Perú

Comunidad nativa “Tres Islas” ganó sentencia contra minería ilegal

La Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios confirmó la sentencia de que reconoce los derechos a la consulta previa, propiedad territorial, autonomía, vida e integridad física, salud, ambiente y agua de la comunidad nativa “Tres Islas”.

En la sentencia se declara la nulidad de las concesiones mineras, predios agrícolas y los derechos de uso de agua otorgados a terceros, sin consulta previa, por el Gobierno Regional de Madre de Dios (GOREMAD), la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI). También ordena el cese de todas las actividades derivadas de dichas concesiones y licencias, para lo cual, dispone el apoyo de la Policía Nacional del Perú (PNP).

La sentencia de segunda instancia obliga a los demandados “reponer las cosas al estado anterior a las concesiones” y, por ende, descontaminar, reforestar, atender la salud y proveer agua segura a la comunidad nativa “Tres Cruces”, compuesta por descendientes de Pueblos Shipibo y Ese’Eja , y ubicada en el departamento de Madre de Dios.

“Esta sentencia marca un hito en la historia jurídica del país, por ser la primera sentencia definitiva que, en cumplimiento de los estándares internacionales, declara la nulidad de actos administrativos que afectan a Pueblos Indígenas, emitidos sin consulta previa”, dijo la abogada Raquel Yrigoyen Fajardo, miembro del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS), defensa legal de la comunidad.

 

Fuente:https://www.radionacional.com.pe/informa/nacional/comunidad-nativa-tres-islas-gano-sentencia-contra-mineria-ilegal

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Persiste el conflicto social en las Bambas por una carretera

El paso de vehículos encapsulados de la minera MMG Limited, dueña de Las Bambas, por el corredor minero del sur está restringido desde hace más de un mes. Los pobladores de la comunidad campesina apurimeña de Fuerabamba, reasentados en territorio cusqueño, decidieron cerrar el paso a esas unidades vehiculares en el fundo Yavi Yavi, situado en el distrito de Colquemarca, debido a que consideran que no hay respuesta satisfactoria a sus demandas.

Los comuneros reclaman el pago de una compensación al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y MMG Limited y a la empresa minera, por el supuesto uso de tierras comunales para la construcción de la carretera y a la empresa minera el pago de 80 dólares por metro cuadrado, que haría un total de 30 millones 400 mil dólares de compensación por transitar por sus tierras. La empresa habría ofrecido desembolsar 50 mil soles por hectárea, es decir un total de 1 millón 900 mil soles.

La zona que corresponde al fundo Yavi Yavi, ha sido declarada en Estado de Emergencia, desde hace varios meses atrás, desde que comenzó las protestas.

Durante el tiempo que los comuneros mantienen la restricción del tránsito en el  corredor, la Policía intentó habilitar la vía, pero sin éxito.  Hubo conatos de enfrentamientos en Yavi Yavi. En ese periodo también hubo varios intentos de diálogo para resolver el conflicto, pero las partes no se ponen de acuerdo.

En  esta semana dos reuniones han sido suspendidas: el lunes y miércoles. El día miércoles 13 de marzo no llegaron a la cita convocada por el Gobierno Regional del Cusco, los representantes de MMG, de la comunidad Fuerabamba, ni de la PCM.  Para el martes 18, se ha convocado a una nueva reunión. Si no se restablece el diálogo, el corredor minero del sur seguirá cerrado y el riesgo de enfrentamientos con la policía aumenta.

Sobre estos hechos se han pronunciado el presidente de CONFIEP, Roque Benavides, exigiendo “más firmeza” desde el gobierno y la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), ha denunciado que hay “un sabotaje” al proceso de diálogo con la población de Las Bambas por parte de “asesores” de las comunidades, que son abogados particulares, contratados directamente por los comuneros. La SNMPE, señaló que “Las Bambas es una de las principales productoras de cobre en el Perú, y el bloqueo por parte de un grupo de pobladores de Fuerabamba impacta a la economía nacional y puede desincentivar la inversión privada.”

Antecedentes: un problema que se pudo prevenir

Yavi Yavi es un fundo dado en compensación a la comunidad de Fuerabamba por las tierras que dejaron para que se explote el primer tajo de la empresa Las Bambas.

Este fundo se encuentra en el recorrido de la carretera por donde se realiza el transporte minero. La carretera, en varios tramos ocupa tierras comunales de un conjunto de comunidades, una de ellas sería Fuerabamba. Cuando se ha ido construyendo la carretera o ampliándola, y convirtiéndola en vía pública se debió previamente, hacer el saneamiento legal de la tierras. Esto no se hizo y constituye una situación irregular que viene generando una serie de problemas y que el Estado debe resolver lo más pronto posible.

Además de ello, el transporte minero a través de camiones de carga pesada, que transitan por una vía no asfaltada vienen generando una serie de impactos ambientales que no han sido debidamente determinados y sobre los cuales nadie se hace responsable y nadie fiscaliza. Este también es un foco de conflicto que requiere de una pronta respuesta.

