comunal las poblaciones van a ver llegar los beneficios económicos y de esa manera se generará aceptación o licencia social para los proyectos de inversión -principalmente para los extractivos-, es fácil comprobar que ésta no es una ecuación tan sencilla. Hemos subrayado que la propuesta no considera que las resistencias a los proyectos de inversión son multidimensionales y el Perú es un buen ejemplo de ello.

Otro tema que no considera la propuesta es el de las brechas que se han generado en el país, sobre todo en las épocas de importantes transferencias. Brechas entre regiones productoras que se benefician del canon y las que no lo son, y por lo tanto no reciben ni un sol; brechas entre las poblaciones de influencia directa y las de influencia indirecta, etc. Una propuesta como la del canon comunal puede terminar ahondando estas brechas al ser un instrumento adicional que concentraría aún más la transferencia de recursos en las poblaciones de influencia directa, en desmedro, por ejemplo, de las de influencia indirecta y otras que también son afectadas.

El proyecto del “Canon Comunal” opta por la vía exclusiva y facilista de priorizar el tema del uso de los recursos del canon, sin tener en cuenta las diferentes aristas y sobre todo la experiencia previa, tanto en épocas de abundantes transferencias como en la de las “vacas flacas”. Por supuesto, sin perder de vista los intereses de las comunidades, es necesario abordar el tema del canon en su integralidad y sobre todo tomando en cuenta las implicancias que propuestas de este tipo puede tener en los propios territorios donde se desarrollan los proyectos de inversión que provocan múltiples impactos.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/a-proposito-del-proyecto-de-ley-de-canon-comunal/

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CONFLICTO CONGA: TERCERA ETAPA DEL JUICIO CONTRA MANDO POLICIALES Y MINERA YANACOCHA POR HERIR GRAVEMENTE A CAMPESINOS/AS DURANTE MANIFESTACIÓN DEL 29 DE NOVIEMBRE 2011

Este martes 16 de octubre 2018, en la ciudad de Celendín, se condujo el proceso de acusación contra mandos policiales por represión violenta durante la manifestación del 29 de noviembre 2011. Esta manifestación, que tuvo lugar en las instalaciones del proyecto Conga, fue conducida por campesinos/as de las provincias ubicadas en las zonas de explotación. Durante esta manifestación, decenas de manifestantes resultaron detenidos/as y 15 personas heridas, algunas con mucha gravedad como el señor Elmer Campos, que se quedará en estado cuadrapléjico y silla de ruedas a los 30 años de edad. La audiencia de este martes se interrumpió por incumplimiento administrativo por parte de la fiscalía, que omitió enviar la copia de la formulación de sus cargos a la empresa minera Yanacocha en el cual tiene que integrar sus observaciones y pruebas que desea pasar seguidamente en el juicio oral. Por lo tanto, el juez declaró que la fiscalía y la empresa tenían un plazo de 10 días para cumplir con los trámites y que se realizará el próximo 8 de noviembre, la audiencia de control de acusación en la cual se decidirá pasar al juicio oral, última etapa del proceso.

En una entrevista realizada por el colectivo de periodistas comunitarios/as Celendín Libre, la abogada de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, la señora Mar Pérez, explica que a pesar de la preocupación que tienen los demandantes y la población de Celendín en cuanto a la demora del proceso, es la primera vez en el país que se ha conseguido que una empresa minera responda por los abusos de la policía en conflictos sociales.

Se ha conseguido demostrar que los policías que actuaron el 29 de noviembre 2011 en contra de los/as manifestantes llevaban armas de guerra y uniformes afectados por el Estado y recibían instrucciones y una paga de Minera Yanacocha.

