Colombia

El ‘NO’ a hidroeléctricas y minería en Cabrera ganó con el 97.28% de los votos

Los habitantes del municipio de Cabrera en Cundinamarca, dijeron NO a la construcción de 14 microcentrales hidroeléctricas de EMGESA en el páramo de Sumapaz. A la pregunta ¿Está usted de acuerdo si o no, que en el municipio de cabrera como ZRC, se ejecuten proyectos mineros y/o hidroeléctricos, que transformen o afecten el uso del suelo, el agua o la vocación agropecuaria del municipio?, Superado el umbral de 1200 votos, los resultados de los votos por el NO fueron 1465, el SI obtuvo 23, los nulos fueron 5, y los no marcados 13.


La decisión, se toma gracias a la capacidad organizativa de la comunidad y específicamente a la gestión de la Zona de Reserva Campesina (ZRC) teniendo en cuenta que la comunidad temía por los impactos negativos que podía acarrear la construcción de las hidroeléctricas al páramo de Sumapaz, especialmente, sobre la Quebrada Torcoroma y el acueducto.

En foros y encuentros diferentes sectores sociales y sus asociaciones de productores, de bienes y servicios, mujeres, jóvenes, Juntas de Acción Comunal, sindicatos, colectivos académicos se había expresado el rotundo rechazo al proyecto hidroeléctrico “El Paso” de la empresa multinacional Emgesa-Enel.

Con el NO en la consulta popular municipios como Venecia, Pandi e Icononzo en el Tolima, también se verían gravemente afectados. El proyecto hidroeléctrico abarca toda la cuenca media del río Sumapáz, desde el nacimiento, en la parte alta que es zona de amortiguamiento del páramo, hasta la desembocadura en el Boquerón de Icononzo. De acuerdo con la comunidad, ese proyecto afectaba «la identidad campesina y la vocación agropecuaria de los municipios» (Le puede interesar: Habitantes de Cabrera decidirán sobre micro-hidroeléctricas en Sumapáz)

“Queremos darle las gracias a todos los que hoy vinieron a acompañar esta jornada, tenemos amigos de Venecia, Sumapaz, Icononzo, Ibagué, Cajamarca, Fusagasugá y Antioquia y queremos decirles que cabrera los acompaña porque la lucha es de todos los colombianos que luchamos por la naturaleza” dijo Orlando Romero, líder comunal. El proceso de consulta popular de Cabrera, inició el 1 de agosto de 2016 cuando el Alcalde presentó la solicitud ante el Concejo Municipal.

Fuente: http://www.contagioradio.com/cabrera_dijo_no_hidroelectricas_mineria-articulo-36893/

Colombia

Corte Consitutcional ordena consulta por minería en Marmato

Fallo le da la razón a comunidades que tutelaron contra la multinacional Gran Colombia Gold. En Marmato hay un conflicto por el cerro El Burro entre la empresa que explota oro en la parte baja y los mineros tradicionales que están más arriba. En Marmato hay un conflicto por el cerro El Burro entre la empresa que explota oro en la parte baja y los mineros tradicionales que están más arriba.

La segunda revisión de un fallo de tutela de 2015 le dio la razón este martes a las comunidades afrocolombianas e indígenas de Marmato, Caldas, que pidieron ser tenidos en cuenta frente a la decisión del Gobierno Nacional de entregar la parte alta del cerro El Burro a la explotación aurífera de Gran Colombia Gold.

Aunque la minera puede seguir en la parte baja de la montaña, la decisión judicial deja sin piso la orden de desalojar 68 minas artesanales y tradicionales que están arriba y que son explotadas por esas etnias.

«Eso es lo que se esperaba hace mucho rato y lo que ha debido hacer el Gobierno Nacional, primero la consulta previa», dijo el alcalde Julio Vargas Chica, luego de enterarse de la noticia. El mandatario local se ha resistido a llevar a cabo órdenes de desalojo contra por lo menos 13 minas y es considerado opositor de la multinacional.

Para el expersonero marmateño Wilson Castro, quien acompañó la acción por la que se inició el proceso, son esta decisión «se hace justicia con los mineros tradicionales y artesanales».

La acción de tutela para pedir la consulta previa con las comunidades afros e indígenas de instauró porque una resolución ordenaba que el cerro completo fuera explotado por la compañía Gran Colombia. El argumento en contra fue que un decreto de 1954, todavía vigente, le asignaba ese derecho sobre la parte alta de El Burro a las comunidades.