15 de marzo de 2019

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/03/15/persiste-el-conflicto-social-en-las-bambas-por-una-carretera/

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Presentan demanda judicial contra criterios de aplicación de modificaciones de proyectos mineros

Cooperacción, institución de la sociedad civil que defiende derechos colectivos y el medio ambiente, interpuso una demanda de acción popular contra el Ministerio de Energía y Minas, solicitando que la Resolución Ministerial No.120-2014-MEM-DM publicada en el 2014 sea declarada nula por ilegal. El recurso de anulación fue presentado ante la Sala especializada en lo constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima el pasado 6 de marzo.

La demanda de acción popular se dirige concretamente a que se anule la norma que establece los criterios de aplicación de un nuevo instrumento de gestión ambiental que se ha convertido en el más usado por las grandes empresas mineras.

El famoso Informe Técnico Sustentatorio- ITS

Para realizar cambios en un proyecto minero se requiere de un instrumento de gestión ambiental y de su aprobación por el Estado. Hasta mayo del 2013, los cambios propuestos debían seguir un procedimiento de aprobación denominado “Modificatoria del Estudio de Impacto Ambiental (MEIA)”, cuya evaluación – aunque con menor detalle y requisitos que un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) – podía durar 120 días calendario, suponía algunos mecanismos de participación ciudadana y la emisión de opiniones de entidades estatales especializadas.

La Presidencia del Consejo de Ministros, mediante D.S. 054-2013-PCM, creó un nuevo instrumento de evaluación de impacto ambiental: el Informe Técnico Sustentatorio (ITS). El ITS debía permitir aprobar cambios menores de carácter “no significativo” en los proyectos de inversión con un procedimiento de solo 15 días hábiles de plazo (a diferencia de la MEIA que duraba 120 días). El corto plazo de su trámite implicaba que se excluyera cualquier mecanismo de participación y las opiniones técnicas de entidades estales especializadas, aunque la norma no nada explícito al respecto.

Las empresas mineras empezaron inmediatamente a utilizar este procedimiento. Por ejemplo, al poco tiempo de aprobado -y cuando aún no existían directrices claras sobre su uso- la empresa minera Las Bambas presentó (julio de 2013) un primer ITS para modificar el diseño del megaproyecto Las Bambas. Mediante el uso del ITS, de evaluación rápida y sin mecanismos de participación, el MINEM aprobó el cambio de la ubicación de dos componentes principales (plantas de procesamiento de mineral) nada menos que de una región a otra, esto es, de Cusco a Apurímac. Surgieron entonces serias interrogantes: ¿Qué se entiende como impacto no significativo? ¿Cuál era la naturaleza de las modificaciones que se pueden tramitar por procedimiento simplificado como el ITS?

En el análisis que realizó Cooperacción en esta demanda, se establece que “los criterios técnicos que orientan y regulan el uso del ITS en el sector minero peruano no son conforme a derecho. Estos criterios entran en contradicción con normas de mayor rango que regulan la materia. Además, su aplicación genera en la práctica un uso impreciso, discrecional y contradictorio del instrumento por parte de los administrados y una inadecuada evaluación ambiental de los impactos ambientales que se producen por las modificaciones aprobadas por los ITS. Ello se traduce en una afectación y/o riesgo de afectación grave al derecho al ambiente, a la salud y al bienestar de las personas.”

El DS.054-2013-PCM, norma que crea el ITS, señala expresamente que este procedimiento (por su naturaleza excepcional y de rápido trámite) será utilizado solo para modificar componentes auxiliares de los proyectos mineros, ampliaciones o mejoras tecnológicas. Asimismo, el Reglamento Minero Ambiental aprobado por D.S. 040-2014-EM señala que las modificaciones por ITS se realizarán excepcionalmente para cambios tales como “las características o la ubicación de las instalaciones de servicios mineros o instalaciones auxiliares”.

La RM.120-2014 –MEM-DM permite la modificación vía ITS de varios otros componentes principales como el tajo, los depósitos de relaves, las plantas de beneficio, etc.  Esto no debería proceder pues, por ejemplo, el aumento del tajo puede suponer afectación de cursos superficiales y subterráneos de agua.  Además de ello, la modificación de la cantidad de producción tendrá como consecuencia, cambios en cadena en los demás componentes. Para evitar riesgos, esta norma establece porcentajes que limitan los cambios. Pero son insuficientes.

Además, la mencionada resolución incluye cláusulas abiertas que permiten al titular minero exceder los límites porcentuales indicados y el número máximo de ITS por unidad minera; siempre que el titular justifique técnicamente que los impactos a generarse sean no significativos. Esto trae, en la práctica, que se pueda realizar cualquier tipo de modificación a los proyectos vía ITS y que existan más de 3 ITS por unidad minera; lo que desnaturaliza el carácter excepcional del ITS.

Las estadísticas del SENACE para el periodo 15 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2018 indican que, para ese entonces, en total se habían presentado 436 ITS para todos los sectores. De este número, 175 corresponden a proyectos del sector minero, habiéndose aprobado 138, desaprobado 11, mientras 13 se reportaban como en evaluación y 13 habían sido calificados como otros. Por otro lado, según SENACE durante el mismo periodo solo se presentaron 29 EIA y/o modificatorias de EIA (MEIA) para proyectos mineros, sin que la entidad ofrezca un dato desagregado de esa información. De estos fueron aprobados 14, se desaprobó 1, y 14 se mantenían en evaluación (10) o en situación de otros (4).

