Argentina

San Juan firmó un convenio con Mina Veladero para impulsar educación en comunidades

El gobierno de San Juan firmó un convenio con las autoridades de la mina Veladero para impulsar programas de educación, capacitación y desarrollo en las comunidades de Jáchal e Iglesia que están bajo la órbita de acción del proyecto minero sanjuanino.

El convenio fue firmado por el ministro de Minería Alberto Hensel, el ministro de Educación Felipe de los Ríos y el director ejecutivo de la empresa, Fernando Giannoni.

El acuerdo contempla cursos de bachillerato para adultos en Iglesia, el desarrollo del Plan Fines, y aulas móviles del Ministerio de Educación.

Los cursos teórico-prácticos relacionados con la minería (para generar mano de obra calificada en las comunidades de Iglesia y Jáchal) serán de soldadura, electricidad, mecánica y housekeeping, además de otros cursos de computación, electricidad domiciliaria e idiomas.

Se trata de un convenio marco que tiene por objeto «establecer un plan de acción compartido para atender las inquietudes y necesidades de los diversos estamentos de la comunidad, entre ellas el aspecto educativo, y propender a través del Ministerio de Educación y de Minería a la generación y gestión de proyectos orientados al impulso y desarrollo educativo de la población».

Según se informó, el gobierno y la minera buscan «generar planes de colaboración para el desarrollo sustentable de las comunidades, con una visión de crecimiento y colaboración de esfuerzos compartidos a favor de los distintos actores sociales correspondientes».

«Estamos muy orgullosos de poder firmar este convenio con las autoridades de la provincia de San Juan. Tenemos un vínculo muy profundo con la comunidad sanjuanina y ello nos compromete y obliga a generar las condiciones para que las futuras generaciones tengan un porvenir sustentable. Sabemos que la educación y la capacitación son las herramientas ideales para alcanzar una mejor calidad de vida en su entorno», explicó Giannoni.

Gianonni agregó que «el pilar de la educación es fundamental para el desarrollo comunitario» y que «nosotros tenemos un compromiso renovado con las localidades donde desarrollamos nuestra actividad, y por eso -remarcó- queremos seguir creciendo en esas comunidades con proyectos presentes y futuros».

Para eso dijo que «buscamos capacitar a la gente en áreas de minería y otras áreas de desarrollo comunitario, como un convenio con la empresa Cisco NetAcad, con el objetivo de desarrollar conocimiento digital en Jáchal e Iglesia, diversificando el talento disponible en las comunidades y dando soporte de emprendedurismo».

Apuntó que «como la minería está cambiando y nuestros proyectos Veladero y Pascua Lama tendrán en el futuro una etapa subterránea, buscamos capacitar personal de ambos departamentos para encarar los futuros proyectos de desarrollo con técnicas de minería subterránea para el personal que va a trabajar en esas área».

Otro de los programas previstos en el convenio tiene relación con la alianza estratégica con Junior Achievement, una de las ONG más grandes del mundo que activa a los jóvenes para los empleos del futuro. En este caso, a través del aprendizaje práctico y combinado aportado por profesionales voluntarios en variadas disciplinas como educación financiera, preparación para el trabajo y emprendimiento, se trabajará para que los jóvenes hagan crecer sus ideas emprendedoras, perfeccionen sus habilidades laborales y administren sus ingresos, para sus familias y sus comunidades.

En este sentido, María Soledad Echagüe, gerente de Relaciones Comunitarias de Mina Veladero, sostuvo: «Cuando pensamos en desarrollo sustentable, pensamos en educación. La educación es, sin lugar a dudas, el pilar fundamental sobre el cual cimentar el desarrollo de una comunidad. Este acuerdo pone de manifiesto esta convicción sobre la cual construimos el trabajo diario con las comunidades en las que operamos y es, en cierta forma, la materialización del compromiso de Veladero con esas comunidades».

Fuente:http://www.ambito.com/895452-san-juan-firmo-un-convenio-con-mina-veladero-para-impulsar-educacion-en-comunidades

Argentina

Por el litio, aumentaron los pedidos de áreas mineras en Catamarca

El juez de Minas de Catamarca, Raúl Guillermo Cerda, opinó que existe un notable interés por la exploración de las áreas mineras a partir del incremento de trámites en el Juzgado de Minas, donde se inicia la solicitud de los yacimientos. Por lo tanto, la sede judicial se convierte en un termómetro para la actividad.
“La actividad minera le está generando importantes ingresos en concepto de tasas, sellados, pago de cánones a la Provincia porque es notable como se incrementó la actividad minera y obviamente se incrementaron los pedidos para las áreas mineras, que no son nada baratos. Es mucho dinero para Rentas que ingresa por tasas de justicia y por pedimentos nuevos y es mucho el trabajo que tenemos”, dijo en diálogo con El Ancasti.
“Hay muchas empresas que están solicitando nuevos pedimentos y eso se refleja en solicitudes. El ingreso fiscal es importante. Hay que tener en cuenta que un pedido de cateo tiene una tasa de $ 32 mil y tenemos muchos pedidos de cateo de minas vacantes que van desde 18 mil hasta $ 24 mil cada uno, al margen del canon que después se paga”, agregó.
Además, señaló que varias empresas que están regularizando el pago del canon porque estaban atrasadas y ponerse al día son $ 100 mil por sellado.
“Bienvenida sea la recaudación en concepto de tasas, como un ingreso para la Provincia. Cómo será el interés que hay que no tienen problemas en pagar lo que está fijado por ley impositiva”, dijo.
Cerda ratificó que la gran vedette es el litio. “Catamarca tiene un futuro muy interesante, que si las autoridades lo manejan bien va a ser promisorio. Catamarca tiene una reserva de litio muy importante; aquí lo estamos viendo con las visitas, hemos tenido delegaciones chinas, canadienses que han puesto su interés en la provincia de Catamarca”.

Impositiva

Según la ley impositiva que está vigente en la Provincia por cada solicitud de cateo se deberán abonar $ 24 mil. En esta etapa se buscan zonas en las que se presume existe un yacimiento minero, es decir zonas geológicas susceptibles de ser explotadas. Durante el cateo se recogen rocas del suelo o se cavan zanjas para obtener muestras y analizarlas físicamente (ver color, dureza, etc.); mientras que en la prospección se aplican análisis químicos y estudios geofísicos.
Para el caso de las minas vacantes es de $ 36 mil y es de $ 14 mil por iniciación de trámite de manifestación de descubrimiento cantera.
Un pedido de exploración o cateo de un yacimiento tiene un plazo mínimo de un año y medio. La superficie mínima a explorar es de 100 hectáreas, por un año y medio, y sin son más de dos unidades de medidas o tres se extiende por medio año más.

