Argentina

La Ley de Glaciares recibió el respaldo de la Corte Suprema

El 4 de Junio la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió su fallo por unanimidad avalando la constitucionalidad de la ley que protege a los glaciares. En el fallo expresan que «Ninguna interpretación es constitucionalmente admisible si vacía de contenido el modelo federal del Estado o el proyecto ambiental de la Constitución».

El fallo, sin embargo, llega luego de nueve añosde continuidad de operaciones destructivas de glaciares y zonas periglaciarias por parte de las empresas mineras, habilitada por el reclamo judicial conjunto de Barrick y el gobierno de San Juan.

 

Ya no hay discusión: la ley 26.639 de protección de glaciares de la Argentina es constitucional. La Corte Suprema de Justicia rechazó por unanimidad los planteos de Barrick Gold, Minera Argentina Gold y de la provincia de San Juan que tenían en suspenso la aplicación de esa norma.

La decisión del máximo tribunal -conformado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti– abre ahora el debate sobre, al menos, 40 proyectos mineros en el país. Los artículos 2 y 6 de la norma eran los más discutidos. El primero de ellos se refiere a la superficie de protección de los cuerpos de hielo y de roca, es decir, dónde empieza y dónde termina la superficie glaciar. El sexto, a las actividades prohibidas en esa superficie. El acuerdo de los ministros de la Corte no hace referencia en particular a este detalle.

Los fundamentos que firmaron los ministros Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda para rechazar los planteos se centraron en la argumentación del proceso de sanción de la ley, con el debate en ambas cámaras del Congreso; en la garantía constitucional del artículo 41 por un ambiente sano, así como también en el cumplimiento del Acuerdo de París, en términos de lucha contra el cambio climático.

Los actores demandantes planteaban que el Congreso había avanzado sobre la jurisdicción de las provincias en lo que se refiere a los recursos naturales. En este sentido los jueces fueron contundentes: «Antes de buscar confrontación, los artículos 41 y 124 de la Constitución deben ser interpretados buscando adaptar la gestión de recursos naturales a las directivas de la cláusula ambiental», expresaron, al tiempo que sostuvieron que «no hay inconstitucionalidad derivada del procedimiento de la ley cuestionada».

Y consideraron que «Barrick Gold y Minera Argentina Gold no habían demostrado que el sistema de preservación de los glaciares establecido por el Congreso Nacional les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera».

Los ministros agregaron que «la provincia de San Juan, que había adherido al planteo de las empresas para obtener la inconstitucionalidad de la ley, tampoco había podido explicar en qué medida la existencia de la ley de glaciares le generaba agravio».

Así, Lorenzetti, Maqueda y Rosatti advirtieron que «la protección de los glaciares en un estado federal como el argentino implica una densa y compleja tarea política que deben cumplir conjuntamente el Estado Nacional y las provincias para coordinar eficazmente sus diversos intereses. Ninguna interpretación -concluyeron- es constitucionalmente admisible si vacía de contenido el modelo federal del Estado o el proyecto ambiental de la Constitución«.

También hicieron mención al derecho al agua y, en ese sentido, destacaron la importancia de la norma en cuanto protege a «los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas».

Los jueces dejaron asentadas en su argumentación las consecuencias que la crisis climática ya provocó en los cuerpos de hielo de nuestro país e hicieron referencia a la advertencia del Instituto Nacional de Glaciología (Ianigla) respecto de la retracción de glaciares por el calentamiento global. «Esta lectura se inscribe en el consenso internacional que aprobó el Acuerdo de París en 2015, ratificado por la República Argentina en 2016», indicaron.

En el texto se tiene presente que «para dar una respuesta progresiva y eficaz a la amenaza apremiante del cambio climático, debía reconocerse la importancia de evitar, reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático, incluidos los fenómenos meteorológicos extremos y los fenómenos de evolución lenta, y la contribución del desarrollo sostenible a la reducción del riesgo de pérdidas y daños».

En suma, los ministros concluyeron que «el régimen de protección de glaciares debe ser analizado en el contexto de ponderación de las reglas del federalismo con aquellas que ordenan la protección del ambiente».

El presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, y Elena Highton de Nolasco también rechazaron los pedidos de los demandantes y centraron sus votos en la falta de prueba respecto de la afectación que alegaban. «Las concesionarias no han probado actividad administrativa alguna de parte de las autoridades nacionales que afecte de un modo suficientemente directo un interés legítimo suyo. Por el contrario, nada parece perturbar, de acuerdo al relato de las actoras, el normal funcionamiento de su actividad minera. Tampoco han demostrado que la mera vigencia de la ley de glaciares genere una situación de incertidumbre que afecte al ejercicio de sus derechos. Idénticas conclusiones, aunque por razones parcialmente diversas, cabe arribar en lo que concierne a la configuración de un caso controversia entre el Estado Nacional y la provincia de San Juan», indicó Rosenkrantz.

El rechazo de Highton se fundó en un argumento similar: «No se encuentran cumplidos los recaudos que permiten, con fundamento en los criterios antes expuestos, tener por acreditada la existencia de un caso controversia en la medida en que nada parece perturbar -de acuerdo sus propias manifestaciones- el normal funcionamiento de su actividad minera. Las concesionarias Barrick Exploraciones Argentinas S.A., Exploraciones Mineras Argentinas S.A. y la provincia de San Juan han formulado sus planteos de manera genérica y no han logrado invocar la existencia de un caso controversia judicial que habilite este Tribunal pronunciarse sobre el fondo de la cuestión«.

  • Comentario de noalamina.org: En base a estos dos últimos párrafos resulta claro que la intención del reclamo judicial de la minera Barrick y el gobierno de San Juan ha sido principalmente demorar la aplicación de la Ley de Glaciares, a lo que resultó funcional la dilación en el fallo de la Corte durante nueve años de indefinición.

Aunque las mineras se mostraban este lunes (3 de junio) inquietas por la decisión, la cámara que las agrupa emitió un comunicado: «La Cámara Argentina de Empresarios Mineros considera que proteger los glaciares es fundamental, y resguardarlos es una obligación ineludible de la sociedad en general. Hemos asumido el compromiso de realizar nuestro trabajo en forma respetuosa con el ambiente. Y entendemos que toda actividad productiva sólo debe realizarse en aquellas zonas donde pueda garantizarse el cuidado de las fuentes hídricas. Trabajando en forma responsable y transparente, demostramos que la industria minera puede impulsar un sano desarrollo sustentable».

La Argentina tiene 16.968 glaciares, ocupa el segundo lugar de América Latina en términos de recursos disponibles de agua dulce y se encuentra entre los primeros 15 estados del planeta.Según un documento hallado por la justicia en la Secretaría de Ambiente de la Nación, hay 44 proyectos mineros activos o en planificación en zonas glaciarias o periglaciarias. Sólo en San Juan hay 28.

La empresa Barrick, que explota Veladero en esa provincia y que inició el recurso legal, asegura que la mina no ocupa superficie protegida por la normativa. Esa aseveración es, en parte, lo que convirtió en abstracto el planteo. Sin embargo, el inventario de glaciares podría determinar otros límites.Según los trascendidos, el nuevo argumento legal será la irretroactividad de la ley.

  • Aquí, el texto del fallo de la Corte

Fallo Corte 4.6.19 por Ley de Glaciares

 

Fuente:https://noalamina.org/argentina/item/42774-la-ley-de-glaciares-recibio-el-respaldo-de-la-corte-suprema

Argentina

Minería espacial ¿otra forma de saqueo? ¿ Fantochada?

El presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, presentó un proyecto de ley para regular e impulsar la exploración y explotación de minerales en el espacio, con la idea de que esto traerá inversiones extranjeras a la Argentina.

La minería espacial consiste en la posibilidad de explotar minerales y demás compuestos (incluidos hidrocarburos) en asteroides y planetas, con el fin de ser extraídos hasta la órbita cercana a la Tierra para su posterior procesamiento.

 

El proyecto, que se encuentra en situación de trámite parlamentario, habilita a toda persona humana o jurídica argentina a explotar con fines comerciales minerales ubicados en el espacio o provenientes de asteroides, actividad que requerirá un permiso previo.

Por su  complejidad, el proyecto fue remitido a tres comisiones: Minería, Energía y Combustibles, Ciencia y Tecnología; y Presupuesto y Hacienda.

“Iniciativas como la que propongo serán generadores de nuevas inversiones y oportunidades de trabajo en la Argentina. Por ello solicito la aprobación del presente proyecto”, escribió el legislador de Juntos por el Cambio.

