Argentina

La terca vocación por la conflictividad socioambiental del gobierno

Editorial. (primera parte).
EL E-COCHASKI Nº 42. Notas socioambientales del Perú (y allá). Lima, 7 de febrero del 2010.
En ciertos momentos históricos los acontecimientos parecen acelerarse o acumularse de manera súbita, permitiendo que lo cuantitativo dé paso a lo cualitativo. Son momentos en los cuales forzosamente “algo” tiene que ocurrir, para bien o para mal, en función de los intereses afectados, positiva o negativamente. Aunque dada la ambigüedad de la historia, pareciera que no pocas veces los actores clave ganan y pierden simultáneamente, en una mezcla peculiar de beneficios y perjuicios. Una mezcla que sólo se puede apreciar más claramente desde la distancia de la serena mirada histórica. Esto vale muy en especial para el tema de los conflictos socioambientales del país, casi siempre irresueltos o mal resueltos.

En ese sentido, entre el 12 y el 26 de febrero se dieron o conocieron una serie de cinco decisiones del Estado peruano, mayormente desafortunadas, referidas a lo socioambiental. La primera, emitida por el Ministerio de Salud (MINSA), excluía a La Oroya del mapa de zonas sensibles de contaminación y, por lo tanto, de un seguimiento ambiental, sanitario y epidemiológico.

Esto se generó al no ser incluida La Oroya, al igual que las zonas del plomo del Callao y de Lomas de Carabayllo, en el documento “Lineamientos para la Elaboración del Programa de Atención y Vigilancia Epidemiológica, Ambiental y Sanitaria a ser aplicado en cada Emergencia Ambiental”, aprobado por la resolución ministerial 094-2010/MINSA, publicada el 12 de febrero en el diario El Peruano.

Algunas instituciones privadas, como la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental y la Pontificia Universidad Católica del Perú, denunciaron poco después lo desafortunado de esa medida, que hasta incumplía una sentencia del 2006 del Tribunal Constitucional sobre La Oroya. Ambas entidades no relacionaron esa norma con la RM 251-2008/MINSA (Ver http://elecochasqui.files.wordpress.com/2009/05/resoluciones-ministeriales.pdf), que creó un Grupo de Trabajo sectorial encargado de analizar y proponer las acciones para prevenir, mitigar y garantizar el tratamiento de los efectos causados por la contaminación ambiental en la salud de las personas.

Grupo que iba a funcionar por un año, es decir, entre abril del 2008 y abril del 2009, debiendo presentar un informe final en el plazo de 60 días. Informe que incluiría la identificación de los casos críticos relacionados a la contaminación ambiental, así como un Plan de trabajo que contuviera las recomendaciones de acciones pertinentes. Ante su sintomático atraso, mediante otra RM, su plazo se prorrogó hasta finales del 2009, sin haberse informado de sus logros hasta la fecha, al no haber presión ciudadana alguna al respecto.

Aún más atrasadas están las gestiones del MINSA para implementar las medidas cautelares (diagnóstico y atención médica especializados) que le concedió en agosto del 2007 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a 65 personas de La Oroya, a fin de proteger su salud. Algo de lo que tampoco se informa públicamente, dada la sensibilidad del caso y el desinterés de hacerlo por parte de los actores involucrados.

En segundo lugar, el 17 de febrero se dio un aparente acierto ambiental por parte del Estado, cuando el presidente del Consejo de ministros, Javier Velásquez, y el ministro de Energía y Minas, Pedro Sánchez, anunciaron la suspensión de las actividades exploratorias de la Minera Afrodita. Minera cuya presencia estaba generando conflictos con las comunidades awajún de la zona, que no le habían otorgado la licencia social temiendo ser contaminadas por aquella.

Ambos indicaron que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) había suspendido «indefinidamente»,  las actividades de Afrodita, por no haber acreditado el derecho de uso del terreno superficial. Sin embargo, lo que pasó realmente no fue lo que se anunció, pues la minera sólo ha paralizado temporalmente sus operaciones, habiendo recibido de OSINERGMIN apenas un oficio indicando que no puede iniciar actividades sin contar con el permiso de uso del suelo superficial.

Algo de por sí bastante benévolo, pues la minera al haber incumplido esa norma ya debería haber sido multada, no sólo amonestada, por dicho ente. Ante ello, queda de nuevo en manos de la fuerza social awajún el destino final del proyecto de la minera de mitológico nombre. Un nombre que hasta la fecha se ha tornado más sinónimo de rechazo que de sentimientos de afecto entre los nativos. Y es que el gobierno actual peruano sigue manifestando un ciego amor por las inversiones mineras, proporcional al desprecio y antipatía que le generan todos los “perros del hortelano”.

Raúl E. Chacón Pagán