La Corte Suprema de Argentina determionó solicitar informes ambientales sobre el proyecto minero Pascua-Lama, ubicado a ambos lados de la Cordillera de los Andes, en el límite con Chile en la provincia de San Juan. La solicitud va dirigida tanto a la mencionada provincia como a la firma canadiense Barrick Gold, titular de la iniciativa binacional.
Según señalan informaciones de algunos medios trasandinos, la petición de la justicia argentina se origina en la decisión que tomaron las autoridades de Chile sobre suspender los trabajos que se estaban realizando en el lado chileno del proyecto. El diario Tiempo de San Juan publicó un documento del Centro de Información Judicial de Argentina, en el que se señala que «no se puede obviar las decisiones jurisdiccionales adoptadas por la República de Chile” y entrega a las partes 30 días para presentar la información requerida.



El Obispado de la Prelatura de Esquel junto con la Pastoral Social repudian con firmeza el espionaje ilegal «rechazar y repudiar con firmeza el atropello a la privacidad». Señalan también que «serìa gravìsimo que detrás de este procedimiento de espionaje ilegal estuvieran involucradas intituciones del estado».
El pasado viernes 28 de Agosto se realizó una Audiencia Pública en el Juzgado Penal de Esquel. La presidió el Juez Martín Zacchino.
Los ciudadanos Autoconvocados por la vida de Tinogasta, nos dirigimos al público tinogasteño interesado en la causa de la defensa de la vida para informar y aclarar QUE:
Las organizaciones de vecinos y Ong’s celebraron ayer la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) de confirmar la prohibición para realizar minería metalífera a cielo abierto en la provincia. Sin embargo, el fallo encendió las alarmas en la industria a nivel nacional, porque se está generando un antecedente «para una actividad que en otras provincias es real y tiene mucho potencial».
El Concejo Deliberante de esta ciudad aprobó una resolución por la que determina la no autorización de proyectos que tengan como sustento la megaminería dentro de su jurisdicción municipal.
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) ratificó la plena constitucionalidad de la Ley N° 9526, en tanto prohíbe la actividad minera metalífera cuando se realice bajo la modalidad “a cielo abierto” o cuando para ello se utilicen sustancias como el cianuro, el mercurio y otras calificadas como peligrosas. El Alto Cuerpo argumentó que las restricciones establecidas son razonables si se tiene en cuenta que “el ambiente constituye un bien colectivo supremo”, que debe ser preservado.
En los años ’80, Manuel ingresó como empleado en el yacimiento de uranio al pie del macizo de Los Gigantes, cerca de Carlos Paz. Era la época de oro de la planta que llegó a tener 120 empleados, y que dejó de funcionar en 1989, con fuertes sospechas de contaminación de la cuenca del río San Antonio, uno de los principales afluentes del lago San Roque.
Desde la Asociación Civil Árbol de Pie reclaman a la secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia por la falta de cumplimiento del fallo que ordenaba dictar nueva resolución ambiental luego de la audiencia pública en Pilcaniyeu.