El canon

El canon que pagan las empresas se fija por ley nacional y luego por un decreto del Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Economía. El canon se divide según el mineral que se extrae y de acuerdo con sustancias de primera o segunda categoría.
La última actualización del canon fue en diciembre de 2014 en el Congreso de la Nación.

El trámite

El pedido por la exploración de un área minera se inicia en el Juzgado Electoral y de Minas. El magistrado es la autoridad que concede y que caduca los pedidos en caso de incumplimiento.
Cualquier particular puede iniciar el trámite, ya que el Código de Minería no establece mayores requisitos. El interesado debe presentar una muestra del material hallado y la documentación con la identificación de la zona mediante coordenadas para realizar la exploración y eventual explotación.

La documentación se gira a Dirección de Minería. Los organismos técnicos asesoran al Juzgado y establecen si la zona pedida está libre y no tiene obstáculos para la exploración, tales como ser una zona urbana. También determinan mediante análisis si se encontró el mineral que se denuncia.
En base al informe técnico de Minería, el juez concede el área o no de acuerdo con la viabilidad. Dicta una sentencia en la que establece plazos. Y ordena la publicación en el Boletín Oficial.
También se fija el canon que deberá pagar el concesionario, que tiene un plazo de un año, aproximadamente, en el que debe presentar el informe de impacto ambiental y un plan de trabajo.

 Fuente:http://eldiariodemadryn.com/2017/08/por-el-litio-aumentaron-los-pedidos-de-areas-mineras-en-catamarca/
Argentina

Minería pedirá a la Justicia que se acelere la remoción de escombros en Pelambres

El ministro Alberto Hensel explicó que solicitarán que ya se comience con el plan de evacuación de la gran cantidad de minerales que hay de lado sanjuanino.

A casi 20 días de un fallo del juez Federal Leopoldo Rago Gallo que ordenó el inmediato retiro de escombros qye había arrojado la minera Pelambres del lado sanjuanino, el ministro de Minería de la provincia aseguró que recurrirán de nuevo a la Justicia para pedir que se aceleren las gestiones para poder sacar las rocas que producen contaminación en territorio provincial.

En rueda de prensa el ministro explicó que urgente que se comience con el largo proceso que llevará a terminar con este foco de contaminación. Es que , según el funcioanrio, se necesita una serie de estudios socioambientales para hacer la evaluación correspondiente y habilitar a que comiencen los trabajos.

La escombrera en cuestión está ubicada en terrenos de la mina Pachón que está en manos de la empresa Glencore.

Si bien el mismo fiscal federal Francisco Maldonado pidió que se considere cierto grado de culpabilidad para Glencore ya que los empleados de esta firma no pudieron no ver lagran montaña de escombros, el fallo del juez no establece de manera explícita que la firma local deba colaborar con Pelambres para retirar los 40 millones de toneladas que hay en el lugar.

Fuente:http://www.tiempodesanjuan.com/sanjuan/2017/8/29/mineria-pedira-justicia-acelere-remocion-escombros-pelambres-188662.html

Argentina

El avance de una territorialidad transfronteriza del litio en la Puna argentino-chilena

Bárbara Jerez
Dra. En Estudios latinoamericanos
Becaria posdoctoral CONICET
Universidad Nacional de Salta.

La intensificación de los metabolismos actuales de la economía globalizada genera una inevitable tensión entre los territorios del llamado Norte global que progresivamente se van transformando en grandes consumidores de energía provenientes de fuentes renovables “carbono cero” (Gobel, B. 2013), y los territorios locales donde sus ecosistemas y comunidades deben soportar los fuertes impactos múltiples que genera en ellos la extracción de aquellos minerales que se utilizan para la fabricación de tecnologías “verdes”, como es el caso del litio en la Puna de Atacama. Este escenario demuestra que la actual generación tecnológica en base a fuentes renovables no fósiles también reproduce las desigualdades socioterritoriales que históricamente estructuran el sistema-mundo moderno/colonial (Mignolo, W. 2007) que diferencia entre territorios, sujetos, culturas y economías definidos como dominantes y aquellos que son definidos como subordinados, es decir, como explotables y desechables.

Hoy en día nos encontramos frente a una transición energética global impulsada principalmente por las economías del centro-norte de Europa para reducir las emisiones de CO2 de sus matrices energéticas respectivas, en las cuales se proyecta extender su abastecimiento en base a fuentes de generación “renovables” para dejar de depender de fuentes fósiles altamente contaminantes (como petróleo, gas, etc.); para ello se ha vuelto indispensable – en las condiciones actuales- un aumento en la producción de tecnología para el almacenamiento energético recargable de dispositivos portátiles como computadores, telefonía celular, pero de manera especial para la fabricación de baterías de autos eléctricos cuya industria proyecta un exponencial aumento en su producción en los próximos años. Sin embargo, dicha transición energética inserta en la actual estructura de los metabolismos de la economía globalizada significa una fuerte presión sobre los territorios que disponen de las materias primas necesarias para abastecer estas nuevas tecnologías “verdes” como el litio, y la Puna como uno de los territorios en los que se encuentran sus mayores reservas (y a menor costo).

Esta reconversión energética “carbono cero” no modifica las intrínsecas desigualdades socioterritoriales que produce el extractivismo capitalista; pues en este caso concreto para abastecer una potencial matriz energética “verde” –especialmente en los países del hemisferio norte- se explotan e impactan fuertemente los territorios locales donde se extraen los minerales necesarios como el litio, donde una de sus principales fuentes la constituyen las salmueras contenidas en los salares de la Puna de Atacama en el sector argentino, chileno y boliviano.

Actualmente existen explotaciones de litio a gran escala en Argentina (salar de Hombre Muerto en la provincia de Catamarca y salar de Olaroz-Caucharí en la provincia de Jujuy) y en Chile (Salar de Atacama, Región de Antofagasta), en Bolivia existen explotaciones en fase piloto que el gobierno nacional -con muchas dificultades administrativas, financieras y tecnológicas- busca expandir en el salar de Uyuni (departamento de Potosí). A ello hay que agregar las existencia de avanzadas exploraciones en las argentinas provincias de Catamarca y Salta, así como en la chilena región de Atacama cuyo desenlace en los tres territorios aún está en juego.

Las exportaciones de este mineral en el caso de las plantas ubicadas en el noroeste argentino y el norte chileno se realizan a través del Puerto de Antofagasta (en el pacífico norchileno) lo que traza indiscutiblemente una territorialidad transfronteriza del litio que a nivel local subordina las territorialidades preexistentes, pues en esos mismos territorios existen áreas silvestres protegidas de los Estados (nacionales y provinciales), comunidades Kolla y Atacameñas (likanantay) que habitan la zona desde tiempos ancestrales, y una serie de circuitos turísticos que van en crecimiento. El colonial carácter fundacional del extractivismo capitalista también lo reproduce el litio, donde incluso se ha llegado a re-bautizar la propia región de la Puna con nomenclaturas eldoradistas como “el triángulo del litio”, tratándose de un enunciado que espacial y simbólicamente impone una territorialidad hegemónica extractivista (Jerez, B. 2015) en esta región ancestral, cuyo concepto es ampliamente difundido son plena soltura por los gobiernos, empresas y numerosos sectores académicos para producir una identidad de enclave que en la práctica naturaliza la explotación de este commodity de turno invisibilizando los profundos impactos que a nivel local genera.