Conclusión: más flexibilidad para las mineras

Las cláusulas abiertas y la falta de parámetros técnicos específicos de la RM.120-2014 –MEM/DM en la práctica promueven un uso discrecional de este instrumento: para todo tipo de cambios y para todo tipo de estudio ambiental (EIA, DIA, PAMA). Gracias a su “apertura”, este instrumento se ha convertido en la principal vía de las empresas mineras para modificar sus proyectos, no solo con menores plazos que los canales regulares sino también con menores estándares de evaluación ambiental. Esta situación trae serias consecuencias para las zonas de operación y las comunidades locales, atentando y poniendo en riesgo derechos constitucionales como el derecho a un medio ambiente saludable, a la salud y a la vida digna.

En tanto el gobierno peruano no cuenta con una metodología propia, en la práctica existe un amplio margen de discrecionalidad para el titular minero en la estimación de los impactos de sus operaciones. Las empresas vienen utilizando metodologías con distintos rangos de valoración de impactos, elegidas discrecionalmente; estas muchas veces no recogen la realidad de los ecosistemas, las comunidades, ni la vulnerabilidad de la flora y fauna endémica del Perú. Ello, en combinación con plazos rápidos e instrumentos acelerados de evaluación ambiental como el ITS, se traduce en un incentivo perverso para el titular minero: se estarían subestimando impactos ambientales para agilizar inversiones, con graves efectos a largo plazos y para las localidades donde operan las empresas mineras. Esta situación sin duda socava el sistema de evaluación del impacto ambiental en el país.

Como hemos visto, el amplio margen de discrecionalidad que se genera a través de los criterios técnicos que orientan el uso de los ITS genera que los titulares mineros puedan tramitar modificaciones a sus proyectos sin control en el número ni en el contenido de los cambios. En la práctica los titulares mineros pueden proponer cualquier cambio, de cualquier componente, las veces que sea necesario.

Así, existen empresas mineras que cuentan hasta con 5 ITS por cada proyecto minero. El hecho de que existan tantos instrumentos de gestión ambiental para un solo proyecto genera una gran dificultad para su evaluación, vigilancia y fiscalización ambiental por parte de las entidades competentes y de la ciudadanía. Hace también muy difícil que la población le pueda dar seguimiento a los cambios y que participe en los procesos de evaluación. Además, el procedimiento de aprobación de los ITS, por su plazo tan corto hace inviable el uso de mecanismos de participación.

A ello se añade, que los cambios mediante ITS permiten la ubicación de componentes mineros en el límite del área de influencia ambiental directa, sin que se tenga que redimensionar como correspondería. Esto impide que se visibilicen los nuevos impactos en zonas que no son consideradas áreas de influencia ambiental directa y que no tienen línea de base.


Casos:

-Un caso de una deficiencia en la evaluación ambiental realizada en los ITS, lo encontramos en el proyecto de exploración minera CORANI en Puno, donde se incrementa y reubica el número de plataformas. La norma señala técnica de ITS señala que pueden hacerse modificaciones dentro del área del proyecto inicialmente aprobada en el estudio ambiental; sin embargo, la reubicación de una plataforma se hizo en el límite del área de influencia ambiental directa (AID) del proyecto. Consideramos que, al reubicarse la plataforma de perforación en el límite de la mencionada AID, lo lógico hubiera sido que esta sea redimensionada; esto es, que el límite la AID también fuera ampliado por los posibles impactos del componente modificado, pero no fue así.

-Otro caso que llama la atención es la aprobación de la segunda modificación del Proyecto Sulliden Shahuindo a través de ITS, con fecha el 26 de marzo de 2014 y cuyo titular es la empresa minera Shahuindo S.A.C. Con la aprobación del ITS se aprobó la construcción de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Domésticas como se aprecia en el informe técnico que sustenta la aprobación del mencionado ITS. Por la especialidad de este componente y su relación con la calidad del agua, dicho ITS no debió ser aprobado sin contar con la opinión favorable de la ANA. No obstante este procedimiento rápido no da lugar a opiniones de autoridades competentes, lo que evidentemente le resta calidad a su evaluación de impactos ambientales.

-Otro caso a resaltar es el ITS del proyecto de exploración minera Maqui Maqui, aprobado el 2014, de Minera Yanacocha S.R.L. A través de dicho ITS la empresa minera solicitó ejecutar 50 plataformas adicionales a las que ya tenía. Debemos señalar que esta empresa primero solicitó 245 plataformas en su EIAsd, luego tras una modificación de EIAsd logró adicionar 502 plataformas de perforación (115 superficiales y 387 subterráneas), más 1250 m de túnel de exploración subterránea y   10 297 m de camino de acceso. Luego, con el ITS en mención planteó ejecutar 50 plataformas de perforación, 2.81 km de acceso, 100 pozas de fluidos y 35 sedimentadores, por un tiempo adicional de 08 meses. En este caso no se hizo la estimación de los impactos acumulativos de todos los cambios realizados. Entre estos cambios se puede evidenciar que la adición de las plataformas se ha hecho dentro y fuera del área de influencia ambiental directa.

