Chile

Tribunal Ambiental aprueba plan de reparación por US$ 20 millones en humedales de Atacama

Agustín de Vicente , 07/09/2026
El Segundo Tribunal Ambiental validó acuerdo entre el Consejo de Defensa del Estado y Compañía Minera Maricunga para restaurar ecosistemas altoandinos afectados por operaciones mineras durante 15 años.

El Segundo Tribunal Ambiental aprobó un acuerdo de reparación ambiental que obliga a Compañía Minera Maricunga a ejecutar un plan de restauración valorizado en US$ 19.785.000 en los humedales del Corredor Biológico Pantanillo-Ciénaga Redonda, en el altiplano de la Región de Atacama.

La resolución, suscrita por la ministra Marcela Godoy Flores (presidenta s.), el ministro Cristian López Montecinos y el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Matías de la Noi Merino, resuelve dos demandas por daño ambiental presentadas por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra de la minera por la afectación de las vegas Pantanillo y Valle Ancho, que registraron pérdidas estimadas de 89 hectáreas de humedales.

El tribunal concluyó que el plan de reparación resulta idóneo para reponer el ecosistema afectado a una condición equivalente a la previa, cumpliendo así con los estándares de indemnidad establecidos en la Ley N° 20.600 de Tribunales Ambientales. La sentencia precisa que no exime al autor de implementar medidas de reparación efectivas.
Alcance operacional del plan de recuperación

El plan aprobado, elaborado en conjunto por el CDE y Minera Maricunga, abarca los humedales de Pantanillo, Valle Ancho Sur, Valle Ancho Centro y Valle Ancho Oeste con una duración de 15 años e incluye 14 medidas específicas de intervención agrupadas bajo dos objetivos estratégicos.

Las primeras seis medidas (RN-1 a RN-6) buscan «apoyar, monitorear y manejar adaptativamente la recuperación de los humedales» e incluyen: delineación de límites, establecimiento de área de monitoreo, definición de imagen objetivo, monitoreo integral, análisis de factores limitantes, evaluación de métodos de revegetación y gestión de nieve y caminos.

Las ocho medidas complementarias (AV-1 a AV-8) apuntan a «aumentar el valor y mantener la recuperación» mediante estudios avanzados de hidrología, ecología y carbono; delineación del acuífero; publicación de hallazgos científicos; educación ambiental y becas de posgrado; capacitación profesional; infraestructura de sitios Ramsar; y modificación de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas.
Antecedentes del caso y resolución jurisdiccional

El conflicto se originó tras comprobarse que operaciones de extracción de agua del proyecto minero Refugio desecaron al menos 70 hectáreas en el complejo lacustre Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) clausuró definitivamente los pozos de extracción (RA-1, RA-2 y RA-3) el 17 de marzo de 2016.

Las demandas del CDE fueron interpuestas el 28 de abril de 2016. El Tribunal dictó sentencias en ambas causas durante noviembre de 2018; sin embargo, la Corte Suprema anuló de oficio ambos fallos el 7 de enero de 2022 y ordenó retrotraer los procedimientos para iniciar un proceso de conciliación que culminó con este acuerdo.
Mecanismos de seguimiento y cumplimiento

El tribunal aclaró que la aprobación del acuerdo no agota su función jurisdiccional, sino que abre una fase de verificación del cumplimiento de lo acordado. Ambas partes reconocen la autoridad del tribunal para supervisar la ejecución, recibir reportes anuales validados por una Mesa Técnica y autorizar modificaciones cuando sea necesario.

La magistratura especializada estableció que los términos indicados en los cronogramas se entienden como plazos establecidos y no preliminares, sin perjuicio de tiempos adicionales atribuibles a causas ajenas a las partes que serán considerados al evaluar cumplimiento.

El tribunal también verificó que los estándares de cumplimiento previstos para cada medida resulten suficientes para validar el logro de resultados y que los mecanismos incluidos en el plan permitan ejercer, si es necesario, las facultades de ejecución conferidas por ley.
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