La territorialidad transfronteriza del litio en este sector puneño abarca en primer lugar, un circuito de transporte multimodal que abarca desde los salares de la Puna argentina desde donde se extrae el mineral, la planta de procesamiento de cloruro de litio en Salta, el traslado de esta materia prima por los pasos fronterizos cordilleranos (principalmente el Paso de Jama, entre Jujuy y la Región de Antofagasta), las explotaciones del mineral en el salar de Atacama, y la exportación de todo este material por el Puerto de Antofagasta. Este circuito a su vez es parte del Eje Capricornio de IIRSA (Iniciativa de Infraestructura Regional Sudamericana), y en el caso del noroeste argentino también forma parte del Plan Belgrano que conforma también es parte de IIRSA; estas iniciativas en su conjunto establecen una serie de planes de modernización de la infraestructura de transporte multimodal para la aceleración de la extracción y exportación de commodities en la región al menor costo posible, cuyo diseño y orientación ha sido elaborada absolutamente a espaldas de las comunidades locales que habitan los territorios afectados pese a que estas iniciativas los impactan directamente.

Otro elemento importante de colocar sobre la mesa son las implicancias del Tratado de Integración y Complementariedad Minera entre Argentina y Chile (tratado minero), que constituye un cuerpo legislativo binacional para expandir la explotación minera hacia la franja fronteriza compartida por ambas naciones en la cordillera de los Andes, estableciendo una verdadera zona franca minera (Jerez, B. 2015) o simplemente un “tercer país virtual” (Luna, D. et al, 2004) que desterritorializa tanto a los Estados nacionales como a las territorialidades de los pueblos originarios cordilleranos a la medida de los intereses corporativos que hoy tienen en la mira la extracción de los bienes comunes naturales ubicados en plena frontera y abaratar al máximo costos de producción. La territorialidad del extractivismo del litio en el altiplano se ubica en el área de influencia del tratado por lo tanto las empresas pueden claramente beneficiarse de sus lineamientos, tales como son la exención de la doble tributación, la exportación por puertos chilenos (Alcayaga, J. 2009; Jerez, B. 2013) y la adquisición de propiedad minera en zonas de frontera, entre otros.

En el la zona específica de la puna argentino-chilena existen empresas operan por ambos lados de la cordillera que están realizando faenas de explotación y exploración, donde un caso emblemático sin duda es el de la empresa SQM (ex estatal SOQUIMICH privatizada en la dictadura de Pinochet y hoy día controlada por capitales canadienses y chilenos), una de las más grandes productoras de carbonato de litio a nivel mundial que explota el litio hace casi 30 años del Salar de Atacama y adquirió en el año 2016 el 50% de las acciones de minera Exxar (Lithium Américas Corp) que tiene un proyecto de explotación de litio en el salar de Caucharí (Jujuy). También en este mismo territorio se encuentra la empresa de capitales estadounidenses Albemarle que controla la extracción de litio en la zona sur del Salar de Atacama a través de su filial Rockwood, y que a su vez está realizando exploraciones avanzadas en el salar de Antofalla ubicado en la argentina provincia de Catamarca. A esto se suman numerosas empresas que están ampliando sus faenas mineras en el Noroeste argentino como son Sales de Jujuy, FMC y LIEX en Catamarca, ERAMET en Salta, entre otros; y en el lado chileno además existen intenciones del gobierno de extender la explotación de litio hacia el salar de Maricunga en la región de Atacama donde aún no está definido si explotará de manera mixta o exclusiva la estatal del cobre CODELCO o bien si se concesionaria a capitales privados.

Sin embargo existen algunas diferencias importantes en las legislaciones mineras respecto al litio en ambos países en cuestión, ya que en el caso de Argentina este mineral es tratado de igual manera que los demás commodities mineros como un recurso concesionable para exploraciones y explotaciones prácticamente sin restricciones, en el caso de Chile existe desde la época de la dictadura de Pinochet un marco legal específico que considera al litio desde un punto de vista geopolítico como un “recurso estratégico” cuya propiedad está en manos del Estado a través de la CORFO y CODELCO(1) pero que sin embargo lo explotan empresas privadas a través del otorgamiento de contratos administrativos específicos para su explotación y exploración por una determinada cantidad de toneladas en un plazo fijo donde se autoriza solamente la exportación de
carbonato de litio.

A nivel local se observan una serie de problemáticas en torno a las explotaciones de litio en ambos países que son fundamentales colocar en el centro de los cada vez más extensos debates respecto a la explotación de este mineral. Por una parte existen una serie de irregularidades –y en muchos casos simplemente ausencias- en cuanto al cumplimiento de la legislación respectiva y al propio cumplimiento de las funciones del los Estados como entes reguladores y fiscalizadores, en ambos países existen fuertes impactos ecológicos a raíz de las extracciones mineras de litio en los salares explotados, especialmente por el agotamiento de las aguas dulces y salmueras, entendiendo que se trata de una de las zonas de mayor aridez a nivel global. Esta situación está afectando gravemente los ecosistemas y economías locales que dependen directa e indirectamente de los salares, lo que por lo tanto conlleva poner en juego la subsistencia de las economías locales pastoriles, salinas y agrícolas de las comunidades originarias (atacameños o likanantay y Kolla) que habitan en las cuencas de los salares, el abastecimiento doméstico de agua, y también afectando al turismo que constituye una importante actividad en la zona (especialmente en el Salar de Atacama)(2). Por otra parte es evidente el trato beneplácito de ambos Estados a favor de las empresas mineras de litio, donde por un lado en Argentina libera de retenciones a las exportaciones mineras lo que significa dejar que las empresas se lleven prácticamente libre de retenciones las riquezas del país, así como la violación a los derechos a consulta libre, efectiva e informada a las comunidades originarias que se observa en todos los salares donde existen faenas mineras de litio, derechos que claramente establece la constitución nacional y el tratado 169 de la OIT que ambos países ratificaron.