 

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/presentan-demanda-judicial-contra-criterios-de-aplicacion-de-modificaciones-de-proyectos-mineros/

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Después de 7 años de espera TC se lava las manos ante Caso Arboleda en Puno

El jueves 7 de marzo del presente año fue notificado a DHUMA (Derechos Humanos y Medio Ambiente) en Puno e IDL una nueva resolución del Tribunal Constitucional sobre el “Caso Arboleda”. Ésta nueva resolución declara nula la resolución anterior; y en su contenido señala que declara nulo todo lo actuado y decide enviar el expediente al juez de 1ra instancia a Puno.

Recordemos que el presente caso es una demanda de amparo de comunidades de Arboleda contra el Ministerio de Energía y Minas por omisión de consulta previa antes del otorgamiento de concesiones. La demanda fue desestimada en 1ra instancia, confirmándose ésta improcedencia en 2da instancia en el año 2012; subiendo ese año al Tribunal Constitucional vía recurso de agravio constitucional. Es el primer caso sobre consulta previa en concesiones mineras que se conoce en el Tribunal Constitucional y, por tanto, un caso de bastante importancia porque podría sentar precedentes constitucionales en la materia.

Ésta última resolución del Tribunal Constitucional (TC) que data de diciembre de 2018 fue notificada en la misma semana que la anterior resolución de noviembre de 2018 (notificada el lunes 04 de marzo de 2019) donde el TC se ratificaba en la postura que mantiene desde el 2012, donde señala que tiene jurisdicción para resolver el caso.

Este cambio de postura se da en casi un mes, entre noviembre y diciembre del 2018, y llama la atención de los abogados de las instituciones que vienen litigando el caso. En palabras del Dr. José Bayardo Chara de DHUMA: “en la misma semana nos notifican dos resoluciones con contenido contrario. Durante el año pasado hubo bastante movimiento en el TC, ya que intervino la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía presentando un amicus curiae para el caso, donde señalaban que se afectada su derecho a la defensa por no ser considerados parte del proceso”. Según el abogado de DHUMA ésta resolución no toma en cuenta el principio de economía procesal y tutela jurisdiccional efectiva, ya que el juicio ha estado sin resolverse 7 años, para que al final el TC decida declarar nulo todo lo actuado y devuelva el caso a primera instancia.

En un reciente pronunciamiento del 12 de marzo, IDL y DHUMA cuestionan: “Que el juicio vuelva a foja cero afecta los derechos constitucionales de la comunidad campesina. ¿Qué pasa con el derecho de la comunidad a tener un proceso judicial rápido, sencillo y efectivo que se dilucide ante jueces y tribunales? Es intolerable el desdén que el TC ha mostrado con su inoperancia y negligencia en este proceso constitucional.

 

Aymarazo

El 2011 se desarrolló el Aymarazo; un ciclo de protestas organizadas por comunidades campesinas de Puno durante el gobierno de Alan García, que autorizó las operaciones de la empresa canadiense Bear Creek Mining Corporation y su proyecto minero Santa Ana en el distrito de Huacullani, provincia de Chucuito en Puno, bajo el argumento de que el territorio ya estaba concesionado. En ese entonces, las comunidades descubrieron que el 60% de sus territorios habían sido concesionados sin que se les consulte. Producto de éstas protestas, 18 comuneros aymaras fueron procesados penalmente por oponerse a la ejecución de las obras de la minera canadiense; siendo acusados del delito de “extorsión”.

 

La posición del Ministerio de Cultura y Salvador del Solar

En agosto del 2017, Red Muqui presentó una carta al MINCUL para conocer su postura en el caso Arboleda debido a que el ex ministro de cultura y ahora presidente de la PCM, Salvador del Solar, se habría reunido con los integrantes del tribunal para hacer incidencia personal en el caso de la comunidad de arboleda. En ese entonces, a través de una carta de respuesta, el MINCUL no desconoció ello ante nuestra pregunta formal y señaló que el MINCUL solicitaría su participación en el proceso en calidad de litisconsorte.

La respuesta formal que nos dio el Ministerio de Cultura fue bastante preocupante porque desconoció la importancia de los derechos colectivos de autodeterminación de los pueblos indígenas sobre su territorio, además que negó que las concesiones mineras no consultadas sí afectan los derechos de las comunidades campesinas. Entre las partes más controversiales de la respuesta del Ministerio de Cultura tenemos las siguientes:

  • ·«De la evaluación técnica del Ministerio de Cultura, se considera que una eventual consulta previa sobre concesiones mineras podría desnaturalizar este derecho colectivo”.
  • “La medida administrativa asociada al título de concesión minera no generaría afectaciones directas a los derechos colectivos de los pueblos indígenas, ya que la concesión solo otorga un derecho de carácter expectaticio al titular de la misma”.
  • “El título de concesión no supone, per se, la implementación y viabilidad de un proyecto minero sobre una zona concesionada. Motivo por el cual, la consulta podría generar falsas expectativas en la población consultada”.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/860-despues-de-7-anos-de-espera-tc-se-lava-las-manos-ante-caso-arboleda-en-puno

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El MINSA inicia atención a personas contaminadas con metales pesados en Hualgayoc-Bambamarca

Una delegación de 17 médicos especialistas del Ministerio de Salud (MINSA) arribó a la ciudad de Bambamarca para realizar atenciones a las personas que tienen presencia de metales en su organismo y a otro grupo que se ha sometido a pruebas de tamizaje. Esta acción se da en el marco de los compromisos asumidos por los diferentes sectores a partir de la demanda de las autoridades y organizaciones sociales en lo que va del año.

