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Reforma a la Ley Minera está trunca, advierte especialista

p7 ley mineraNo se modifica en absoluto el modelo extractivista: Arturo Burnes

El 5% que aportarán se distribuirá entre la Federación, estado y municipio explotado
Se dice que la minería es actividad de carácter público, pero en realidad es privada
Corporativos ejercen fuerte presión sobre comunidades para despojarlas de la tierra

El docente investigador de la Unidad Académica de Economía de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ), Arturo Burnes Ortiz, consideró “trunca” la reforma a la Ley Minera aprobada por el Congreso de la Unión este jueves.

Lo anterior, porque opinó que sólo se trata de una mera adición cuantitativa a la ley ya existente, y que, por ende, no se toca en absoluto el modelo extractivista, el cual sigue custodiado por el artículo sexto de dicha legislación.

La nueva Ley Minera prevé que los concesionarios mineros deberán pagar un derecho de 5 por ciento anual en función de las utilidades presentadas, recurso que se distribuirá entre la Federación, el estado y municipio donde se extrae el mineral.

Burnes Ortiz recordó que la reforma minera que representa la vuelta de tuerca en la relación con el capital minero, fue la celebrada en 1992 durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari.

“Desde mi punto de vista es una adición meramente cuantitativa, que no impacta en lo absoluto en el sentido profundo de la Ley Minera que viene de los años 90, que realmente no es ley, porque es anticonstitucional, yo digo que es una gran concesión al gran capital minero”, puntualizó.

Expuso que la reforma aprobada este jueves prevé incrementar el porcentaje de ese total de la renta minera que antes tenían los consorcios mineros, pero que ahora se quedará como regalía para el ámbito federal, estatal y municipal o local”.

El artículo sexto de la ley, enfatizó Burnes Ortiz, contiene tres aspectos “lesivos” para el desarrollo equilibrado de la actividad minera en el país. En primer lugar se señala que la minería es una actividad de interés público, cuando realmente se trata de una actividad netamente privada.

El segundo aspecto es que el artículo referido menciona que la minería es una actividad económica preferente sobre todas las demás, lo que da pie, “para hacer una tremenda presión sobre la comunidad para despojarla de la tierra donde subyace el tesoro minero”, mencionó.

El tercer aspecto reside en la imposición o gravámenes o derechos sobre la minería que sólo pueden ser de disposición federal, entonces los estados y municipios se marginan, opinó.

Insistió en el carácter trunco de la ley, porque afirmó que no se cumplió con la totalidad de la propuesta emitida en el Pacto por México, que si bien es cierto planteaba cambiar la ley a favor de una mayor retribución de la renta, se excluyó un pequeño párrafo que dice: “con pleno respeto tiene que hacerse una consulta y respetar absolutamente la historia, tradición y la cultura de las propias comunidades mineras”.

Burnes sostuvo que el artículo 6 de la ley sigue incólume, si se cambiara estaría de acuerdo en que hay un cambio sustancial, “y cuando cambie podremos ahora sí echar las campanas al vuelo”, enfatizó.

Cabe señalar que el artículo 6 dice: “la exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias a que se refiere esta ley son de utilidad pública, serán preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, con sujeción a las condiciones que establece la misma, y únicamente por ley de carácter federal podrán establecerse contribuciones que graven estas actividades”.

El académico dijo que ante la magnitud del proceso de apropiación del recurso natural que seguirá prevaleciendo, se mostró escéptico respecto a los alcances de la reforma a la ley, ya que afirmó que las modificaciones no responden a las expectativas de los sectores críticos que han planteado cambios sugerentes de fondo en la materia, tal es el caso del Instituto de Investigaciones Jurídicas.

Sostuvo que es una propuesta netamente priísta, que trata de recomponer la relación con el capital, ya que al buscar que una parte del excedente se quede para el crecimiento e inversión interna, al menos es una manifestación de que se hace política en aras de tener una relación diferente con el capital privado, en el ámbito de la justicia distributiva.

Sin embargo, en el proceso de producción y del llamado modelo extractivista, “a éste no se le toca ni con el pétalo de la intención”, aseguró.

Ley, bien equilibrada: MAR

El gobernador Miguel Alonso calificó de “bien equilibrada” la reforma a la Ley Minera.

El 5 por ciento no es una tasa fija o una cuota fija que signifique para las empresas que cuando no están en tiempos buenos tengan que pagar contribuciones onerosas, sino que serán en función de la utilidad, expuso.

Resaltó que a partir de ahora en cada uno de los más de 20 municipios mineros de la entidad se tendrá que conformar una comisión encargada de determinar en qué rubros sociales se invertirá el recurso proveniente de la renta minera.

Aunque todavía falta el visto bueno del Senado, añadió, se espera que con esta reforma el estado reciba alrededor de 400 millones de pesos extras, sin embargo, subrayó que “es una cifra preliminar, una proyección, ya que se requiere un análisis minucioso”.

A pesar de considerar a la reforma como “un paso importante, trascendental”, Alonso Reyes aceptó que es necesario trabajar aún más en materia minera, a fin de que ésta actividad potencialice la economía nacional y de los estados.

Así, hizo referencia al trabajo que se realiza desde el clúster de minería en el estado, donde se buscan mejores condiciones para la proveeduría local, así como en la contratación, predominantemente, de mano de obra zacatecana en las empresas del ramo.

Un paso fundamental que hace falta en Zacatecas y en otros estados es la transformación, el valor agregado en la industria. Que no sólo sea una industria minera, sino metalmecánica, pasar de la industria minera a la metalúrgica.

Sustancia de la reforma

Este jueves el Congreso de la Unión aprobó por mayoría el proyecto de decreto por el cual se reformaron y adicionaron disposiciones de la Ley Minera y de la Ley Federal de Coordinación Fiscal.

La nueva Ley Minera prevé que los concesionarios mineros deberán pagar un derecho de 5 por ciento anual en función de las utilidades presentadas, recurso que se distribuirá entre la Federación, el estado y municipio donde se extrae el mineral.

Para invertir este recurso se propuso la creación de un nuevo Fondo de Aportaciones para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros, el cual recibirá 70 por ciento de los derechos. Una vez integrado el dinero en el fondo, se distribuirá 50 por ciento a los municipios y demarcaciones en los que tuvo lugar la explotación y el restante 50 por ciento a la entidad correspondiente”.

Se dictaminó que dicho monto será invertido en obras de impacto social, ambiental y de desarrollo urbano. También se prevé establecer en cada estado con actividades mineras, la creación de un Comité de Desarrollo Regional para las Zonas Mineras, el cual deberá determinar las obras que los gobiernos estatales o municipales deberán emprender con el recurso del fondo.