1 Las estatales Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) y la Corporación Nacional del Cobre (CODELCO) tienen actualmente en sus manos la propiedad minera del litio en los salares en Chile.
2 Para mayor información sírvase revisar el informe final de la comisión especial de la cámara de diputados investigadora de los órganos públicos competentes encargados de la fiscalización y protección de glaciares, humedales y salares de Chile. Disponible en: https://www.camara.cl/pdf.aspx?prmID=32031&prmTIPO=INFORMECOMISION

En el lado chileno por su parte existen múltiples denuncias contra la empresa SQM que van desde prácticas antisindicales, extracción de agua y salmuera por sobre los niveles legalmente establecidos, la exportación ilegal de concentrado de salmuera de litio hacia el Sureste asiático (donde se evidencia las negligencias en el control aduanero) cuando la ley solamente permite la exportación de carbonato de litio, hasta el financiamiento ilegal de campañas políticas de los partidos oficialistas de “centro-izquierda” (Nueva Mayoría(3)) y de la derecha con aportes ilegales de SQM. Además no deja de sorprender que la propia empresa financia estudios de seguimiento ambiental en el Salar de Atacama y envía informes de los niveles de agua donde la Dirección General de Aguas prácticamente no hace seguimientos in situ y se aceptan como verídicos los informes enviados por las propias empresas. Todo ello hoy en día es foco de una controversia entre la CORFO y SQM donde el primero busca quitarle las concesiones del litio a favor de la empresa Albemarle (ROCKWOOD) con quien la entidad estatal mantiene un convenio para otorgarle una ampliación de sus explotaciones de litio en el mismo salar y con ello aumentar la producción de este commodity.

3 Nueva Mayoría es la alianza política de “centro-izquierda” de la que forma parte la presidenta actual de Chile, Michelle Bachelet.

A nivel local es indiscutido el impacto de las explotaciones de los salares, dando como resultado una fuerte disminución de los niveles de aguas que afectan directamente las formas de vida humanas y no humanas en estos ecosistemas únicos a nivel global, donde también las faenas de litio contaminan estas cuencas (como el derrame de diesel para motores, escombros acumulados, hundimiento de maquinarias en las salmueras, el impacto de la polución del litio en polvo en la zona y del trazado de caminos por donde transitan frecuentemente camiones con alto tonelaje dentro de los propios salares, etc.). Situaciones de las cuales existen fuertes denuncias en todas las provincias y regiones donde se explota este mineral, pero que en la práctica parece tener muy poco efecto en la protección de los territorios locales donde son fuertemente transformadas las vidas cotidianas y las territorialidades de las comunidades originarias, en las que el Estado más que ser un garante de derechos parece constituirse en un verdadero representantes de las empresas mineras.

Este complejo escenario territorial en la Puna suele ser intencionadamente invisibilizado a los ojos de los actores que protagonizan la discusiones centralistas y economicistas que justifican la expansión de las explotaciones de litio aprovechando la alta demanda que actualmente tiene en los mercados globalizados. A pesar que existen algunas endebles iniciativas piloto en ambos países para intentar aumentar la cadena de valor del litio a nivel local ensayando la fabricación de baterías de litio, el rol de economías monoproductoras de materias primas no parece sufrir grandes cambios dentro de la estructura económica y política global que demanda a los salares de la Puna este codiciado mineral para abastecer el crecimiento de la industria automotriz y electrónica no fósil.

Bajo el argumento de la necesidad de generar tecnología para una matriz energética “verde” reduciendo las emisiones energéticas de carbono de las sociedades industrializadas, se termina destruyendo ecosistemas y territorios locales de la Puna de Atacama, lo que en la práctica reproduce el yugo colonial de las históricas desigualdades socioterritoriales se expresan claramente en el predominio la sustentabilidad energética de algunas regiones del globo terminan costando la devastación de otras regiones –que no son espacios vacíos sino que desde tiempos inmemoriables albergan diversos pueblos originarios- donde se originan los commodities para estas
transformaciones energéticas “verdes.

Por ello es fundamental poner en la balanza -y en el mismo rango de importancia- las discusiones socioterritoriales del litio y sus fuertes impactos a nivel local en la Puna que las discusiones económicas y tecnológicas que defienden la oportunidad de explotar este mineral para abastecer la generación tecnológica “carbono cero” de las sociedades industrializadas; donde las dimensiones territoriales de sus reales impactos dejen de ser colocadas en planos marginales de discusión en la toma de decisiones respecto a los proyectos que se autoricen en los territorios locales, pasando a constituir aspectos centrales para pensar las limitaciones y posibilidades reales de las economías de cada país y de sus potenciales matrices energéticas “verdes”.
Hoy en día urge pensar la sustentabiidad energética y el destino de nuestros territorios locales abarcando su amplia y real complejidad sin ocultar las nuevas colonialidades territoriales que reproduce la demanda de los commodities de turno, que en este caso terminan por convertir a los salares de la Puna en verdaderas zonas de sacrificio para la generación energética “limpia” del norte global, por muy “carbono cero” que sean las tecnologías que se fabriquen con estos. Proyectar la producción tecnológica a la medida de la capacidad real de los ecosistemas locales, junto al derecho a una verdadera información y deliberación regional de las poblaciones afectadas por la implementación de megaproyectos extractivistas, independiente del uso posterior de los commodities que se extraen –sea “verde” o no- deben ser condición irrenunciable para decidir el presente y futuro de los territorios en cuestión, así como para pensar una matriz energética global realmente sustentable y socialmente justa abarcando las implicancias en la totalidad de los territorios que forman parte de su cadena de valor.

 

Bibliografía
1. Alcayaga, Julián (2009) “El país virtual. El fracaso de las transnacionales mineras”. Ediciones Tierra Mía, Santiago de Chile.
2. Göbel, Bárbara (2013): La minería del litio en la Puna de Atacama. Interdependencias transregionales y disputas
locales”. Revista Iberoamericana XIII, 49. Pp. 135-149.
2. Jerez, Bárbara (2013) “Impactos de las geopolíticas transnacionales en las localidades transfronterizas de la
Patagonia Andina: Territorialidades en conflicto en torno a la implementación de megaproyectos de minería y represas
hidroeléctricas”. Revista de Estudios Políticos Estratégicos, vol 1, nro. 2. Segundo semestre. Programa de Políticas
Públicas Universidad Tecnológica Metropolitana. Santiago de Chile.
3. Jerez, Bárbara (2015) “(Des)Colonialidades espacio-territoriales y Conflictos extractivistas en cuencas
Transfronterizas: El caso de la Patagonia argentino-chilena 2009-2010”. Tesis para optar al grado de Doctora en
Estudios Latinoamericanos, Universidad Nacional Autónoma de México. México, DF.
4. Luna Diego, Padilla, César y Alcayaga, Julián (2004) “El exilio del Cóndor: Hegemonía transnacional en la frontera. El
tratado minero entre Chile y Argentina”. Observatorio latinoamericano de conflictos ambientales. Santiago de Chile.
5. Mignolo, Walter (2007). “La idea de América Latina”. Gedisa editores, España.

