El convenio de colaboración recíproca suscrito entre la Sexta Brigada de Selva del Ejército y los titulares de concesiones mineras como Minera Afrodita es inconstitucional por que desnaturaliza las funciones constitucionales de las Fuerzas Armadas y afecta derechos constitucionales como el principio-derecho de igualdad y el derecho a la consulta de los pueblos indígenas.
Así lo sostiene un informe jurídico elaborado por el abogado Juan Carlos Ruiz Molleda, del Instituto de Defensa Legal (IDL) a solicitud de las comunidades nativas de la Cordillera del Cóndor, en la frontera con Ecuador, y que ha sido presentado en el proceso penal en curso.