En respuesta a la Registraduría Nacional del Estado Civil, el alto tribunal dejó abierta la posibilidad de que no se realicen las consultas populares previstas para desarrollarse el próximo domingo.
Hasta tanto no sea proferido el fallo de la acción de tutela que interpuso la petrolera Mansarovar contra la consulta popular adelantada en el municipio de Cumaral (Meta), este mecanismo de participación ciudadana, que se tenía programado realizar el próximo domingo 21 de octubre en Fusagasugá y San Bernardo (Cundinamarca), queda en veremos.
La respuesta enviada por el presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares Cantillo, al registrador nacional del Estado Civil, Juan Carlos Galindo, deja abierta la opción de que las consultas se puedan o no adelantar en estas dos localidades.
«Por carecer la Corte Constitucional de competencias consultivas, según lo dispuesto en el artículo 241 de la Constitución Política, no me encuentro facultado para contestar las cuestiones planteadas. Es exclusivamente en el texto de la sentencia enunciada donde se encontrará de forma precisa el contenido de la decisión que, en líneas generales, se dio a conocer mediante comunicado de prensa», indicó el funcionario en la carta enviada al registrador.
Linares se refiere a la carta enviada por el registrador a la Corte sobre el futuro que correrían las consultas que ya estaban previstas efectuar, tras los posibles efectos que la sentencia del caso Cumaral pueda tener sobre las demás que están en trámite.
«Considerando que desde hace varias semanas se vienen adelantando las gestiones administrativas necesarias para efectuar las consultas populares respecto a la explotación de hidrocarburos y minería en los municipios de Fusagasugá y San Bernardo en el departamento de Cundinamarca, que se llevará a cabo el 21 de octubre, de manera respetuosa, requerimos nos informe si en el referido fallo existe algún pronunciamiento respecto de la organización y validación de las consultas indicadas», decía el documento remitido por la Registraduría.
En la contestación el alto tribunal señaló que se encuentra trabajando a toda velocidad para dar a conocer en el menor tiempo posible el texto del fallo, así como las razones detalladas que la sustentan.
«Tenemos plena conciencia de la relevancia y sensibilidad de esta decisión, por lo que la Corte se encuentra trabajando con la mayor diligencia para dar a conocer a la brevedad posible el texto completo de la setencia», apuntó Linares.
En el pronunciamiento del fallo en el caso de Cumaral adelantado el pasado jueves, la Corte hizo dos precisiones claves para destrabar la inversión del sector minero-energético, consistentes en ratificar que el Estado mantiene su autonomía para decidir sobre el uso del subsuelo, así como que las consultas populares no son el mecanismo para vetar o frenar proyectos extractivos.
La Sala Plena de la Corte consideró también que pese a que la Constitución reconoce en cabeza de las entidades territoriales la competencia para establecer el uso del suelo, esta función propia debe ejercerse de manera coordinada y concurrente con las competencias de la Nación.
Así las cosas, la incertudumbre vuelve a reinar entre los habitantes y las autoriades de Fusagasugá y San Bernardo, en donde ya todo estaba listo para que las personas habilitadas para votar acudieran a las urnas el domingo.
Según la Asociación Colombiana de Minería se tienen registradas 158 iniciativas de consultas populares; 135 acuerdos municipales y se han realizado nueve consultas populares hasta el momento en Colombia.
Fuente:https://sostenibilidad.semana.com/actualidad/articulo/consultas-de-fusagasuga-y-san-bernando-en-el-limbo-hasta-que-se-publique-la-sentencia/41891



Los municipios son competentes para decidir si prohíben o no la explotación minera en sus territorios.
Promotores de la consulta minera en el municipio de San Bernardo en
Fusagasugá y San Bernardo (Cundinamarca) irán a las urnas. Corte limitó alcance de este mecanismo.
Cifras de la Contraloría General de la República indican que en Colombia existen 9.594 títulos vigentes para la explotación minera, que representan más de 5 millones de hectáreas utilizadas para esta actividad. Al menos el 59 % del territorio colombiano está otorgado en concesión o tiene solicitudes mineras pendientes y solo cerca de 3 millones de hectáreas se usan para la agricultura.
Juan Carlos Galindo le consultó al alto tribunal qué se debe hacer con las consultas ya iniciadas que tendrán lugar en los próximos días. San Bernardo y Fusagasugá son los dos municipios que tienen elecciones ya convocadas.
La decisión de la Corte Constitucional el pasado jueves de declarar que las consultas populares no podrán tener efectos vinculantes sobre las actividades extractivas (mineras y petroleras), ha generado una agria polémica entre ambientalistas, ciudadanos de los pueblos que han realizado las votaciones, juristas y empresarios.
Los ambientalistas del departamento del Tolima se mostraron sorprendidos y hasta ‘preocupados’ luego que la Corte Constitucional resolviera una tutela a favor de la multinacional Mansarovar Energy, la cual pedía se tumbara una decisión del Tribunal Contencioso Administrativo del Meta, que permitió que siguiera adelante una consulta popular que terminó frenando la extracción de petróleo en
Con tristeza, el Comité de la Consulta Popular contra la minería en Córdoba recibió la noticia del fallo de la Corte Constitucional que «inhabilita» las consultas para prohibir la minería en los territorios.