mineria venezuela 123
Venezuela

La minería ecológica no existe, nuevo ministerio de Maduro es ejemplo de delirio minero y rentista

mineria venezuela 123La llamada «minería ecológica» no existe ,y menos aún en ecosistemas frágiles como los ubicados al sur del río Orinoco, donde se encuentran las ultimas reservas de agua potable no contaminadas de Venezuela, así como bosques tropicales, protegidos por decretos de Parques Nacionales, Monumentos Naturales (tepuyes), reservas forestales como el Caura, La Paragua, Imataca, la cuenca estratégica del rio Caroní, de la cual dependen más del 65 por ciento de la energía eléctrica que surte a Venezuela, asociadas a las represas del Guri, Macagua I,II, III y Caruachi.

-.La creación de un nuevo mamotreto burocrático, creado por decreto del presidente de la república Nicolás Maduro, con el fin de promover la explotación minera de las selvas tropicales  y ríos, representa otro error grotesco, en el desempeño de las funciones públicas, lo cual constituye una evidencia más, de que el jefe de estado y su gabinete sufren de un delirio minero  y rentista, totalmente fuera de la realidad, lo cual representa un problema muy grave en la conducción de los asuntos del estado.

Definitivamente Maduro no está en  sus cabales y esta es una prueba que obliga al   país, a los dirigentes políticos y dirigentes el Estado, incluyendo al partido de gobierno a instrumentar  rápidamente los mecanismos democráticos para recuperar una racionalidad mínima en el ejercicio del gobierno y la gobernabilidad democrática.

 

-.La designación de otro ente burocrático, el llamado ministerio de desarrollo minero «ecológico”, que recicla otros organismos arruinados, inservibles como Minerven la corporación de desarrollo minero, se solapa con organismos como la Corporación Venezolana de Guayana, la Gobernación del estado Bolívar, incluso sustituye las competencias  del  ministerio del ambiente (denominado ecosocialismo y aguas), a que corresponde la política y administración de las áreas bajo régimen de administración esencial, áreas naturales protegidas o de especial importancia ecológica, que abarcan más del 40 por ciento del territorio nacional, incluyendo  más del 15 por ciento, constituido por parques nacionales y monumentos naturales, los cuales poseen protección constitucional en los artículos 127, 128, 129, 304 y 327 de la Constitución así como en la Ley Orgánica del Ambiente, Ley Penal del aAmbiente y sus normas técnicas, la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, la Ley de Aguas, la Ley de Zonas Costeras, la Ley de  Bosques, la Ley de Pueblos y Comunidades Indígenas los convenios, declaraciones internacionales suscritos y ratificados por la república.

-.El presidente de la república y sus ministros, parecen personas desarraigadas   que no viven en Venezuela, no conocen el espacio geográfico, sus características, ecológicas, la ordenación del territorio, las normas técnicas ,lo cual le  permite formular o inventar políticas ficticias, inviables desde el punto de vista economico, social y ambiental, tal como el anunciado motores minero o Arco Minero, decretando de facto la desafectación de las áreas ecológicamente estratégicas del país de las cuales depende más del 80 por ciento del agua de consumo de los venezolanos, así como del servicio de electricidad.

-.Que el presidente nombra un ministro para destruir cuencas sagradas para Venezuela, como las del Caroní, La Paragua, Icabarú para Venezuela, y que el alto mando militar no tenga conciencia y no sea capaz de ilustrar y advertir al jefe de Estado, sobre los peligros de este infausto megaproyecto minero, para la seguridad ambiental y nacional, es un evidencia sobre la grave crisis ética, técnica, intelectual, política y militar, por la cual atraviesa el país. ¿Cómo pueden enseñar planificación estratégica en las escuelas militares y los cursos de Estado Mayor y al mismo tiempo acatan y avalan la destrucción de las cuencas estratégicas como la del Caroní y las reservas de agua?

-. Aun conociendo la grave crisis institucional existente, es necesario que reaccionen las fuerzas políticas, las instituciones y en particular la Asamblea Nacional que debe proceder a anular el Decreto presidencial  2.248 del 24 de febrero de 2016 publicado en la Gaceta Oficial número 40.855 con una extensión de 111.846,70 kilómetros cuadrados, el 12 por ciento del territorio nacional ,el cual sería entregado a la voracidad de 150 empresas  depredadoras, supuestamente de 30 países, en abierta violación de los artículos 150 y 187 numeral 79 de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela, ya que esas concesiones clasifican como contratos de interés nacional, no solo por los recursos  minerales sino porque en el sur del Orinoco (estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro), existen más de 10 mil especies de las 15 mil  existentes en todo el país, que serían afectados gravemente, con la criminal deforestación y la contaminación  con mercurio y cianuro de las agua y  los suelos del Escudo Guayanés.

*Doctor Alexander Luzardo Nava, ex senador. Autor de las normas ambientales de la Constitución venezolana. Doctor en derecho político y ambiental, Summa Cum Laude de la facultad de Derecho Uned Madrid. Profesor titular de la facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la UCV en política, legislación ambiental y desarrollo sustentable. Ex presidente de la Comisión de Ambiente y Ordenación Territorial del senado.

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