Según el acta de la reunión del grupo de trabajo sobre la problemática ambiental de Hualgayoc llevada a cabo el 19 de febrero, el MINSA mantendrá el personal médico en Bambamarca desde el 5 al 8 de marzo y se realizarán atenciones de preferencia a las 372 personas que se conoce que tienen presencia de metales en su organismo y asimismo, se brindará atención médica a aproximadamente 60 personas más que fueron analizadas el año pasado, aunque se espera que se atienda a un mayor número de personas.

No obstante, una de las mayores preocupaciones es que la atención que reciba la población afectada no se limite a una revisión médica, sino que también se otorgue e inicie el tratamiento respectivo y de manera gratuita, tal como lo indicó el consejero regional Gilberto Regalado: “Esperemos que no solamente se haga el chequeo médico, sino los medicamentos. Darle lo que necesitan. Estos metales están en el cuerpo y necesitan un largo tratamiento”, señaló.

En el mismo sentido se pronunció el gerente de Saneamiento y Medio Ambiente de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, Eloy Sánchez, quien además solicitó que la población afectada reciba la medicina adecuada, puesto que se encuentran en situación de pobreza. Igualmente, dijo que es necesario que el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente (CENSOPAS), continúe con su trabajo para que se tengan datos exactos respecto a la contaminación por metales mineros: “Gracias al pedido que ha hecho la población y las organizaciones hemos quedado que estas participaciones (del MINSA) sean de manera itinerante a lo largo de 2 años. Esperamos que luego de esto hagamos una evaluación de todo y que la población se sienta satisfecha, porque no tenemos buenos recuerdos por lo que ha pasado anteriormente”, manifestó.

Al respecto, el representante del cuerpo de especialistas, Andrés Polo, explicó que las especialidades médicas más frecuentes son las que se mantendrán en Bambamarca hasta el día 8, sin embargo, aseguró que en caso la población afectada requiera otras especialidades se coordinará con la Dirección Regional de Salud para programar otras citas posteriores: “Se entiende que la atención médica no debería culminar ahora, que debería continuar. El hecho es que la población garantice su atención. Es una atención gratuita. Los medicamentos van a ser entregados gratuitamente y análisis de laboratorio”, dijo.

Fuente:http://noticiasser.pe/cajamarca/el-minsa-inicia-atencion-personas-contaminadas-con-metales-pesados-en-hualgayoc?fbclid=IwAR2I5nvtI9wSUfOLrTVia1n8HLiB31BUXApez1_zCGpgA1b2VUWt-Wlb6p8

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Preocupante designación de Salvador del Solar como Premier por su postura frente a la consulta previa y las empresas mineras

En un contexto en el que estamos viviendo una ofensiva extractivista minera por parte del Gobierno del Presidente Vizcarra y del empresariado minero, nos preocupa desde RED MUQUI la designación como premier del señor Salvador del Solar; ex ministro de Cultura (MINCUL), quién, durante su gestión en dicho Ministerio, respondió una carta que le dirigimos RED MUQUI, DHUMA de Puno, la CNDDHH e IDL, de manera conjunta, en base a una serie de preguntas que le hicimos llegar, y que nos dejaron honda preocupación; preocupación que hoy con su presencia en la PCM vuelve a presentarse.

En el informe de respuesta de agosto del 2017 a nuestra carta, el MINCUL indicaba que “la consulta podría generar falsas expectativas en la población consultada”, dejando de lado el rol garante de derechos que debe jugar el estado peruano, en particular con nuestros pueblos indígenas u originarios. Ver Informe completo aquí  ➥ bit.ly/2Ciygkb

En la misma carta, en las respuestas a las preguntas dirigidas a Salvador del Solar, si bien se le consultó sobre su posible intervención ante los magistrados del Tribunal Constitucional en contra de una demanda de amparo presentada por la comunidad campesina de Arboleda (Puno), para que el Estado reconozca e implemente el derecho a la consulta previa que había sido omitido para la realización de un proyecto minero; no tuvimos respuesta sobre dicha pregunta.

Justamente cerca de dos años después, cuando asume la cartera de la PCM, coincidentemente la citada demanda de amparo, en la que habría incidido Del Solar cuando asumía funciones en el MINCUL; volvió a foja cero tras la resolución del Tribunal Constitucional, que declaró nulo todo lo actuado y envió al Poder Judicial de Puno la demanda presentada por la Comunidad Campesina de Arboleda ante el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET) que hasta ahora vienen desconociendo y negando el derecho a la consulta previa a las comunidades al entregar concesiones mineras a las empresas; concesiones que se superponen con su territorio ancestral, y dónde se encuentran, además, zonas arqueológicas.