INICIATIVA

El interesado en desarrollar inversiones para realizar actividad minera en el espacio deberá acreditar la suficiente experiencia que le permita realizar ese tipo de trabajos y abonar una tasa de tramitación.

También, será necesaria una póliza de seguro o una fianza bancaria por los montos que establezca la reglamentación, que cubra en forma total los daños y perjuicios que eventualmente generare al Estado Nacional o a terceros por el incumplimiento de las condiciones de los permisos de exploración y explotación.

Entre los fundamentos que se exponen en el proyecto, señalan la importancia de valiosos metales pesados y minerales como el platino, el níquel o el cobalto, que son cada vez más escasos en la Tierra e importantes para el desarrollo de la tecnología.

Estados Unidos, Alemania, Luxemburgo y Rusia contemplan en su legislación el derecho a la apropiación de los recursos minerales espaciales y desarrollan simultáneamente las tecnologías necesarias para ser empleadas o adaptadas para su uso en la minería espacial.

Desde el punto de vista económico, apuestan a que se convierta en una herramienta útil para promover la radicación de nuevas empresas en el país.

Fuente:https://noalamina.org/argentina/item/42792-mineria-espacial-otra-forma-de-saqueo-o-fantochada
Argentina

Bloqueraon la mina de Andacollo por reclamos de seguridad

Como siempre, las empresas mineras buscan las mayores ganancias al menor costo. Aún si en ello se compromete la vida de los trabajadores. En Andacollo, provincia de Neuquén trabajadores del sector jerárquico se apostaron en la barrera de la mina e  impiden el ingreso del personal. Denuncian varias irregularidades e informaron que la policía minera cerró una explotación por falta de ventilación.

 

Trabajadores jerárquicos de la mina de Andacollo se apostaron en la barrera para impedir el ingreso de personal y denunciar incumplimientos de seguridad y condiciones laborales por parte de la empresa. Desde la de la Asociación Sindical del Personal Jerárquico Profesión y Técnico de la Actividad Minera Argentina (Asijemin), Cristina Urrutia explicó que desde febrero de 2017, cuando Trident Southern Explorations de Argentina tomó posesión de la mina, no han tenido ambulancia. Aseguró que tampoco cuentan con un médico emergentólogo y que solamente una vez una profesional ocupó el cargo, pero fue por pocos meses.

También informaron que recientemente la policía minera paró un frente de la explotación porque no tenía ventilación y que se incumplen normas de higiene. Urrutia detalló, además, que aun no les han entregado la ropa de abrigo, a pesar de trabajar en las condiciones climáticas adversas de la región, y resaltó que los trabajadores extranjeros perciben una remuneración mayor que los argentinos.

La trabajadora aclaró que ya han denunciado ante la subsecretaría de Trabajo las irregularidades y que esta mañana reiteraron su pedido de que se realice un control de seguridad e higiene. Contó que han mantenido reiteradas reuniones con representantes de la firma, pero los acuerdos no se cumplen, por lo que mantendrán su reclamo hasta obtener “soluciones efectivas”.

Fuente:https://noalamina.org/argentina/item/42795-bloquearon-la-mina-de-andacollo-por-reclamos-de-seguridad
Argentina

Ley de glaciares: la Corte la declaró constitucional y 44 proyectos mineros quedaron en la mira

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró ayer constitucional la Ley de Glaciares. Se trata de la norma que protege los cuerpos de agua de la Argentina y determina, entre otras cosas, dónde puede haber actividad minera y dónde no. El fallo implica lecturas múltiples. Fue celebrado por ambientalistas como una medida en defensa del Medio Ambiente. Pero generó interrogantes sobre el futuro de la industria minera, principal perjudicada por esta decisión. Por elevación, significa además un golpe para el Gobierno, que buscaba modificar la ley para garantizarse nuevas inversiones del sector.

La decisión del máximo tribunal es el punto final de un largo camino, iniciado en 2011 por la minera Barrick Gold, que opera los yacimientos de Pascua Lama y Veladero en San Juan. Entonces, la empresa pidió que se revisara la legalidad de la normativa. Planteaba que debían ser redefinidos los límites geográficos y morfológicos de los sitios donde puede practicarse la actividad porque en buena medida, así como está escrita la ley, los dejaba fuera del negocio.