Los magistrados Jorge Pretelt y Luis Ernesto Silva acogieron esos argumentos y, tras una primera sentencia favorable que se anuló en 2015 por fallas de procedimiento, la sala séptima volvió a decidir que los reclamantes tienen razón.

Aunque en ese primer fallo se le daba al Estado un plazo de tres meses para la consulta y para hacer las acciones pertinentes que permitan mejorar las condiciones laborales y ambientales de la actividad de los mineros tradicionales, Castro aseguró que esos términos podrían cambiar en el nuevo documento, aunque el sentido sea el mismo.

Por esta razón, las partes quedan a la espera de la notificación oficial, que debe darse en días próximos.

Justamente fue Gran Colombia Gold la empresa que demandó al Estado por 700 millones de dólares, alegando la supuesta invasión de sus títulos mineros en este municipio caldense, conocido como el Pesebre de Oro, y Segovia, en Antioquia, además de las pérdidas sufridas por cuenta de atentados terroristas del Eln.

Fuente: http://www.noalamina.org/latinoamerica/colombia/item/16946-corte-consitutcional-ordena-consulta-por-mineria-en-marmato

Foto: Jonh Jairo Bonilla

Colombia

Corte ordena al Estado revisar impactos de minería en La Guajira

El trabajo quedará en manos del Ministerio del Interior, la Anla y la empresa el Cerrejon.
Caracol Radio
02-03-2017
La Corte Constitucional ordenó al Estado revisar los impactos ambientales y de salud a la población que podría estar ocasionando la minería en el departamento de la Guajira y de ser necesario suspender o cancelar la extracción de carbón a cielo abierto.

Esa verificación está a cargo del Ministerio del Interior, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) y la empresa El Cerrejón, que también deberán hacer una consulta previa con las comunidades sobre la continuidad del proyecto ‘Expansión de Puerto Bolívar’ en los municipios de Hatonuevo, Barrancasy Maicao en el departamento de La Guajira.

La Corte resolvió una tutela presentada por la comunidad indígena Media Luna Dos, en la que señala que el impacto en la sociedad por la minería en la Guajira es «devastador» por los niveles de contaminación.

http://caracol.com.co/radio/2017/03/02/judicial/1488411846_476386.html

Colombia

Corte Constitucional definirá futuro de la explotación minera en Marmato

…..Después de un litigio de 10 años
28-02-2017
El alto tribunal estudiará una ponencia que pide que se realice una consulta previa. Este martes se tomaría una decisión de fondo.
Gran Colombia Gold es de los mismos dueños de Pacific. Bloomberg

La Sala Plena de la Corte Constitucional tiene la última palabra en el pleito jurídico que tienen desde hace 10 años los mineros artesanales del municipio de Marmato (Caldas) y la multinacional Gran Colombia Gold. El centro del debate jurídico está en definir quién tiene la razón frente a la explotación de oro en la mina Villonza en la parte alta del cerro El Burro.

Los mineros consideran que el otorgamiento del título minero a la empresa de origen canadiense va en contravía de sus tradiciones culturales, además es un desconocimiento a la realidad del municipio, teniendo en cuenta que dependen directamente de la explotación de oro en ese lugar para poder subsistir. (Ver El espejismo de Marmato)

Por su parte, la multinacional sostiene que las autoridades nacionales le otorgaron un título para la exploración y explotación de oro en esa zona mediante el título CGH-081 del 2008. Sin embargo, alegan que pese a tener toda la documentación no han podido realizar las labores mineras puesto que los pobladores ocuparon la zona.

Fue esta acción la que los llevó a presentar una demanda ante las autoridades administrativas considerando que las exploraciones se habían tenido que suspender por el impedimento ejercido por los mineros de la zona. En una primera decisión vieron como sus pretensiones eran avaladas cuando se emitió una resolución para que se desalojaran a los pobladores.

En dicha decisión –emitida en septiembre de 2010- se ordenaron tomar las medidas necesarias para que el predio fuera devuelto a Gran Colombia Gold con el fin de iniciar los respectivos trámites de licencia ambiental y así iniciar la extracción del metal en la parte alta del cerro, en la jurisdicción que fija el título minero.

Pero las entidades territoriales no cumplieron a cabalidad los ordenado considerando que existe una problemática social que impide que se desalojen a los mineros artesanales. Citan que el 80% de los porbladores del municipio, unas cinco mil familias, viven de actividades relacionadas directamente con la actividad minera.

Fue este argumento el que utilizaron los mineros para presentar una acción de tutela en la que se pide proteger su sustento diario y sus tradiciones culturales. El caso llegó a conocimiento del despacho del magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, quien ya presentó su ponencia a los otros integrantes de la Sala Plena avalando las peticiones de los accionantes.