Con este juicio, la abogada Mar Pérez explica que se ha conseguido “que se incluya a la empresa bajo la figura de Tercio Civil Responsable”, lo que podría llevar a que “Yanacocha responda económicamente por los daños que se han causado a las personas. Además hemos pedido también que la reparación no sea solamente económica sino que (la) quitar Yanacocha y la policía pidan disculpas y perdón de lo sucedido al pueblo de Cajamarca. También hemos pedido que se implemente lo que se llama “garantías de no repetición”. Quiere decir que se debe reformar la policía, se debe asegurar que las manifestaciones sean tratadas como un derecho de ejercicio ciudadano y no como un delito y por lo tanto la policía debe actuar con equipos adecuados y no armas de guerra.”

Recordamos que uno de los principales argumentos de oposición por parte de la población al proyecto Conga de Minera Yanacocha, son los graves antecedentes de contaminación y desaparición de fuentes de agua por parte de la empresa durante dos décadas de minería en la región.

El conflicto derivó en la militarización de Cajamarca y la declaración de dos Estados de Emergencia por el Gobierno Central que implicó la ocupación policial y militar en las tres provincias impactadas por el proyecto: Celendín, Hualgayoc y Cajamarca. Durante estos años de conflictos, 300 defensoras/es ambientales fueron denunciadas/os y procesados/as en diversas instancias judiciales, numerosas personas heridas, detenidas, torturadas y violentadas psicológicamente y físicamente, lo cual estalla definitivamente con la muerte de cinco campesinos en las provincias de Celendín y Hualgayoc entre los días 3 y 4 de julio del 2012.

Fuente:http://www.grufides.org/blog/conflicto-conga-tercera-etapa-del-juicio-contra-mando-policiales-y-minera-yanacocha-por-herir

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Campaña #ConsúltameDeVerdad entregó firmas a autoridades para exigir cambios en la consulta previa

El pasado viernes 12 de octubre, la campaña #ConsúltameDeVerdad realizó una entrega de cartas dirigida al Ministerio de Cultura y Ministerio de Energía y Minas para exigir cambios en la Consulta Previa. La carta dirigida a la Ministra Patricia Balbuena (Mincul) y al ministro Francisco Ismodes (Mem) plantea sugerencias para una mejor implementación de dicho derecho.

 

Dentro de los cambios propuestos propone mayor participación de los pueblos indígenas para decidir lo que se les consultará y el momento en que se hará, que la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente recupere sus funciones para implementar mejoras en la consulta y que tenga representatividad indígena. Finalmente, que se incluyan los supuestos del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo para pedir consentimiento a los Pueblos Indígenas cuando se deposite desechos tóxicos o se vaya a reubicar a sus poblaciones.

La petición fue lanzada por medio de la plataforma Change.org y reunió al rededor de 4000 firmantes. Adicionalmente, miembros de la sociedad civil firmaron de manera física la carta en cuestión, recopilándose alrededor de 80 cartas.

Estas acciones estuvieron acompañadas de una performance artística que se realizó en Plaza San Martín el mismo 12 de octubre, fecha en la que se celebra el Día de los Pueblos Originarios y del Diálogo Intercultural. La acción simbólica sirvió para sensibilizar a los ciudadanos presentes sobre la efectividad de la Consulta Previa y los derechos de los Pueblos Indígenas.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/campana-consultamedeverdad-entrego-firmas-a-autoridades-para-exigir-cambios-en-la-consulta-previa/

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Fuerza Popular impide la aprobación de Ley que ayudaría a proteger el Río Rímac de pasivos mineros

Hace unos días el Pleno del Congreso discutió el proyecto de Ley que propone declarar de Interés Nacional la identificación, y remediación de pasivos ambientales mineras en la cuenca del río Rímac. A pesar de que la mayoría de congresistas reconoció la urgencia de políticas en pasivos ambientales, la propuesta fue regresada a comisión. Mayoría fujimorista se impuso en contra.

Cabe resaltar, que la cuenca alta del Río Rímac tiene más de 200 pasivos ambientales registrados en la zona, entre los más peligrosos, se encuentra Tamboraque, un cúmulo de deshecho minero a la orilla del río. La Plataforma por la defensa de la cuenca alta del Río Rímac, integrada por pobladores de San Mateo y sus distritos aledaños, han denunciado en reiteras ocasiones la inacción del Estado frente a la cantidad de pasivos en la zona que contaminan el agua, suelo y aire.