Fuente:http://www.gensur.org/index.php/docs/115-gensur/litio/280-el-avance-de-una-territorialidad-extractivista-transfronteriza-del-litio-en-el-altiplano-argentino-chileno


Argentina

Los Pelambres: la empresa minera responsabiliza al Estado chileno

Los Pelambres instaló su escombrera de 52 hectáreas con material tóxico en territorio de la provincia de San Juan. La firma señaló que los mapas provistos indicaban que era suelo chileno. La compañía, propiedad del grupo chileno Luksic, envió varios informes a la cancillería chilena donde justificó que el hecho se produjo debido a que los mapas que le proveyó el Instituto Geográfico Militar de Chile (IGM) indicaban que se trataba de territorio chileno. El conflicto mantiene en vilo a los cuerpos diplomáticos de ambos lados de la Cordillera. 

Según el diario El Mercurio, en Los Pelambres “aumenta la preocupación por un conflicto que se arrastra hace tiempo, pues la justicia argentina lleva adelante dos causas, una civil y una penal, interpuestas por Pachón –empresa filial de Glencore, que opera en San Juan– contra la empresa chilena, lo que amenaza a sus ejecutivos”.

La empresa minera sostiene que “se trata de un conflicto entre Estados y no entre empresas privadas” y existe una denuncia porque el problema “involucra a los Estados”.

La prensa chilena remarcó que el conflicto limítrofe avanzó tanto que se coló en la cumbre del Mercosur, realizada recientemente en la ciudad de Mendoza. La escombrera se inició luego de que las autoridades chilenas la aprobaran en 2004 y dejó de funcionar en 2011.

En las actas del Senado argentino, del 14 de septiembre de 2016, figura que la Cancillería trasandina planteó en 2011 que “la compañía operadora de la minera El Pachón denunció que Los Pelambres había depositado escombros en sus terrenos, acumulando aproximadamente 50 millones de toneladas de material en una superficie de 51 o 52 hectáreas”.

Fuente:http://noalamina.org/argentina/san-juan/item/37531-los-pelambres-la-empresa-minera-responsabiliza-al-estado-chileno

Argentina

Incidente por fuga de líquido en Farallón Negro

Se produjo la rotura de una válvula que produjo la pérdida de la solución con la que se extrae el oro.

Un incidente ocurrió a principios de esta semana en el yacimiento de Farallón Negro, que es explotado por YMAD. Según información a la que accedió este diario se desprendió una válvula y produjo una pérdida de solución rica con oro. La Secretaría de Minería investiga la situación y hoy darían a conocer un informe.
Como medida preventiva se paró la producción de esa parte de la planta donde están ubicadas las pilas de lixiviación para evaluar lo que pasó. La medida se tomó dentro de la parte operativa de la planta.
La lixiviación es el proceso metalúrgico que permite que el mineral (el oro) decante. El medio líquido que permite la operación es en realidad una solución cianurada obtenida como combinación de cianuro, agua y cal. Es un proceso en el que no están en riesgo los trabajadores de la empresa.
Ante la situación, la Secretaría de Estado de Minería, como autoridad de aplicación en materia minera, se hizo presente en el distrito Farallón Negro (YMAD) al tomar conocimiento de un incidente ocurrido en el sector de Playa 1 y Quebrada del Laboratorio del mencionado proyecto minero.
Como organismo de contralor de los proyectos mineros radicados en la Provincia, inspectores de la División Policía Minera y técnicos de la Dirección Prov. de Gestión Ambiental Minera (DIPGAM), se constituyeron en el lugar y realizaron un relevamiento y labraron las actas pertinentes para la apertura de un sumario administrativo que determinará las responsabilidades que le cabe a la empresa.

Ante este tipo de incidentes corresponde que YMAD ponga en marcha un plan de contingencia. La Secretaría de Minería evaluará si se cumplió con las precauciones y si no lo hizo correspondería que se aplique una multa.
La empresa YMAD no emitió ningún comunicado para informar cuál fue el alcance de la situación.
De esta manera, la empresa atraviesa por otra situación complicada en la operación del yacimiento. A fines del año pasado, cerró la planta de refinamiento –sede catamarqueña de YMAD, en la calle Salta al 1.100, donde se producían lingotes de oro y granallas de plata que luego se exportaba. Hace como un mes la empresa quedó envuelta en un escándalo a partir de los reclamos salariales de sus trabajadores.

Fuente:http://www.elancasti.com.ar/politica-economia/2017/8/24/incidente-fuga-liquido-farallon-negro-344910.html

Argentina

Citaron a indagatoria a siete ex funcionarios kirchneristas por violar la Ley de Glaciares

Es histórico. Nunca antes un funcionario había sido citado a indagatoria por cuestiones ambientales, en este caso, por violar la Ley de Glaciares. El juez federal Sebastián Casanello citó a indagatoria a los ex titulares de la Secretaría de Ambiente (hoy, ministerio) Juan José Mussi, Omar Judis y Sergio Lorusso, a los ex presidentes de la Administración de Parques Nacionales Patricia Gandini, Carlos Enrique Corvalán y Eugenio Indalecio Breard, y al ex director del Ianigla (el instituto encargado de la confección del mapa de glaciares), Ricardo Villalba. Además, mandó a auditar a la actual gestión.

La causa se inició a partir del derrame de metales pesados del 12 y 13 de septiembre de 2015 en la mina Veladero, que Barrick Gold explota en el norte de San Juan. Fue el mayor accidente ambiental de la historia minera argentina. La Corte Suprema decidió que el expediente siga su curso en la Justicia local (donde avanza a paso lento), pero que la Justicia federal porteña debía investigar las posibles implicancias de los funcionarios nacionales. Por eso, los abogados que represantan a la Asamblea Jáchal No Se Toca, Enrique Viale y Diego Seguí, se presentaron para pedir que se indague acerca de la posible violación de la Ley de Glaciares, ya que su cumplimiento hubiese evitado la contaminación, que luego se repitió en otras ocasiones. Con el tiempo se amplió la investigación al proyecto Pascua Lama, también de Barrick Gold.

El razonamiento de los querellantes es sencillo: si la Ley de Glaciares se cumpliera, Veladero y Pascua Lama no deberían existir, por ende, no hubiese habido derrames. Los propios estudios de impacto ambiental de Barrick Gold reconocen que sus yacimientos están ubicados en zonas protegidas por ley.

Lo primero que ordenó Casanello fueron una serie de operativos en el Ministerio de Ambiente y en el Ianigla, en los que se secuestraron documentos internos que, por ejemplo, reconocían la falta de control de los proyectos mineros o la falta de incorporación de glaciares en el inventario nacional, como el Toro 1 y el Brown inferior.

Para entender el tema hay que ir un poco para atrás en el tiempo. La Ley de Glaciares fue sancionada el 30 de septiembre de 2010, por lo que, de acuerdo a su texto, el 31 de marzo de 2011 debía estar finalizado el inventario de glaciares en la zonas prioritarias, es decir, las que tienen actividades posiblemente incompatibles con la protección, como la megaminería. Sin embargo, no solo no se cumplió con ese plazo, sino que al día de hoy ni siquiera está finalizado en su totalidad el mapa de glaciares de San Juan. Y la primera publicación sobre la cuenca del río Jáchal, afectado por Barrick Gold, fue cinco años después.