En su ponencia de 159 páginas el magistrado Vargas pide que se realice una consulta previa de los mineros tradicionales y de los grupos étnicos que allí se encuentran. Considera que en el otorgamiento ­del título a la empresa Mineros de Occidente fue en contravía de las necesidades básicas de los mineros y de la comunidad indígena Cartama y de la comunidad afrodescendiente Asojomar que “se han dedicado a la minería artesanal e informal”.

Debido a esto exhorta al Ministerio del Interior, la Gobernación de Caldas, la Personería municipal de Marmato y la Agencia Nacional de Minería que se adelanten todas las acciones dirigidas a preparar la respectiva consulta. Igualmente, pide que se establezcan las necesidades de los pobladores y su relación con las actividades mineras.

El magistrado Vargas hace un fuerte llamado de atención por lo que considera un desconocimiento de los impactos sociales y económicos que se presentarían tras otorgar un título minero. Hecho por el cual propone la creación de proyectos mineros especiales, delimitar las áreas de reserva especial en Marmato y construir zonas mineras para las comunidades indígenas y los afrodescendientes.

Este martes, los magistrados se reunirán en una Sala Plena Extraordinaria para estudiar la ponencia y realizar la respectiva votación frente a la misma. La Corte Constitucional será la encargada de definir si se anula la resolución 751 de 2010 que ordenó el desalojo de los mineros y si se convoca a una consulta minera.

http://www.elespectador.com/noticias/judicial/corte-constitucional-definira-futuro-de-la-explotacion-minera-en-marmato-articulo-682211

Colombia

Gran Colombia Gold demandó a Colombia por US$ 700 millones, por incumplimientos en desalojos a mineros

Cristian Zuluaga / Caracol Manizales Caldas
25-02-2017Entre los incumplimientos están las 68 solicitudes de desalojo que no ha ejecutado la administración de Marmato (Caldas).
Marmato es un municipio caldense, que por más de un siglo tiene su actividad económica relacionada a la minería. / Foto archivo/Caracol Radio
Manizales Caldas Canadá Colombia Minería Norteamérica Sudamérica Latinoamérica Materias primas América Industria

Incumplimientos en el desalojo en Marmato (Caldas), de los mineros ilegales que ocupan los títulos que fueron entregados a la canadiense Gran Colombia Gold, es una de las dos causas esenciales por las que esa multinacional minera demandó al estado colombiano por unos US$700 millones de dólares.
Así lo informó el portal web Primera Página en el que además explica que de acuerdo a la demanda Colombia no está cumpliendo con el Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y Canadá (el TLC de Colombia con Canadá).
La segunda causa esencial por la que esa minera demandó a Colombia tiene que ver con la falta de acción del estado colombiano por medio de sus autoridades para prevenir y hacerles frente a las protestas y atentados terroristas que causaron pérdidas económicas para la empresa minera, entre ellos los ocurridos en febrero de 2016 perpetrados por el Eln.

El secretario de Gobierno de Caldas, Carlos Alberto Piedrahíta, confirmó que el Alcalde de Marmato Julio Vargas Chica ha incumplido 68 resoluciones de la Agencia Nacional Minera, que solicitan el amparo administrativo de algunos de esos títulos mineros de la multinacional canadiense.

Piedrahita agregó que desde agosto de 2015 al alcalde de Marmato, un juzgado de la república le notificó la orden de ejecutar el desalojo de esos títulos y hasta la fecha el mandatario no ha cumplido dicha sentencia. El secretario también puntualizó que en ese mismo sentido su despacho, la Gobernación de Caldas y la Procuraduría le han solicitado cumplir con la orden de desalojo.

En repetidas ocasiones el Secretario de Gobierno caldense ha manifestado que el alcalde de Marmato está incurriendo en un desacato a la ley.

Por su parte los mineros tradicionales de Marmato se oponen a que les hagan operativos de desalojo porque consideran que toda su vida han dedicado su actividad económica a este tipo de minería en esos lotes.

Caracol Radio quiso conocer las declaraciones del Alcalde de Marmato, Julio Vargas Chica, pero no contestó su celular, pese a que le marcamos insistentemente y le dejamos un mensaje en el buzón. Sin embargo en repetidas ocasiones el mandatario local ha manifestado que no está de acuerdo con el desalojo y que se debe buscar una salida pacífica a la problemática, para evitar alteraciones del orden público en su municipio.