El proyecto de Ley fue presentado por el Congresista Marco Arana y se debatió el jueves 12 en el Pleno. La congresista de la Bancada Nuevo Perú, Marisa Glave afirmó que era necesario atender esta problemática por el evidente riesgo para la población y sustentó que la problemática se extiende a todo el territorio peruano. Por ejemplo, » Seguimos esperando respuestas para el tamizaje que se prometió hacer en Hualgayoc, esa zona se declaró emergencia ambiental, queremos pedirle a la señora Ministra que responda a eso.» También opinó el congresista Roy Ventura de Fuerza Popular quien afirmó que «El problema son las empresas que dejan pasivos ambientales y los funcionarios no están haciendo su trabajo»

Varios congresistas de Fuerza Popular afirmaron que existía un problema grave de pasivos ambientales. Angel Neyra de dicha bancado aseveró que «Existen pasivos ambientales en la cuenca del Río Rímac y eso es responsabilidad del Estado y de los gobiernos de turno. Tenían que hacer en su momento la fiscalización». Sin embargo, la votación no reflejó lo dicho por los congresistas, con 61 votos el Proyecto de Ley fue regresado a comisión bajo el argumento de que es una ley muy específica.

En la zona alta del Río Rímac no solo se encuentra el depósito de relaves mineros Tamboraque, conocido por ubicarse al lado del río Rímac y amenazar con contaminar la principal fuente de agua de la ciudad de Lima. Aparte de los cuatro relaves que agrupa este depósito, de la minera canadiense Great Panther Silver, se pueden contar hasta 20 relaves. En el distrito de Chicla, por ejemplo, se encuentra el depósito de relaves Chinchán, donde se supone deben ser trasladados los relaves de Tamboraque, en cumplimiento de una ordenanza ante el peligro de contaminación. Pero hasta el momento, solo se ha trasladado el 15% de estos desechos mineros.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/803-fuerza-popular-impide-la-aprobacion-de-ley-que-ayudaria-a-proteger-el-rio-rimac-de-pasivos-mineros

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Revisa el documental interactivo sobre empresas chinas y derechos humanos en el Perú

Inversiones chinas en Perú es un documental interactivo que analiza el comportamiento de cuatro empresas mineras chinas en Perú: Las Bambas, Shougang, Chinalco y Río Blanco Cooper, en cuanto a derechos humanos, derecho laboral y sindical, derecho a la tierra, el territorio; derecho a la vida, a la integridad.

El financiamiento chino se ha tornado en un factor determinante para la vigencia de los derechos humanos de los pueblos latinoamericanos. Entre el 2009 y 2017, los préstamos chinos a la región alcanzaron U$145 mil millones, sobrepasando los del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo. Al 2017, la inversión directa china alcanzó un acumulado de US$ 113.6 mil millones.

Tanto los préstamos como la inversión directa china se han concentrado en la construcción de infraestructura energética y de transporte y en proyectos de extracción de recursos naturales, ambos sectores ambiental y socialmente sensibles. “Estas tendencias se van a profundizar en el futuro, dado que China ha comprometido millonarios fondos para la región y que conjuntamente con los gobiernos, China ha acordado una serie de compromisos de inversión”, sostiene Marco Antonio Gandarillas del Centro de Documentación e Información de Bolivia.

Los principales productos exportados a China son los minerales de cobre y sus concentrados con un valor de más de 5 millones de 67% del total de las exportaciones tradicionales. Esto ha generado que China tenga gran influencia en el mercado de América Latina. En el Perú las empresas chinas han cometido una serie de atropellos a los derechos humanos como en el caso de Las Bambas, en Apurimac donde, además, el Estado tiene alianzas con la policía nacional. El otro caso emblemático es el de Río Blanco ubicado en Piura.