«Un glaciar no inventariado –o no publicado– es un glaciar desprotegido», advirtió Casanello en la resolución a la que Infobae tuvo acceso.

Pero el problema, según el magistrado, no fue solo temporal. También se dejaron afuera glaciares, más de mil en la zona de los Andes áridos, de acuerdo al testimonio de una testigo. ¿Por qué? Porque el Ianigla decidió, en un documento elaborado en 2010, no incluir en el inventario los glaciares menores de una hectárea, y la resolución fue convalidada por la Secretaría de Ambiente, pese a que la ley ordena proteger todos los glaciares «cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación». Una aclaración: ese es solo un ejemplo. Hubo otras limitaciones, más bien técnicas, pero que tuvieron consecuencias prácticas muy concretas: glaciares no inventariados y, por ende, no protegidos.

A partir de este razonamiento, Casanello advirtió que las autoridades «excluyeron del inventario muchos cuerpos de hielo que si bien representaban un menor porcentaje de agua, en zonas desérticas –como la provincia de San Juan desde el río Jáchal hacia el norte– significaban –y significan– un aporte hídrico sumamente valioso». Incluso el juez subrayó que pese a la aridez de la zona y la existencia de Veladero y Pascua Lama, «San Juan no fue ‘prioritaria’ a los fines del inventario».

El fallo es muy claro y, por momentos, pedagógico. «Los glaciares en la zona se caracterizan por ser pequeños, fríos y secos. Los efectos e importancia de estos reservorios de agua pueden ser insignificantes en otros sitios donde los glaciares poseen mayores dimensiones. Sin embargo, en regiones como el norte de San Juan, donde la calidad y cantidad de agua son un tema de preocupación constante, todo cuerpo de hielo cobra una importancia fundamental: son como oasis en el desierto», explicó Casanello. Además, repasó el testimonio de la ex diputada Marta Maffei, una de las creadoras de la ley junto a Miguel Bonasso y Daniel Filmus, quien advirtió que «los glaciares más pequeños son los que más se derriten en verano y por ende los que más pueden alimentar las cuencas».

La conclusión es rotunda. «Barrick no solo funciona en una zona protegida –y por ende constituye una actividad prohibida por ley– sino que ha impactado fuertemente sobre el ambiente a proteger. Se asienta sobre permafrost –»el frezeer» de los glaciares, que permite su conservación–; tiene instalaciones en morenas, glaciares de escombros, vegas, protalus; los caminos hacia las minas han deteriorado e incluso hecho desaparecer glaciares debido al constante levantamiento del polvo que producen sus camiones; su cercanía a glaciares provoca una afectación indirecta –y en algún caso, lisa y llanamente, directa– de los mismos. A todo esto hay que agregar una cifra negra: las geoformas, que por ser menores de una hectárea o por el simple hecho de no estar mencionadas en el ‘cronograma’ no han sido mapeadas y que podrían estar por debajo de la infraestructura de la mina», indicó el magistrado.

Casanello sostuvo, al respecto, que «varios organismos nacionales contribuyeron mediante sus omisiones a generar un ámbito de desprotección de los glaciares». Por eso, los primeros en ser mencionados fueron los responsables de la Secretaría de Ambiente desde la creación de la ley hasta el 10 de diciembre de 2015: Mussi, Judis y Lorusso.

No obstante, el juez aclaró que, al menos por ahora, no serán citados funcionarios vinculados a la actual gestión, pues –en principio– hubo avances, aunque ordenó que la Auditoría General de la Nación realice un «completo informe» en el plazo perentorio de dos meses sobre todo lo obrado a partir de enero de 2016 por autoridades nacionales.

En cambio, sí fueron incluidos el director del Ianigla entre 2010 y 2016, Ricardo Villalba, quien decidió modificar la definición legal de glaciar, y los tres administradores de Parques Nacionales en el último lustro kirchnerista, ya que el juez destacó «la ausencia de acciones en la conservación de los glaciares» ubicados en la Reserva de Biósfera San Guillermo», parte de la cual fue directamente afectada por Veladero y Pascua Lama.

En la querella recibieron con alegría la decisión. «El fallo demuestra lo que hace años venimos denunciando sobre la sistemática violación de la Ley de Glaciares», dijo a Infobe el abogado Enrique Viale, precandidato a diputado nacional por la Ciudad de Buenos Aires. «Son años de lucha; es un aliciente y espaldarazo para el pueblo de Jáchal, que viene resistiendo los embates de los gobiernos nacionales y provinciales y de la minera Barrick», cerró.

Fuente:http://www.infobae.com/politica/2017/08/08/citaron-a-indagatoria-a-siete-ex-funcionarios-kirchneristas-por-violar-la-ley-de-glaciares/



Argentina

Los ejecutivos de la Barrick Gold procesados «son perejiles»

BUENOS AIRES (Redacción) – Confirmaron el procesamiento de 8 ejecutivos de Barrick Gold por contaminar la cordillera, aunque le dictaron la falta de mérito al gerente general del proyecto. Es porque en septiembre de 2015 hubo un derrame de solución con cianuro y otros metales pesados en la Mina Veladero, el mayor de la historia minera argentina. Sin embargo, desde la asamblea de vecinos “Jáchal No Se Toca” consideraron que «los ocho acusados son perejiles»

Hoy, la Sala Primera de la Cámara Penal de San Juan confirmó el procesamiento de ocho ejecutivos de la minera por encontrarlos presuntos autores del delito de contaminación de agua, de manera culposa, por actuar con negligencia o impericia en la profesión. El delito está previsto en el artículo 56 de la ley nacional de Residuos Peligrosos (24.051), que tiene una pena de uno a dos años de prisión en suspenso. Aunque le dictó la falta de mérito al gerente general del proyecto, Antonio Adames, apartado de su cargo tras el incidente ambiental.

El tribunal conformado por los jueces Raúl Iglesias, Juan Carlos Caballero Vidal y Silvia Peña Sansó mantienen los procesamientos contra Leandro Poblete (jefe de Procesos), Segundo Álvarez (supervisor Junior del valle de lixiviación), Carlos Cabanillas (gerente de Operaciones de Mina), Angel Escudero (jefe de Prevención de Riesgos), Osvaldo Brocca (jefe de Servicios Técnicos), David Sánchez (jefe de Mantenimiento de Mina) y Ricardo Cortez (supervisor Junior de Medio Ambiente).