Cabe recordar que en el 2011, la Gran Colombia Gold adquirió por medio de Medoro Resources el proyecto minero Marmato, el cual se estima que tiene 14 millones de onzas de oro y 90 millones de plata.

http://caracol.com.co/emisora/2017/02/25/manizales/1488041919_674762.html

Colombia

Comunicado Público acerca de la visita a Colombia de la delegación de Mining and Faith Reflections Initiative del 19 al 24 de febrero de 2017

Las organizaciones abajo firmantes hacemos expresa nuestra preocupación
frente a la visita que la “Mining and Faith Reflections Initiative” (MFRI) está
llevando a cabo en Colombia entre el 19 y el 24 de febrero en las zonas
carboníferas de los departamentos de Cesar y La Guajira. Las razones que
motivan este comunicado se alimentan en la forma en que fue concebida esa
visita y los métodos empleados para informar sobre su realización:

La ausencia de claridad respecto a los objetivos de la delegación de la
MFRI, la metodología de recolección de información, el empleo de los
resultados obtenidos por parte de los partícipes de esa delegación y las
consecuencias de ese empleo en los procesos de defensa territorial y
exigibilidad de derechos que adelantan las comunidades afectadas en la
zona, en particular por la grave situación de persecución y amenaza a
líderes sociales y defensores de derechos en Colombia.

La ausencia de información oportuna, completa y verificable que
garantizara la participación activa y eficaz de las comunidades afectadas
por la operación carbonífera en el proceso de construcción de la agenda,
en la preparación requerida para colaborar con la delegación y en el
proceso mismo de reconocimiento territorial.
 La ausencia de una metodología de incursión en el territorio que
permita a los integrantes de la delegación constatar y dialogar
autónomamente, sin presencia de las empresas mineras involucradas en
las violaciones a DDHH que hoy se denuncian en esas zonas, con las
comunidades afectadas sobre los daños ocasionados por la operación
carbonífera que se conduce y promueve activamente en ambos
departamentos.
Nuestras preocupaciones se agudizan debido a que el modelo de extracción
que se lleva a cabo en Cesar y Guajira, que se ha profundizado durante los
últimos años en nuestro país, ha significado grandes transformaciones en los
ecosistemas y en la vida en todas sus manifestaciones; por esa razón, hoy se le
atribuye ser generador de múltiples y nuevas conflictividades. Es en ese
escenario que las comunidades de ambas regiones han emprendido acciones
en defensa de su territorio, que cuestionan las prácticas empresariales por
sus impactos irreversibles y por su indiscutible insustentabilidad. Ha sido en
medio de evidentes asimetrías en las relaciones entre las comunidades y las
empresas que los cuestionamientos económicos, sociales, ambientales y
legales a esta industria, hechos por líderes y organizaciones sociales, han
resonado hasta las autoridades locales y nacionales, los entes de control del
Estado colombiano, los tribunales judiciales, la academia, e incluso los
consumidores internacionales, con la expectativa de que, con su intervención,
dichas asimetrías sean superadas y la protección a las comunidades
asegurada. Sin embargo, delegaciones como la llevada a cabo por la MFRI son
prueba de los grandes desafíos que aún tenemos.
La “Ecología Integral” (resaltada en Laudato Sí 140-142) implica considerar
las voces de las víctimas y tomar en cuenta los datos de la ciencia, así como
las experiencias de las organizaciones que acompañan solidariamente a las
comunidades, con una mirada contextualizada de la región y desde una
perspectiva de defensa de los derechos humanos. La Encíclica reclama laconfrontación de información interdisciplinaria, transparente e independiente,
científica, estadísticas sociales y análisis económicos para discernir si un
emprendimiento contribuye a un verdadero desarrollo integral (LS 185). Por
ello, resulta desconcertante que la agenda fuera organizada principalmente
por y con las empresas mineras como Cerrejón (Glencore, Anglo American.
BHP Billiton) y Prodeco (Glencore) en un claro desbalance respecto a los
sectores sociales, en especial por el efecto que tiene ese diseño en la versión
de la realidad que evidenciará la delegación, altamente permeado por la visión
empresarial y no por la de las comunidades y sectores sociales que se han
visto afectadas en sus proyectos de vida debido a dichos intereses.
Las falencias antes descritas se suman a otra preocupación, relacionada con la
conceptualización de las posturas eclesiales e interpretaciones de fe respecto
a los proyectos extractivos. Tal como ha sido diseñada, la visita de la
delegación de MFIR a Colombia, observamos que adquieren mayor relevancia
los intereses empresariales reflejados en la “Kellogg Innovation Network” que
las líneas de orientación y acción de la Encíclica Laudato Sí, así como los
pronunciamientos del Papa Francisco en los Encuentros con Movimientos
Populares (Bolivia, 2015; Roma, 2016) y en el Encuentro de representantes de
comunidades afectadas por actividades mineras (Roma, 2015).Nos
desconcierta la respuesta del Cardenal Turkson durante una conferencia en la
Universidad Javeriana de Bogotá, cuando se le interpeló respecto a los
megaproyectos, pues utilizó típicos argumentos de la visión pro-minera,
desconociendo los graves conflictos socio-ambientales que la actividad
extractivista está ocasionando y con una nula capacidad autocrítica frente a la
misión que la Iglesia debe asumir desde la opción por los pobres (LS 158) y
los clamores de la Madre Tierra (LS 49).