Dirigentes de comunidades de Piura siguen denunciando públicamente que la minera china Xiamen nunca ha contado con el permiso social y ocupa ilegalmente el territorio. A pesar de ello, el 2016, Perú y China firmaron un convenio para la promoción del proyecto minero Río Blanco. En el campo laboral, varias empresas mineras chinas que operan en Perú se destacan por desconocer los derechos fundamentales en el trabajo, amparados por la legislación internacional en materia de derechos humanos. Un ejemplo de ello es la empresa Shougang Hierro Perú SAA, donde prevalecen bajos niveles remunerativos, altos niveles de conflictividad laboral, así como un largo historial de denuncias por malas prácticas laborales.

Te invitamos a navegar y conocer estos cuatro casos que representan más de US$17 mil millones de dólares de inversión en el Perú.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/799-revisa-el-documental-interactivo-sobre-empresas-chinas-y-derechos-humanos-en-el-peru

Perú

18 proyectos chinos vulneran derechos en América Latina

21 organizaciones de América Latina exigen al Estado Chino proteger, cumplir y respetar los DD.HH. de las comunidades afectadas por las actividades extraterritoriales de sus empresas. Esta semana representantes de la sociedad civil de Ecuador, Perú, Bolivia, Brasil y Argentina se encuentran en Ginebra para brindar información sobre la vulneración de derechos de las inversiones chinas para el tercer Examen Periódico Universal de Derechos Humanos, la audiencia está programada para este jueves 11 de octubre de 14:00 a 15:30 horas.

Ya se encuentran en Ginebra los representantes de la sociedad civil de Ecuador, Perú, Bolivia, Brasil y Argentina -que han formado el Colectivo sobre Financiamiento e Inversiones Chinas, Derechos Humanos y Ambiente (CICDHA)-, participando de la Pre-sesión del Examen Periódico Universal de China, quienes apelarán al Consejo de Derechos Humanos y a las diferentes Misiones Permanentes que evaluarán el adecuado cumplimiento de las obligaciones extraterritoriales del Estado chino, en cuando a convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos, aspirando que China genere mecanismos de debida diligencia que garanticen el respeto y la protección de los DD.HH.

 

Hasta este momento, los delegados han compartido información y testimonios con las Misiones de Alemania, Dinamarca, Bélgica, Irlanda, Nepal, Noruega, los Países Bajos, Finlandia, Francia, Australia, Colombia, Uruguay  y  Nueva Zelanda, que  advierte sobre las graves violaciones a los derechos humanos que generan 18 proyectos en la región, de los cuales son operados por 15 consorcios y con el financiamiento de seis bancos chinos. Además, se alerta que 15 de estos proyectos afectan a territorios indígenas, 11 a áreas naturales protegidas, cinco son patrimonio natural y cultural de la humanidad reconocidos por la UNESCO y 12 corresponden a la región amazónica ecuatoriana, boliviana y brasileña.

El informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos recoge las recomendaciones del CICDHA, como:

  1. La preocupación ante el hecho de que las leyes y reglamentos chinos no hicieran referencia a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos ni impusieran requisitos de diligencia debida en materia de derechos humanos a las empresas chinas que operaban en el país o en el extranjero.
  2. Que la aplicación de la legislación china se limitaba a al ámbito nacional y no podía utilizarse para regular las operaciones de las empresas chinas más allá de las fronteras nacionales. La JS28 instó a China a que protegiera las normas internacionales de derechos humanos en toda nueva ley referida la inversión en el exterior y la asistencia para el desarrollo en el extranjero, y a que modificara, según fuera necesario, los reglamentos complementarios existentes sobre la propiedad, la gobernanza empresarial o la conducta empresarial responsable. Con respecto a las operaciones de las empresas chinas en Myanmar, la Myanmar Alliance for Transparency and Accountability instó a China a que respetara los derechos humanos en los países donde mantenía actividades comerciales, por ejemplo actuando con la diligencia debida en la realización de evaluaciones de impacto sobre los derechos humanos, y que proporcionará acceso a recursos efectivos a quienes se vieran afectados negativamente por las actividades de sus empresas.
  3. Que las empresas mineras chinas, en particular las que participaban en los proyectos Mirador y San Carlos Panantza en el Ecuador, habían incurrido en prácticas irregulares de adquisición de tierras, como la compra irregular sin consulta previa, la reclamación arbitraria de derechos de explotación minera y la interposición de demandas civiles contra familias sin títulos de propiedad. Por medio de estas prácticas y con el apoyo de las fuerzas de seguridad, estas empresas habían provocado el desalojo forzoso y el desplazamiento involuntario de un total de 42 familias indígenas.
  4. Que las vulneraciones cometidas por la empresa estatal China National Petroleum Company a través de su socio BGP Bolivia, que ponía de manifiesto su falta de adhesión a las normas internacionales para la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y a los acuerdos emanados del proceso de consulta y consentimiento libre, previo e informado, lo que incluía el hostigamiento y la criminalización de los observadores sociales y medioambientales indígenas.