Reiteramos nuestra preocupación ante la reciente designación del Sr. Del Solar, porque el Ministerio de Cultura debió promover la implementación de la consulta previa, tal como lo establece su Reglamento de Organización y de Funciones; y no actuar en contra de su aplicación, y más aún, por la intervención que habría tenido en su momento cuando fuera ministro del MINCUL ante los magistrados del TC para favorecer a una empresa minera, debido a que ésta función corresponde a los procuradores públicos no a los/as ministros. Reiteramos al respecto que el MINCUL nunca negó dicha situación en su carta de respuesta.

Todo se agrava porque estamos en un contexto de ofensiva extractivista minera expresado en el Decreto Supremo N° 345-2018-EF, llamado Política Nacional de Competitividad y Productividad (PNCP), que señala que se necesita más minería en el país para ser más “competitivos” en América Latina; léase, exportar más materias primas para que la economía del país “no decrezca». Junto a ello, la PNCP señala como objetivo estratégico hacia el 2030: “continuar y afinar las reformas estructurales emprendidas en la década de 1990 (gobierno Fujimorista), las mismas que son imprescindibles para un crecimiento y desarrollo económico a largo plazo”; lo que va de la mano con la “Visión Minería al 2030”, parte de la PNCP, que busca “la aceptación social” de la actividad minera. “Visión” que Red Muqui no ha suscrito y espacio del cual se retiró a inicios de año.

 

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/858-preocupante-designacion-de-salvador-del-solar-como-premier-por-su-postura-frente-a-la-consulta-previa-y-las-empresas-mineras

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Estado vs. Estado: Calidad de agua y salud en Espinar

Espinar, es una provincia con un nivel de conflicto socioambiental permanente y en ascenso, debido a la presencia de la Empresa Minera Glencore Antapaccay, quien ha demostrado una ineficiente capacidad de negociación colectiva en los temas ambientales y sus impactos. También es resaltante la fragilidad del Estado para atender a la población afectada como parte de su obligación de garantizar el bienestar de las personas en la Provincia de Espinar y con mayor razón de las Comunidades Campesinas quienes denuncian desde hace años que viven con metales tóxicos en su sangre.

La Minería es para el “Estado” la principal fuente de ingresos para resolver demandas sociales a través del Canon y Sobre Canon distribuidas en todos los niveles de gobierno. El Gobierno refuerza el discurso que las actividades extractivas son la ‘columna vertebral’ de nuestra economía, y no realiza un verdadero sistema de fiscalización por temor de ahuyentar a las ‘grandes inversiones’.

La Red de Salud Canas Canchis Espinar, en noviembre 2018, ha emitido un informe sobre la situación del agua potable indicando que los parámetros de aluminio, arsénico, hierro y manganeso, exceden los límites máximos permisibles, y como es sabido, su ingesta podría ocasionar algún daño a la salud e incrementar la anemia y desnutrición crónica en niños menores a 5 años. Esta información ha sido proporcionada por el sector de Salud, quien ha creado preocupación sobre la calidad del agua. Sin embargo, en el mes de febrero en una reunión cerrada y sin convocatoria pública, la Dirección Regional de Salud (DIRESA – Cusco) ha emitido un comunicado indicando que el agua es apta para el consumo humano, desmereciendo el informe de la Red de Salud.

Frente a este panorama, las Comunidades Campesinas de la Provincia de Espinar emitieron un “MEMORIAL POR LA SALUD Y AGUA EN ESPINAR” dirigido a diversas entidades del Estado, entre ellas al Presidente de la República, Congreso de la Republica, Defensoría del Pueblo, Gobierno Regional Cusco, Municipalidad de Espinar, mostrando su indignación colectiva por el discurso institucional Estatal desde el Ministerio de Salud respecto al tratamiento y atención de la Salud y el Agua en Espinar.

Ese doble discurso del sector de Salud causa preocupación, porque hasta la fecha no se ha socializado en Espinar ante sus Autoridades y Sociedad civil sobre la situación de Agua en Espinar, por ello Las Comunidades Campesinas exigen que se esclarezca la verdad, y que el Estado asuma el rol protector de la persona humana.

En el memorial se destaca principalmente: i El Ministerio de Salud y la DIRESA actué con transparencia y sin faltar a la verdad. ii La Defensoría del Pueblo participe como ente veedor en la visita programada para el mes de marzo por parte del sector de Salud en Espinar. iii Establecer mecanismos de comunicación idónea con la Plataforma Nacional de Personas Afectadas con Metales Pesados y permitir la participación de entes veedores independientes.