No obstante nuestras preocupaciones respecto del contexto en el cual se da la
visita y la confusa información recibida al respecto, hicimos el esfuerzo de
involucrarnos en el diálogo propuesto. Desafortunadamente constatamos que
nuestro esfuerzo fue en vano ya que, una vez hechas todas las gestiones para
que las comunidades y organizaciones acompañantes atendiéramos la visita
de manera independiente, al final fuimos informados que la delegación se
conduciría según la agenda organizada por las corporaciones mineras.
Posteriormente, a tan solo un día de la visita, para el caso del departamento
de la Guajira, se informó que se abriría un espacio para nuestra participación,
aumentando así la confusión. No obstante, en Cesar no logramos su apertura
al diálogo con los afectados directos de la operación empresarial, pese a las
propuestas que hicimos previo a su llegada al país.

Lamentamos entonces no haber contado con un espacio suficientemente
amplio y participativo para que la delegación escuchara a las comunidades
rurales y urbanas que tienen una voz disidente frente al actuar corporativo y
gubernamental en materia minera, ni de las organizaciones que tenemos un
trabajo serio y comprometido con la defensa de los derechos humanos y del
ambiente. Insistimos en que tenemos voluntad y apertura para el diálogo,
siempre y cuando existan garantías. Por lo anterior, hacemos constar lo
siguiente:

Los departamentos de La Guajira y Cesar se encuentran en una crisis
humanitaria derivada de la vulneración de los derechos fundamentales
al agua, a la alimentación adecuada, al medio ambiente sano y a la
salud, la cual no ha sido debidamente atendida por el gobierno ni remediada

por sus causantes, y puede profundizarse con los planes de
expansión de las operaciones mineras en estos dos departamentos del
país.

Ni en el Cesar ni en La Guajira el crecimiento del sector minero, con sus
consecuentes regalías, ha significado un mejoramiento de la calidad de
vida de los habitantes de la región. Según las proyecciones del Censo de
2005, para el 2012 la población del departamento del Cesar con
Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) representaba el 44,73% de la
población, mientras que en La Guajira lo era el 65,23%; el promedio
poblacional nacional de NBI correspondía al 27.78% 1 (CINEP, 2014).

Cesar y Guajira son ejemplos del desplazamiento forzado en Colombia
por cuenta de las actividades carboníferas y sus consecuencias
contaminantes. Así, los procesos de desplazamiento forzado
(denominados oficialmente “reasentamientos involuntarios”) han sido
característicos en la expansión de estos proyectos mineros.

La ampliación minera en los dos departamentos se ha realizado sobre
zonas rurales habitadas por comunidades indígenas, negras y
campesinas sin que se hayan realizado procesos de consulta previa, libre
e informada que permitan a la población participar en el ordenamiento
de su territorio. Desconociendo derechos étnicos colectivos, las
empresas han realizado procesos de negociación individual para la
compra de tierras a través de la intimidación, la restricción en el acceso
a los recursos y el confinamiento, todo lo cual ha resultado en la ruptura
del tejido social y la desaparición de múltiples comunidades.

En los casos en los que ya se han dado los reasentamientos, las
poblaciones enfrentan otros riesgos propios del cambio de vida rural a la
urbana, tales como la pobreza, pues no cuentan con alternativas
productivas para su sustento, junto con otros innumerables problemas
como la falta de acceso a servicios públicos, a la propiedad, la vivienda y
la recreación.

La contaminación del aire y el desvío de fuentes hídricas básicas para la
recreación de la vida de las comunidades del Cesar y de La Guajira son
problemas apremiantes para regiones que enfrentan fuertes períodos de
sequía.