Cabe señalar que de los 15 casos que sustenta la sociedad civil, ocho se encuentran en Ecuador: Proyecto Mirador, Proyecto San Carlos, explotación petrolera en los bloques 79-83, Proyecto Minero Río Blanco, Bloque 62, 14 y 17; Proyecto propósito hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, Proyecto propósito múltiple Chone Fase I-Presa Río Grande y Desaguadero San Antonio, Proyecto propósito eléctrico Toachi Pilatón. En Perú, cuatro proyectos mineros: Proyecto Las Bambas-MMG, Shougang Hierro Perú, Proyecto Toromocho de la mina Chinalco y el Proyecto Río Blanco de la mina Zijin. En Argentina: Aprovechamientos hidroeléctricos en el Río Santa Cruz. En Bolivia: Exploración petrolera en la Amazonía boliviana, y en Brasil: Hidroeléctrica de Sao Manoel.

El informe regional presentado por el CICDHA sostiene que se vienen vulnerando derechos de manera sistemática en cuanto al derecho a la consulta previa y participación de comunidades locales; desplazamiento y desalojos forzosos de comunidades enteras; criminalización de la protesta social de líderes y lideresas indígenas; irrespeto a la intangibilidad de territorios ancestrales; violaciones a los derechos sindicales, otros.

Además, sustenta que la combinación de las estrategias gubernamentales de flexibilización de los marcos normativos e institucionales en temas ambientales, fiscales, laborales,  en  los países de América Latina, aunada con las prácticas empresariales chinas, lo que viene afectando directamente la calidad de vida y la salud de las poblaciones,  y el impacto en el medio ambiente.

 

* El Colectivo sobre Financiamiento e Inversiones Chinas, Derechos Humanos y Ambiente (CICDHA) está integrado por el Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES, Ecuador), Centro de Documentación e Información de (Bolivia), la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (Argentina) y el Colectivo Proteja Amazônia (Brasil) y en Perú: CooperAcción, Red Muqui, Aprodeh, Coordinadora Nacional de DD.HH., Sindicato de Obreros Mineros de Shougang Hierro Perú, Federación Provincial de Mujeres de Cotabambas, Frente de Defensa de los Intereses y el Desarrollo de la Provincia de Cotabambas.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/18-proyectos-chinos-vulneran-derechos-en-america-latina/

Perú

Corte Suprema anuló sentencia contra Walter Aduviri por el ‘Aymarazo’

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema emitió hoy una casación que anula la sentencia en segunda instancia que condenaba a Walter Aduviri Calisaya, dirigente aymara y actual candidato al gobierno regional de Puno, a siete años de prisión efectiva y al pago de una reparación  civil de S/2 millones por el delito de contra la tranquilidad pública en agravio del Estado en calidad de autor mediato. Comos se recuerda, en mayo del 2011 Aduviri lideró una protesta contra la minera Bear Creek conocida como el ‘Aymarazo’.

