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Guatemala

Procuraduría General de la Nación ordena cese temporal de Mina Marlin

Mina_Marlin_GuatemalaWillverth J. Girón
La empresa Montana Exploradora de Guatemala S.A. deberá detener sus actividades mineras mientras se investigan las denuncias en su contra por violaciones a los derechos humanos y contaminación.

 

Datos sobre Montana Exploradora y la Mina Marlin

A continuación se enumeran algunos datos sobre la extracción de oro del proyecto Marlin, sus ganancias y las regalías para el Estado guatemalteco (1 por ciento), según los datos oficializados por la empresa.
La Mina Marlin, de la empresa Montana Exploradora, utiliza aproximadamente 250 mil litros de agua por hora, mucha de esta se mezcla con químicos, por lo que la empresa debe contar con una planta de tratamiento de agua.
La Mina Marlin reporta ganancias anuales que superan los Q700 millones.

En 2006, las ganancias de Montana por la extracción de oro fueron de Q743 millones 986 mil, de esta cantidad, el Estado de Guatemala recibió aproximadamente Q4 millones en regalías.
La licencia de explotación minera le fue otorgada a Montana en noviembre de 2003 por el Ministerio de Energía y Minas (MEM), esta expira en noviembre de 2028.

La Procuraduría General de la Nación (PGN) ordenó al ministro de Energía y Minas, Romeo Rodríguez Menéndez, iniciar “la suspensión temporal de la actividad minera del proyecto Marlin I y demás actividades relacionadas con la concesión otorgada a la empresa Gold Corp/Montana Exploradora de Guatemala S.A.”.

La orden fue emitida por Guillermo Antonio Porras Ovalle, procurador general de la Nación, por medio del oficio número DS/sce-349-2010 de fecha 21 de julio de 2010. La misiva, dirigida al titular de la cartera de Energía y Minas, hace referencia a que la suspensión de actividades de la empresa Montana Exploradora corresponde a la medida cautelar emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En mayo pasado, la CIDH ordenó al Estado guatemalteco que suspenda los trabajos de la mina; además, solicitó informes para comprobar los niveles de contaminación en las aguas, suelos, subsuelo y aire.
La medida cautelar de la CIDH, de número MC-260-07, fue emitida a favor de las comunidades de los municipios de Sipacapa y San Miguel Ixtahuacán, ambos del departamento de San Marcos. Estas comunidades denunciaron ante la instancia internacional problemas de contaminación y salud derivados de la actividad minera de Montana Exploradora S.A., firma que tiene a su cargo la Mina Marlin I.

Según Porras, “para determinar si la problemática denunciada es atribuible a la actividad minera, es necesario que (la cartera de Energía y Minas) requiera la colaboración de los ministerios de Salud Pública, Medio Ambiente y la Comisión Presidencial coordinadora de la Política del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos (Copredeh)”.

El titular de la PGN también resaltó que en la verificación de los hechos denunciados se debe contar con la participación de los representantes legales de las comunidades denunciantes para que ellos colaboren en la elaboración de un informe técnico-científico.

El Periódico intentó en repetidas ocasiones comunicarse con los directivos de la empresa Montana Exploradora de Guatemala, S.A. pero no contestaron las llamadas a su teléfono celular.