En los últimos años ha aumentado la violencia en contra de líderes
sociales en las regiones, particularmente aquellos que emprenden
acciones de defensa de sus derechos y del territorio. La Defensoría del
Pueblo emitió en diciembre de 2016 una alerta temprana frente a los
municipios del corredor minero, atribuyendo directamente un nexo de
causalidad entre las amenazas de las que son víctimas múltiples líderes
y su oposición a las operaciones mineras.
Nos preocupa que la visita de la delegación MFRI ignore dicha realidad y
omita hacer los llamados y condicionamientos necesarios para que las
empresas que hoy dirigen esas operaciones, y en las cuales han depositado
sus inversiones, no sigan contribuyendo a las violaciones de derechos
humanos que hemos documentado en la región, y tanto más que su recorrido
1 CINEP, 2014. Impactos socioterritoriales de la explotación minera en el Cesar y La Guajira.
En Análisis 1. Fes-colpor la zona no sea un instrumento de transformación, sino de legitimación
formal. Por tanto hacemos un llamado a:
1. Promover garantías para la participación real y efectiva de
las comunidades afectadas por la minería y de las organizaciones sociales
con acceso a la información clara, transparente y oportuna.

2. Impulsar medidas que eliminen la asimetría en el relacionamiento entre
empresas y comunidades.

3. Promover obligaciones vinculantes y extraterritoriales para empresas y
derechos humanos y transparencia en el actuar de los actores estatales,
gubernamentales y empresariales.

4. Exigir el respeto pleno de los derechos fundamentales al agua, a la
alimentación adecuada, al medio ambiente sano y a la salud de los
habitantes en los distritos mineros de Cesar y Guajira.

5. Exigir garantías para que las operaciones carboníferas no sigan
profundicen las causas de desplazamientos forzados en la región, y que
las consecuencias de los que ya se han generado serán atendidas
adecuadamente, con un enfoque de protección preferente para sus
víctimas.

6. Exigir garantías de seguridad para los líderes sociales y defensores del
ambiente, del territorio y de los derechos humanos.
Finalmente, expresamos nuestra profunda preocupación por los efectos que
una visita en estas condiciones puede representar para los ejercicios de
defensa territorial y de exigibilidad de derechos que llevan a cabo las
comunidades y sectores sociales de ambos departamentos. Por lo anterior,
esperamos que este no sea un intento más de las empresas por obtener la
legitimación social de los sectores de la fe, y exigimos prácticas
transparentes, participativas y libres de manipulación.

Bogotá, viernes 24 de febrero de 2017

Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna
Pensamiento y Acción Social (PAS)
CENSAT Agua Viva
Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR)
Movimiento sutsuin jiyeyu wayuu – Fuerza de Mujeres Wayuu
INDEPAZ
CINEP
Red Iglesias y Minería
Conferencia de Religiosos de Colombia (C.R.C)
Comisión JPIC – CRC
Comité Ambiental en defensa de la vida
Red de Comités Ambientales del Tolima
Observatorio de Expansión minero energética y re-existencias
Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad Pedagógica Nacional.
Corporación Vida del Río Fucha-CORVIF
Programa Radial Territorio Verde – 94.4 F.M.-Vientos Stéreo Bogotá –
Colombia
Corporación Claretiana Norman Perez Bello
Comisión Claretiana de Justicia, Paz e Integridad de la Creación
Paz con Dignidad-OMAL Colombia
ORGANIZACIONES QUE APOYANDepartamento de Justicia y Solidaridad (DEJUSOL – CELAM) – Programa de
Ecología Integral
PERSONAS QUE APOYAN
Fernando Ramírez González, responsable de campañas del Movimiento
Nacional de Víctimas de Corporaciones Multinacionales, M.N.V.C.

Colombia

Pueblo indígena Gunadule protesta por licencias mineras cerca de su territorio

La comunidad indígena de Caimán, en Necoclí, pide al gobernador Luis Pérez que revise esas concesiones mineras.
Gobernación de Antioquia
Caracol Radio Medellín, 21-02-2017
Ante el inicio de trabajos de exploración y el uso de explosivos en un territorio que consideran sagrado, las autoridades tradicionales del pueblo Gunadule que habita el resguardo Caimán, municipio de Necoclí, visitaron al Gobernador de Antioquia, Luis Pérez Gutiérrez, y expresaron la preocupación colectiva de su pueblo, al tiempo que pidieron la revisión de las licencias y concesiones entregadas para una explotación de carbón, en cercanías de su resguardo.
Los caciques y sabios Gunadule, así como el Consejo Mayor de Gobierno Indígena de la OIA, pidieron al gobernador Pérez Gutiérrez que la Secretaría de Minas examine las licencias y concesiones otorgadas a la firma Continental de Carbones S. A., que sería la encargada de la explotación del mineral.
Los representantes de los más de 2 mil indígenas que habitan las comunidades Caimán Alto y Caimán bajo, plantearon al gobernador Pérez Gutiérrez que a pesar de afectaciones medio ambientales y sociales que ocasionaría la minería en su resguardo, no se ha hecho el proceso de Consulta Previa, Libre e Informada como lo establece la ley, por lo cual el proyecto debería ser suspendido o revocada la licencia de ser el caso.