Frente a este panorama es necesario instalar una MESA DE TRABAJO SOBRE LA SALUD Y AGUA EN ESPINAR compuesta por el Estado en sus diferentes niveles de gobierno, la Plataforma de personas afectadas y la Sociedad Civil debidamente representada en la que se pueda administrar mejor las políticas emprendidas desde el sector de Salud y con fiscalización permanente para su cumplimiento. Retomar el trabajo de Declaratoria de Emergencia Sanitaria en la Provincia de Espinar como parte de las políticas de un Estado que garantiza los derechos humanos fundamentales abonando presupuesto público para el tratamiento en la salud de las personas afectadas con metales pesados y evitar la contaminación del agua potable en la Provincia de Espinar.

VER Y DESCARGAR MEMORIAL POR LA SALUD Y AGUA EN ESPINAR:

Fuente:http://derechosinfronteras.pe/estado-vs-estado-calidad-de-agua-y-salud-en-espinar/?fbclid=IwAR33enKSJ_a_UjVHI0nQaHAIJpzNwon3ayWrnCLG4cY-CT1WJNtHbSIXcyo

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Por riesgos inminentes, Ley de remediación de Pasivos Ambientales debe ser discutido y aprobado

El día de ayer, martes 5 de marzo, en la mañana, se suspendió la sesión de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología que tenía que discutir el pre dictamen sobre Pasivos Ambientales, para posteriormente aprobarse y ser discutido por todo el Pleno del Congreso. La sesión se suspendió por falta de quórum porque solo estaban presentes 4 congresistas: Wilbert Rozas, presidente de la Comisión y María Elena Foronda del Frente Amplio; Juan Carlos Del Águila de Fuerza Popular y Marisa Glave del Nuevo Perú.

Sin embargo, el día de hoy, miércoles 6 de marzo, se discutió el pre dictamen en la Comisión de Energía y Minas, pero no se aprobó, por lo que es importante que el próximo martes la Comisión de Pueblos sí logue el quórum, discuta y aprueba el pre dictamen para que pueda pasar a ser discutido al pleno del Congreso.

Recientemente, el lunes 4 de marzo, se realizó el Foro: “Peligros en la cuenca del río Rímac y alternativas de solución”, en el Congreso de la República. Foro organizado por la Comisión de Pueblos, la Red Muqui y la Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS); con el apoyo de la Plataforma por la Defensa y Promoción del Medio Ambiente en la Cuenca Alta del Río Rímac y la Coordinadora de Defensa de la Cuenca del Río Rímac.

Pasivos Ambientales en la Cuenca del río Rímac

Red Muqui, a través del especialista Edwin Alejandro Berrospi, señaló que en la cuenca alta del rio Rímac se han identificado 220 pasivos ambientales mineros (183 pasivos en el distrito de San Mateo y 37 en el distrito de Chicla) que representa más del 2% a nivel nacional, de los cuales 140 pasivos se encuentran clasificados como de muy alto riesgo.

Agregó que la alarmante cifra de los pasivos ambientales constituye un grave riesgo para la salud de la población de Lima. “Un movimiento sísmico o un aumento de caudal del rio Rímac provocarían un desastre ambiental porque la gran cantidad de desmontes de mina y relaves mineros que se encuentran depositados en los cauces del río Rímac afectaría a la ciudad de Lima. El caso más conocido es el depósito de relaves de Tamboraque que tiene más de medio millón de toneladas de desechos tóxicos ubicado al borde del Rímac y sumados a los otros 19 depósitos de relaves de Millotingo, Chinchan, Casapalca, Yauliyacu, Tablacah, superan más de 3 millones de toneladas de desechos tóxicos que son una bomba de tiempo”, finalizó.

El fiscal de la comunidad campesina de San Mateo de Huanchor, Asencio Montes, parte de la Plataforma de la Cuenca Alta del Río Rímac, señaló que “en el barrio de San Antonio se toma agua con arsénico, que ha sido contaminada por el vertimiento de aguas de mineras de la parte alta. Además, la relavera ubicada en Ticlio está expuesta a 300 metros, y contamina los pastizales que comen nuestros ganados”.

El Foro también contó la participación de los representantes de las instituciones mencionadas y el Frente de Defensa de los Intereses de Chicla (FREDICH); el jefe de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), Walter Obando Licera y Carmen Yupanqui de la Dirección de Calidad de la ANA; y Fánel Guevara, presidenta del Instituto de Promoción para la Gestión del Agua (IPROGA).

La presidenta de IPROGA señaló que las principales actividades contaminantes en la zona provienen de la minería; actividades industriales; manejo de residuos sólidos; y el vertimiento de aguas de actividades domésticas. En ese orden.

Agregó que “el drenaje ácido de minas que se produce por las empresas mineras atraviesan las aguas subterráneas y a través del contacto con los cuerpos de agua, o desmontes directo de las mineras; también por el vertimiento de agua que se usa para procesar el mineral; por la desertificación que se produce por la eliminación de vegetación y suelo orgánico en las operaciones a tajo abierto y por el uso intensivo de agua que genera contaminación del agua subterránea, superficial y del aire”.

Propuestas

El jefe de la ANA, Walter Obando, y la ingeniera Carmen Yupanqui, Directora de la Dirección de Calidad y Evaluación de los Recursos Hídricos de la ANA, explicaron que frente a los problemas señalados vienen implementando el programa integral de control de avenidas, acciones de monitoreo y vigilancia de la calidad del agua, sistemas de información geográfica y la implementación del Plan Maestro para la restauración del río.