Pero, a pesar del avance de la Justicia, uno de los abogados de la asamblea de vecinos Jáchal No Se Toca, Diego Seguí, consideró que «los ocho acusados son perejiles», ya que aseguró: «Nosotros pedimos la indagatoria de (el ex ministro de Minería, Felipe) Saavedra y nunca la pidió el juez, pedimos la indagatoria del (ex secretario de Gestión Ambiental y Control Minero, Marcelo) Ghiglione y no la solicitó nunca y a Guillermo Caló, ex CEO de Barrick, que tampoco llamó a indagatoria el juez (Pablo) Oritja».

Para el juez Iglesias la prueba de la negligencia de los ejecutivos se cristalizó en una reunión ocurrida el 6 de septiembre, donde todos los procesados acordaron la apertura de la compuerta del canal Norte para que el agua de deshielo de un temporal fuera a parar al río Potrerillos, según afirmó un medio local. Con lo cual, el 12 de septiembre, al haberse roto una válvula de la cañería que transportaba solución cianurada, con la compuerta abierta, el agua con cianuro se derramó hacia afuera del valle de lixiviación contaminando los ríos Potrerillos, Las Taguas y La Palca.

En tanto, según expresaron desde la compañía Barrick Gold mediante un comunicado, no comparten los argumentos de la justicia para ratificar los procesamientos y detallaron que seguirán apoyando legalmente a los procesados, ya que comprenden «que no hay razón alguna que justifique considerar los hechos ocurridos como delictivos».

Pero, a pesar del avance de la Justicia, uno de los abogados de la asamblea de vecinos Jáchal No Se Toca, Diego Seguí, consideró que «los ocho acusados son perejiles», ya que aseguró: «Nosotros pedimos la indagatoria de (el ex ministro de Minería, Felipe) Saavedra y nunca la pidió el juez, pedimos la indagatoria del (ex secretario de Gestión Ambiental y Control Minero, Marcelo) Ghiglione y no la solicitó nunca y a Guillermo Caló, ex CEO de Barrick, que tampoco llamó a indagatoria el juez (Pablo) Oritja».

Para el juez Iglesias la prueba de la negligencia de los ejecutivos se cristalizó en una reunión ocurrida el 6 de septiembre, donde todos los procesados acordaron la apertura de la compuerta del canal Norte para que el agua de deshielo de un temporal fuera a parar al río Potrerillos, según afirmó un medio local. Con lo cual, el 12 de septiembre, al haberse roto una válvula de la cañería que transportaba solución cianurada, con la compuerta abierta, el agua con cianuro se derramó hacia afuera del valle de lixiviación contaminando los ríos Potrerillos, Las Taguas y La Palca.

En tanto, según expresaron desde la compañía Barrick Gold mediante un comunicado, no comparten los argumentos de la justicia para ratificar los procesamientos y detallaron que seguirán apoyando legalmente a los procesados, ya que comprenden «que no hay razón alguna que justifique considerar los hechos ocurridos como delictivos».

Fuente:http://www.elintransigente.com/sociedad/2017/8/16/ejecutivos-barrick-gold-procesados-son-perejiles-450152.html

Argentina

Las mineras de San Juan están en “zona protegida” y violan la Ley de Glaciares

Acusan a un científico mendocino de favorecer a la Barrick Gold . El juez federal Sebastián Casanello imputó a Ricardo Villaba. El magistrado entiende que la mina de Veladero contamina glaciares.

Las minas sanjuaninas Veladero, que protagonizó tres derrames de solución cianurada en 2015, y Pascua Lama (proyecto binacional con Chile) están apostadas y operan en una zona prohibida por ser área de glaciares.
Así lo concluyó el juez Federal de Buenos Aires Sebastián Casanello, quien por esa razón imputó penalmente a siete ex funcionarios nacionales, entre ellos, al científico mendocino Ricardo Villalba, ex director del Ianiglia (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales), cuya sede central nacional está en Mendoza.
El juez federal sospecha que el científico mendocino, a cargo del Ianiglia en 2015, dejó fuera del Inventario Nacional de Glaciares a aquellos de menos de una hectárea, contradiciendo la ley 26.639 de Protección de Glaciares, para adaptar la normativa a las necesidades de la Barrick Gold, la minera que explota ambos emprendimientos de extracción de oro, plata y cobre.
Trae los dichos de los especialistas que hicieron el relevamiento, quienes dijeron: «Inventariaron miles que luego tuvieron que borrar por ser menores a una hectárea».
Sin vueltas y para empezar, el juez expresó: «La limitación de una hectárea, no solo se aparta del texto de la ley 26.639, sino que, a priori, contradice el objetivo de asegurar la más amplia protección. Es arbitraria».
El magistrado imputó a todos por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
También intimó al actual ministro de Medio Ambiente de la Nación, el rabino Sergio Bergman, a elevar un informe en el plazo fatal de dos meses, recordando que esa cartera tiene las facultades para cerrar las minas o trasladarlas, si operan en una zona que está protegida.
La novedad la dio a conocer en Mendoza el abogado Marcelo Romano, quien señaló que junto con la Asociación de Abogados Ambientalistas, que incluye a la Asamblea de Jachal contra la minería, impulsaron esta denuncia ante Casanello.
Romano precisó: «El Inventario Nacional de Glaciares tenía que contar con la totalidad de ellos, pero en 2010 la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner intimó al Ianiglia a sacar una resolución que decía que los glaciares de menos de una hectárea no serían incluidos y por lo tanto, no quedaban protegidos, permitiendo operar a las mineras».
«Por esto imputó a Villalba y por los derrames y la falta de control –continuó– a seis ex funcionarios nacionales de Medio Ambiente».
Además de Villalba, los otros acusados son Patricia Gandini, Carlos Corvalán, Eugenio Breard, Juan José Mussi, Omar Judis y Sergio Lorusso.
¿Resolución a medida?
Haciéndose eco de los testimonios tomados en la causa a los autores de la Ley 26.639 de Protección de Glaciares y a los científicos que asesoraron al Ianiglia para la realización del inventario que aún no está terminado, el juez Sebastián Casanelo fue claro: «Pascua Lama y Veladero están en la zona protegida por la ley».
El magistrado indicó que al no inventariar el Ianiglia los glaciares de menos de una hectárea «que son el 90% de ese patrimonio natural en San Juan», dejó sin protección la zona periglacial, que rodea los glaciares»
Esta es fundamental para la subsistencia de la otra. Así lo destacó en la causa la ex legisladora nacional y autora de la ley Marta Maffei: «El ambiente periglacial es el freezer del glaciar. Sin el anterior, el glaciar acelera enormemente su derretimiento y destrucción. Por eso son importantes y deben ser inventariados».
Un informe del Ianiglia a partir de la colaboración del científico Cristian Villareol explica que la zona periglacial está entre los 3.500 y los 5.000 metros sobre el nivel del mar. Por encima de ese techo es zona glaciar. Veladero está en los 4.000 metros y Pascual Lama opera entre los 3.700 y los 5.000 metros.
El otro autor de la ley, el ex legislador Miguel Bonasso fue durísimo con el Ianiglia que dirigía Villalba y sentenció ante el juez: «El concepto que da el Ianiglia del ambiente periglacial se fue deformando. La definición se acopló a las necesidades de la Barrick Gold. Veladero tiene el valle de lixiviación justo en el ambiente periglacial. La peor parte del proceso de extracción de minerales, está en una zona protegida por la ley».
La lixiviación referida por Bonasso es la etapa del proceso en que se utiliza cianuro con agua para despegar el oro y otros metales de la roca.
Por último, el juez Casanello le reprochó al Ianiglia no haber concluido con el inventario de glaciares que está al 45%.
Desde el instituto, su director, Fidel Roig, indicó: «El inventario ha tenido avances y estancamientos» y destacó: «La Auditoría General de la Nación (AGN) informó que el Ianiglia cumplió en tiempo y forma con lo dictaminado por la ley».
Fuente:http://www.diariouno.com.ar/pais/acusan-un-cientifico-mendocino-favorecer-la-barrick-gold-20170810-n1449089.html
Argentina

