Al fallar a favor de una demanda presentada por el senador Iván Cepeda junto con representantes de diferentes organizaciones sociales, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó suspender los efectos de la resolución 484 del 2012, que había reabierto la ventanilla minera y permitido la concesión de títulos mineros en el país.
El fallo, con ponencia del magistrado Fredy Ibarra Martínez, protegió los derechos de los demandantes a un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, entre otros.
Según los demandantes, en el 2012 se reabrió la ventanilla minera que se había suspendido un año atrás, sin que estuviera claro el Catastro Minero Colombiano, ni una delimitación efectiva de las zonas protegidas, lo que pone en riesgo el medioambiente y los derechos de las poblaciones que habitan cerca de esos proyectos extactivos.
La demanda fue radicada en el 2013, y en ese recurso el senador Cepeda le solicitó al tribunal prorrogar indefinidamente la medida que había suspendido la radicación de solicitudes de concesión minera, excepto en los casos de legalización de minería tradicional.
El tribunal les da la razón a los demandantes, e indica que se debe suspender la ventanilla minera, por lo que la Agencia Nacional de Minería “no podrá recibir ni tramitar más solicitudes de títulos mineros hasta tanto se adopten las medidas necesarias y pertinentes”.
Aunque el fallo dice que la ventanilla minera queda suspendida de manera inmediata, el Ministerio de Minas y Energía asegura que la decisión no está en firme y que presentará un recurso de apelación que deberá ser resuelto por el Consejo de Estado.
Juristas consultados por EL TIEMPO aseguran que si el fallo es apelado, la decisión del Tribunal surtirá efectos solo cuando el Consejo de Estado la deje en firme.
El tribunal asegura que para poder reactivar la ventanilla minera, el Ministerio de Ambiente tendrá que culminar el proceso de zonificación y delimitación de todas las zonas y áreas de protección de recursos naturales en donde no habrá minería.
En ese sentido, el tribunal dice que no se podrán conceder más títulos mineros hasta que el Minambiente le remita a la Agencia Nacional de Minería la información sobre los polígonos de las áreas excluidas de minería, “información con la que dentro del término no superior a un mes contado desde su recibo deberá actualizar la información del Catastro Minero”.
El tribunal le da tres años al Gobierno para que, con estudios científicos y técnicos, delimite las zonas de reserva como humedales, páramos, parques naturales, aguas subterráneas y otras áreas de importancia geológica con base en la cartografía a escala 1:25.000.
También les da dos años al Ministerio de Minas y al de Ambiente para que verifiquen si los títulos existentes cumplen con la protección ambiental, con el fin de que “adopten medidas correctivas con la precisión de que en materia ambiental no hay derechos absolutos”.
Según el tribunal, aunque la explotación de recursos naturales cumple una función importante, pues permite sufragar el gasto social, también es cierto que la Corte Constitucional ha dicho que el ambiente constituye un interés superior que debe ser protegido.
En un comunicado de cuatro puntos, el Ministerio de Minas y Energía aseguró que la decisión del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca es un fallo de primera instancia.
En ese sentido, el Gobierno afirma que tanto el Ministerio de Minas como la Agencia Nacional de Minería “presentarán recursos de apelación que deben ser resueltos por el Consejo de Estado”.
En consecuencia, esta cartera asegura que el fallo del tribunal no tiene efectos por ahora, ya que falta una decisión final que deberá ser tomada por el Consejo de Estado.
“La ventanilla minera, a través de la cual se presentan las propuestas de contrato de concesión, seguirá en funcionamiento hasta que se conozca una nueva decisión en instancia judicial”, afirmó el Ministerio de Minas.
Fuente:https://www.eltiempo.com/economia/la-suspension-titulos-mineros-en-colombia-305522



En el municipio de San Lorenzo, Departamento de Nariño se realizó este 25 de noviembre la Consulta Popular Legítima contra la megaminería, pero también en favor de defender los bienes comunes como el agua y la tierra. Esta medida fue tomada por la comunidad campesina y en general, porque están trabajando por la vocación agrícola con enfoque agroecológico en este territorio del suroeste colombiano. El 98,46% de los votantes dijeron NO a la exploración y explotación minera en metales e hidrocarburos.
Francia Márquez tuvo el valor de enfrentarse a la minería ilegal y a los impactos medioambientales que esta causaba en Colombia. En 2018 fue galardonada con el prestigioso Premio Goldman por su defensa del medio ambiente.
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La autoridad ambiental del Tolima Cortolima, prohibió las labores de minería y extracción de material de construcción en 18 títulos, ubicados en las cuencas de los ríos Coello y Cucuana en el Tolima.
La comunidad de Mercaderes, Cauca protestó este domingo por las calles de la población y denunció que la minería legal es más peligrosa que la ilegal porque la apoya el gobierno.
El 7 de agosto de 2010, en el discurso de posesión, Juan Manuel Santos señaló que el medio ambiente sería un objetivo central de su gobierno. Ese día, en la mañana, viajó a la Sierra Nevada de Santa Marta donde se reunió con líderes y representantes de la comunidad indígena Tayrona. En un acto simbólico, los “Mamos” le entregaron un bastón de mando y un collar con cuatro piedras: tierra, agua, naturaleza y buen gobierno, que harían parte integral de la administración que comenzaba.
En este municipio situado en Nariño se adelantó este domingo una consulta popular contra la minería y la explotación de hidrocarburos. Con 6.660 votos el No se impuso. Se registraron además, 18 tarjetas no marcadas y 33 votos nulos. Este resultado representa el 52,84% del censo electoral. Se trató de una protesta simbólica contra el fallo que limitó este mecanismo de participación.
El Concejo de Ciudad Bolívar (Antioquia) aprobó por unanimidad el proyecto de acuerdo 021, el cual prohíbe la minería de metales y la explotación de hidrocarburos en todo su territorio.
Los habitantes del municipio San Lorenzo, en el suroccidental departamento de Nariño, rechazaron de modo tajante la explotación minera en su territorio, revelaron hoy los datos de una consulta popular.