La decisión de la Corte, en contra de las pretensiones de Barrick, no solo supone un problema para esta compañía, sino que además definirá la suerte de otros 44 proyectos mineros que por su ubicación, de acuerdo con un informe de la Secretaría de Ambiente, afectan áreas glaciares (glaciar propiamente dicho) o periglaciares (suelo congelado). Están ubicados en Santa Cruz, Chubut, Mendoza, San Juan, La Rioja y Catamarca. Muchos de ellos se encuentran en etapa de estudio. Pero ayer mismo, fuentes del sector deslizaron que si quedaran paralizados podrían representar una pérdida de entre 10 mil y 18 mil millones de dólares en inversiones para el país. Desde Barrick, ayer, no hicieron declaraciones oficiales.

 

Fuente:https://www.clarin.com/sociedad/inminente-fallo-corte-suprema-ley-glaciares-ratificara-constitucional_0_o3JGmSlLq.html?fbclid=IwAR1_nK59oTRC7EbHoMXOqyTpWZfJR2Az_FOlisWJKw3wTHV2COOjiK9ZQRk

Argentina

Se realizó la tradicional marcha de la asamblea de vecinos del No a la Mina

«Estamos transitando momentos decisivos para el futuro de los pueblos. Observamos intereses contrapuestos, por un lado empresas y gobiernos con una mirada cortoplacista interesados en explotar nuestros recursos naturales y por el otro, los pueblos latinoamericanos uniéndose para proteger el agua de las futuras generaciones», arrancó el comunicado de la asamblea del No a la Mina de Esquel, leído por Viviana Moreno, poco antes de la tradicional marcha de los días 4, que ayer a la tarde tuvo lugar en medio de un fuerte temporal de lluvia y viento.

El documento continuaba diciendo que «Berta Cáceres nos decía: despertáos humanidad ya no hay tiempo para esperar que la lucha es ahora… palabras de esta lidereza del pueblo lenca de Honduras asesinada que entrega su vida a la lucha por la defensa de los territorios, por los bienes comunes de la naturaleza y contra el capitalismo voraz. El tiempo es hoy para la toma de decisiones, para priorizar la vida, para modificar conductas, para no comerciar con la muerte».

Asimismo, siguió diciendo que «nuestro país se encuentra en un momento crucial, la Corte Suprema de Justicia tiene en sus manos la decisión de confirmar o no que la Ley de Glaciares que preserva nuestro tanque de agua potable es constitucional. Toda la Legislación Ambiental del país está en juego porque los argumentos legales de esta Ley son las mismas que la Ley de Bosques y la futura Ley de Humedales».

En este marco se preguntaban si «¿podrá el poder económico de las empresas multinacionales en complicidad con los gobiernos de las provincias mineras hipotecar nuestra vida o triunfará la justicia y el sentido común? Hay 44 proyectos mineros emplazados en zonas periglaciales que modificarán y contaminarán nuestros mejores reguladores hídricos».

«Son demasiadas las amenazas a los que estamos expuestos: la megaminería, el fracking, los agrotóxicos, no podemos ser simples observadores, tenemos que participar activamente para protegernos y nuestro lugar para expresarnos está siempre en la calle. Acompañemos a los jóvenes de todo el mundo que reclaman acciones que reduzcan la generación de dióxido de carbono y en consecuencia el cambio climático».

Por ello, desde la Asamblea del No a la Mina de Esquel, apelan a que «modifiquemos nuestra mirada antropocéntrica, en la que veíamos al ser humano centro y dueño del universo, es indispensable pensarnos como parte de este planeta, nuestra casa, nuestro hogar, nuestra madre tierra. En la cosmovisión de los pueblos originarios Berta Cáceres decía, «somos seres surgidos de la tierra, el agua y el maíz», de los ríos somos custodios ancestrales el pueblo lenca. Nuestras conciencias serán sacudidas por el hecho de solo estar contemplando la autodestrucción basada en la depredación capitalista, racista y patriarcal. Debemos acudir. La Madre Tierra militarizada, cercada, envenenada, donde se violan sistemáticamente los derechos elementales, nos exige actuar. Construyamos entonces sociedades capaces de coexistir de manera justa, digna y por la vida».

Bienes comunes

Marta Sahores, referente histórica del No a la Mina de Esquel, manifestó por su parte que «hace muchos años que todos los 4 estamos en la calle, y estamos en la calle para defender nuestros bienes comunes».