Asimismo, el jefe de la ANA, a solicitud de la Comisión de Pueblos, señaló que su institución remitirá al Ministerio de Agricultura el proyecto de Marco Metodológico para la identificación, delimitación y zonificación de cabeceras de cuenca; un instrumento importante para avanzar en el proceso de reglamentación y proteger las cabeceras de cuenca frente a las amenazas de los relaves mineros existentes y frente a los nuevos proyectos mineros que buscan instalarse en zonas donde no debería desarrollarse la minería.

Fánel Guevara de IPROGA, indicó que es necesario garantizar mecanismos que promuevan el ordenamiento territorial en la cuenca, estableciendo un organismo de gestión para el Rímac que responda a su realidad, adecuando e implementando instrumentos de gestión ambiental que permitan el cumplimiento de estándares nacionales de calidad ambiental, advirtiendo la instalación de actividades mineras cerca de las fuentes de agua.

En el turno de la Comisión de Pueblos, el presidente de la Comisión, Wilbert Rozas, recogiendo también lo expuesto por los dirigentes sociales, concluyó que es importante discutir y aprobar el pre dictamen para la remediación de pasivos ambientales por la actividad minera; el cual reúne 8 proyectos de ley y propone hacer más eficiente la gestión y manejo de los más de 8 mil pasivos mineros en el país.

Finalmente, desde Red Muqui señalamos que es fundamental discutir y aprobar el pre dictamen sobre pasivos ambientales, debido a que los relaves mineros que se encuentran sobre las cuencas y ríos en el país en un contexto de intensas lluvias y huaycos, son un grave riesgo para las poblaciones aledañas y para el agua que toman las personas en general.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/856-por-riesgos-inminentes-ley-de-remediacion-de-pasivos-ambientales-debe-ser-discutido-y-aprobado
Perú

Mina Arasi recibió 30 medidas administrativas por violar leyes ambientales en Puno

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) informó que emitió 30 medidas administrativas durante 2018 en contra de la unidad minera Arasi, por infringir normas ambientales. Las llamadas de atención se dieron por diversa índole, entre ellas se evidenció la alteración de la calidad de agua de la zona por actividades de Arasi, manifestó el jefe de la Oficina Desconcentrada del OEFA en Puno, Yuri Coila Choque.

Entre las disposiciones más importantes está el cierre final del tajo Jessica y el botadero Jessica de Arasi, ubicado en el distrito de Ocuviri, de la provincia Lampa, y que pertenece a la empresa Aruntani S.A.C.

El OEFA, en diciembre de 2018, notificó a Aruntani la Resolución Directoral N°68-2018-OEFA/DSEM, que le advierte que le impondrá multas en caso de incumplir las medidas administrativas dictadas a su unidad fiscalizable Arasi. Las sanciones podrían ir desde una (1) hasta cien (100) Unidades Impositivas Tributarias. Estas acciones se hicieron para evitar dañe el ambiente y la salud de las personas.

Perú

Las Bambas: Comuneros podrían ir hasta 17 años a prisión por conflicto con minera

Este 13 de marzo comenzará el juicio oral a los 19 defensores de territorios detenidos en septiembre de 2015 tras la violenta represión policial durante el paro indefinido contra la minera Las Bambas (MMG Limited) que dejó 3 comuneros muertos.

Durante el paro, los comuneros denunciaron que “la minera habría modificado arbitrariamente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto minero Las Bambas, sin respetar la consulta previa que correspondía, y perjudicándolos con estas modificaciones, al haber suprimido la construcción del mineroducto, con lo cual la empresa usaría sus carreteras públicas para llevar y traer su material”.

Brandon Quispe y Javier Mamani, como los otros 17 detenidos, fueron torturados en un improvisado centro de detención dentro de la mina. Ambos ayudaban a trasladar a los heridos en una ambulancia cuando un grupo de policías, tras pedirle sus documentos, los golpearon, les sembraron falsamente armas y obligaron a disparar con ella, y los trasladaron bajo fierros y palos en una camioneta hacia el campamento minero.

El fiscal y el juez no han considerado las versiones de Brandon y Javier ni tampoco investigaron a la policía, que custodiaba a la minera; pese a que el arma supuestamente encontrada a Brandon le pertenecía a un efectivo de la PNP y cuya aparición no ha podido ser explicada por la policía.

La prueba con la que ambos están siendo procesados y por lo que la Fiscalía Provincial Mixta solicita entre 11 y 17 años de cárcel bajo la acusación de tenencia ilegal de armas y producción de peligro común con medios catastrófico, son los atestados policiales y supuestas actas levantadas. A su vez la minera Las Bambas pide 86 mil dólares como reparación civil.

Fuente:https://wayka.pe/las-bambas-comuneros-podrian-ir-hasta-17-anos-a-prision-por-conflicto-con-minera/?fbclid=IwAR1ekWp3bLLlS1gz-5gGM2IKObJhayV_nZ6kpgBqee1UxVg_6faSEGnVsoM