Los vocales César San Martín Castro, Hugo Príncipe Trujillo, Iván Sequeiros Vargas, Luisa Chávez Mella y Elvia Barios Alvarado concluyeron que la sentencia que condenó a Aduviri no cumplió con estar debidamente motivada y no tuvo en cuenta el debido proceso. Por tal motivo, ordenó la realización de un nuevo proceso judicial en primera instancia contra el dirigente aymara, quien este domingo podría ser elegido presidente regional de Puno.

La fiscalía había acusado a Aduviri de ser el autor mediato del delito contra la tranquilidad pública. Según la resolución, no existió debida motivación “al no examinarse un presupuesto fundante de autoría mediata por aparatos de poder organizado”. De otro lado, advirtió que “se invocó un tipo de intervención delictiva en los casos de autoría en el que no se desarrollaron las [..] características de un frente de defensa”. Como se recuerda, Aduviri era dirigente del Frente de Defensa de Recursos Naturales de la Zona Sur.

“Hoy podemos decir que se equivocaron, me perjudicaron por ocho años, me alejaron de mi familia, no tuve estabilidad laboral, fue un proceso con injerencia política y económica”, declaró Aduviri tras conocerse la casación.

Fuente:http://semanaeconomica.com/article/legal-y-politica/politica/312343-corte-suprema-anulo-sentencia-contra-walter-aduviri-por-el-aymarazo/?ref=f-rt

Perú

Trabajadores mineros enfermos a causa de exposición de metales declararon ante la CIDH

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recibió el día de ayer, 1 de octubre, denuncias de mineros de Perú, que sufren enfermedades porque su organismo tiene una concentración de metales pesados por encima de los estándares normales debido a su trabajo. A la fecha no han recibido respuestas de parte de las empresas: Antamina y Yanacocha donde trabajaron.

Dos mineros, Saúl Alejandro Juárez Flores y Alán Richard Herrera, testificaron hoy durante el 169 periodo de sesiones de la CIDH, que se celebra en la Universidad de Colorado, en Boulder.

Juárez Flores aseguró que sufre cáncer debido al arsénico que absorbió involuntariamente por la boca y la piel mientras trabajaba para la Minera Antamina en una zona del Callejón de Conchucos. que se encuentra a una altitud de unos 4.000 kilómetros por encima del nivel del mar.

Ante la altitud y la falta de oxígeno, los mineros usaban para protegerse solo una máscara de papel, en vez de una mascarilla de plástico con filtros destinados a impedir la absorción de metales.

«Me rebela, me indigna que empresas tan grandes, tan poderosas, vengan al Perú a ser cada vez más ricas y que nos agredan de esta forma, que nos hagan daño no solamente a mí, sino a mi familia y a toda la familia minera del Perú. Y, encima de eso, que nos traten de ignorantes», expresó Juárez Flores.

El hombre, de 53 años, comenzó a trabajar para la Minera Antamina en 1999 y fue despedido en 2011 después de que le diagnosticaran el cáncer.

Junto a él, se sentó Alán Richard Herrera, de 44 años y que trabajó para la Minera Yanacocha entre 1998 y 2012.

En declaraciones a Efe, Richard Herrera dijo sentirse en una «ruleta rusa», porque su cuerpo tiene concentraciones de mercurio, arsénico y talio por encima de los niveles normales y no sabe qué consecuencias tendrá para su salud o la de sus hijos.

El minero tiene tres hijosy uno de ellos, de 12 años, tuvo problemas de caída de cabello cuando era más pequeño.

Durante la audiencia, los representantes del Estado peruano aseguraron que el Gobierno y en concreto el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tienen en marcha mecanismos y regulaciones para atender los problemas que puedan derivarse de la inversión minera, que ocupa un importante lugar en la economía peruana.

De hecho, de enero a mayo del 2018, las inversiones mineras ascendieron a 1.569 millones de dólares, lo que supone un incremento del 34,3 % con respecto al mismo periodo del año anterior.

Fuente: http://muqui.org/comunicaciones/noticias/item/795-trabajadores-mineros-enfermos-a-causa-de-exposicion-de-metales-declararon-ante-comision-interamericana-de-derechos-humanos