Destacó la vecina que «en todos los lugares donde la gente sale a la calle no se puede instalar las empresas, somos la garantías para que no puedan instalarse las empresas mineras por más poder que tengan para comprar voluntades. Nosotros tenemos el poder del pueblo, tenemos el poder de mucha gente y lo tenemos que usar».

Por el Medio Ambiente

Silvina Borgia sobre el final hizo hincapié en que «esta marcha del 4 de junio es la antesala del Día Mundial del Medio Ambiente y nos solidarizamos y convocamos a la marcha que se va a realizar mañana (por hoy) por los vecinos autoconvocados por la soberanía alimentaria, por una Chubut libre de agrotóxicos».

 

Fuente:https://cholilaonline.com/2019/06/se-realizo-la-tradicional-marcha-de-la-asamblea-de-vecinos-del-no-a-la-mina.html

Argentina

La Corte convalidó la ley de Glaciares y rechazó un pedido de inconstitucionalidad

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó hoy la ley de preservación de los glaciares, al rechazar el pedido de inconstitucionalidad de la misma realizado por Barrick Gold y Minera Argentina Gold. La decisión fue por unanimidad y así, entre otros puntos, los magistrados consideraron que los demandantes no habían demostrado que el sistema de preservación de los glaciares establecido por el Congreso Nacional les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera. La decisión era esperada desde hace semanas, ya que estaba dentro del cronograma de fallos del máximo tribunal y tiene un fuerte impacto en la explotación de las empresas y de las provincias.

En el voto por mayoría, que llevó las firmas de los ministros Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, los magistrados sostuvieron que el régimen de protección de glaciares debe ser analizado tomando las reglas del federalismo, con aquellas que ordenan la protección del ambiente.

La convalidación de la constitucionalidad de la ley de preservación de los glaciares quedó firme con el rechazo de la demanda planteada por las empresas mineras  Barrick Exploraciones Argentinas SA. y Exploraciones Mineras Argentinas S.A., concesionarias del emprendimiento binacional Pascua Lama. En tanto que la misma solución se aplicó respecto a la demanda iniciada por la empresa Minera Argentina Gold S.A., que tiene la concesión del emprendimiento “Veladero”.

En su decisión, los magistrados agregaron que la provincia de San Juan, que se había sumado al planteo de las empresas, en pos de conseguir la inconstitucionalidad de la ley, tampoco había podido explicar en qué medida la existencia de la ley de glaciares le generaba agravio. Y en ese sentido agregaron que la Constitución Nacional establece que la protección del ambiente es una tarea conjunta del gobierno nacional y de las provincias.

Archivo: Ley de glaciares: la Corte revocó un amparo de Barrick Por ese motivo, los magistrados coincidieron en la interpretación del artículo 41 de la Constitución Nacional –que dispone el derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano- y del 124 –que establece que las provincias tienen el dominio de sus recursos naturales- debe conjugar los intereses nacionales y provinciales para potenciar el cumplimiento de la protección ambiental en todo el país.

El fallo se dio en base a una demanda presentada por la minera Barrick, que tiene bajo su órbita en proyecto Veladero, en San Juan. En tanto que la ley de presupuestos mínimos, tuvo desde su aprobación, hace casi una década, una fuerte resistencia del sector minero, con apelaciones en la justicia por parte de las empresas y de los gobernadores de las provincias que tienen esas actividades.

Los magistrados coincidieron en que la protección de los glaciares en un estado federal como el argentino implica una compleja tarea política que deben cumplir de forma conjunta el Estado Nacional y las provincias para coordinar eficazmente sus diversos intereses. Ninguna interpretación -concluyeron- es constitucionalmente admisible si vacía de contenido el modelo federal del Estado o el proyecto ambiental de la Constitución.

Al tiempo que agregaron que cuando existen derechos de impacto colectivo respecto de la protección del ambiente, que como en este caso, abren laposibilidad de estar afectando el acceso de grandes grupos de población al recurso estratégico del agua- se debe considerar de manera sistémica la protección de los ecosistemas y la biodiversidad. (Fuente www.perfil.com). El periodismo profesional es costoso y por eso debemos defender nuestra propiedad intelectual. Robar nuestro contenido es un delito, para compartir nuestras notas por favor utilizar los botones de «share» o directamente comparta la URL. Por cualquier duda por favor escribir a perfilcom@perfil.com

 

Fuente:https://www.perfil.com/noticias/politica/corte-fallo-contra-barrick-gold-convalidar-ley-glaciares.phtml?fbclid=IwAR3TBVfHj62Gl59TbxN_KNFeO7t6Ks6UszU9dH0Fv5gUR-Dx5KbcD0yR0JU

Argentina

Corte Suprema de Argentina protege los glaciares tras un fallo unánime en contra de las mineras

La determinación implica una derrota de Barrick Gold, Minera Argentina Gold y la provincia de San Juan.

