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Bolivia

Pronunciamiento sobre la ley marco de consulta previa libre e informada y el anteproyecto de Ley Minera

pronunciamiento escuelaESCUELA DE CONFLICTOS: Las y los abajo firmantes, autoridades originarias, dirigentas, dirigentes, lideresas y líderes de distintas comunidades indígenas originarias y campesinas reunidas(os) en el marco del tercer módulo de capacitación de la Escuela de Conflictos para el Ejercicio de los Derechos Colectivos y la Justicia de Género, en la ciudad de Potosí los días 27, 28 y 29 de agosto de 2013.

Habiendo tomado conocimiento del contenido del proyecto de Ley Marco de Consulta “mejorado y consensuado en la comisión nacional realizada el 17 y 18 de agosto en Cochabamba”; así mismo habiendo conocido los contenidos del anteproyecto de Ley de Minería, concertado por los actores mineros y representantes del ministerio de minería el 12 de julio del presente.

 

Luego de un análisis, reflexión y debate evaluando si estos proyectos de ley ayudan o no a cumplir nuestros derechos colectivos de los pueblos y naciones indígenas originarios y campesinos consagrados en la Constitución Política del Estado y los convenios internacionales como el N° 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas y la jurisprudencia de la CIDH.

Con preocupación y en aras que nuestras organizaciones matrices nacionales interpongan urgentemente acciones, emitimos el siguiente pronunciamiento público.

SOBRE LA LEY MARCO DE CONSULTA PREVIA LIBRE E INFORMADA.
– Si bien hay avances importantes en la nueva propuesta de Ley Marco de Consulta Previa Libre e Informada “mejorado y consensuado en la comisión nacional” aun existen artículos como el 22° sobre procedimientos diferenciados, el 27° sobre la negativa a participar en la consulta, el 29° sobre el respeto a la decisión de los pueblos y naciones consultadas y el 35° sobre consulta en actividades extractivas, cuyas redacciones son tramposas y abren puertas para convertir a la Consulta Previa Libre e Informada en un instrumento para el avasallamiento de nuestros territorios

– De manera concreta, el art. 22° señala que habrán procedimientos diferenciados de consulta previa definidos en reglamentos sectoriales, es decir sector minería con un reglamento para procedimiento de consulta, sector hidrocarburos lo mismo, etc. convirtiendo en inservible la actual propuesta de Ley Marco de Consulta, además en el sector minero conocemos las propuestas de reglamentos de consulta previa que son absolutamente atentatorios a nuestros derechos.

– Otra situación similar ocurre con el art. 29° que señala que el Estado respetará la decisión de los pueblos consultados solo excepcionalmente en tres casos: reubicación de pueblos, bases militares y desechos tóxicos, lo cual implícitamente significa que la decisión final en las consultas la tomará el Estado cuando no existan esos tres casos excepcionales, negando el principio del derecho al consentimiento que de manera demagógica se reconoce párrafos previos. Además se omite intencionalmente el cuarto requisito establecido en la jurisprudencia internacional de cuando el consentimiento es condición indispensable, que es el caso de la autorización de megaproyectos en territorios indígenas.

– Alertamos a nuestras autoridades originarias y dirigencias de nuestras entidades matrices, qué de mantenerse el sentido de esos artículos que observamos, los avances del anteproyecto logrados en la reunión de la comisión nacional del 17 y 18 de agosto, serán vanos y nada significativos frente a la orientación tramposa que incorpora los artículos observados. Por lo cual exhortamos a que se realice un profundo análisis y reflexión orgánica antes de avalar o respaldar el nuevo Anteproyecto de Ley Marco de Consulta, pues podría significar avalar la pérdida de nuestros derechos defendidos con sangre y luchas.

SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE MINERÍA.
– Denunciamos que el proyecto de Ley de Minería consensuada entre el gobierno y los actores mineros empresariales y cooperativistas, se ha realizado sin participación de los verdaderos interesados, como son las comunidades indígenas originarias y campesinas, los sectores populares y sociales de las ciudades, y otros movimientos sociales del pueblo boliviano verdaderos dueños de nuestros recursos naturales y por tanto principales interesados en que su aprovechamiento sea en beneficio del pueblo y preservando a la Madre Tierra.

– El anteproyecto de Ley, está hecho a medida del saqueo, la depredación y el enriquecimiento de las transnacionales y los actores privados y cooperativistas. Es un proyecto de ley que otorga privilegios a los operadores mineros, criminaliza la protesta social y condena a las bolivianas y bolivianos a continuar siendo simples productores de materias primas brutas profundizando el subdesarrollo y la pobreza.

– Exigimos al gobierno, realizar un debate nacional sobre el proyecto de Ley de minería y la política minera con los sectores sociales, antes de aprobar cualquier proyecto de ley minera.

– Exhortamos a nuestras autoridades originarias y dirigencias de nuestras organizaciones matrices, se declare estado de emergencia y movilización para impedir cualquier intento de aprobación de este proyecto de Ley de Minería anti-patria.

ES DADO EN LA CIUDAD DE POTOSÍ A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL TRECE AÑOS.