Argentina

LEY DE PROTECCIÓN DE GLACIARES

5 julio, 2008

La Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Senado de la Nación comenzó el tratamiento del proyecto de ley presentada por Marta Maffei y aprobado el año pasado por la Cámara de Diputados Reenvía Asamblea del pueblo de Alvear-Mendoza

Este proyecto, que fue aprobado el año pasado por la Cámara de Diputados, tiene por objeto la protección de los glaciares y el ambiente periglacial: importantísimas fuentes de agua en estado sólido, y que gracias a los procesos de acumulación y fusión, permiten la regulación hídrica de los diferentes afluentes, abasteciendo los ecosistemas, la población y las actividades productivas de gran parte del país.
El proyecto crea el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciales que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo. Dicho inventario deberá actualizarse al menos cada cinco años a fin de verificar su estado de avance o retroceso y otros factores relevantes para su conservación.

El proyecto prohíbe todas aquellas actividades que puedan afectar la condición natural de los glaciares o sus funciones como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas. En particular las siguientes actividades:

a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen.

b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica.

c) La exploración y explotación minera o petrolífera. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo.

d) La instalación de industrias. Todas las actividades que no se encuentran prohibidas, previo a su autorización y ejecución, deberán realizar una Evaluación de Impacto Ambiental y una Evaluación Ambiental Estratégica, según corresponda.

El agua dulce, corresponde solo al 3% del total de agua en el planeta, y un 77,06% de ella esta congelada en los polos y en los glaciares de latitudes medias.

Un glaciar es un sistema abierto, con interacciones internas y con el medioambiente; esto le da una dinámica compleja cuya formación obedece a condiciones ambientales únicas y de alta fragilidad.
Por ello cualquier acción que se desarrolle sobre los glaciares o en territorios circundantes puede ponerlos en riesgo.

La situación de degradación y retroceso de la que son objeto las masas de hielo del planeta debido a los efectos del cambio climático, y a las intervenciones directas e indirectas de los proyectos productivos generados en sus zonas de influencia han suscitado la preocupación científica y ciudadana por el futuro de los glaciares.

En ambos lados de la Cordillera de los Andes, la mayoría de los glaciares están atravesando como consecuencia del Calentamiento Global un proceso de retracción generalizado. El adelgazamiento y la pérdida de sus superficies se han más que duplicado durante la década de los noventa.

En las regiones áridas del oeste argentino, las actividades agrícolas y económicas son altamente dependientes del recurso agua.

En las provincias de Mendoza y San Juan, el agua potable bebible, así como aquella empleada para el regadío y la producción de energía eléctrica se origina a partir de la nieve y de los cuerpos de hielo en las altas cumbres de la Cordillera de los Andes.

Consideramos urgente y esencial la protección de los glaciares como factores y objetos de seguridad estratégica para responder al mantenimiento de los ecosistemas, las necesidades de las poblaciones humanas y las actividades productivas, en especial las agrícolas.

Necesitamos el apoyo de todas las organizaciones sociales para impulsar y lograr la aprobación de este proyecto de ley que tiene como fin principal el de preservar el agua dulce antes que sea demasiado tarde. El mismo ingresó al Senado con el número 142-S-07 y fue asignado a las Comisiones de Ambiente y Desarrollo Sustentable y Justicia y Asuntos Penales.