Caso testigo de una comunidad organizada en defensa de sus ríos

Un grupo de vecinos de Lago Puelo, Chubut, organizados en la asamblea en Defensa de la cuenca del rio Azul, logramos la atención de la justicia para llevar adelante un recurso de amparo con el  fallo de una medida cautelar sin precedentes en la región vigente desde hace mas de 10 meses.
Los rios Azul y Quemquentreu son objeto de una feroz degradación y destrucción de sus márgenes debido a la extracción de sedimentos que son usados por particulares para la venta y lucro de los mismos.Por Vecinos en Defensa de la Cuenca del Río Azul – Lago Puelo – Chubut

A lo largo de los últimos 15 años empresas de extracción, se instalaron  en sus márgenes,  usufructuando  de este bien público en perjuicio directo del medio natural, de su ecosistema, y de la cultura de sus habitantes, provocando asimismo un alto riesgo de grandes inundaciones, debido al desnivel del suelo, incrementado a partir de estas actividades.

Quien tiene la autoridad y salvaguarda de los ríos de Chubut es el Instituto Provincial del Agua, IPA,  quien no ha realizado control alguno a lo largo de estos años de depredación y saqueo.
Fueron muchas las denuncias y los reclamos durante mucho tiempo y recién el año pasado, el juez Guillermo Gregorio titular del Juzgado Único de Primera Instancia en lo Civil, Familia, Comercial y Laboral de Lago Puelo, dió lugar a un Recurso de Amparo y dicto una Medida Cautelar vigente hasta el día de hoy  que prohíbe cualquier actividad de extracción de material del rio hasta tanto el Instituto Provincial del Agua  presente los estudios necesarios y dé respuesta de la situación.
Estos hechos se fueron desencadenando ante la nula respuesta de los órganos provinciales quienes fueron intimados por los vecinos a través de carta documento, para lograr información sobre los permisos de extracción entregados a los particulares.

La situación del rio es tan evidente y desesperante  que la Municipalidad de Lago Puelo, quien en gestiones anteriores había mantenido un silencio cómplice, toma el reclamo vecinal y acompaña el trabajo llevado a cabo por los vecinos.

LOS VECINOS NO SOLO DENUNCIAN: PROPONEN

La asamblea de vecinos no se quedó solo con la denuncia. Presentamos un proyecto de ordenanza para crear el Ente Mixto para el Manejo y conservación de la cuenca del rio Azul, que compuesto por representantes del Ejecutivo Municipal, concejales, representantes vecinales, comunidades mapuche, representantes de parques nacionales y del IPA. La finalidad de este ente, inspirado en la participación democrática de los vecinos, es  lograr consensos para acciones comunes y toma de decisiones respecto al Rio. Fue aprobada por unanimidad, alcanzando así  otra meta, no realizada hasta el momento, propuesta a través de la iniciativa popular, que sienta en una mesa a todos los actores de la comunidad.

Rápidamente el Ente comienza su trabajo que consiste en un relevamiento en el campo recorriendo los 14 km de los ríos que están en el ejido de Lago Puelo hasta la desembocadura con el lago en el Parque Nacional, para constatar y hacer un informe in situ  del estado en que se encuentra. El IPA jamás participó de las acciones del Ente legitimado por ordenanza.

El relevamiento queda plasmado en un informe lapidario, que dio cuenta del estado de los agónicos ríos, y que además dejó al desnudo la inacción de controles por parte del estado y el desastre que han dejado los extractores de material. El informe llevo la firma del Ejecutivo Municipal, de todos los concejales, de representantes de las comunidades mapuche y de vecinos de la asamblea. Fue elevado al Juez Gregorio y forma parte de la causa.

Para ilustrar y demostrar  al juez la dimensión de la problemática, se necesitaba de un estudio técnico que apoyara el reclamo. Es así que la asamblea gestiona y consigue la colaboración del Licenciado en Geología Leonardo Ferro a cargo de la Cátedra de Geociencias de la Facultad de Ingeniería  de la Universidad San Juan Bosco. El informe realizado por el geólogo confirma aún más el estado de desastre de la cuenca y le recuerda al estado provincial cual es su deber y obligación a la luz de la ley, puntualizando aspectos técnicos.

UN PLAN
Asimismo, los vecinos junto con el Geólogo, redoblamos la apuesta y le presentamos al juez un escrito con el detalle de una serie de consideraciones, sugiriendo al Instituto Provincial del Agua los procedimientos adecuados en cuanto a la normativa vigente para la  Gestión y el saneamiento de la cuenca del rio Azul

RECTA FINAL

Por estos días el juez llamara a audiencia y tendrá que dictar sentencia a la brevedad.
Se necesita una decisión urgente, no solo para el saneamiento de la cuenca, si no también, para comenzar con las medidas imperiosas e inaplazables de reparación de un medio herido de muerte que las generaciones futuras solo podrán ver en la foto de algún recuerdo.

VECINOS EN DEFENSA DE LA CUENCA DEL RIO AZUL – LAGO PUELO-CHUBUT

CONTACTOS:

Nora Corvalan  Tel 2944300321  mail: casiopea@elbolson.com

Daniel Zuliani    Tel 2944630110 mail: zulidaniel@gmail.com

Carlos Estrada   Tel 2944551873 mail: carlospuelo@gmail.com

Silvina Cingari   Tel 2944316881 mail: silcingari@elbolson.com

Emiliano Leonardi Tel 1136554068  mail:  emiliano.leonardi@outlook.es

Panlo Saludes          Tel 2944669216 mail: saludespablo@gmail.com

 Fuente:http://noalamina.org/argentina/chubut/item/37383-caso-testigo-de-una-comunidad-organizada-en-defensa-de-sus-rios