El Gobernador Luis Pérez se comprometió a hacer una revisión de ese proceso minero y garantizó que bajo ninguna circunstancia se violarán los derechos de los que son acreedores los pueblos indígenas, por lo que brindó todo el apoyo institucional a las comunidades de este municipio del Urabá antioqueño.

La Organización Indígena de Antioquia y la comunidad del Resguardo Gunadule esperan la presencia del gobernador Pérez Gutiérrez en su territorio
http://caracol.com.co/emisora/2017/02/21/medellin/1487680952_497203.html

Colombia

Corte deja en firme fallo que permite a alcaldes prohibir la minería

La Sala Plena determinó que antes de iniciar un proyecto minero deberán ser consultados los entes territoriales y locales.
Colprensa, Caracol Radio. 16-02-2017
La Sala Plena de la Corte Constitucional ratificó la sentencia T-455 de 2016 que obliga a las empresas mineras tener en cuenta la opinión de los entes territoriales y alcaldes antes de iniciar un proyecto minero.

La sentencia señala que los entes territoriales locales y regionales si puedes prohibir las actividades mineras si consideran que generan alguna afectación a la población o el medio ambiente, “los entes territoriales poseen la competencia para regular el uso del suelo y garantizar la protección del medio ambiente», ratifica el fallo.

La Corte además le recordó al Gobierno que debe adelantar una investigación sobre el impacto que ha tenido la minería en los ecosistemas del país.
http://caracol.com.co/radio/2017/02/16/judicial/1487249554_778561.html

Colombia

‘La consulta popular minera sigue viva’: alcalde de Ibagué

Guillermo Alfonso Jaramillo deberá presentar una nueva pregunta para la consulta, en marzo.
Por:  Redacción EL TIEMPO, 20-02-2017
Guillermo Alfonso Jaramillo, alcalde de Ibagué.
Foto: Archivo EL TIEMPO
Un nuevo pronunciamiento en defensa de la consulta popular minera hizo este lunes el alcalde de Ibagué, Guillermo Alfonso Jaramillo.
“Se ha especulado que la consulta popular minera se cayó por decisión del Consejo de Estado, pero queremos afirmar que cada día estamos más afianzados en este proceso que busca salvaguardar el agua de la ciudad”, afirmó el mandatario  y agregó que “la consulta sigue más viva que nunca”.

Insistió que “la consulta se hará para que el pueblo decida si quiere minería o si  no quiere minería a cielo abierto contaminante con cianuro”.

Celebró que el Consejo de Estado determinara que como Alcalde tiene potestad de convocar la consulta y formular la pregunta a los ciudadanos, “lo que significa que tenemos competencia para reglamentar los usos del suelo y del subsuelo”.

Explicó que existen 45.000 hectáreas concesionadas y 35.000 más están en proceso de concesionarse, “pero buena parte sería para la minera Anglogold Ashanti”.

Jaramillo desestimó ataques por promover la consulta y afirmó que no hace campaña política con la consulta minera, pues su intención es ordenar el territorio “para no convertirnos en una La Guajira sin agua, o en una zona como el Bajo Cauca antioqueño, con 50.000 hectáreas destruidas por la megaminería”.

El pronunciamiento surgió días después de una decisión del Consejo de Estado que señaló que la pregunta no podía ser la que propuso en un principio el alcalde Jaramillo, que decía “¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el municipio de Ibagué se ejecuten proyectos y actividades mineras que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas o afectación de la vocación agropecuaria y turística del municipio?”, pues “Se evidencia que no era neutral y no garantiza la libertad del elector, ya que induce a una respuesta.

El Consejo de Estado también le solicitó al Tribunal Administrativo del Tolima que dicte una sentencia de reemplazo a la pregunta, en la cual se atiendan los parámetros fijados en la presente providencia.