Una dura derrota recibieron las mineras en Argentina. La Corte Suprema de Justicia falló de forma unánime en contra de Barrick Gold, Minera Argentina Gold y la provincia de San Juan, para ejecutar proyectos en zonas protegidas. La determinación confirma que la ley de protección de glaciares promulgada en 2011 es constitucional.

Las empresas habían frenado en los tribunales la aplicación de la norma que prohíbe la exploración y explotación en ambientes glaciares. Los demandantes solicitaban la inconstitucionalidad de la ley, argumentando que la carta magna establecía que los recursos naturales eran patrimonio de cada provincia.

Tras el fallo los grupos ecologistas pidieron el cierre de concesiones como Veladero, una de las minas de oro más importantes del mundo. Informa El País que los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Maqueda establecieron que «se debe considerar de manera sistémica la protección de los ecosistemas y la biodiversidad«.

Argentina es el segundo país d Latinoamérica con más reservas de agua en estado sólido, sólo por detrás de Chile. Según un inventario finalizado de 2018 existen casi 17.000 glaciares en territorio trasandino. Los ecologistas consideran la sentencia como un hito y consideran que frena 44 proyectos mineros en las cercanías de glaciares.

 

Fuente:http://www.adnradio.cl/noticias/internacional/corte-suprema-de-argentina-protege-los-glaciares-tras-un-fallo-unanime-en-contra-de-las-mineras/20190604/nota/3911046.aspx

Argentina

Las Asambleas por el Agua vuelven a la calle en defensa de la Ley 7722 y contra el fracking

Este sábado 1 de junio en la Plaza Independencia las Asambleas por el Agua de Mendoza harán una juntada de firmas para exigir que no se modifique la Ley 7722 y se sancione una ley que declare a Mendoza como provincia libre de fracking.

Son dos de los frentes de batalla que encaró el lobby minero en los últimos meses en tándem con el gobierno provincial. Por un lado se apoya desde el oficialismo los proyectos reformistas de la ley que impide en Mendoza el uso de cianuro y otras sustancias contaminantes en la minería, y por el otro el Ejecutivo impulsa políticas activas profracking.

En ese sentido, Cornejo y el candidato a ser su sucesor por el macrismo,m Rodolfo Suárez, viajaron a Estados Unidos en busca de inversiones para explotar la lengua de Vaca Muerta sobre la que se posa el sur mendocino, y encaró rebajas de regalías para quienes quieran fracturar la roca, entre ellos la petrolera de Vila y Manzano y la propia YPF.

Mientras tanto, los lobbistas contra la 7722 no se quedaron quietos. Reunidos en el cluster energético, enviaron cartas a Cornejo y presionan a los legisladores para modificar la norma, resistida en las calles y fincas de los sectores productivos.

En su última jugada, viajaron a San Juan para unir fuerzas con sectores mineros de la provincia vecina en pos de atacar la ley en bloque.

Informe Explícito: Desde Dick Cheney a Groisman, Pescarmona y los socios de Vila quieren voltear la ley 7722

Frente a estos embates, los ambientalistas han continuado su lucha en la calle: hubo un banderazo en la Fiesta de la Ganadería de Alvear y la próxima acción será la mencionada, en la plaza Independencia, de 11 a 14.

 

Fuente:https://explicitoonline.com/las-asambleas-por-el-agua-vuelven-a-la-calle-en-defensa-de-la-7722-y-contra-el-fracking/

Argentina

Medio ambiente Ley de glaciares: el fallo que prepara la Corte y puede complicar la industria minera

El debate por el medio ambiente en la Argentina es intermitente: a menudo reaparece con fuerza por algún hecho específico, pero de inmediato, con el mismo ímpetu, se plancha y desaparece. Sigue siendo a esta altura una rareza en el discurso político. Pero aún así, hace 10 años, con la mayoría de ambas cámaras, se aprobó una ley fundamental: la ley de glaciares, cuyo objetivo es preservar los recursos hídricos del país y definir entre otras cosas dónde puede haber minería y dónde no.

