Perú

Cusco: Más de 12 comunidades de Espinar exigen nulidad de Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) de Glencore aprobado por SENACE

El día de hoy por la mañana, 9 de enero, se desarrolló el paro de más 12 comunidades de Espinar, que posteriormente levantaron a las 6pm, pertenecientes a los distritos de Condoroma, Ocoruro, Pallpata, Alto Pichigua y Pichigua, entre las que se encuentras las comunidades de Huacroyuta Marquiri, Huarcapata, Chorrillo, Antacama, Pallpata, Canlletera, Cruz Pampa, Pirhuayani, Mamanocca, Jaruma Alccasana, Kanamarka y Molloccahua. Las comunidades de Espinar señaladas exigen la anulación de la resolución del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) que aprueba la Modificatoria de Estudio de Impacto Ambiental del proyecto minero Coroccohuayco, que es la ampliación del proyecto minero Tintaya-Antapaccay perteneciente a la empresa minera suiza Glencore. Se estiman 25 años de vida del proyecto minero Coroccohuayco, sumado al proyecto minero en funcionamiento actual, Antapacay, que también operará 25 años.

¿Por qué exigen la anulación?

Las comunidades en protesta no han sido consideradas dentro de la Modificatoria de Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) del proyecto minero, por lo que no existen medidas de mitigación de los impactos ambientales, económicos, sociales y en materia de salud, que sufrirían cuando se desarrolle el proyecto minero, que se desarrollará en los territorios que se encuentran frente a ellos, cruzando el río salado. El río salado divide a estas comunidades de las otras comunidades que sí son consideradas parte del área de influencia directa e indirecta de la mina. ¿Por qué estas comunidades no han sido consideradas parte del área de influencia indirecta? No hay una respuesta clara de la empresa Glencore y de SENACE.

En comunicación con el presidente del Comité de Lucha, Fredy Llaique, señaló que, en anteriores mesas de diálogo con el Estado en Espinar, las comunidades habían presentado estudios técnicos que mostraban que también serían afectados por la actividad minera.

Por estos motivos, las 12 comunidades mencionadas iniciaron protestas en rechazo a la aprobación de la MEIA y de la consulta previa que pretende realizar el gobierno a las otras 13 comunidades que sí son consideradas parte del área de influencia directa e indirecta de la ampliación del proyecto minero; que tampoco conocen las implicancias de la MEIA, al no haberse realizado audiencias públicas por el SENACE para dar a conocer el MEIA del proyecto minero Coroccohuayco, tal como lo mandata la ley, y finalmente se puedan hacer objeciones y correcciones.

¿Cuál es la estrategia del gobierno?

El 8 de enero, el director general de la Oficina de Asuntos Socio-Ambientales, Hernán José Cuba Chávez, haciéndose enterado del paro del día de hoy, envió una carta al alcalde distrital de Pallpata, Alfonso Villagra, planteándole una reunión técnica en la que el SENACE daría a conocer el resultado de la evaluación del MEIA del proyecto minero Coroccohuayco para el lunes 20 de enero.

Pero lo que las comunidades están exigiendo es la nulidad de la MEIA que fue aprobado el 17 de diciembre. Al respecto, el presidente del Comité de Lucha, Fredy Llaique, señaló que levantaron el paro para dar una tregua al gobierno y den respuesta a la impugnación que estaban presentando junto al alcalde de Pallpata en rechazo a la aprobación de la MEIA. Precisó que la carta enviada por el MINAM hasta ahora no llega formalmente y que evaluarán junto a los presidentes de las comunidades si acuden o no a esa reunión.

Consulta previa en cuestión

A la par que el gobierno ya tenía conocimiento del reclamo de estas comunidades que rechazan el MEIA aprobado por SENACE; el gobierno está ya desarrollando reuniones con las otras 13 comunidades para implementar la consulta previa sobre el inicio de operaciones del proyecto minero Coroccohuayco.

El próximo 29, 30 y 31 de enero, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) sostendrá una reunión con representantes de las 13 comunidades consideradas como parte del área de influencia directa e indirecta en la que se presentarán propuestas de planes de consulta y luego se consensuará y aprobará el plan de consulta previa.

Lo llamativo del acta aprobada el 19 de diciembre para sostener esta reunión, es que en el acta se menciona la resolución ministerial emitida ese mismo día, RM 403-2019 MINEM, que precisa en el artículo N°3 Oportunidad de la Consulta Previa: “el proceso de consulta previa puede ser iniciado luego de la admisión a trámite del instrumento de gestión ambiental necesario para los procedimientos identificados (..)” en los que corresponde realizar el proceso de consulta previa, en la que se incluye la autorización de las actividades de explotación.

Ello quiere decir, tal como ya lo han denunciado varias instituciones, que se restringe el derecho a la consulta previa al imposibilitar que las comunidades puedan ser consultadas antes del otorgamiento de una concesión minera, antes de la exploración minera y respecto a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y Modificatoria de Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) aprobados.