Antes sostenía afectación directa por concesiones, pero mayoría cambia postura; voto en discordia advierte riesgo para derechos colectivos indígenas Materiales y servicios jurídicos
Fredy Itusaca 15/06/2026
cambia postura sobre consulta previa
Sala Civil de Puno varía criterio y señala que concesión minera no exige consulta previa, según línea del TC; comunidades campesinas quedan en debateGuías y diarios de viaje
Foto: CPR
Sala Civil de Puno cambia postura sobre consulta previa en minería
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La Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Puno emitió una sentencia en el caso Jatucachi que da un giro en su postura sobre la consulta previa en concesiones mineras, siguiendo ahora la línea del Tribunal Constitucional.
El constitucionalista Juan Carlos Ruiz Molleda explicó que antes la Sala sostenía que las concesiones mineras por sí solas ya afectaban los derechos de las comunidades campesinas, pero ahora la mayoría cambió esa posición.
La nueva tesis de la mayoría señala que una concesión minera no obliga al Estado a realizar consulta previa, porque el título en sí no genera una afectación directa sobre los derechos de las comunidades.Servicios jurídicos
Sin embargo, el juez Jorge Sarmiento Apaza presentó un voto en discordia donde sostuvo que la concesión es el primer paso de todo proyecto extractivo, y por eso sí debe consultarse desde el inicioMinería y metales
Sarmiento Apaza argumentó que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo exige consultar a los pueblos antes de cualquier programa de prospección o explotación en sus territorios.
El análisis del constitucionalista Ruiz Molleda resalta que el voto en discordia aplica estándares internacionales de derechos humanos, en un debate que sigue abierto sobre cuándo y cómo proteger a las comunidades frente a la minería.
Sala Civil de Puno cambia postura sobre consulta previa en minería