La norma tuvo un debut intrincado. El 10 de noviembre de 2008, al poco tiempo de ser sancionada, Cristina Kirchner la vetó, argumentando que excedía las facultades reservadas a la Nación en el artículo 41 de la Constitución. Sobradas fuentes señalaron entonces que aquella decisión presidencial se había dado como una concesión a las presiones de la industria minera. El periodismo lo llamó “El veto Barrick”, aludiendo a la minera Barrick Gold, cuyos proyectos Pascua Lama y Veladero, en la provincia de San Juan, se veían comprometidos por la aplicación de la ley.

Lo que vino después fue una fuerte presión social, con ecos en el parlamento, y la reglamentación definitiva en 2011, a pesar de la resistencia de la industria y por impulso del entonces diputado Miguel Bonasso.

Durante los años siguientes, por medio de amparos judiciales, la aplicación de la norma fue quedando en suspenso una y otra vez. Las mineras pudieron seguir operando. Pero esto no impidió que el Instituto Argentino de Glaciología, el IANIGLA, llevara adelante el conteo de todos los glaciares del país, un inventario que la misma ley ordenaba que se hiciera.

Hace justo un año se conoció el resultado de ese relevamiento. En la Argentina hay 16.968 cuerpos de hielo (16.078 en la Cordillera y 890 en las Islas del Atlántico Sur). Ocupan 8.484 kilómetros cuadrados.

Según ese inventario y según un informe técnico de la Secretaría de Medio Ambiente, hay 40 proyectos mineros en la Cordillera de los Andes que violarían la ley de glaciares, es decir, que en términos ecológicos su desarrollo implicaría la degradación de esos cuerpos de agua. A esos datos accedió el juez federal Sebastián Casanello hace dos años, durante la investigación de una causa por derrames de Barrick en San Juan.

Son 40 proyectos de gran envergadura (ubicados en San Juan, La Rioja y Catamarca) que representan un volumen de inversiones de fuerte impacto para las provincias. El Gobierno Nacional lo sabe desde hace tiempo y por esa razón en 2017 se conoció un borrador diseñado por técnicos de la Secretaría de Minería para modificar determinados aspectos de la la ley.

El mapa de los glaciares en el país: casi 8.500 kilómetros cuadrados cubiertos de hielo

La lectura que hacen en el Gobierno, y lo que dio a entender el mismo presidente Macri, es que si consiguieran cambiar la ley no se frenarían las inversiones millonarias para el país prometidas por el sector. De hecho desde la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM), ya manifestaron que lo que suceda con la ley de glaciares será clave para dar previsibilidad a los proyectos de largo plazo. Pero todo esto está condicionado por la cuestión de fondo que la Corte Suprema debe resolver. El tiempo es ahora.

La cuenta regresiva

En 2011, Barrick Gold planteó ante la Justicia de San Juan la inconstitucionalidad de la ley. Pasaron ocho años y esa definición está ahora mismo en la agenda inmediata de la Corte Suprema. El Gobierno, las mineras y los ambientalistas esperaban que a principios de mayo, el máximo tribunal se pronunciara al respecto. El martes 9 de mayo, cuando estalló el escándalo por el pedido del expediente de la causa Vialidad, que tiene a CFK acusada como jefa de una asociación ilícita, en realidad se esperaba que llegara el fallo sobre glaciares. Fue una sorpresa que el escándalo haya estallado por la agenda política, pero también un alivio que no lo hiciera por el costado del debate medioambiental.

No están claros los motivos por los cuales el fallo quedó postergado. Pero según sostienen fuentes cercanas a la Corte, el borrador ya circula entre los jueces. Y por lo menos tres de ellos tendrían definido su voto a favor de declarar la constitucionalidad de la ley: Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda. “Las vocalías -dicen a Clarín– están comenzado a definirse”. Las mismas fuentes aseguran: “El fallo definitivo podría estar antes del receso de julio”. Según pudo confirmar este diario, la vocalía de Rosenkrantz entregó su proyecto de sentencia el lunes pasado.

A modo preliminar, la mayoría de la Corte parece orientada a una decisión por la constitucionalidad de la norma. Es una definición que perjudicaría el negocio minero. Es decir, que podría dejar afuera a grandes jugadores del sector. Por elevación, también sería un golpe para el Gobierno.