El pronunciamiento debe darse en marzo.
http://www.eltiempo.com/colombia/otras-ciudades/alcalde-de-ibague-habla-sobre-consulta-minera/16824448

Colombia

Consejo de Estado no tumbó consulta popular minera de Ibagué

16-02-2017
Fuente: Comité Ambiental de Ibagué
EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL TOLIMA DEBE EMITIR EN LOS PRÓXIMOS 30 DÍAS UN NUEVO FALLO
El Comité Ambiental en Defensa de la Vida informa a la ciudadana ibaguereña que la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, determinó que la pregunta de la Consulta Popular Minera de Ibagué debe ser ajustada y en consecuencia bajo esta decisión ordenó al Tribunal Administrativo del Tolima que dentro de los 30 días siguientes debe emitir una providencia de reemplazo a la del 28 de julio de 2016, con el objeto de atender los parámetros fijados en el fallo de segunda instancia.

Rechazamos que algunos medios de comunicación difundan de manera apresurada información según la cual “Se cayó la Consulta Popular Minera en Ibagué”. Parece que los periodistas de esos medios olvidan los aspectos positivos del fallo y los logros del movimiento social y ambiental colombiano en relación a los mecanismos de participación ciudadana.

Es importante resaltar que el Consejo de Estado, con este fallo ratifica nuevamente que “los municipios tienen competencia para adelantar consultas populares sobre el desarrollo de proyectos y actividades mineras en su territorio, toda vez que tal competencia hace parte de la autonomía que el artículo 1º de la Carta Política les reconoció a las autoridades territoriales”.

En el fallo se cita la sentencia de la Corte Constitucional T-445 de 2016, donde de manera expresa se esclarece que las consultas populares sobre temas mineros están “plenamente dentro del ámbito de competencias del municipio, y no está encaminada a contrariar a un principio de rango constitucional”, toda vez que:

(i) La Carta “prevé expresamente en sus artículos 1, 311 y 313.17 que las entidades territoriales gozan de autonomía y que dentro de la órbita de competencias constitucionales de los municipios se encuentra la facultad de reglamentar el ordenamiento del suelo de su territorio, que incluye determinar si en una determinada zona debería haber actividad agrícola o industrial.
(ii) “El artículo 288 de la Constitución Política señala asimismo que las competencias atribuidas a distintos niveles territoriales deben  ser ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad”.
(iii) “La actividad minera debe realizarse con la participación de los distintos niveles de la administración que tengan competencia en materia, como lo son los municipios”.

Gracias al actuar perseverante de las comunidades tolimenses (y algunos abogados del nivel nacional) el país ha ganado claridad en relación a la autonomía y competencia de los entes territoriales para ordenar el territorio y para reglamentar los usos del suelo. Hoy tenemos la certeza jurídica de que los alcaldes pueden promover consultas populares sobre actividades y proyectos mineros.

El fallo también hace claridad sobre algunos aspectos puntuales que se deben tener en cuenta en la formulación de preguntas para una Consulta Popular. Lo anterior se puede ampliar con la lectura de las Sentencias C/551 de 2013 y T/445 de 2016.

Algunas de las subreglas que se deben tener en cuenta son:

Garantizar la neutralidad de las preguntas formuladas a la hora de emplear los mecanismos de participación ciudadana, ya que de lo contrario podría vulnerarse el principio de libertad del votante.

Las notas introductorias de las preguntas deben estar redactadas en un lenguaje sencillo y comprensible, que sea valorativamente neutro y breve (en la medida de lo posible). Se debe evitar que las notas introductorias induzca la respuesta del elector. El texto de la pregunta no debe contener notas introductorias que, lejos de orientar al elector, le induzcan se respuesta.

Esta circunstancia se presenta cuando el texto de la pregunta contiene notas inductivas de la respuesta final, que direccionan la voluntad del elector sólo hacia una de las dos opciones de respuesta (generalmente sí o no), mediante expresiones que carecen de objetividad y neutralidad.

Mantener la concordancia entre el contenido del título, la pregunta y el contenido del texto normativo.

El fallo de segunda instancia del Consejo de Estado amparó el derecho a la libertad de elección de los actores y dejó sin valor y efecto jurídico la providencia del 28 de julio de 2016 emitida por el Tribunal Administrativo del Tolima.

Como tolimenses nos corresponde seguir construyendo caminos para la defensa de nuestros municipios. Los fallos que actualmente siguen su curso en torno a la consulta popular, muestran que estamos fortalecidos para seguir mostrando que como ciudadanos conscientes estamos en la capacidad de defender nuestro territorio. Por ello invitamos a toda la ciudadanía ibaguereña a estar pendiente del nuevo fallo que debe emitir el Tribunal Administrativo del Tolima en los próximos 30 días.
http://www.ambienteysociedad.org.co/es/consejo-de-estado-no-tumbo-consulta-popular-minera-de-ibague/