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Guatemala

Guatemala: Liberación de 7 defensores demuestra el mal uso del sistema de justicia

CoUwqMNWcAIuO4jEl pasado viernes 22 de julio, en horas de la noche, el Tribunal A de Mayor Riesgo, presidido por la Jueza Yassmín Barrios Aguilar, declaró inocentes por unanimidad a los defensores de derechos humanos Rigoberto Juárez Mateo – Presidente del Gobierno Plurinacional en el Norte de Huehuetenango-, Arturo Pablo, Francisco Juan Pedro, Domingo Baltazar – indígenas de la etnia Q’anjob’al de Santa Eulalia – y Sotero Adalberto Villatoro Hernández, Bernardo Ermitaño López y Mynor López –líderes comunitarios de Santa Cruz Barillas-, de los delitos de detenciones ilegales, amenazas e instigación a delinquir. Todos son defensores del agua y el territorio en el norte del Departamento de Huehuetenango, Guatemala.

Los defensores fueron acusados por hechos relacionados con distintas manifestaciones pacíficas llevadas a cabo en Santa Cruz Barillas, donde una presa hidroeléctrica planeaba ser construida, el 22 de abril de 2013, y otras dos frente al Centro de Administración de Justicia (CAJ) de Santa Eulalia, el 23 de enero de 2014, y el 19 y 20 de enero de 2015. Trabajadores de la empresa Hidro Santa Cruz y funcionarios públicos del CAJ, así como el ex alcalde del municipio de Santa Eulalia, interpusieron las denuncias contra los defensores.

Dos de los jueces del tribunal consideraron que el defensor Ermitaño López Reyes era culpable del delito de obstrucción de la justicia en relación con la manifestación del 23 de enero de 2014 que se realizó como respuesta a una audiencia contra 3 de los defensores en que se les imputó el delito de secuestro; como resultado de la manifestación fue realizada una segunda audiencia en el mismo día, en donde se les retiró ese cargo. También consideraron que el Presidente del Gobierno Plurinacional, Rigoberto Juárez, era culpable del delito de coacción de los funcionarios públicos del CAJ en la manifestación de 19 y 20 de enero de 2015. Amnistía Internacional seguirá monitoreando la situación.

Los siete defensores habían pasado más de un año en prisión preventiva. Aún están pendientes de ser ejecutadas entre 8 y 20 órdenes de captura contra otros defensores y defensoras de del territorio.

La sentencia que dejó en libertad a los siete defensores incluyó un análisis de los modos legítimos de actuar de las autoridades ancestrales en las comunidades indígenas, así como del rol que las autoridades indígenas ejercen como mediadores y voceros. La sentencia recalcó que las autoridades no deben criminalizar conductas legítimas como la organización de la autoridad indígena o las manifestaciones pacíficas. La Jueza Presidenta llamó la atención del Ministerio Público y fue contundente en señalar que los jueces no deben ser instrumentos para la criminalización de defensores y defensoras de derechos humanos.

Los defensores Rigoberto Juárez y Domingo Baltazar están a la espera de otro juicio, programado para abril de 2017, también relacionado con una manifestación realizada frente a la presa hidroeléctrica San Luis, que planeaba ser construida en el municipio de Santa Eulalia. Ambos defensores se encuentran en actualmente libertad.

Amnistía Internacional ha expresado su preocupación en torno a que esta serie de acusaciones del Ministerio Público en contra de los defensores de derechos humanos se basan únicamente en su rol como autoridades comunitarias, considerándolos automáticamente como organizadores de las manifestaciones y responsables por cualquier daño causado, conducta que se contrapone a las normas internacionales de derechos humanos.
La organización hace un llamado al Ministerio Público para que ajuste sus lineamientos internos de modo tal que se inicien investigaciones contra defensores y defensoras solamente cuando realmente haya mérito y evidencias para ello. Igualmente, es necesario que se abstenga de imputar delitos como el secuestro, con el único objetivo de detener a las y los defensores y evitar que tengan un juicio en libertad, tal como sucedió en el caso en referencia. Una actuación sin fundamento que privilegia la detención de las personas que se presumen inocentes, por encima de la garantía de su libertad es violatoria de los derechos humanos.

26 de Julio de 2016


Fuente: https://www.amnesty.org/en/documents/amr34/4555/2016/es/