“Pero si ocurriera lo contrario, también sería un escándalo -advierte el abogado ambientalista Enrique Viale-. Si declararan inconstitucional la ley de glaciares, sería como negarle al parlamento la posibilidad de legislar sobre los recursos naturales de toda la Argentina. Se caerían todas las leyes, la ley de bosque, todo el ordenamiento jurídico”.

Sigue Viale: “La Corte Suprema tiene en sus manos el destino del andamiaje jurídico ambiental argentino. De su decisión depende no sólo el futuro de la Ley de Glaciares sino también la de Bosques, la Ley General del Ambiente y toda la normativa ambiental que se sancionó a partir de la reforma constitucional”.

“La decisión es entre defender las fábricas de agua, como son los glaciares, que están en las nacientes de los ríos y que nutren al país, o prevalecer intereses corporativos que pretenden destruirlos para sacar unas toneladas de oro que terminarán en una bóveda de un banco suizo”, cierra el ambientalista.

Básicamente, lo que planteó Barrick Gold -en ese momento avalada por el entonces gobernador José Luis Gioja- en las acciones que dieron inicio a esta contienda es que cada provincia debe decidir sobre el uso que hace de sus recursos y no el Congreso. Es lo mismo que plantean los empresarios mineros en general y los gobernadores de la provincias donde existe la actividad. Clarín se comunicó con los responsables de la Secretaría de Minería para conversar sobre el asunto. Pero no obtuvo respuesta.

 

Fuente:https://www.clarin.com/sociedad/ley-glaciares-fallo-prepara-corte-puede-complicar-industria-minera_0_wu3gqRozJ.html
Argentina

Se espera el fallo de la corte por la Ley de Glaciares

A raíz de una presentación de la minera Barrick Gold, el máximo tribunal de la nación debe decidir sobre la constitucionalidad de la ley que protege el agua del pueblo.

La ley de protección de los glaciares y del ambiente periglacial tiene como misión preservar las reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura, la protección de la biodiversidad y como atractivo turístico.

Fue muy resistida por las empresas mineras, por los gobernadores de algunas provincias y hasta fue vetada en 2008. Pero la presión social logró su sanción en 2010 y su reglamentación en 2011. Fue entonces cuando Barrick Gold cuestionó su constitucionalidad y ahora la Corte Suprema de Justicia debe expedirse.

Enrique Viale, abogado ambientalista, afirma que si se declara inconstitucional la ley de glaciares porque podría derrumbarse el ordenamiento jurídico en términos ambientales y quedar sin efecto la ley de bosques, la ley general del ambiente y todas las leyes que se puedan aprobar en algún futuro, como la ley de humedales.

«Hay dos intereses en juego: el agua de todos los argentinos y el oro de una empresa minera que quiere destruir glaciares en territorio argentino. Los glaciares son la fábrica de agua del país y nutren todos los ríos. Ellos quieren hacer minería bajo esas zonas: para hacerlo no hay otra forma que destruir el glaciar», enfatizó Viale.

A su vez Gonzalo Strano, vocero de Greenpeace, señaló: «El fallo es importantísimo. Si asegura la constitucionalidad de la ley de Glaciares pondría un freno definitivo a la actividad minera. Caso contrario, pondría en jaque al sistema jurídico ambiental en su conjunto porque deberían reverse todas las leyes ambientales que se aprobaron en nuestro país, lo que sería una locura».

El periodista ambiental Sergio Federovisky, presidente de la Fundación Ambiente y Medio, sostiene que  «El fallo de la Corte permitiría confirmar si la Argentina tiene vocación de tener una normativa conjunta de todo su territorio en materia ambiental, una política ambiental de la totalidad de su geografía, y seguir pensando la idea de que las provincias sean las dueñas de los recursos convierte a la Nación y a sus habitantes en rehenes de las cajas o las condiciones feudales de algunos regionalismos».

El agua dulce es el bien común imprescindible para la vida en el planeta y las asambleas ciudadanas venimos dando una pelea sin tregua en su defensa desde hace años.  Esperamos con atención el pronunciamiento de la CSJ en acuerdo con el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional y a la vez recordamos que los ríos trascienden las fronteras provinciales y que Barrick Gold es responsable por el mayor derrame tóxico en cinco ríos argentinos.

La vida no se negocia.

 

Fuente:https://noalamina.org/argentina/item/42749-se-espera-el-fallo-de-la-corte-por-la-ley-de-glaciares