Perú

Incumpimiento en Cerro de Pasco

PRONUNCIAMIENTO CONACAMI-PERÚ

Consejo Directivo Nacional

Lima 11 de enero de 2007.

La Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería CONACAMI-PERÚ, nos dirigimos al Gobierno Municipal Provincial de Pasco, las organizaciones de base de Pasco y la opinión pública nacional e internacional para expresar nuestra posición frente a la Ordenanza Municipal N° 057-2006-HMPP, norma con la cual la gestión municipal aprista ilegítimamente impuso la ampliación del tajo abierto de la ciudad de Cerro de Pasco, a beneficio de la empresa Volcan SAA. Por tal motivo:
Denunciamos el incumplimiento por parte de la empresa Volcan SAA de sus compromisos económicos y sociales, y los impactos generados y que sigue generando en el ecosistema y la salud de Pasco, dejando pasivos ambientales y sociales irrecuperables sin compensación razonable a las poblaciones afectadas.

Reiteramos la necesidad de una consulta popular para la aprobación de cualquier proyecto minero o su ampliación, democráticamente dejando a las poblaciones afectadas la decisión sobre el modelo de desarrollo que desean.

Rechazamos la imposición de la Ordenanza Municipal N° 057-2006-HMPP, sin discusión previa ni debate sobre los posibles beneficios y compensaciones, y su publicación en un diario regional, en los últimos días de la gestión municipal aprista en la provincia de Pasco, el día 19 de diciembre del 2006, tiraje que además ha sido comprado en su totalidad por intereses ocultos, para impedir que la población de Cerro de Pasco se entere de su contenido.

Criticamos, en el denominado “Plan L” (nombre de la ampliación del tajo abierto), la desaparición de aproximadamente 12 hectáreas de suelo urbano, incluidos casi todo el barrio de Rockovich, el íntegro de la plaza histórica de Chaupimarca o “Centro de la ciudad”, la Comisaría PNP, La Iglesia matriz, el Jr. Libertad, y el Mercado El Baratillo.

Demandamos que el nuevo alcalde, el Sr. Tito Valle, derogue públicamente esa traición al pueblo pasqueño, y que deje instituido que primeramente la empresa minera Volcan cumpla con sus compromisos económicos y sociales, y recién entonces, convenir las compensaciones y beneficios que a favor de la ciudad significaría la aún eventual ampliación del tajo abierto.